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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Buenas, una ronda para todos aunque no vengo con ánimos de brindar...
Como reza el titulo me han multado, junto a otras embarcaciones, que estamos fondeados con muerto al borneo en un lado de la ría de Mundaka (Bizkaia), por "ocupación del dominio público marítimo-terrestre, sin el oportuno titulo habilitante" ya que nuestras embarcaciones " suponen no solamente un riesgo para la navegabilidad sino un daño y menoscabo de los bienes de dominio publico marítimo terrestre, impidiendo su uso." Adjunto imagen del deslinde de la zona. Se ve el canal principal mas oscuro. Los multados que conozco estamos mas al sur, en la zona de arena entre tierra y la isla. ![]() Como veis, hay una línea de cordadas en las que hay unas embarcaciones que son parte de una asociación la cual también esta a hostias con costas pero yo no conozco detalles al respecto ya que mi caso es el de los barcos que están "sueltos". Embarcaciones que llevamos años, desde antes siquiera hubiese asociación, las cuales estamos al borneo con boya y muerto. En una zona que se ha ido sobrepoblando de embarcaciones (todo sea dicho) y ahora parece que estorbamos y nos quieren echar a tierra. No tenemos alternativa ya que teniendo en cuenta que tanto la asociación como puertos cercanos están llenos. Y este es el panorama. Había oído rumores sobre la multa en verano, yo me libré de ella y me ha llegado ahora con fecha de octubre sin haber cambiado de sitio el barco. En verano no molestaba y ahora parece que molesta. ![]() Hoy he recibido la multa, he hablado con el seguro para ver alguna via legal para la multa, tengo 15 días... pero no se muy bien para qué ya que según leo en la ley de costas, no puede haber ninguna embarcación fondeada fuera de un puerto/asociación en ningún punto de la deslinde. Asi que no podre poner mi fondeo en ningún sitio. https://sig.mapama.gob.es/dpmt/ Algún comentario? consejo? Voy poniendo a la venta el barco? En otras rias teneis problemas al respecto? Un saludo,
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#2
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Buenos días,
Lo siento, no soy un entendido en la materia pero me parece un asunto de interés para todos los cofrades. Seguro que tendremos algún experto que nos pueda informar al respecto, pues en algún momento nos podemos ver en una de estas, y mas vale saber a que atenernos. Si no es mucho preguntar me gustaría saber a cuanto asciende el importe de la multa y desearte suerte en el recurso de la misma. Brindo por ello. Saludos. ![]() |
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#3
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La multa la han calculado según los metros cuadrados que ocupo, 96€.
No es un importe alto, el problema viene que si quieres me podrán multar 15 días después de la primera multa a menos de que "retire inmediatamente la embarcación y elementos de fondeo" En verano hubo una serie de robos de colas de motor en el fondeadero, se llevaron unas cuantas, incluso salió en el periódico. Creo que en aquel entonces se presentó algún "responsable" de costas por la zona y ha decidido que quiere echarnos a todos, ya que llevamos años y años aquí y nunca han multado a nadie hasta este suceso. Saludos
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#4
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No se si en diferentes comunidades autónomas es distinto. Aqui en Galicia yo estuve mirando no hace mucho el tema de fondeo con muerto, me dijeron que que había que solicitarlo y solo se puede en segun que zonas. Tambien se que se puede hacer sin permiso y es posible que no pase nada, pero claro, puede pasar.
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#5
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Empezaremos por ahí...
Escribir a costas a ver si tenemos alguna opción de amarre con muerto. Si en Galicia hay algúna opción de pedir un permiso para ello, debería de haberlo aquí también porque costas es a nivel nacional, debería haber una única normativa si no estoy equivocado... ![]()
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#6
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Hay algo que no entiendo ¿Quién puso el muerto en ese sitio? Alguien tuvo que descargar y orincar ese bloque de hormigón para poderse amarrar a él ¿No? ¿Fue alguna "autoridad" de la zona, o cada uno se colocó su bloque de hormigón donde le pareció?
Porque si el muerto ya estaba ahí... (de repente lo puso el ayuntamiento o algo...) igual se puede reclamar por ahí como una "invitación al fondeo" en la zona ¿No? |
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#7
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Las normativas de aguas interiores no son iguales en todas las Comunidades, Galicia, por ejemplo tiene autoridad sobre ellas, no se en tu zona quien administra la lámina de agua de las aguas de las rías.
Se me ocurren dos métodos para intentar conservar esos fondeos, el primero averiguar si recurriendo la multa se prolonga el plazo de una posible segunda multa, la segunda es asociarse entre los que tienen muerto en uso y reivindicar una práctica de fondeo ancestral, anterior a las normativas actuales y que puede ser regulada por estas, pero con plazos y condiciones.
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