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Antiguo 21-11-2022, 06:21
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Predeterminado Clubs de “propiedad compartida de embarcación”

Buenos días,

Estaba valorando comprar una embarcación a motor, cuando he tenido conocimiento de la existencia de unos clubs que operan con una especie de “propiedad compartida” sin serlo exactamente (por eso entrecomillo).

Resumidamente, consiste en que pagas una entrada y una cantidad cada mes, puedes disponer de una embarcación sin límite de usos, previa reserva (en mi caso, en puerto a 5 mins. de mi casa), y sólo pagas el combustible.

La verdad es que yo no los conocía pero, por lo que me han explicado, parece una opción bastante interesante, alternativa a la compra, bastante más económica (amarre, seguro, limpieza, mantenimiento, etc. a cargo de ellos)

¿Alguien de vosotros pertenece o ha pertenecido a alguno de estos clubs, los conoce directamente o a través de referencias de su entorno, y podría darme su opinión al respecto? Agradecería cualquier información que pueda ayudarme a tomar la decisión.

Cordial saludo.


PS: @Tabernero, como no respondes a mis mensajes, y me urge tener esta información para acabar de tomar la decisión, abro nuevo hilo con algunas modificaciones, que espero merezca tu aprobación. En caso de que siga habiendo algo, a tu juicio, inadecuado, te autorizo y agradezco que lo edites como te parezca más oportuno sin perder el espíritu de mi consulta, gracias.
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Antiguo 21-11-2022, 07:55
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Predeterminado Re: Clubs de “propiedad compartida de embarcación”

Cita:
Originalmente publicado por Kon Tiki Ver mensaje
Estaba valorando comprar una embarcación a motor,

he tenido conocimiento de la existencia de unos clubs que operan con una especie de “propiedad compartida” sin serlo exactamente

consiste en que pagas una entrada y una cantidad cada mes, puedes disponer de una embarcación sin límite de usos, previa reserva, y sólo pagas el combustible.

por lo que me han explicado, parece una opción bastante interesante, alternativa a la compra, bastante más económica (amarre, seguro, limpieza, mantenimiento, etc. a cargo de ellos)

¿Alguien de vosotros pertenece o ha pertenecido a alguno de estos clubs, los conoce directamente o a través de referencias de su entorno, y podría darme su opinión al respecto?
En principio vale hacer la pregunta ¿Quién te ha explicado? para que te "parezca" una opción bastante interesante.

Pues, si quien te ha explicado fue la empresa vendedora... pues... en principio duda, como se debería dudar de TODO vendedor. Los sistemas de "tiempo o bienes compartidos" (de cabañas, de barcos, de hoteles, de casas de campo...) suelen tener vendedores muy convincentes que te mostrarán las bondades del sistema mientras te ocultan todos los inconvenientes (que son muchísimos) que tienen esos sistemas. Así que... yo desecharía TODO lo que te han dicho para convencerte.

Dices que "consiste en que pagas una entrada y una cantidad cada mes, puedes disponer de una embarcación sin límite de usos, previa reserva, y sólo pagas el combustible y hasta el amarre, seguro, limpieza, mantenimiento, etc. está a a cargo de ellos." LO cual parece o sencillamente es falso porque los gastos de la embarcación (el amarre, seguro, limpieza, mantenimiento, etc.) estarán incluídos en la cuota mensual a un costo que seguramente estará abultado. Esto pasa en CASI todas las administraciones de bienes o de servicios (incluso las administraciones de "comunidades" de propietarios de pisos/consorcios de propietarios de departamentos) en donde ALGUNAS administraciones suelen inflar los costos de los servicios que contratan a empresas o personas vinculadas a ellos mismos y también los costos de los bienes (repuestos, artículos consumibles) que compran también a empresas vinculadas a la empresa administradora.

El "negocio" (la estafa) consiste en lo siguiente: Cuando se contrata a algún mecánico, personal de limpieza, u otro personal, se "sobrefactura" sus servicios que bien pueden ser prestados por empresas vinculadas. Con ello las cuentas que presentan -si es que las presentan- vienen elevadas. Si bien la cuota mensual -en algunos casos- es fija, suele incrementarse notablemente al paso del tiempo, si alguien protesta, la administradora presenta la planilla de costos convenientemente abultada.

Por otra parte... dudo que la promesa de poder disponer de una embarcación sin límite de usos, puesto que hay que hacer previa reserva, lo cual se traduce en que, si SÓLO hay 10 copropietarios, con suerte dispondrás de poco más de una semana en verano porque todos querrán navegar en el veranito aprovechando las vacaciones estivales lo cual produce una alta demanda del bien compartido. Esto lo saben bien hasta los niños de 10 años si tienen un hermano o dos pero sólo una PlayStation para jugar.

