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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Sabéis si teniendo el PER por la anterior normativa y habiendo aprobado la teoría del PY por la nueva, qué prácticas tengo que hacer ahora. Entiendo que debo hacer las prácticas de navegación, que las de vela no, porque me valen las del PER, ¿pero y las de radio? En algunos sitios me dicen que las de radio no, porque ya me valen las del PER, y en otros sitios que sí tengo que hacerlas de nuevo. ¿Podéis aclararme vosotros qué debo hacer?
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#2
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Practicas de navegacion y radio.La de vela te sirve.
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#3
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Cita:
Desde ANAVRE ANDALUCÍA se esta haciendo gestiones con el IAD para que no se tenga ni siquiera que pedir el canje. Saludos cordiales Guillermo |
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#4
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Hola
Yo vivo en Andalucia y me dijeron algo distinto. Si canjeaba el PER me daban el nuevo "capado" con las atribuciones del antiguo y si queria las nuevas atribuciones tenia que hacer las practicas nuevas. Asi que las practicas de radiooperador de corto alcance las vas a tener que hacer para conseguir las atribuciones del nuevo PER o para PY. Pero como ya sabemos todos cada persona con la que hables te dira una cosa distinta. Suerte. |
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#5
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Cita:
Saludos Guillermo |
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#6
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Tiene pinta de que voy a tener que hacer la radio, pero a ver qué dicen en Asturias los de la Dirección General. En cuanto sepa seguro cómo va, al menos aquí, os digo algo.
Editado por Jpozueco en 15-06-2015 a las 15:13. |
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#7
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Veréis, lo que pasa es que a veces los funcionarios que leen las leyes no tiene idea de conceptos jurídicos y la interpreta a su libremente, unas veces a sabiendas y otras por desconocimiento.
Disposición adicional sexta. Títulos adquiridos en aplicación de la Orden FOM/3200/2007, de 26 de octubre, por la que se regulan las condiciones para el gobierno de embarcaciones de recreo. Los poseedores de títulos obtenidos al amparo de la Orden FOM/3200/2007, de 26 de octubre, por la que se regulan las condiciones para el gobierno de embarcaciones de recreo, podrán optar bien por conservar dichos títulos con las atribuciones que confieren los mismos o bien canjearlos por los títulos regulados en este real decreto, conforme a lo previsto en la disposición adicional siguiente. La siguiente dice: CANJES: Patrón de embarcaciones de recreo por patrón de embarcaciones de recreo, con las atribuciones previstas en este real decreto: atribuciones básicas y en las atribuciones básicas está, les guste o no a ellos, la de Operador de Radio de Corto Alcance, ya que las complementarias son las de vela y las de poder navegar de la Península a Baleares, eso si... ¡¡cuidado que hay que tener la embarcación despachada para como mínimo zona 3 !! Por lo tanto a lo máximo que puede llegar las CC.AA. es a exigirte que solicites el canje antes de darte por realizadas las practicas de radio. En Andalucía, a través de ANAVRE, conseguimos que para evitar el pago de una tasa mas, aquellos nuevos PY que solicitarán las titulaciones no se le exigiera las practicas de radio. Espero que haya quedado claro Saludos Guillermo |
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#8
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Os pongo la respuesta de la DG de Pesca en Asturias sobre esta cuestión:
Deberá solicitar el canje (solicitud y tasa 17,17€) para obtener el PER con las nuevas atribuciones donde ya se reconocería Radio de corto alcance y entonces si le valdría para las prácticas de radio de PY. |
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#9
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Cita:
Te adjunto un PER de canje (era PER desde 2009), recortado claro esta para no dar nombres, donde podrás ver como le han CONCEDIDO el Corto Alcance sin realizar ningún tipo de curso, y es que el RD obliga a ello. Aquí en Andalucia ha ocurrido igual con los PY y con los CY, y precisamente suele frecuentar este foro un CY que podrá corroborarlo. Saludos Guillermo |
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#10
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Cita:
Esto demuestra una vez más la preocupación que existe por capacitación para realizar una navegación segura. Ya que estoy aprovecho de hacer un comentario sobre las practicas de navegación, las hice hace poco, maravillosas! bebimos cerveza, hicimos todos los chistes machistas que conocemos, eso nos convierte en gente de mar!!!... El barco muy bonito pero no estaba en condiciones de navegar bien a vela, tenia detalles chapuzas con todo que no tenia mas de 10 años, así que a motor y eso si a poner a prueba a toda la tripulación porque un velero con mar de fondo y sin un poco de trapo para estabilizarlo, se hace duro. No aprendimos a entrar o salir del puerto ni con una barca de 6 mts pero si a ir a 100 millas de la costa con un 24mts sin marearnos, los fondeos mal hechos pero claro para que hacerlos bien si hace buen tiempo.... Entiendo que existan titulaciones compradas, ¿para que pasar por esto? si tengo dinero y puedo evitar pasar por esto... Pues hasta aqui por que para que recordar, ya pasó. Mucha suerte Jpozueco, que lo consigas resolver |
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#11
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