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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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estimados cofrades unas rondas para todos.
Todo parece indicar que nos han vuelto a tocar el bolsillo según parece. Tengo q cambiar la radio por una DSC pero ya no vale la de clase D, ahora nos toca por el art.H colocar una de clase A por q le sale de los wilis a algun desfaenao de Fomento. Donde se puede encontrar alguna a un precio asequible. saludos ![]() |
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#2
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Me temo que no son asequibles, todavía
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~~~~_/)~~~~ Buenos vientos Si funciona No Lo Toques!
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#3
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pues no se q voy a hacer para pasar la inspección
saludos ![]() |
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#4
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puedes ver otro hilo que comencé sobre este tema, vhf clase A, donde hablamos un poco de este tema.Efectivamente otra mas de la marina mercante.¿Cuando pasará la nautica de recreo a depender de otro organismo mas cercano a la realidad de este tipo de navegación?
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#5
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Una de ron para todos,
Pero : ¿es obligatoria ya?Tenia entendido que hasta 1.1.2008 no es obligatoria la DSC clase A y de momento te despachan todavia con la DSC clase D. Pregunte el otro dia a la gestoria nautica y me confirmaron que hasta el 2008 no es obligatoria. Pero ahora me entra la duda. alguien me puede aclara el tema, ya que me compro un barco nuevo y ahora no se que radio debo poner.De cualquier manera no saben que inventar para sacarnos pasta Alguien tiene copia de la normativa o me puede indicar donde conseguirla( en internet si es posible mejor). Saludos a todos |
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#6
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Pues yo tengo el mismo problema, no tiene sentido comprar ahora una radio que no sea clase A, porque si en el 2008 hay que cambiarla .....
Si esto es asi me parece fatal que en Bavaria ofrezcan la Ray54E o la 240E que vale un paston, pero ambas son clase D . ¿ Que hago ? |
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#7
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Bueno visto todo lo que aqui se ha dicho, no tengo claro que sea obligatorio instalar una DSC de clase A, sin embargo en Capitanía Maritima el inspector de turno la exige para despachar el barco.
Asi que voy a hacer una consulta por escrito a Fomento, ya os tendre informado al respecto. Por cierto aqui esta de moda meter 1.500 euripides si te pillan con el barco sin despachar, así que ya sabeis, andaros con cuidadin, que estos tios de Fomento son de cuidado. saludos ![]() |
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#8
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Cita:
Será la solución, de todas formas mirá el enlace que he puesto de la página del ministerio de fomento Marina Mercante, en el mismo esta lo conscerniente a la nautica de recreo, y allí pone claramente que en lo que respecta a la ley que estamos debatiendo: Homologación de equipos marinos La homologación de equipos marinos consiste en una declaración de que un determinado equipo ha superado una serie de comprobaciones, pruebas y ensayos establecidos por la normativa nacional o internacional aplicable con objeto de verificar el cumplimiento de las especificaciones y normas de funcionamiento prescritas. Dicha normativa relativa a la homologación de equipos en la actualidad es la siguiente: Real Decreto 1837/2000 de 10 de noviembre (B.O.E. 28-11-2000), por el que se aprueba el reglamento de inspección y certificación de buques civiles (TÍTULO II, CAPÍTULO VII). No habla para nada de "SOLAS". Y por cierto......¿cual es tu zona de navegación? lo digo por lo de la multa......![]()
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Confiar en el viento es como creer en la buena fe del diablo (R. Wagner - el Holandes Errante) EA 3 CBT
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#9
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Cita:
Y el problema llega cuando renuevas el Certificado Navegabilidad ![]()
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Manel - EA3CBQ Socio fundador Anavre n° 15 de Baja por en crisis económica ?? |
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#10
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Menudo lío......me estoy volviendo
con tanta ley y tanta leche......Según TATATOA, no hace alta, según otros sí.... No hay ningún sitio donde se pueda preguntar a ciencia cierta y debatir estos puntos con dicha persona???? Como no tengamos una información oficial clara y concisa, a se posible en lenguaje de calle, no nos vamos aclarar..... por lo menos yo no me aclaro. Resumiendo, si es como dice TATATOA, hay que llevar el reglamento en el barco, cuando te hagan la inspección, y darle en los morros, cuando te digan que hace falta equipo DSC CLASE A (SOLAS).....para zona 2. Donde está ese reglamento para llevar unas copias, y marcarlo con lapiz fosforescente????? Pero insisto, deberíamos elevar las preguntas al ministerio o entidad oficial en su defecto, que nos pueda aclarar las dudas, y tener clarísimo que se necesita..... Un saludo, y como siempre un para todos por toda la información....jaooli ![]() |
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#11
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Cita:
http://www.titulosnauticos.net/leyes/rd-1185-2006.pdf Este es el reglamento en cuestión, leete lo referente a SECCIÓN 2.ª EQUIPAMIENTO RADIOELÉCTRICO PARA EMBARCACIONES DEDICADAS A LA NÁUTICA DE RECREO El resto como si no exitiera. ![]()
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Confiar en el viento es como creer en la buena fe del diablo (R. Wagner - el Holandes Errante) EA 3 CBT
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