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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Parece que los franceses han cortado por lo sano!!
http://www.bateaux.com/article/23615...-article-texte ![]() ![]() ![]() Mal asunto |
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#2
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Shhhhhhhhh......
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"Se o remo rompe polo guión, paga patrón, se rompe pola pala, patrón paga" |
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#3
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Conociendo a nuestros administradores, veremos que pronto aplican el "invento" francés.
Para lo malo, es tan fácil copiar ......... Ya lo dice el refrán: "Cuando las barbas de tu vecino veas cortar ........... Copas para nos y a los otros, que les den ...... |
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#4
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"On peut garder le pavillon étranger et simplement se mettre en règle en passant le bon permis et en embarquant le matériel de sécurité correspondant. Le retour sous pavillon français est aussi possible…"
¿Dónde está el problema? ![]() |
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#5
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De verdad se puede legislar en materia de titulación y seguridad sobre el pabellón de otro país y además con discriminacion respecto a ciudadanos comunitarios?
lo digo desde la ignorancia ![]() ![]() |
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#6
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Aunque mi Francés es patético, por lo que leo en enlace, entiendo que el cambio legislativo va más en la línea de requerir titulaciones a los residentes en Francia (como en España).
Un saludo. |
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#7
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Cita:
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#8
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Cita:
Este comentario: http://www.actunautique.com/2016/02/...-francais.html de hace unos meses y que ya ha salido en algún otro hilo en esta Taberna ya dice : "Reste à savoir comment cette mesure se conjuguera avec le principe de la liberté de circulation des biens et des personnes énoncé par l'article 26 du traité sur le fonctionnement de l'Union Européenne." En resumen yo creo que la ley francesa ![]() . Eso sí, a los afectados le esperan las consabidas idas y venidas a tribunales, hasta que lo ganen. Esperemos que sea pronto y que sirva de escarmiento a "otros".Por otra parte, sabiendo que la reglamentación náutica de recreo española es de las más (si no la más) restrictivas del mundo ¿en qué cabeza cabe que si nuestra querida Administración hubiera visto el más mínimo resquicio no habría puesto en práctica alguna medida semejante? Mientras tanto, como dice el cofrade Caribdis: Saludos y ![]()
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Navigare necesse est. Vivere non est necesse. (Pompeyo) Si damos bordos de menos de 180º, llegaremos a algún sitio... (anónimo) Editado por Apagapenol en 06-07-2016 a las 19:59. |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a Apagapenol | ||
fab (06-07-2016) | ||
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#9
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Y lo que es ya una burla maléfica es que la ley francesa empiece diciendo:
"Afin d'encourager le secteur de la plaisance..." A menos, claro, que "encourager" tenga también la acepción de "encabronar"... ![]() Saludos y ![]()
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Navigare necesse est. Vivere non est necesse. (Pompeyo) Si damos bordos de menos de 180º, llegaremos a algún sitio... (anónimo) |
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#10
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Cita:
Disposición adicional quinta. Exigencia de titulación para el gobierno de embarcaciones de recreo abanderadas en otros Estados. 1. Toda persona que gobierne una embarcación de recreo, abanderada en otros Estados, que navegue por aguas en las que España ejerza soberanía, derechos soberanos o jurisdicción deberá estar en posesión de una titulación que le habilite para realizar dicha navegación. 2. A los efectos previstos en el apartado anterior la titulación exigible, en aquellos casos en los que la nacionalidad del patrón coincida con la del pabellón de la embarcación, será la requerida de acuerdo con la legislación del país de nacionalidad del patrón; y para los casos en los que no coincidan ambas nacionalidades la titulación será aquella requerida por la legislación del país de residencia del patrón o en su defecto, la de su nacionalidad. 3. La acreditación de la residencia para los españoles se hará de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 2 del Real Decreto 3425/2000, de 15 de diciembre, sobre inscripción de ciudadanos españoles en los registros de matrícula de oficinas consulares en el extranjero. |
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#11
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Cita:
« Art. L. 5241-1-1.-Quel que soit leur pavillon, les navires de plaisance et les véhicules nautiques à moteur appartenant à des personnes physiques ou morales ayant leur résidence principale ou leur siège social en France ainsi que les navires de plaisance et les véhicules nautiques à moteur dont ces personnes ont la jouissance sont soumis, dans les eaux territoriales françaises, à l'ensemble des règles relatives aux titres de conduite des navires et au matériel d'armement et de sécurité applicables à bord des navires de plaisance et des véhicules nautiques à moteur battant pavillon français. » A lo bruto: sea cual sea el pabellón de un barco perteneciente a una persona física con residencia principal en Francia, estan sometidos en las aguas territoriales francesas al conjunto de reglas relativas a los títulos de navegación y al material de seguridad aplicables a los barcos de pabellón francés.... ![]()
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"Se o remo rompe polo guión, paga patrón, se rompe pola pala, patrón paga" |
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