Mira... los sistemas MAL LLAMADOS de "propiedad compartida" (puesto que en esos sistemas NO se comparte la propiedad sino su uso que es otra cosa) es muy viejo... han tenido su triste y problemática popularidad en las décadas de 1970-1980 con los sistemas de tiempo compartido vacacional en donde se pagaba un importe de entrada y una cuota mensual que daba derecho a una cantidad de días de hotel. El sistema NO funcionaba porque la sobredemanda en temporadas altas hacía que muchos incautos se quedaban sin las vacaciones soñadas por más que hubieran pagado puntualmente su cuota durante un año.

Cuando el incauto caía en cuenta que lo que había hecho era una sencilla tontería quería cancelar su suscripción lo cual podía hacer pero... perdía todas las cuotas pagadas y además el importante importe que había pagado al ingresar. Esto derivó en juicios millonarios que solían terminar con la quiebra de la empresa y mientras los dueños de esas empresas que enviaban a la quiebra ya se habían llevado suculentas ganancias.

El escándalo fue gigantesco y como la justicia no podía hacer más que quebrar empresas cosa que NO solucionaba los problemas, se recurrió a la POLÍTICA (Sí señores política, pues todo pasa por la política) así se llegó a legislar para intentar regular más las cosas. En España la legislación llegó tardía pero llegó con la ley de con la Ley (ya abolida por insuficiente) Nro. 42 de 15 de diciembre de 1998 que trataba sobre los derechos de aprovechamiento por turno de bienes inmuebles de uso turístico.

El 18 de marzo de 2012 entró en vigor el Real Decreto-Ley 8/2012 sobre contratos de aprovechamiento por turno de bienes de uso turístico y el 8 de julio de 2012 entró en vigor la Ley 4/2012. Las cuales también tienen fallos.

Tal es así que en 2015 el Tribunal Supremo hizo una interpretación de la ley 42/98 a través de una sentencia por la cual, todos los contratos firmados con posterioridad al 5 de enero de 1999 y que sean, bien a perpetuidad, o bien semanas flotantes, son nulos de pleno derecho. Esto fue la solución de compromiso para que algunos incautos pudieran cancelar una multipropiedad, ya que a día de hoy no existe una política de cancelación para los consumidores.

En otros países también ha habido escándalos similares, por lo que hoy los sistemas de tiempo compartido tienen una mala reputación o bien son ilegales en algunos países.

Por si no te quedó claro... te pondré un ejemplo.
El interesado (incauto) compra una multipropiedad de una bonita motora francesa Flyer 10 de Beneteau valor € 160.000,--
Si el contrato estima 10 copropietarios pues... pagará de entrada NO menos de € 16.000.--
Luego se compromete a pagar por mes una cuota... la cual no bajará de los € 1.000,--
Cuando llega el veranito intenta reservar 15 días en la ventana temporal que tiene de vacaciones de 21 días... la mayoría se va a encontrar que no puede porque la demanda supera la oferta. Julio y agosto tienen 60 días así que con suerte quedarán sólo 6 días para cada incauto... en el mejor de los casos porque... habrá que coincidir que cada incauto tenga las vacaciones en los tiempos laborales de los otros incautos cosa que estadística y probabilísticamente es imposible.
Si te quieres "salir" pierdes los € 16.000,-- que pagaste como entrada a menos que el incauto encuentre a otro incauto para venderle el "paquete".
Si quieres seguir seguirás pagando una cuota elevada, uses o no uses el barquito.

Mira...
Si quieres un barquito, compra uno. Si no tienes el dinero... pues consigue un amigo o un socio para comprar a medias. Si aún así no consigues... pues compra un barquito más barato, los hay usados en muy buenas condiciones muchos más baratos que la cuota de ingreso a esos curros de multipropiedad. Si aún así no llegas... pues alquila o hazte amigo de alguien que tenga barco y te lleve de vez en cuando a navegar.

Si no consigues nada de eso... pues dedícate al senderismo o a mirar los partidos por TV.

Pero por sobre todas las cosas NO seas un incauto más que cae presa de las empresas de multipropiedades.
__________________
Saludos.

Y por si quieren darse una vuelta por mi TW
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Predeterminado Re: Clubs de “propiedad compartida de embarcación”

Ya lo sabía porque habitualmente leo tus comentarios, pero quería decirlo aquí. Egis, eres un maestro. Felicidades por el relato.

Cita:
Originalmente publicado por Egis Ver mensaje
En principio vale hacer la pregunta ¿Quién te ha explicado? para que te "parezca" una opción bastante interesante.

Pues, si quien te ha explicado fue la empresa vendedora... pues... en principio duda, como se debería dudar de TODO vendedor. Los sistemas de "tiempo o bienes compartidos" (de cabañas, de barcos, de hoteles, de casas de campo...) suelen tener vendedores muy convincentes que te mostrarán las bondades del sistema mientras te ocultan todos los inconvenientes (que son muchísimos) que tienen esos sistemas. Así que... yo desecharía TODO lo que te han dicho para convencerte.

