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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Aprobado el RD por el que se establecen habilitaciones anejas a las titulaciones náuticas
http://www.marabierto.eu/empresas-de...e-titulaciones https://www.nauticayyates.com/ny-al-...ones-nauticas/ Copio y pego desde la web del enlace: NUEVAS ATRIBUCIONES QUE REGULA ESTE REAL DECRETO
Los titulados náuticos mencionados, una vez obtenida la habilitación mediante la realización del curso y el pago de la tasa correspondiente, tendrán una limitación hasta cinco millas -del puerto, puerto deportivo o marina desde el que se realice la prestación- para desempeñar las mencionadas actividades. No se podrá trasladar un número de pasajeros o un volumen de carga mayor de aquél para el que estuviesen diseñadas las embarcaciones, sin que, en ningún caso, el número de pasajeros pueda ser superior a 6 personas. El RD aprobado hoy introduce también algunas modificaciones con respecto al Real Decreto 875/2014, de 10 de octubre, por el que se regulan las titulaciones náuticas para el gobierno de las embarcaciones de recreo con el objetivo de:
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LSV - BARCO KAU-BÉ. "La información errónea es peor que la ignorancia pues se sigue ignorante y además engañado" (LSV). MMSI: 261000743 VER Mi canal en YOUTUBE VER TODOS MIS DISEÑOS 3D Editado por LSV en 25-04-2019 a las 00:51. |
| 4 Cofrades agradecieron a LSV este mensaje: | ||
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#2
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Vamos que te dan 5 kmt de radio .lo justo para un paseito.
Saludos |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a beta4 | ||
Nuncaestarde (23-04-2019) | ||
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#3
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Conozco muchos PPER que no se han subido en un barco más que para las prácticas obligatorias de los correspondientes títulos náuticos que han ido superando, ya no me quiero imaginar personas con titulaciones inferiores. Destacar que hay de todo, hay mucho PER que saben y que han navegado muchísimo más que un Capitán de Yate. Mi opinión sería exámenes tipo yachmaster con un examen práctico donde cada patrón pueda demostrar sus habilidades e intentar así evitar ver las barbaridades que se ven en verano en barcos de lista 6°.
Un saludo ![]() |
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#4
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Totalmente de acuerdo con seabird, esto del examen practico real lo llevo diciendo desde que aprobé el PER.
Saludos Rafa (CY)
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![]() RAFNI KAI www.RAFNI.es "Sean felices, porque la vida es urgente. La vida es una y ahora, así que hay que vivirla a tope y con intensidad" |
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#5
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Cita:
Por ejemplo desde Cabo de Palos puedes ir a Islas Hormigas o desde Jávea a la cala Portixol... y así imagino que habrá muchos sitios en España
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CUANDO SE PIERDE EL NORTE NO HAY COMPÁS QUE MARQUE EL RUMBO
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#6
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Creo que como país dejamos mucho que desear. Resulta que todavía no se ha publicado el Real Decreto, y ya están difundiendo su contenido el lobby de empresas que han presionado al Gobierno para que lo apruebe. Incluso dicen cuándo lo van a publicar. ¡Por favor, un respeto a la ciudadanía! Aunque no se crean lo de la democracia, por lo menos guarden las formas.
No entro a valorar el contenido, ni su posible efecto en la seguridad de la navegación. Solamente que están tan ansiosos, que no son capaces de esperar a que el Gobierno informe a todos los ciudadanos de lo que han decidido. No brindo. |
| 3 Cofrades agradecieron a Mateando este mensaje: | ||
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#7
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Discrepo, creo que como país somos de lo mejorcito.
La gente que mas viaja y que mas países conoce siempre coincide en que España, con sus problemas y sus defectos, es de lo mejorcito del mundo. Nuestra educación pública, nuestra sanidad, nuestro carácter, nuestra solidaridad (líderes mundiales de transplantes y gente asociada a ONGs) nuestra alimentación, nuestras empresas de ingeniería líderes mundiales, incluso nuestro políticos si los comparas con el resto del mundo, son de lo mejor. Por ejemplo, los profesores de los liceos alemanes, funcionarios públicos, en una proporción altísima eligen España como primera preferencia de destino profesional. Como dice la firma de un cofrade de esta taberna, la incultura se supera viajando. Creo que tenemos la suerte de haber nacido y de vivir en un pais magnífico.
