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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Buenos días.
Antes de nada, saludos a todo el mundo. Soy nuevo en el foro y esta es mi primera intervención, pero seguro que no la última. Es posible que esto ya se haya tratado con anterioridad, pero no consigo encontrarlo por ningún lado, así que si alguien me lo aclara o me indica donde me puedo informar, lo agradecería. El asunto es el siguiente:mi titulación es Patrón de Yate, lo cual me permite alejarme hasta 150 millas de la costa y el barco que espero comprar será de Bandera belga y categoría de diseño A (Aguas oceánicas). En la póliza del seguro de mi barco actual (bandera española) indica bien claro que se inhibirá si navego por una zona para la cual la categoría de mi barco no lo permite o si mi titulación no es la adecuada. Mi intención es en un futuro cruzar el charco. Mi duda es si el seguro se me podría echar fuera si tengo algún problema al alejarme más de esas 150 millas de la costa o sólo se tendrá en cuenta la categoría del barco, al ser de bandera belga. Si así fuese, sería una solución hacerle el seguro también en una compañía con base en Bélgica? Gracias anticipadas y una ronda para todos. ![]() |
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#2
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Vaya presentación... ni un triste ron...
¿Y por que no se lo preguntas a tu seguro actual? Me parece el paso lógico.
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CUANDO SE PIERDE EL NORTE NO HAY COMPÁS QUE MARQUE EL RUMBO
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#3
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Ok.
Graciñas. |
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#4
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Hay mucha informacion en el foro sobre el tema en cuestion ya que somos muchos los que nos hemos hecho Belgas, Holandeses, o cosas peores.
![]() ![]() Tienes que hablarlo con el seguro y lo logico es que les informes, en principio no pondran ninguna pega en la mayoria de compañias. En mi caso tenia bandera española, les informe de que estaba tramitando el cambio de pabellon y solo me pidieron que les mandara escaneada la lletre de pabillon cuando la tubiera, desde ese momento me mandaron otra poliza con los datos belgas, me ampliaron las coberturas, y me bajaron el precio del seguro. Ahora el seguro me cubre todo el mediterraneo, la mayoria del atlantico y algunas zonas mas sin problemas. ![]() ![]()
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. Slava Ukrayini!.
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#5
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Si, hablaré en su momento con la aseguradora.
Me imagino que con respecto asegurar el barco no habrá ningún problema, pero mi duda reside en que yo, y según la legislación española, no podré estar alejado más de 150 millas de la costa, e igual en base a eso no se me harían cargo de cualquier problema ocurrido más allá de esas 150 millas. ![]() ![]() (Por cierto, ya me he presentado en el foro correspondiente) |
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#6
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Como dice el cofrade markuay, esto está más que trillado en La Taberna.
Si tienes el PY y patroneas un barco con bandera belga, tus obligaciones con respecto a la Administración española terminan en el límite de las 12 millas. Mira aquí: https://dialnet.unirioja.es/descarga...lo/2245756.pdf A partir de las 12 millas rigen las de la Administración belga: no se requiere titulación y las embarcaciones no se clasifican según zonas de navegación, sino según su categoría de diseño. No obstante, lo mejor es que lo aclares con tu compañía de seguros. Saludos y ![]()
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Navigare necesse est. Vivere non est necesse. (Pompeyo) Si damos bordos de menos de 180º, llegaremos a algún sitio... (anónimo) |
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#7
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Cita:
Es decir, una vez en aguas internacionales, se te aplica la legislación belga y puedes ir a donde te dé la gana... aunque no tengas titulación alguna. ![]() ![]() salud y millas!!! |
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