Dices que "consiste en que pagas una entrada y una cantidad cada mes, puedes disponer de una embarcación sin límite de usos, previa reserva, y sólo pagas el combustible y hasta el amarre, seguro, limpieza, mantenimiento, etc. está a a cargo de ellos." LO cual parece o sencillamente es falso porque los gastos de la embarcación (el amarre, seguro, limpieza, mantenimiento, etc.) estarán incluídos en la cuota mensual a un costo que seguramente estará abultado. Esto pasa en CASI todas las administraciones de bienes o de servicios (incluso las administraciones de "comunidades" de propietarios de pisos/consorcios de propietarios de departamentos) en donde ALGUNAS administraciones suelen inflar los costos de los servicios que contratan a empresas o personas vinculadas a ellos mismos y también los costos de los bienes (repuestos, artículos consumibles) que compran también a empresas vinculadas a la empresa administradora.

El "negocio" (la estafa) consiste en lo siguiente: Cuando se contrata a algún mecánico, personal de limpieza, u otro personal, se "sobrefactura" sus servicios que bien pueden ser prestados por empresas vinculadas. Con ello las cuentas que presentan -si es que las presentan- vienen elevadas. Si bien la cuota mensual -en algunos casos- es fija, suele incrementarse notablemente al paso del tiempo, si alguien protesta, la administradora presenta la planilla de costos convenientemente abultada.

Por otra parte... dudo que la promesa de poder disponer de una embarcación sin límite de usos, puesto que hay que hacer previa reserva, lo cual se traduce en que, si SÓLO hay 10 copropietarios, con suerte dispondrás de poco más de una semana en verano porque todos querrán navegar en el veranito aprovechando las vacaciones estivales lo cual produce una alta demanda del bien compartido. Esto lo saben bien hasta los niños de 10 años si tienen un hermano o dos pero sólo una PlayStation para jugar.

Mira... los sistemas MAL LLAMADOS de "propiedad compartida" (puesto que en esos sistemas NO se comparte la propiedad sino su uso que es otra cosa) es muy viejo... han tenido su triste y problemática popularidad en las décadas de 1970-1980 con los sistemas de tiempo compartido vacacional en donde se pagaba un importe de entrada y una cuota mensual que daba derecho a una cantidad de días de hotel. El sistema NO funcionaba porque la sobredemanda en temporadas altas hacía que muchos incautos se quedaban sin las vacaciones soñadas por más que hubieran pagado puntualmente su cuota durante un año.

Cuando el incauto caía en cuenta que lo que había hecho era una sencilla tontería quería cancelar su suscripción lo cual podía hacer pero... perdía todas las cuotas pagadas y además el importante importe que había pagado al ingresar. Esto derivó en juicios millonarios que solían terminar con la quiebra de la empresa y mientras los dueños de esas empresas que enviaban a la quiebra ya se habían llevado suculentas ganancias.

El escándalo fue gigantesco y como la justicia no podía hacer más que quebrar empresas cosa que NO solucionaba los problemas, se recurrió a la POLÍTICA (Sí señores política, pues todo pasa por la política) así se llegó a legislar para intentar regular más las cosas. En España la legislación llegó tardía pero llegó con la ley de con la Ley (ya abolida por insuficiente) Nro. 42 de 15 de diciembre de 1998 que trataba sobre los derechos de aprovechamiento por turno de bienes inmuebles de uso turístico.

El 18 de marzo de 2012 entró en vigor el Real Decreto-Ley 8/2012 sobre contratos de aprovechamiento por turno de bienes de uso turístico y el 8 de julio de 2012 entró en vigor la Ley 4/2012. Las cuales también tienen fallos.

Tal es así que en 2015 el Tribunal Supremo hizo una interpretación de la ley 42/98 a través de una sentencia por la cual, todos los contratos firmados con posterioridad al 5 de enero de 1999 y que sean, bien a perpetuidad, o bien semanas flotantes, son nulos de pleno derecho. Esto fue la solución de compromiso para que algunos incautos pudieran cancelar una multipropiedad, ya que a día de hoy no existe una política de cancelación para los consumidores.

En otros países también ha habido escándalos similares, por lo que hoy los sistemas de tiempo compartido tienen una mala reputación o bien son ilegales en algunos países.