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CUANDO SE PIERDE EL NORTE NO HAY COMPÁS QUE MARQUE EL RUMBO
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| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a jrcs | ||
jorgesanchis (15-04-2019) | ||
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#8
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Magallanes (09-04-2019) | ||
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#9
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eliminado por duplicado
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#10
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Estoy bastante de acuerdo contigo, pero los políticos... ?? Evidentemente hay de todo, pero sólo recordarte que simplemente por influir en la retirada de una multa de tráfico, en otros países un ministro dimite. Es solo un ejemplo. Que hay países peores ? Hombre... Faltaría más... En fin, es mi opinión. Buena proa !! |
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#11
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El viernes ya era público con rueda y nota de prensa del Consejo de Ministros.
http://www.lamoncloa.gob.es/consejod...cenautica.aspx Y si lo aprueba el Consejo de Ministros lo normal es que se publique en el BOE a continuación. No hace falta ser pitoniso ni pertenecer a algun lobby. Ni ver fantasmas donde no los hay, al menos en este caso. ![]() Cita:
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#12
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Sin más. Doy por agotado el tema, al menos por mi parte. Entiendo que guardar las formas de una Democracia no esté entre las preocupaciones de la gente. |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a Mateando | ||
Magallanes (09-04-2019) | ||
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#13
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No brindo. La Administración y sus secuaces me producen arcadas.
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Navigare necesse est. Vivere non est necesse. (Pompeyo) Si damos bordos de menos de 180º, llegaremos a algún sitio... (anónimo) |
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#14
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Estan los PPER que fuman en pipa porque se les esta quitando un trozo de pastel, ellos pueden llevar hasta 12 personas y sin limitacion, y esto pretende dejar que lleven los de recreo hasta 6PAX y hasta 5Nm desde el puerto de recogida es decir un rectangulo de 10 Nm x 5Nm (5 Nm a cada lado del puerto de recogida por 5Nm hacia Mar adentro), creo que van a presentar alegaciones...
Es una cuestion de votos y aritmetica, hay unos 5000 PPER por mas de 200.000 navegantes de recreo, esta claro que al gobierno le importan más estos que aquellos. Me preocupa bastante que esto implique que algunos que quieran ver una salida en esto se saquen el PER y se pongan a llevar a gente sin ton ni son...espero que se regule convenientemenmte y que se impongan pruebas practicas y control a los que vayan a hacerlo o la Mar en zonas turisticas se convertira en el tráfico de Delhi en las horas puntas... Del asunto que nos preocupa, parece ser que nada aún, es una patata caliente que querrán dejarla para despues de las elecciones, no ser que pierdan nuestros votos ![]() ![]()
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Se alzarán nuevos vientos, hincharán tus velas, y yo, dejaré el ánimo resuelto para abrazar a tu lado Horizontes... |
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#15
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En mi opinión, las generalizaciones siempre están equivocadas, la administración está compuesta de personas, con su corazoncito, igual que en el sector privado; al menos en mi experiencia de usuario de la Capitanía de Bilbao me he encontrado con personas que me han ayudado con profesionalidad, paciencia y humanidad.
Un brindis por ellos, por ti, y por el resto de los cofrades. ![]() Cita:
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#16
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muy rápido lo han aprobado pero lo de la ITB y seguridad marítima sigue el robo por las empresas con el beneplácito del estado y de la DGMM
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#17
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Este... ron para todos..
¿Alguien ha visto el Decreto en cuestión..? En teoría se publicaba el sábado en el BOE pero yo no he visto nada... Y lo que no está en el BOE no existe... Un saludo |
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#18
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Cita:
![]() En estos casos no brindo.
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Navigare necesse est. Vivere non est necesse. (Pompeyo) Si damos bordos de menos de 180º, llegaremos a algún sitio... (anónimo) |
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#19
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Parece que no hay prisa por publicarlo en el BOE
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#20
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Esto es lo que se supone que dirá el RD:, según publica hoy ABC.
