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  #1  
Antiguo 01-06-2009, 14:29
Avatar de jorgegcab
jorgegcab jorgegcab esta desconectado
Grumete Pirata
 
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Predeterminado Responsabilidad en los daños en un barco alquilado

Por no extenderme mucho iré al grano, poneos unas jarras y sentaos, que no tardo.

Hemos estado navegando varios dias en Escocia. Estamos haciendo una galería de fotos y el cuaderno de navegación, ya os contaré cuando estén "presentables".

La travesía ha sido fantástica en todos los aspectos. Bueno, en todos menos en uno: tras un par de trasluchadas involuntarias apareció una doblez vertical a cada lado de la botavara. En el lado izquierdo incluso se había agrietado. Juro por los marinos muertos que haga falta que fueron maniobras para nada exageradamente violentas. En estos años de prácticas y aprendizaje he visto trallazos de la botavara mucho más imponentes sin que tuvieran consecuencia alguna, al menos en el momento. Aunque supongo que esto es irrelevante.

Bueno, ahí va la pregunta: ¿Cualquier daño que aparezca en el barco alquilado, sea cual sea su causa tiene que ser asumido por el que lo arrienda hasta el límite de la fianza? ¿No existe una práctica de aceptar unos daños como consecuencia de un mal uso (y por lo tanto imputables a la tripulación) y otros considerarlos como consecuencia de desgaste por uso normal o fallos de fabricación?

Deciros que el barco es un GibSea 41 del año 2.003, bien cuidado aunque un poco frágil en algunos elementos que acusaban desgaste. La botavara es una Fastcraft con mayor enrollable en el palo.

En fin, a ver si alguien puede darnos una esperanza de no perder la fianza.

Salud.
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  #2  
Antiguo 01-06-2009, 18:03
Avatar de Morgano
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Predeterminado Re: Responsabilidad en los daños en un barco alquilado

Yo entiendo que la fianza es para roturas derivadas de un mal uso del barco, pero para los problemas o desgaste debidos al propio uso del barco, no debe hacerse cargo para nada el arrendatario, desde mi punto de vista debe ser un coste asumido por el arrendador. Es más aunque hubiérais hecho una trasluchada salvajemente brusca, entiendo que no deberíais cubrir vosotros la reparación, otra cosa es que voluntariamente con cualquier cosa le estuviérais pegando golpes a la botavara y la dañarais. Te repito que es desde mi punto de vista, sin ninguna aportación ni soporte legal.

Un saludo.
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  #3  
Antiguo 01-06-2009, 18:33
Avatar de agb
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Predeterminado Re: Responsabilidad en los daños en un barco alquilado

Yo creo que dependerá de lo que tengas contratado. Si has arrendado un barco lo debes devolver tal y como lo recibiste (evidentemente desgastado por su uso), pero no roto. Normalmente al contratar el alquiler se contrata un seguro (con o sin franquicia) para aquellos daños que hayas podido causarle (con o sin culpa por tu parte).
Por lo que cuentas, parece que no has contratado seguro por daños al barco. No obstante, en vía judicial, el problema se plantea con la prueba de que el barco te lo dejaron en buen estado (lo cual normalmente se prueba porque firmas un conforme) o con la prueba de que el daño lo has causado tu y no es posterior al uso por tu parte.
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  #4  
Antiguo 01-06-2009, 18:57
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Predeterminado Re: Responsabilidad en los daños en un barco alquilado

Pues va a depender de la empresa de charter y de la honradez y las ganas de "jaleo" que tengáis ambas partes, y te cuento mi experiencia.

Yo "partí" una botavara de un Oceanis 50 CIÑENDO. Se partío limpiamente en dos mitades. Ni mala maniobra y ni trasluchada ni nada de nada... imaginate que vas ciñendo, con un aparente de 22/23 nudos y de pronto..... ploooooffff .... el desastre.

Dimos parte a la empresa de charter, dijo que avisaría al seguro, se quedó de momento con la fianza hasta aclarar las responsabilidades y hasta ahí bien y sin novedad... peeeerooo a los 6/8 meses nos llama para decirnos que o le pagamos una botavara nueva o nos ponía una demanda por importe de una botavara nueva más los días que no había podido alquilar el barco hasta recibir la nueva.

El "señor" propietario de la empresa, ni había avisado al seguro -imagino que por aquello de no tener que sufrir un aumento de primas- ni nada de nada. Se limitó a ponerle una funda a la botavara y a seguir funcionando con ella.

Evidentemente, fuimos a juicio. Por suerte habíamos sido previsores y antes de devolver el barco habíamos hecho un bonito reportaje de la rotura donde se veía claramente que la botavara tenía corrosión galvánica, más otro reportaje posterior de la misma botavara con su "funda" nueva en vez de la botavara que había dicho tener que comprar...y por ahí nos libramos.

