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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Hola cofrades!
He visto un anuncio que se ofrecía de esta forma. Viendo fotos, compruebo que es un velero de la 7 lista. Es esto legal?? Me parece un poco llamativo... (Disculpad si habeis abordado ya este tema, o parecido) |
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#2
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la lista 7ª es para los barcos recreativos sin animo de lucro. El problema viene de lo que interpreta hacienda que es ánimo de lucro.
A mi no me parece mal que uno que tiene un barco y lo mantiene como debe ser dejandose un dinero, quiera sacar algo para los gastos llevando a gente a dar una vuelta de vez en cuando. Eso en Francia se puede hacer y no se paga impuestos por ello... a no ser que hagas de eso tu profesión y te dediques a ello. Por cierto, en el nuevo "certificat d'enregistrement" francés ya te pone que el barco se puede alquilar como "navire de plaisance san équipage". En España no se puede, pero bueno, tambien se pueden hacer salidas "compartiendo los gastos" y ahi eso es un acuerdo entre particulares que hacienda no lo puede considerar como ánimo de lucro. Por aqui 200 euros es un precio normal, dependiendo del tipo de barco o velero que sea, de lo que incluya... si es todo el dia, te enseñan a navegar, te dan de comer o de cenar... hay que ver todo eso. ![]() |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a jonam52 | ||
caravaggio (04-04-2024) | ||
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#3
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Gracias por la respuesta!
Todo lo que dices tiene sentido y las autoridades francesas parecen tenerlo claro. Lo único que aquí ya existe la 6 lista para aquellos barcos de recreo dedicados al charter o alquiler. No sé si hay "ánimo de lucro" en esa tarifa de 200€. Lo que sí sé es que si fuera el propietario de una empresa con uno o dos barcos para el alquiler o el charter, no estaría contento.... |
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#4
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Saludos,a mi me daria uyuyu hacer eso, si pasara algo como un golpe en la cabeza con la botarate (la llamo asi porque siempre le da al mas botarate) o un corte profundo o yo que se,no se que seguro cubriria una posible demanda del "invitado" ( entiendo que no les une una relacion personal,solo comercial).
Igual soy un histerico ![]()
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Que bien lo estamos pasando ! |
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#5
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Hola Spite! No parece que la posibilidad de un accidente figure entre las preocupaciones de quien ve que va a ganar 200€, libre de impuestos, cada vez que salga a navegar.
Si alquilar barcos de 7 lista es legal (o alegal) las empresas que se dedican a esto lo llevan crudo. |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a Layo Raser | ||
SpitfireAntonio (29-03-2024) | ||
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#6
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Cita:
Son dos cosas diferentes. Primero que los particulares que tienen su barco y lo cuidan no te creas que son partidarios de alquilarlo a un desconocido sea por el precio que sea... asi que aunque esté autorizado hay pocos particulares dispuestos a eso. El charter te da una garantía mayor siempre porque es una empresa la que responde por el barco... si no está en condiciones te ponen otro, etc... Los seguros particulares franceses tambien cubren los accidentes mientras lo alquilas pero ya te digo que el que tiene un barco bueno que le ha costado su dinero es muy reacio a alquilarlo, porque corres un riesgo grande de que te hagan una averia y te quedes sin barco, o que tengas que asumir unas reparaciones que te van a costar mucho más de lo que has sacado por unos dias de alquiler. A mi me parece que puede haber un termino medio, pero vamos, conociendo el afán recaudatorio de la Agencia Tributaria a mi me parece que están matando la gallina de los huevos de oro y que podrían recaudar mucho más de la nautica facilitando a los particulares que quieran el poder ganar un dinerillo con el barco para que no les salga tan caro todo. Pero bueno, las opiniones son como los culos... ![]() |
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#7
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Interesante tu aporte, Jonam. Sucede que lo que hagan en Francia no resuelve el planteamiento de si es posible, y no sancionable aquí, alquilar el velero de recreo por 200€ libre de impuestos.