Como avanzó el Director General de la Marina Mercante, Benito Núñez Quintanilla, durante el pasado VII Congreso Náutico, y tras dos años de intensa actividad y trabajo conjunto de ANEN con la DGMM, el Consejo de Ministros ha aprobado hoy una de las normas más esperadas por el sector náutico. Mañana se publicará en el B.O.E. el Real Decreto por el que se establecen habilitaciones anejas a las titulaciones náuticas para el gobierno de las embarcaciones de recreo y se actualizan las medidas de seguridad en la utilización de las motos náuticas, que entrará en vigor el próximo 1 de julio. El objetivo principal de la nueva norma es dar respuesta a la demanda expresada largamente por los titulados náuticos de recreo “en el sentido de que su esfera de actividad pueda extenderse al ejercicio de determinados servicios remunerados que resulten acordes con la titulación de recreo que posean”. NUEVAS ATRIBUCIONES QUE REGULA ESTE REAL DECRETO Atribuciones para prestar determinados servicios remunerados por parte de Patrones de Embarcaciones de Recreo, Patrones de Yate y Capitanes de Yate: El transporte de suministros efectuados mediante embarcaciones de recreo y motos náuticas, con destino a otras embarcaciones o buques de recreo efectuado mediante embarcaciones de recreo con destino a otras embarcaciones o buques de recreo. Realizar actividades de atraque, fondeo o desplazamiento de embarcaciones de recreo dentro de las aguas correspondientes a puertos, puertos deportivos o marinas. Realizar pruebas de mar a bordo de embarcaciones de recreo y motos náuticas. Gobierno de embarcaciones destinadas al socorrismo en playas. Realizar traslados de embarcación a otro puerto o lugar siempre que la navegación no tenga lugar a una distancia superior a cinco millas náuticas de la costa. Además de todas las anteriores atribuciones mencionadas, tanto el Patrón de Yate como el Capitán de Yate estarán habilitados para la realización de excursiones turísticas y para la práctica de la pesca de recreo. Para optar a las habilitaciones indicadas, los titulados náuticos exclusivamente deberán efectuar el curso de Formación básica de seguridad para gente de mar de la DGMM, además de disponer de aquellas atribuciones complementarias propias de cada título de náutica de recreo. Una vez obtenido dicho curso, los titulados náuticos estarán facultados para llevar a cabo las actividades de prestación de servicio indicadas con las siguientes limitaciones: Los titulados náuticos mencionados, una vez obtenida la habilitación mediante la realización del curso y el pago de la tasa correspondiente, tendrán una limitación hasta cinco millas -del puerto, puerto deportivo o marina desde el que se realice la prestación- para desempeñar las mencionadas actividades. No se podrá trasladar un número de pasajeros o un volumen de carga mayor de aquél para el que estuviesen diseñadas las embarcaciones, sin que, en ningún caso, el número de pasajeros pueda ser superior a 6 personas. Modificación del RD 259/2002, de 8 de marzo, por el que se actualizan las medidas de seguridad en la utilización de motos de agua. El objetivo es actualizar y homogeneizar los requisitos para el desarrollo de actividades relacionadas con la explotación comercial de motos de agua, tanto por lo que se refiere al alquiler por horas o fracción en circuitos, excursiones con monitor o al alquiler particular de motos de agua. Con la nueva redacción se pretende dar solución a las múltiples dudas de interpretación que hasta el momento existían por parte de la Administración y de los operadores de esta actividad náutica. De igual forma, se permitirá el gobierno de motos de agua a través de la licencia de navegación, y se alcanzan otras reivindicaciones solicitadas por las empresas dedicadas a la explotación de las motos agua. El RD aprobado hoy introduce también algunas modificaciones con respecto al Real Decreto 875/2014, de 10 de octubre, por el que se regulan las titulaciones náuticas para el gobierno de las embarcaciones de recreo con el objetivo de: Reforzar la formación para la obtención de las titulaciones de recreo. Reducir algunas cargas sobre los poseedores de los títulos de recreo. Y aclarar determinados preceptos que incurren en alguna errata o la práctica ha demostrado que precisan de alguna concreción. Para el sector náutico, representado por la patronal ANEN, la aprobación de este Real Decreto supone un importante paso en la actualización de su legislación que repercutirá en la mejora de la competitividad de sus profesionales. Bueno no esta mal, un poco corto, pero para empezar, no esta mal, se pueden hacer traslados y alguna cosa mas, dentro de la legalidad. ![]() ![]() |
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#21
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Hoy en Capitanía me dijeron que posiblemente a los CY les daría más margen de navegación, posiblemente en los traslados les darían 25 Nm de distancia a la costa mas cercana.
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#22
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En lo referente a traslados únicamente indica:
"Realizar traslados de embarcación a otro puerto o lugar siempre que la navegación no tenga lugar a una distancia superior a cinco millas náuticas de la costa." Es decir que se le puede dar la vuelta a la península sin alejarte a más de 5 Mn de la costa, pero no podrías trasladar un barco desde o hacia las islas, ni siquiera a Ceuta o Melilla.
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Nunca soplan buenos vientos para quien no sabe a que puerto se dirige
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#23
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Pues eso, hasta que no salga en el BOE todo son especulaciones..
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#24
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Información privilegiada ... administración corrupta ..lobbys .. No digo yo que no, pero también hay quien le echa mucha imaginación al asunto.
A ver si lo que seguramente publicará mañana el boe se va a parecer mucho a esto: https://www.fomento.gob.es/recursos_...seguridadm.pdf Saludos, |
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#25
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pues nada seguiremos esperando haber que pasa![]() |
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