De ahí saca tu tus conclusiones.
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  #5  
Antiguo 01-06-2009, 19:21
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Predeterminado Re: Responsabilidad en los daños en un barco alquilado

Hola a todos:

Supongo, que habéis firmado un contrato según el cual recibisteis un barco en perfecto estado y os comprometíais a devolverlo en las mismas condiciones.
Para que ahora no os cueste el dinero, tendréis que demostrar que la botavara estaba en mal estado o haber concertado, previamente un seguro que cubriera el percance.
Como ya te han dicho, ahora depende de la buena voluntad del propietario, si sabía que estaba en mal estado, si solo quiere cobrar el valor actual de una botavara con varios años de trabajo, si ya tenía un seguro que cubriera el daño, etc.


Suerte.
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  #6  
Antiguo 01-06-2009, 20:55
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Predeterminado Re: Responsabilidad en los daños en un barco alquilado

En el contrato tiene que estar expresado claramente el asunto de las responsabilidades. Suerte
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  #7  
Antiguo 02-06-2009, 09:15
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Predeterminado Re: Responsabilidad en los daños en un barco alquilado

Pues gracias a todos por vuestras respuestas.

Miraré la letra pequeña de las condiciones del chárter, aunque el hecho de que sea en UK hace las cosas más difíciles: diferente legislación, costumbres y esas cosas (o más fáciles, son gente muy seria).

Una cosa que puede ser importante: ¿Cómo se identifica la corrosión galvánica? Hicimos unas fotos de la avería, aunque no he tenido tiempo de ver si se aprecian bien los detalles, pero podrían ser útiles por lo que comentabais.

Salud.
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  #8  
Antiguo 02-06-2009, 10:47
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Predeterminado Re: Responsabilidad en los daños en un barco alquilado

Cuelga las fotos a la más alta resolución posible y podremos ver lo de la corrosión galvanica.

Normalmente los daños del barco son responsabilidda tuya hasta lo que de la franquicia, el resto los paga el seguro.

Las pequeñas reparaciones debidas al uso y desgaste las compañias no suelen cobraralas.

Por último, una trasluchada descontrolada, no deja de ser una trasluchada descontrolada independientemente del viento que sople. Y es más cuando hay poco viento además suele producirse un movimiento de torsión que añadido a una botavara en mal estado o estructuralmente fatigada, perfectamente pueden aparecer las grietas que describes.

Lo más probable es uqe sea un cúmulo de causas y la mayoria de ellas complementarias a la propia trasluchada.

Salut i Ron
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Creo que hay solo dos cosas infinitas: el universo y la estupidez humana. Del universo no estoy muy seguro.
(Albert Einstein)

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  #9  
Antiguo 03-06-2009, 13:03
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Predeterminado Re: Responsabilidad en los daños en un barco alquilado

Pues ahí mando las fotos a ver si son suficientes para que alguien nos diga si hay indicios de una debilidad previa en la botavara.

Gracias.
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  #10  
Antiguo 03-06-2009, 13:14
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Grumete Pirata
 
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Predeterminado Re: Responsabilidad en los daños en un barco alquilado

Perdón, había olvidado poner las condiciones del alquiler en cuanto a daños en el barco:

"4. INSURANCE AND DAMAGE
4.1. The Company will insure the Yacht against all the usual marine risks with protection and indemnity insurance of at least £2,000,000. The Yacht insurance does not cover personal effects of the Charterer or any member of the charter party.
4.2. Notwithstanding the provisions of 4.1 the Charterer shall be liable for any damage or loss to the Yacht, its equipment or furnishings occasioned by the Charterers, or any other member of the charter party's, own negligence or misuse.
4.3. If during the period of charter the Charterer is prevented from using the Yacht through reason of breakdown of machinery or gear or by damage to the Yacht which is not due wholly or in part to the Charterer, his servants or agents or any member of the charter party's negligence, act or omission then a pro-rata return of the Charter Fee shall be paid to the Charterer for any period that the Yacht is unfit for use. Engine breakdown and failure of electronic navigational aids are not considered to make the Yacht unfit for use under the terms of this agreement.
4.4. If during the period of the charter the Yacht becomes a total loss, whether actual or constructive, and provided such total loss is not due wholly or in part to the Charterer, his servants or agents or any member of the charter party's negligence, act or omission or misuse by the Charterer, his servants or agents or any member of the charter party then a pro-rata refund of the unexpired portion of the Charter Fee shall be made to the Charterer.
4.5. The Company shall have no liability for the death or personal injury to the Charterer, his servants or agents or any member of the charter party or any other person except where such death or injury is caused by the express act, default or negligence of The Company
4.6. Save as provided in clause 4.5 The Company shall have no liability for any loss or damage however caused arising out of this agreement or of the Charterers use of the Yacht."

Entiendo que se trata de una responsabilidad no limitada a la fianza pero en la que se incurre sólo si hay negligencia o mal uso por la tripulación.

¿Alguna idea sobre cómo argumentar el tema?
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  #11  
Antiguo 03-06-2009, 13:40
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maite maite esta desconectado
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Predeterminado Re: Responsabilidad en los daños en un barco alquilado

A mi modo de ver cualquier respuesta o bien a tu favor o bien en tu contra podría ser defendible, ahora bien.

En el caso de que la respuesta de la empresa sea en tu contra, y como el camino Judicial en este tema no parece lo mas prudente no te queda otro remedio que ir por vía amistosa y esperar a que te liberen la fianza por motivos comerciales, ( yo estudiaría esa vía )
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charter fianza botavara


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