Por si no te quedó claro... te pondré un ejemplo.
El interesado (incauto) compra una multipropiedad de una bonita motora francesa Flyer 10 de Beneteau valor € 160.000,--
Si el contrato estima 10 copropietarios pues... pagará de entrada NO menos de € 16.000.--
Luego se compromete a pagar por mes una cuota... la cual no bajará de los € 1.000,--
Cuando llega el veranito intenta reservar 15 días en la ventana temporal que tiene de vacaciones de 21 días... la mayoría se va a encontrar que no puede porque la demanda supera la oferta. Julio y agosto tienen 60 días así que con suerte quedarán sólo 6 días para cada incauto... en el mejor de los casos porque... habrá que coincidir que cada incauto tenga las vacaciones en los tiempos laborales de los otros incautos cosa que estadística y probabilísticamente es imposible.
Si te quieres "salir" pierdes los € 16.000,-- que pagaste como entrada a menos que el incauto encuentre a otro incauto para venderle el "paquete".
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Mira...
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Cuando Juanita y ChanChán,
en el mar cernían arena,
Como sacudía el jibe,
A ChanChán le daba pena.
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Predeterminado Re: Clubs de “propiedad compartida de embarcación”

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Originalmente publicado por Egis Ver mensaje
En principio vale hacer la pregunta ¿Quién te ha explicado? para que te "parezca" una opción bastante interesante.

Pues, si quien te ha explicado fue la empresa vendedora... pues... en principio duda, como se debería dudar de TODO vendedor. Los sistemas de "tiempo o bienes compartidos" (de cabañas, de barcos, de hoteles, de casas de campo...) suelen tener vendedores muy convincentes que te mostrarán las bondades del sistema mientras te ocultan todos los inconvenientes (que son muchísimos) que tienen esos sistemas. Así que... yo desecharía TODO lo que te han dicho para convencerte.

Dices que "consiste en que pagas una entrada y una cantidad cada mes, puedes disponer de una embarcación sin límite de usos, previa reserva, y sólo pagas el combustible y hasta el amarre, seguro, limpieza, mantenimiento, etc. está a a cargo de ellos." LO cual parece o sencillamente es falso porque los gastos de la embarcación (el amarre, seguro, limpieza, mantenimiento, etc.) estarán incluídos en la cuota mensual a un costo que seguramente estará abultado. Esto pasa en CASI todas las administraciones de bienes o de servicios (incluso las administraciones de "comunidades" de propietarios de pisos/consorcios de propietarios de departamentos) en donde ALGUNAS administraciones suelen inflar los costos de los servicios que contratan a empresas o personas vinculadas a ellos mismos y también los costos de los bienes (repuestos, artículos consumibles) que compran también a empresas vinculadas a la empresa administradora.

El "negocio" (la estafa) consiste en lo siguiente: Cuando se contrata a algún mecánico, personal de limpieza, u otro personal, se "sobrefactura" sus servicios que bien pueden ser prestados por empresas vinculadas. Con ello las cuentas que presentan -si es que las presentan- vienen elevadas. Si bien la cuota mensual -en algunos casos- es fija, suele incrementarse notablemente al paso del tiempo, si alguien protesta, la administradora presenta la planilla de costos convenientemente abultada.

Por otra parte... dudo que la promesa de poder disponer de una embarcación sin límite de usos, puesto que hay que hacer previa reserva, lo cual se traduce en que, si SÓLO hay 10 copropietarios, con suerte dispondrás de poco más de una semana en verano porque todos querrán navegar en el veranito aprovechando las vacaciones estivales lo cual produce una alta demanda del bien compartido. Esto lo saben bien hasta los niños de 10 años si tienen un hermano o dos pero sólo una PlayStation para jugar.

Mira... los sistemas MAL LLAMADOS de "propiedad compartida" (puesto que en esos sistemas NO se comparte la propiedad sino su uso que es otra cosa) es muy viejo... han tenido su triste y problemática popularidad en las décadas de 1970-1980 con los sistemas de tiempo compartido vacacional en donde se pagaba un importe de entrada y una cuota mensual que daba derecho a una cantidad de días de hotel. El sistema NO funcionaba porque la sobredemanda en temporadas altas hacía que muchos incautos se quedaban sin las vacaciones soñadas por más que hubieran pagado puntualmente su cuota durante un año.

Cuando el incauto caía en cuenta que lo que había hecho era una sencilla tontería quería cancelar su suscripción lo cual podía hacer pero... perdía todas las cuotas pagadas y además el importante importe que había pagado al ingresar. Esto derivó en juicios millonarios que solían terminar con la quiebra de la empresa y mientras los dueños de esas empresas que enviaban a la quiebra ya se habían llevado suculentas ganancias.

El escándalo fue gigantesco y como la justicia no podía hacer más que quebrar empresas cosa que NO solucionaba los problemas, se recurrió a la POLÍTICA (Sí señores política, pues todo pasa por la política) así se llegó a legislar para intentar regular más las cosas. En España la legislación llegó tardía pero llegó con la ley de con la Ley (ya abolida por insuficiente) Nro. 42 de 15 de diciembre de 1998 que trataba sobre los derechos de aprovechamiento por turno de bienes inmuebles de uso turístico.

