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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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https://www.mapa.gob.es/es/pesca/par...m30-707264.pdf
Habrá que hacer alegaciones masivas está vez no solo van a por los extranjeros también a por los nacionales. |
| 2 Cofrades agradecieron a PAOM este mensaje: | ||
norin (12-05-2025), valenciano65 (18-01-2026) | ||
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#2
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Ahora, y hasta el 16 de mayo es el momento de presentar alegaciones. Después no servirá de nada lamentarse.
Sigo viendo un malentendido con la merluza, por un lado prohibiendo su captura y por otro autorizando 5 ejemplares por licencia, entre merluza, patudo y atún blanco. Y también sigo viendo una injusticia: Si no hay ejemplares de besugo o de merluza o de otra especie... no la hay para nadie, no sólo nos la tienen que prohibir a los deportivos. Yo, personalmente, prepararé una alegación, deberíamos de colapsarlos el servidor con alegaciones. Como dije, después del plazo, no sirve de nada quejarse. |
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#3
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Gracias por la información, si vas a hacer alegaciones y puedes compartir el modelo, lo pasaremos a más compañeros para hacer todas las posibles. De nuevo, muchas gracias
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THUNNUS ALALUNGA |
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#4
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Yo no entiendo nada.
En el punto IX. "En el caso del atún blanco, no existe reparto de las posibilidades de pesca entre los buques de pabellón español, ni de forma individual ni por grupos de buques." Entonces prohibida del todo? Luego en el cuadro autoriza captura para bandera española y captura y suelta para otras banderas, sin importar si tienen TAC. Se puede pescar entonces con licencias de países comunitarios? Todos los años tocando las bolas en Mayo... |
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#5
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Cita:
Saludos |
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#6
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Yo siguo sin entender el porque de la prohibición de la merluza, sin ninguna explicación ni justificación.
pone que las alegaciones hay que enviarlas aqui: bzn-uadgopa@mapa.es antes del 16 de mayo. Solo han dado 11 días hábiles para las alegaciones... Alguien tiene un formato tipo, o compartir alguna propuesta de alegación? |
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#7
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Cita:
Cuando tenga alguna alegación preparada, la cuelgo por aquí lo antes posible, vamos a dar el cante, que generalmente, a las diferentes órdenes relacionadas con la pesca que publican apenas se les presentan alegaciones en el periodo de consulta pública, salvo raras excepciones. Así nos va. Saludos |
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#8
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Hay que recordar a estos señores o a esta señora que el abanderamiento es totalmente legal tan comunitarios que nos quieren que somos súbditos españoles que la autorización es un mero trámite gratuito y que como nacionales portamos una licencia Nacional que le recordamos que en España hay buques profesionales estrangeros que pescan con permisos españoles y que España pesca con buques de otros pabellones y licencias extranjeras ósea que esto de las conveniencias pues eso si me conviene DPM ( este último concepto no sé si lo he expresado bien) que aunque abanderamos fuera nuestros puertos base son nacionales y por ello contribuimos a la economía de la zona.
Saludos |
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