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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Hola,buenas,ya he rebuscado por todo el foro y no he encontrado nada en concreto.
He visto alguna tienda nautica que vende fuerabordas sin papeles,emiten factura. ¿Alguien sabe que tipo de sanción conlleva exactamente el llevar acoplado un motor sin papeles? ¿Multa,retirada del certificado de navegabilidad...? Es para un pequeño bote que no requiere título... Muchas gracias y una ronda para todos. ![]() |
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#2
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El cofrade Tatatoa es un experto en temas legales (seguro que hay más). Habla con él
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#3
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Ok,gracias.
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#4
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Hola a todos:
Con la factura debe ser bastante para legalizar el motor. Saludos. |
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#5
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Me han comentado que es sin IVA,es decir como si no fuera factura,tambien adjuntan DNI del propietario anterior.
Saludos y a ver si alguien sabe a que te expones exactamente. |
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#6
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Cita:
Lo que esta claro que el vendedor tiene que demostrar la procedencia del motor y el pago de los impuestos en su día (con la factura de compra que le extenderían a él). En caso de que no exista todo lo anterior, creo que será imposible tramitar el cambio de nombre en capitanía. Si ese motor ha estado en alguna otra embarcación, podría comprobarse por mediación del número de serie, si es importado legalmente en España y que solo existe una perdida de los papeles originales, y tal vez se podría realizar el cambio. ![]()
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Confiar en el viento es como creer en la buena fe del diablo (R. Wagner - el Holandes Errante) EA 3 CBT
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