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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Buenas tardes y ron para todos
Bueno, al final me movieron el post de "Aclaraciones real Decreto" a cuestiones legales, por si alguien quiere seguirlo este es el enlace: https://foro.latabernadelpuerto.com/...d.php?t=210751 Y como no se si entra mucha o poca gente a subforo de "Cuestiones Legales" pues os pongo la ultima entrada que he puesto: Buenas nuevamente. Todavía no me han contestado oficialmente al correo que envié, pero como hoy he estado en Capitanía para solicitar el cambio de zona de navegación (de la 3 a la 4) he aprovechado para hablar con uno de los inspectores sobre el correo que les envié. El inspector me dice que ahora mismo para las embarcaciones SIN marcado CE y por lo tanto las que tienen una zona determinada en el certificado de navegación la normativa es que tienen que llevar en todo momento el equipo de seguridad que le marca la zona de navegación que ponga en el certificado. Por lo tanto si en el certificado pone zona 3 tendrá que llevar balsa, radiobaliza, etc correspondiente a la zona 3. La interpretación que hacen es la siguiente: Su barco está autorizado según el certificado a navegar por la zona 3 y por tanto su zona de navegación es la zona 3 y consecuentemente debe llevar el material de de la zona 3 que se describe al dorso del certificado. La zona 3 no abarca desde las 12 hasta las 25 millas, la zona 3 abarca desde la costa hasta las 25 millas y por lo tanto en la bocana del puerto ya estás en zona 3 porque mi zona de navegación es entre 0 y 25 millas. Es una interpretación un tanto retorcida pero no carente de sentido. Bueno, al final he optado por cambiar el barco de zona y pasarlo a zona 4. No tengo ganas de amargarme con una posible sanción, recursos y más recursos. Si al final me contestan al email os pondré la contestación. Saludos A mitad del post está el email que presenté el viernes. Saludos nuevamente. |
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#2
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es que de este tema ya hemos hablado muchas veces. La ley es clara diga lo que diga un inspectorcillo de no sé donde. La interpretación de que ya en la bocana del puerto es zona 3 es como de broma o de pensar que somos retrasados.
Yo creo que ya casi todos tenemos claro como va esto del material de seguridad y las zonas de navegación. |
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#3
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Cita:
Yo tengo una interpretación de la legitima defensa que no coincide ni de lejos con la que dice la ley y al final me van a condenar o no, no por lo que yo crea si no por lo que crea el que la aplica. |
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#4
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las zonas se miden desde la costa Zonas_00g.pdf
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#5
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Cita:
1. El presente real decreto tiene por objeto: a) Establecer el equipo de seguridad y de prevención de la contaminación que deben llevar a bordo, con carácter obligatorio, las embarcaciones de recreo en función de la zona en la que se encuentren navegando. Segun vuestra interpretación, nada más salir del puerto ya es zona 1 porque la zona 1 incluye a todas las aguas navegables , por lo tanto, toda embarcación que navegue en zona 1 debe llevar balsa salvavidas, aunque sea un bote de remos y esté en la bocana del puerto porque ya navega por zona 1. |
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#6
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Cita:
Editado por pedroJ en 26-08-2025 a las 19:03. |
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#7
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La norma dirá lo que quiera, pero eso no quiere decir que sea lógica ni justa.
Saludos, Oscar. Enviado desde mi SM-G990B mediante Tapatalk |
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#8
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Ya, pero a ti te sancionan por lo que dice la ley, no por lo que sea lógico.
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#9
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Cita:
Enviado desde mi SM-G990B mediante Tapatalk |
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#10
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Cita:
Un saludo |
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