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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Hace unos días, de vista en un bonito puerto de la costa sur de Turquía, frente a la isla de Rodas, Marmaris. Vimos un Bavaria 50 en venta, evidentemente con bandera turca, su precio, hecho el cambio a euros, rondaría los 95.000. Chollazo, si sonara la flauta.
EL barco se veía en buen estado, no tenia carteles de charter, en la matricula no vimos nada que especificara de que año era, pero le calculo entre el 1998 y el 2002. Así que cogimos el nº de teléfono, pues mi cuñado que me acompañaba y esta detrás de una cosa así, quizás no tanto barco, pero se le puso el cuerpo golfo y se esta pensando el llamar. Suponiendo que los reyes magos existan, y que el precio fuera más o menos este, cosa que dudo, por donde empezar. - Pedir que nos manden copia de la documentación y equipamiento,… esto es lógico. - Comprobar, no se como, si a sido utilizado en charter. - Investigar, tampoco se como, la reglamentación náutica deportiva de este país. - Ver si pesa sobre el algún embargo, sanción o gravámenes fiscales. - Seria mejor contratar a una gestoría para esto ¿ de allí o de aquí? Puestos en el mejor de los casos, que a mi cuñado le cuadra la compra, ya estamos allí para probarlo, mas o menos bien todo, revisión completita y a traérnoslo. ¿ que necesitamos? - Evidentemente 15 o 20 días por delante. - El equipo de seguridad que lleve, de origen turco, ¿seria valido en España? - Necesitaríamos al menos un pasavante, mas el contrato de venta. Para navegar y justificar la titularidad ¿no? - ¿y al llegar aquí? Eso si que me da miedo, mientras esté con bandera turca, no se le puede aplicar la legislación española, entiendo, pero lo tripulación y el propietario son españoles. - El barco es turco pero de fabricación europea, ¿ su marcado CE, se respetaría en el cambio de abanderamiento ¿. ¿ que mas se os ocurre? Cualquier ayuda, sugerencia o consejo seria bien recibido. ![]()
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Soy cantor, soy embustero, me gusta el juego y el vino, tengo alma de marinero. Qué le voy a hacer, si yo nací en el mediterráneo. "A veces es mejor callar y parecer tonto, que hablar y despejar todas las dudas". Groucho M. |
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#2
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Te contesto en parte. El barco es turco, pero efectivamente es fabricado en CE, con lo cual no tendràs que hacer proyecto al importarlo. Tiene que darlo de baja en el registro turco el titular y tu te vas al consulado español, que te facilita un pasavante valido por 6 meses, ampliables a otro seis. Durante el viaje llevaràs el material de seguridad que tù estimes oportuno y luego en España el correspondiente a la categoria de navegaciòn que elijas. En España tendrà que pagar itp, impuesto especial sobre determinados medios de transportes(12 %) al ser mayor de 8 metros y las tasas correspondientes a la matriculaciòn. Es muy aconsejable que contrates un abogado en Turquia experto en el tema, por la cuestòn de registro, deudas, impuestos tuyos o del vendedor, etc. Saludos
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| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a barbarella | ||
sumeke (13-10-2010) | ||
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#3
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Gracias por la contestacion BARBARELLA.
Entiendo que el consulado españo, te dará el pasavante cuando acredites la titularidad del barco. El impuesto del 12 %, es sobre el precio de compra venta, o sobre los que tiene hacienda para tasar los barcos en funcion de su modelo y antiguedad. ![]()
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Soy cantor, soy embustero, me gusta el juego y el vino, tengo alma de marinero. Qué le voy a hacer, si yo nací en el mediterráneo. "A veces es mejor callar y parecer tonto, que hablar y despejar todas las dudas". Groucho M. |
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#4
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El pasavante te lo daràn justificando la propiedad y la baja en el registro de origen., en el consulado en Estambul o `Marmaris. Con ese documentos puedes venir sin matricula pero con bandera española. El 12 % es una autoliquidaciòn. si el valor declarado no se ajusta a los baremos de hacienda, te harìan una liquidaciòn paralela. Eso es un tramite a realizar ya en España.Es Hacienda Nacional, no la consejeria. Yo te sugiero que antes de hacer la liquidaciòn preguntes al funcionario el valor que considera Hacienda, para no columpiarte. Saludos
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#5
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Y dejarlo con bandera turca?
Tengo entendido que Turquia exige titulo para navegar por sus aguas si tienes el ICC no es necesario titulo turco. Ahora bien admiten los españoles? Que legislacion tiene? Me refiero al tema ITBs, equipamiento de seguridad, zonas de navegacion, renovavciones, etc Y claro a ver si siendo NO residente en Turquia puedes mantener el pabellón o incluso abanderar |
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#6
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Es que vamos como locos
![]() . Este hilo es de 2010 ![]() |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a port bo | ||
Capitan Barbosa (20-10-2018) | ||
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#7
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Y el seguro para el traslado
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Ver todos los foros en uno |
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