![]() |
|
|
|
| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
![]() |
![]() |
![]() |
![]() |
|
|
|
#1
|
||||
|
||||
|
Hola buenas,
Tengo mi barco en bandera belga y deseo venderlo. cual es la forma de proceder, el nuevo propietario quiere conservar el pavellon belga. ![]() |
|
#2
|
||||
|
||||
|
Nada más fácil:
El nuevo propietario tiene que hacer una nueva solicitud de Lettre de Pavillon mediante la aplicación online, adjuntando copia de su DNI, y copia del contrato de compraventa y su traducción. En el contrato deben figurar necesariamente el nombre, apellidos y dirección completa de vendedor y compardor; la fecha, el precio de compraventa, la descripción del barco y la firma de todas las partes. El vendedor debe devolver la Lettre de Pavillon actual por correo postal. Asimismo, el comprador tiene que solicitar una nueva Licence Radiomaritime a su nombre, para lo que tiene que enviar por correo electrónico el formulario que adjunto a continuación, y enviar por correo postal la Licence Radiomaritime antigua. https://www.ibpt.be/public/files/fr/...23_V-09_FR.pdf Más información, aquí: https://mobilit.belgium.be/fr/naviga...re_de_pavillon Saludos y ![]()
__________________
Navigare necesse est. Vivere non est necesse. (Pompeyo) Si damos bordos de menos de 180º, llegaremos a algún sitio... (anónimo) |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a Apagapenol | ||
Boston (29-10-2018) | ||
|
#3
|
||||
|
||||
![]() Como veis, igual de fácil y de barato que aquí. ![]() |
|
#4
|
||||
|
||||
|
Pues perece facil, muchas gracias. Unas rondas
![]() |
|
#5
|
||||
|
||||
|
Cita:
__________________
|
|
#6
|
||||
|
||||
|
Cita:
Saludos y ![]()
__________________
Navigare necesse est. Vivere non est necesse. (Pompeyo) Si damos bordos de menos de 180º, llegaremos a algún sitio... (anónimo) |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a Apagapenol | ||
Kenny_VLC (31-10-2018) | ||
|
#7
|
||||
|
||||
|
Gracias!
Entiendo pues que es un tramite a posteriori del cambio de titular de la lettre de pavillion, no? Mi caso (y el de muchos) es desde el punto de vista del comprador de barco con bandera belga. Ya estoy tramitando por internet la nueva lettre, entiendo que debo esperar a recibirla para tramitar el cambio de las comunicaciones? ![]()
__________________
|
|
#8
|
||||
|
||||
|
Cita:
Yo, por ejemplo, aproveché el cambio de bandera para desinstalar la radio y el GPS viejos e instalar (yo mismo, ya no necesito "instaladores autorizados" ) una nueva radio, un nuevo GPS y el AIS. Los declaré en la solicitud de Licence y santas pascuas.Si tienes radiobaliza, tendrás que preguntar al antiguo armador si la tiene declararada en COSPAS-SARSAT y actuar en consecuencia (recuerda que la Administración belga no registra las radiobalizas, lo tiene que hacer uno mismo). Saludos y ![]()
__________________
Navigare necesse est. Vivere non est necesse. (Pompeyo) Si damos bordos de menos de 180º, llegaremos a algún sitio... (anónimo) |
|
#9
|
||||
|
||||
|
[quote=Apagapenol;2149930]Nada más fácil:
El nuevo propietario tiene que hacer una nueva solicitud de Lettre de Pavillon mediante la aplicación online, adjuntando copia de su DNI, y copia del contrato de compraventa y su traducción. En el contrato deben figurar necesariamente el nombre, apellidos y dirección completa de vendedor y compardor; la fecha, el precio de compraventa, la descripción del barco y la firma de todas las partes. El vendedor debe devolver la Lettre de Pavillon actual por correo postal. Esto sigue siendo así ahora? si yo ahora me compro un barco belga, puedo seguir con su lettre hasta que pasen los 5 años desde la última renovación? |
|
#10
|
||||
|
||||
|
Recuerda pagar el impuesto de transmisiones si el comprador va a mantener en España el barco y si es Español. Es muy importante, pues este papel no te lo van a pedir para cambiar el propietario en Bélgica, pero si aquí si pueden pedírtelo.
|
|
#11
|
||||
|
||||
|
Como respuesta a una consulta, me dijo una funcionaria de Facenda (Hacienda) de la Xunta de Galicia que siendo un bien que está en el extranjero y después de vendido sigue estando en el extranjero, no hay que pagar este impuesto. Ella consideraba que pabellón belga = bien ubicado en el extranjero. Al ser un barco se puede mover por donde quiera, incluida España, pero el hecho de que circule por españa no quiere decir que el barco no sea belga. Eso fue lo que me dijo.
|
|
#12
|
||||
|
||||
|
Es más, me dijo que en este caso este tipo de impuesto se debía liquidar en Bélgica si es que existe allí.
|
|
#13
|
||||
|
||||
![]() Esa siempre ha sido mi teoría... ![]() |
|
#14
|
||||
|
||||
|
Este tributo de naturaleza indirecta gravará:
a.Las transmisiones patrimoniales onerosas de bienes y derechos, cualquiera que sea su naturaleza, que estuvieran situados, pudieran ejercitarse o hubieran de cumplirse en territorio español o en territorio extranjero, cuando, en este último supuesto, el obligado al pago del impuesto tenga su residencia en España. No se exigirá el impuesto por las transmisiones patrimoniales de bienes y derechos de naturaleza inmobiliaria, sitos en territorio extranjero, ni por las transmisiones patrimoniales de bienes y derechos, cualquiera que sea su naturaleza, que, efectuadas en territorio extranjero, hubieren de surtir efectos fuera del territorio español. |
|
#15
|
||||
|
||||
|
A mi la funcionaria tb me dijo que no deberia pagar el impuesto de transmisiones. A lo que le contesté: Asin deberia ser... pero hay que pagarlo guapi.
![]()
__________________
|
|
#16
|
||||
|
||||
|
Desde el 1 de septiembre si al menos la mitad del barco no es de un belga ya no se puede cambiar la titularidad. Hay varios hilos abiertos.
El vive en la piña debajo del mar Editado por Rascayus en 11-09-2019 a las 21:19. |
![]() |
Ver todos los foros en uno |
|
|