El 18 de marzo de 2012 entró en vigor el Real Decreto-Ley 8/2012 sobre contratos de aprovechamiento por turno de bienes de uso turístico y el 8 de julio de 2012 entró en vigor la Ley 4/2012. Las cuales también tienen fallos.

Tal es así que en 2015 el Tribunal Supremo hizo una interpretación de la ley 42/98 a través de una sentencia por la cual, todos los contratos firmados con posterioridad al 5 de enero de 1999 y que sean, bien a perpetuidad, o bien semanas flotantes, son nulos de pleno derecho. Esto fue la solución de compromiso para que algunos incautos pudieran cancelar una multipropiedad, ya que a día de hoy no existe una política de cancelación para los consumidores.

En otros países también ha habido escándalos similares, por lo que hoy los sistemas de tiempo compartido tienen una mala reputación o bien son ilegales en algunos países.

Por si no te quedó claro... te pondré un ejemplo.
El interesado (incauto) compra una multipropiedad de una bonita motora francesa Flyer 10 de Beneteau valor € 160.000,--
Si el contrato estima 10 copropietarios pues... pagará de entrada NO menos de € 16.000.--
Luego se compromete a pagar por mes una cuota... la cual no bajará de los € 1.000,--
Cuando llega el veranito intenta reservar 15 días en la ventana temporal que tiene de vacaciones de 21 días... la mayoría se va a encontrar que no puede porque la demanda supera la oferta. Julio y agosto tienen 60 días así que con suerte quedarán sólo 6 días para cada incauto... en el mejor de los casos porque... habrá que coincidir que cada incauto tenga las vacaciones en los tiempos laborales de los otros incautos cosa que estadística y probabilísticamente es imposible.
Si te quieres "salir" pierdes los € 16.000,-- que pagaste como entrada a menos que el incauto encuentre a otro incauto para venderle el "paquete".
Si quieres seguir seguirás pagando una cuota elevada, uses o no uses el barquito.

Mira...
Si quieres un barquito, compra uno. Si no tienes el dinero... pues consigue un amigo o un socio para comprar a medias. Si aún así no consigues... pues compra un barquito más barato, los hay usados en muy buenas condiciones muchos más baratos que la cuota de ingreso a esos curros de multipropiedad. Si aún así no llegas... pues alquila o hazte amigo de alguien que tenga barco y te lleve de vez en cuando a navegar.

Si no consigues nada de eso... pues dedícate al senderismo o a mirar los partidos por TV.

Pero por sobre todas las cosas NO seas un incauto más que cae presa de las empresas de multipropiedades.
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Originalmente publicado por Beltham Ver mensaje
Ya lo sabía porque habitualmente leo tus comentarios, pero quería decirlo aquí. Egis, eres un maestro. Felicidades por el relato.
Buenos días,

Egis, muy agradecido por tu punto de vista, aunque creo que partes de una base equivocada, tanto referente a mí como a la empresa. Me explico y contesto a los puntos más significativos.

Para centrar el tema te diré que tengo más de 60 años y soy empresario desde hace casi 40. Evidentemente, como cualquier persona puedo equivocarme, pero te aseguro que no soy ningún “incauto”.

Sobre el calificativo que utilizas para referirte a ese negocio (funciona en el mundo hace más de 30 años) como “estafa”, sin conocerlos, me parece aventurado, injusto y fuera de lugar. De todas formas lo interpreto en sentido coloquial.

Respecto a “quién me lo ha explicado”, evidentemente no ha sido la empresa (a quien no he preguntado, por razones obvias), han sido diversos miembros de estos clubs, que no se conocen entre ellos, y llevan varios años como socios.

En relación a las cuotas, a mi entender, no son nada “abultadas”. Pagas 1.500€ de entrada, y 300€/mes. Como referencia, te diré que, en el puerto que me interesa, en Bcn, sólo el alquiler del amarre mínimo supera los 1.000€/mes.

En cuanto a la cantidad de embarcaciones vs cantidad de socios, llevo varios meses haciendo un seguimiento regular en el puerto citado, y todos los días que he ido, habían embarcaciones disponibles.

Acerca de los comentarios que haces del sector inmobiliario, precisamente soy presidente de un grupo inmobiliario, sector en el que me muevo hace muchos años, y el caso que yo planteo, no es comparable al que relatas.

Y por último, precisamente, si planteo esto es para conocer opiniones y acabarme de decidir. Si no me convence, evidentemente, compraré una embarcación nueva. De hecho ya la tengo elegida.

Cordial saludo.

Editado por Kon Tiki en 22-11-2022 a las 07:15.
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Predeterminado Re: Clubs de “propiedad compartida de embarcación”

En principio yo NO hice ninguna mención sobre nadie (NINGUNA)
Quien se apropie del calificativo de incauto lo hace por su cuenta y orden.
Tampoco hablé sobre ninguna empresa particular, simplemente porque no hay mención de ello.

