La compra de amarres en Cataluña está sujeta a un ITP del 10%. Para su valoración la Agencia Tributaria de Cataluña publica anualmente unas tablas con la valoración del m2 de lámina de agua en cada puerto. Por diferentes circunstancias, en muchos puertos esa tasación fiscal esta muy sobrevalorada, encontrándose el comprador a posteriori con recargos y sanciones.
Con el fin de tratar de que se ajusten esas tablas a los precios reales de mercado solicitamos la colaboración de quien haya realizado una CV de amarre en el año 2015, nos informe del puerto, medidas del amarre y valoración. No se requiere identificación.
http://www.anacat.org/AMARRADORS/