Si es factible, convendría saberlo porque puede ser interesante. Si no lo es, opino que debería investigarse hasta el propio anuncio. Es que dejar esta cuestión en un limbo legal supone un perjuicio claro (al menos aquí) para las empresas de charter. Más aún en zonas como ésta en que el grueso de la facturación se concentra en 2 o 3 meses... A mayores, opino que la 8j falta de capacidad de las autoridades del estado para poner claridad en esta cuestión (como parece suceder en Francia) demuestra que o no hay interés por parte de Hacienda (lo cual parece raro), o no hay forma de controlarlo. Mal en cualquier caso. |
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#8
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Hola: En España es una práctica prohibida
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#9
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Cita:
personas que vayan. Conozco a alguien que hace algo similar, pero éste tiene el barco en lista 6ª y está de alta en autónomos. Anunciarse públicamente para tal fin, sin el barco en la lista correspondiente y sin estar dado de alta en la Seguridad Social, solo puede traer problemas con el fisco. Y eso, si no hay ningún percance. De haberlo, la cosa se puede complicar. Otra cosa distinta, es que se "compartan gastos". Yo he embarcado en el barco de algún conocido cofrade y he compartido "gastos fijos", cifrados en una cantidad "X" por día (al margen de los gastos por consumo que hemos ido aportando en una bolsa común). Y la verdad es que me quedo muy tranquilo, pues como sabemos, siempre algo termina rompiéndose. Según que barco, los gastos anuales de mantenimiento (amarre, varada, mantenimiento del motor, seguro...) pueden alcanzar cifras de varios miles de euros. Y si le metemos la amortización del propio barco, más los gastos de los elementos que se van rompiendo y/o deteriorando, la cifra puede elevarse a otro puñado de miles más. Si lo piensas detenidamente, no te compras el barco. ![]() Salud y ![]()
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![]() El cruce del Atlántico y posterior estancia en el Caribe de El Temido lll (2014/2016) http://foro.latabernadelpuerto.com/s...d.php?t=145184 Editado por El Temido II en 02-04-2024 a las 17:48. |
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#10
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Imaginemos que yo doy clases de vela. No para sacarse un título sino para que
alguien que tiene un barco, es p.e.r, me contrata para que le enseñe a poner el spinnaker, por ejemplo. Algo así como si me contratan para dar clases particulares de matemáticas. Si en vez de enseñarle en su barco, lo hacemos en el mío tengo que tenerlo en lista 6ª y tener el PPER? Me da a mi que nos hemos dejado convencer de la titulitis y la homologatitis de tantos años que hace que nos hacen pasar por el tubo.
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<')(((>< <')(((>< <')(((>< Que es mi barco mi tesoro, que es mi dios la libertad, mi ley, la fuerza y el viento, mi única patria, la mar. https://www.facebook.com/pages/Juriola/214037382001173 Documentación y fotos de la construcción: https://www.dropbox.com/sh/u7ktl11am...uOakJ4Y3a?dl=0 |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a Juriola | ||
Tanausu (03-04-2024) | ||
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#11
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Hemos normalizado el que por decirle a un conductor novel, como se hace un doble embrague, haya que tener el titulo de profe de autoescuela
Enviat des del meu moto g73 5G usant Tapatalk
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<')(((>< <')(((>< <')(((>< Que es mi barco mi tesoro, que es mi dios la libertad, mi ley, la fuerza y el viento, mi única patria, la mar. https://www.facebook.com/pages/Juriola/214037382001173 Documentación y fotos de la construcción: https://www.dropbox.com/sh/u7ktl11am...uOakJ4Y3a?dl=0 |
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#12
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De cualquier forma, se está tramitando ahora en el Congreso la Ley de Movilidad Sostenible que regulará BlaBlaCar y similares
Imagino, que tarde o temprano desarrollarán la Ley similaren el sector náutico, y beberá de la otra Ley. Y que tendrá mucho que ver con la Ley de alquilar 3 meses un barco de la 7ª que se iba a aprobar este mes Julio. ![]()
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MMSI 224433790 Editado por Manila1886 en 04-04-2024 a las 12:39. |
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#13
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Repetido
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MMSI 224433790 |
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