Sólo indiqué los pormenores del negocio (estafa) de propiedad compartida.
El calificativo de ESTAFA lo tomé de la lectura de los expedientes del Tribunal Supremo cuando emite el fallo en 2015 sobre los casos de la MAL llamada (lo dicen los jueces NO yo) "Propiedad compartida" en donde se declaran NULOS los contratos de "Propiedad compartida"

El negocio (Estafa) ya huele mal desde su calificación de "Propiedad" compartida porque en realidad el barco que se ofrece NUNCA estará como propiedad del incauto ni siquiera en una parte.

Si en realidad se tratara de "Copropiedad" el bien (el barco) podría venderse sólo por el deseo de un sólo copropietario aunque éste tenga una mínima participación. Cosa que NO sucede.

También si en realidad se tratara de "Copropiedad", los copropietarios podrías decidir en asamblea por ejemplo cambiar de administrador. Cosa imposible en esos contratos de "Propiedad compartida"

Por otra parte el negocio (Estafa) tiene muchísimos inconvenientes aún si el sistema funcionara por ejemplo:
No se podrían dejar objetos personales en el barco, como así tampoco decorarlo (armarlo) a gusto de quien sea, ni cambiarle el color al barco o elegir el mecánico o el pintor o la empresa que limpia como así tampoco cambiar de puerto.

O sea... el incauto paga un importe para ingresar a un sistema perverso que lo limita y lo mantiene cautivo de: A) Un administrador, B) Un puerto, C) Una cohorte de empresas de mantenimiento todas éstas seguramente estarán entongadas con la administradora.

Mira... una de dos
O tú NO quieres ver la realidad o por lo menos leer los fallos judiciales.
O lo que quieres hacer es publicidad encubierta.
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Predeterminado Re: Clubs de “propiedad compartida de embarcación”

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Originalmente publicado por Egis Ver mensaje
En principio yo NO hice ninguna mención sobre nadie (NINGUNA)
Quien se apropie del calificativo de incauto lo hace por su cuenta y orden.
Tampoco hablé sobre ninguna empresa particular, simplemente porque no hay mención de ello.

Sólo indiqué los pormenores del negocio (estafa) de propiedad compartida.
El calificativo de ESTAFA lo tomé de la lectura de los expedientes del Tribunal Supremo cuando emite el fallo en 2015 sobre los casos de la MAL llamada (lo dicen los jueces NO yo) "Propiedad compartida" en donde se declaran NULOS los contratos de "Propiedad compartida"

El negocio (Estafa) ya huele mal desde su calificación de "Propiedad" compartida porque en realidad el barco que se ofrece NUNCA estará como propiedad del incauto ni siquiera en una parte.

Si en realidad se tratara de "Copropiedad" el bien (el barco) podría venderse sólo por el deseo de un sólo copropietario aunque éste tenga una mínima participación. Cosa que NO sucede.

También si en realidad se tratara de "Copropiedad", los copropietarios podrías decidir en asamblea por ejemplo cambiar de administrador. Cosa imposible en esos contratos de "Propiedad compartida"

Por otra parte el negocio (Estafa) tiene muchísimos inconvenientes aún si el sistema funcionara por ejemplo:
No se podrían dejar objetos personales en el barco, como así tampoco decorarlo (armarlo) a gusto de quien sea, ni cambiarle el color al barco o elegir el mecánico o el pintor o la empresa que limpia como así tampoco cambiar de puerto.

O sea... el incauto paga un importe para ingresar a un sistema perverso que lo limita y lo mantiene cautivo de: A) Un administrador, B) Un puerto, C) Una cohorte de empresas de mantenimiento todas éstas seguramente estarán entongadas con la administradora.

Mira... una de dos
O tú NO quieres ver la realidad o por lo menos leer los fallos judiciales.
O lo que quieres hacer es publicidad encubierta.
Y habría una tercera posibilidad, que es que no hubieras entendido nada, que a la vista de tu nuevo comentario, es lo que creo.
Pero no he venido aquí a discutir con nadie, simplemente he venido a pedir opiniones respecto a una decisión que quiero tomar.

Editado por Kon Tiki en 22-11-2022 a las 09:35.
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Predeterminado Re: Clubs de “propiedad compartida de embarcación”

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Buenos días,

Egis, muy agradecido por tu punto de vista, aunque creo que partes de una base equivocada, tanto referente a mí como a la empresa. Me explico y contesto a los puntos más significativos.

Para centrar el tema te diré que tengo más de 60 años y soy empresario desde hace casi 40. Evidentemente, como cualquier persona puedo equivocarme, pero te aseguro que no soy ningún “incauto”.

Sobre el calificativo que utilizas para referirte a ese negocio (funciona en el mundo hace más de 30 años) como “estafa”, sin conocerlos, me parece aventurado, injusto y fuera de lugar. De todas formas lo interpreto en sentido coloquial.

