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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Saludos y ronda para la parroquia!!
una duda, voy con bandera belga y bajo su legislación, y en seguridad bajo la mia pues asi lo dice Belgica, pero......no llevo marcado CE es muy viejo el bote, quien me limita los tripulantes, pasajeros, admitidos?, tiene potestad la GC para fiscalizar la "ocupación del barco", o queda fuera de su ámbito igual que la seguridad a bordo, soy yo responsable de sobrecargar el buque si no tengo limitación en mi documentación? igual ya se ha tratado este tema pero no he visto nada en el foro. gracias y ![]()
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Rodeado de virus por todas partes (Isla Desespero) |
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#2
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Buenas noches, cofrade:
¡Buena pregunta! El Vademecum de la navegación de recreo en Bélgica no dice nada sobre el particular... Saludos y ![]()
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Navigare necesse est. Vivere non est necesse. (Pompeyo) Si damos bordos de menos de 180º, llegaremos a algún sitio... (anónimo) |
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#3
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Buenas noches
Me parece curioso que en la documentación no aparezca el numero de tripulantes , mi consejo es que mires en internet lo que recomendaba el fabricante , en todo caso la GC no tiene potestad salvo que sea un caso manifestó de peligro de vidas humanas ( barco sobre cargado en plan patera ) ![]() |
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#4
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En este tema, que te multen es un "mal menor".
Haz una consulta VINCULANTE a tu seguro, porque como tengas un problema serio... ![]() |
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#5
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Claro, yo aquí veo el problema con el seguro básicamente.
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#6
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Yo creo que es una cuestión de responsabilidad y de su presunción por parte de la autoridad belga. El estado belga supone que somos suficientemente responsables como para saber cuántas personas podemos llevar en nuestro barco en función de la propia capacidad de este y del equipamiento que llevemos a bordo.
Si la homologación europea del barco, en caso de tenerla, contempla como dato el número de personas para el que se diseñó, el seguro o cualquier autoridad podrá tener un argumento para ponerse por encima de cualquier otro criterio, pero en caso de no ser así, como pasa con barcos de cierta edad que no tienen marcado CE ni nada parecido, no hay nada en lo que se puedan apoyar más allá del sentido común. No es más que mi humilde opinión. Saludos y ![]()
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Y las birras que las pague el de arriba
(Si posteas entre Dibujito y yo tendrás que pagar el doble) ![]() ![]() |
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#7
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Coincide con mi parecer, así lo entiendo yo, pero quería recabar opiniones y conocimientos de los cofrades que pudieran tener experiencias o bases legales sobre ello.
Los belgas tienen claro que el patrón es el responsable de la seguridad, y los pasajeros son parte de ella, pero no está de más saber que opinará un agente de la autoridad español sobre ello, sin perjuicio de que la prudencia y sentido común, como dice el cofrade, sea quién manda en cuanto a ocupación y elementoas de seguridad, y nunca se me ocurriría convertir en una patera la embarcación puesto que es peligroso, pero mi criterio pueden ser de 6 personas y el de la GC de 4, por ejemplo, y ya la tengo liada.
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