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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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buenas cofrades, tengo una preguntilla, me he comprado una neumatica pequeñita de 2,49 para no tener que matricularla, lleva marcado ce.
tengo un motorcillo electrico pequeñito de la época de los romanos casi . Mi pregunta es, necesitaria sacarme un seguro o algo por llevarlo? mi idea es usar la neumatica para ir a pescar bien cerca de la costa y tener un motorcillo que me ayude a volver. un saludo ![]() ![]() ![]() |
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#2
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Cita:
"Artículo 2 Embarcaciones de recreo o deportivas Tienen la consideración de embarcaciones de recreo o deportivas, a los efectos de este Reglamento, los objetos flotantes destinados a la navegación de recreo y deportiva propulsados a motor, incluidas las motos náuticas, así como aquellos que carezcan de motor y tengan una eslora superior a seis metros. Artículo 3 Seguro de embarcaciones españolas 1. Todo naviero o propietario de embarcaciones de recreo o deportivas deberá tener asegurada la responsabilidad civil en que pueda incurrir con motivo de la navegación de sus embarcaciones o, estando las mismas atracadas, durante los períodos en que aquéllas estén expuestas a las situaciones de riesgo previstas en este Reglamento. 2. Para los riesgos derivados de participación en regatas, pruebas, competiciones de todo tipo y sus entrenamientos, incluidos apuestas y desafíos, deberá suscribirse un seguro especial destinado a cubrir la responsabilidad civil de los intervinientes, como mínimo por los importes y con el alcance de la cobertura obligatoria establecida en este Reglamento." ¿Un motor electrico es un motor? Si. Pues el seguro es obligatorio. |
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#3
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Cita:
gracias pero eso no me lo deja claro, he leido todo lo que he podido y no acaba de aclararme, por que se supone que es un artefacto de playa no al no llegar a 2,50? no una embarcación de recreo. ahi pone que se asegura la embarcacion de recreo propulsada con cualquier tipo de motor, esa es la duda que tengo. alguien puede resolverme la duda?, y otra cosa, puedo echar la barca al agua en cualquier sitio de rocas o playa? sin motor digo |
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#4
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Tal como lo veo, y puedo equivocarme:
"Tienen la consideración de embarcaciones de recreo o deportivas, a los efectos de este Reglamento, los objetos flotantes destinados a la navegación de recreo y deportiva propulsados a motor" Creo que tu artefacto flotante pasa a ser embarcación de recreo cuando le pones motor. ![]() |
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#5
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Cita:
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#6
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Cita:
La normativa es la que es, la sepan o no la sepan los funcionarios de turno. El Real Decreto 607/1999 deja clarisimo que cualquier embarcacion de recreo (incluidos, a estos efectos, artefactos) deben tener contratado un seguro. Si alguien dice lo contrario es un ignorante irresponsable. Un perfecto idiota. Mas todavia si es un funcionario de una capitania. Y hacerle caso puede acarrear graves sanciones monumentales. Y entonces explicale al guardia civil que te denuncie, o al departamento de sanciones de capitania, que "es que me dijo alguien por teléfono que no hacia falta..." |
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#7
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Jder, el que saque por 30 pavos los trámites de bandera belga para embarcaciones y artefactos de menos de 2,5 m se hará multimillonario.
From my radio morse
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“There is never a 'right' time to sail across the Atlantic alone. There is only 'now' or 'never'.” .... el infierno puede ser divertido.... .... si estás con la diablesa correcta .... NO ESTES TRISTE. TEN GANAS¡¡¡ ![]() |
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