Respecto a “quién me lo ha explicado”, evidentemente no ha sido la empresa (a quien no he preguntado, por razones obvias), han sido diversos miembros de estos clubs, que no se conocen entre ellos, y llevan varios años como socios.

En relación a las cuotas, a mi entender, no son nada “abultadas”. Pagas 1.500€ de entrada, y 300€/mes. Como referencia, te diré que, en el puerto que me interesa, en Bcn, sólo el alquiler del amarre mínimo supera los 1.000€/mes.

En cuanto a la cantidad de embarcaciones vs cantidad de socios, llevo varios meses haciendo un seguimiento regular en el puerto citado, y todos los días que he ido, habían embarcaciones disponibles.

Acerca de los comentarios que haces del sector inmobiliario, precisamente soy presidente de un grupo inmobiliario, sector en el que me muevo hace muchos años, y el caso que yo planteo, no es comparable al que relatas.

Y por último, precisamente, si planteo esto es para conocer opiniones y acabarme de decidir. Si no me convence, evidentemente, compraré una embarcación nueva. De hecho ya la tengo elegida.

Cordial saludo.

Como planteas opiniones, pues te doy la mia:
Yo he conocido de primera mano la propiedad compartida en inmuebles, y como dice Egis y muy bien dicho es una estafa con todas sus letras.
Y si lo queremos trasladar a barco pues es exactamente igual en todas sus formas que el inmueble.
Mejor cómprate uno o alquílalo, si no quieres gastos mensuales, o anuales .
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Beltham (23-11-2022), Egis (23-11-2022)
  #8  
Antiguo 23-11-2022, 15:00
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Predeterminado Re: Clubs de “propiedad compartida de embarcación”

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Por si no te quedó claro... te pondré un ejemplo.
El interesado (incauto) compra una multipropiedad de una bonita motora francesa Flyer 10 de Beneteau valor € 160.000,--
Si el contrato estima 10 copropietarios pues... pagará de entrada NO menos de € 16.000.--
Luego se compromete a pagar por mes una cuota... la cual no bajará de los € 1.000,--
Cuando llega el veranito intenta reservar 15 días en la ventana temporal que tiene de vacaciones de 21 días... la mayoría se va a encontrar que no puede porque la demanda supera la oferta. Julio y agosto tienen 60 días así que con suerte quedarán sólo 6 días para cada incauto... en el mejor de los casos porque... habrá que coincidir que cada incauto tenga las vacaciones en los tiempos laborales de los otros incautos cosa que estadística y probabilísticamente es imposible.
Si te quieres "salir" pierdes los € 16.000,-- que pagaste como entrada a menos que el incauto encuentre a otro incauto para venderle el "paquete".
Si quieres seguir seguirás pagando una cuota elevada, uses o no uses el barquito.
El ejemplo está más que claro, es evidente que vas a pagar el coste de la embarcación más todos los gastos que tenga, seguros, mantenimiento, limpieza, puerto, etc... más los gastos del administrador del club y vas a disfrutar de él cuando coincida que tu puedes y que te lo dejen libre los demás miembros del club. Y si eres "copropietario" y el barco se hunde igual te quedas sin barco y lo tienes que seguir pagando porque con 1500 de entrada no se ha pagado del todo y hay financiacion pendiente.

Alquilar es caro, pero mira, tu decides cuando y como y luego te desentiendes del barco y te quitas de problemas.

Aunque no sea lo mismo que los pisos de multipropiedad, suena muy parecido y es para coger con muchisima desconfianza o directamente para salir corriendo lo más lejos que puedas.

Estoy con Egis.
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Egis (23-11-2022)
  #9  
Antiguo 22-11-2022, 07:53
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Predeterminado Clubs de “propiedad compartida de embarcación”

Pues parece que lo tienes estudiado.
Por el dinero que es, antes de comprar algo y pagar amarre, yo me metería. Son un par de meses de amarre... Si al cabo de unos meses ves que no te gusta la pérdida no es catastrófica
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Mario.
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  #10  
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Pues parece que lo tienes estudiado.
Por el dinero que es, antes de comprar algo y pagar amarre, yo me metería. Son un par de meses de amarre... Si al cabo de unos meses ves que no te gusta la pérdida no es catastrófica
Gracias por tu opinión, Mario.
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  #11  
Antiguo 23-11-2022, 10:20
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Predeterminado Clubs de “propiedad compartida de embarcación”

Bueno, creo que sois demasiado taxativos. Calificar algo de estafa sin conocer los detalles simplemente porque en otros casos se haya engañado a la gente...
Lo que yo haría:
Hablar con usuarios, si es posible, y recabar opiniones
Hablar con el que lo organiza a ver que pinta nos da
Hacer una simulación grosso modo del modelo de negocio, a ver si es viable para el empresario. Si vemos que es imposible que salgan los números... malo, malo.
Ver si 1.500 euros los podemos arriesgar o nos va a suponer un quebranto importante
En fin, seguro que se te ocurrirán más cosas. Pero no lo descartes de entrada
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Mario.
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  #12  
Antiguo 23-11-2022, 10:44
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Para mi toda experiencia que no sea ser armador siempre fue mala en primera persona y en todos mis conocido, salvo alguna forma de compra compartida entre varios amigos.

