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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Cofrades, una de ron por mi cuenta. Tenia una duda legal. DSabeis si es poisible compartir titularidad de un yae entre persona fisica y juridica? es decir si puedo ser propietario a media con una empresa.. salud y saludos
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#2
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Yo la verdad es que desconozco para empezar si un barco pueden figurar varios titulares en la hoja de asiento, así como en los coches sólo puede haber un titular...
Pero de poderse compartir la titularidad no veo porqué tendría que ser un impedimento, un barco entiendo que puede estar a nombre de una persona jurídica (empresas charter son un ejemplo), si se permite que hayan varios propietarios no creo que haya impedimento en que sea compartido entre la SL y persona física. Una pregunta, ¿porqué complicarse en compartir el barco así?, ¿Porqué no se pone 50% a nombre del socio y 50% a nombre de la otra persona?, más que nada porque no le veo ningún beneficio ya que los gastos no serían deducibles y en caso de inspección te lo tiran abajo seguro, a no ser que el barco sea parte de la actividad principal de la empresa. |
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#3
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Si se puede sin problema ninguno con las modificaciones necesarias en los libros de la empresa por ese porcentaje de propiedad del barco.
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Se alzarán nuevos vientos, hincharán tus velas, y yo, dejaré el ánimo resuelto para abrazar a tu lado Horizontes... |
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#4
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Nosotros compartimos velero y en la hoja de asiento figuran nombre, apellidos y porcentaje de propiedad de cada uno
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CUANDO SE PIERDE EL NORTE NO HAY COMPÁS QUE MARQUE EL RUMBO
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