soy del pensamiento mejor un mojon para uno que un bombón para muchos.

https://www.youtube.com/@NAUTICAFACI
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jonam52 (25-11-2022)
  #13  
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Bueno, creo que sois demasiado taxativos. Calificar algo de estafa sin conocer los detalles simplemente porque en otros casos se haya engañado a la gente...
Lo que yo haría:
Hablar con usuarios, si es posible, y recabar opiniones
Hablar con el que lo organiza a ver que pinta nos da
Hacer una simulación grosso modo del modelo de negocio, a ver si es viable para el empresario. Si vemos que es imposible que salgan los números... malo, malo.
Ver si 1.500 euros los podemos arriesgar o nos va a suponer un quebranto importante
En fin, seguro que se te ocurrirán más cosas. Pero no lo descartes de entrada
Pido disculpas si alguien se ha ofendido, pero como quede tan “”tocado”” de la multipropiedad, pues eso
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mario147 (23-11-2022)
  #14  
Antiguo 23-11-2022, 17:50
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Predeterminado Clubs de “propiedad compartida de embarcación”

Dais por hecho que si no se navega en agosto ya no interesa. Pues depende. Si puedes evitarlo es el peor mes para navegar.
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Mario.
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  #15  
Antiguo 23-11-2022, 19:12
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Buenas,

Da gusto leer una conversación sobre un tema, en que se produzca una discusión -más bien un intercambio de pareceres- con tanta educación. Asi sí se puede discutir en un foro escrito.

Volviendo al tema, por Santander existen dos o tres clubes de ese tipo... y tienen demanda. Todos los días se ven barcos de esas empresas navegando y no conozco problemas entre los usuarios...
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  #16  
Antiguo 23-11-2022, 20:20
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Buenas,

Da gusto leer una conversación sobre un tema, en que se produzca una discusión -más bien un intercambio de pareceres- con tanta educación. Asi sí se puede discutir en un foro escrito.

Volviendo al tema, por Santander existen dos o tres clubes de ese tipo... y tienen demanda. Todos los días se ven barcos de esas empresas navegando y no conozco problemas entre los usuarios...
Creo que esos no son de multipropiedad, sino de abono. Pagas tanto al mes y tienes derecho a X salidas mensuales, compartidas o en solitario. No eres copropietario, pero por supuesto tampoco hay que hacer el aporte inicial ni tienes otras responsabilidades.
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incerti quo fata ferant, ubi sistere detur
...sin saber a dónde nos llevarán los hados, dónde nos será dado establecernos.
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  #17  
Antiguo 24-11-2022, 07:32
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Predeterminado Re: Clubs de “propiedad compartida de embarcación”

por mi parte yo no veo ninguna "discusión" sino distintas opiniones entre personas adultas que compartimos una afición y que exponemos nuestro punto de vista con el objetivo de ayudar y de entre todos entender mejor el tema que nos proponen.

Dicho esto, vendría bien para este tema si alguno nos pasara un contrato de este tipo de empresa-club y que veamos las clausulas y la letra pequeña que suele ser lo más importante.

A ver si alguno consigue un contrato con las condiciones y asi podemos opinar con más conocimiento.

Una ronda de mi cuenta
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  #18  
Antiguo 24-11-2022, 19:04
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Predeterminado Re: Clubs de “propiedad compartida de embarcación”

Creo que la clave del tema es acudir a la sociedad esta de la multipropiedad de la embarcación, pedir los estatutos, normas, etc., leerlos, releerlos, dejar pasar unos días y consultarlo con la almohada y tener claro los pros, contras y en cuántos puntos se podría llegar a aplicar lo que expone Egis, haciendo hincapié en el tema económico, gastos habituales, derramas, derechos y responsabilidades de cada usuario, qué se hace cuando alguien no cumple (hace uso de la embarcación cuando no le corresponde, deja el depósito vacío, si cuando vas a hacer uso de la embarcación resulta que un usuario anterior sufrió una avería y todavía no se ha solucionado, si en ese caso se pierde el turno o se prorrogan las fechas...). Si aún y así lo ves como algo factible y asumes todas las ventajas e inconvenientes, ya nos contarás qué tal.

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  #19  
Antiguo 24-11-2022, 23:31
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Dais por hecho que si no se navega en agosto ya no interesa. Pues depende. Si puedes evitarlo es el peor mes para navegar.
Cierto, y más en Mallorca, yo ese mes evito coger vacaciones.
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