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  #1  
Antiguo 18-10-2010, 23:48
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Predeterminado Como pagar un velero.

Hola cofrades, pedir directamente al tabernero que yo estoy liao con la calculadora que ya está echando humo

Os cuento: por fin dejo el charter, ya he encontrado mi Perla Negra , el caso es que no tengo claro como va la compra-venta y antes de ir a la gestoría quiero tener claro lo básico, que es lo que sigue:

Si el valor residual del velero+motor que he apalabrado, por tablas del BOE (base imponible para el cálculo del ITP) está en 3.000 € y el precio acordardo está en 27.000, ¿puedo hacer el contrato compra-venta por 27.000 y liquidar a hacienda por los 3.000 o las cifras tienen que ser las mismas? lo digo porque no es lo mismo pagar el 4% del valor residual que del importe de la compra y por otra parte no quiero hace un contrato compra-venta por 3.000 € si se ha hecho por 27.000.

Supongo que a mas de uno le habrá pasado...

Muchas
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  #2  
Antiguo 18-10-2010, 23:54
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Predeterminado Re: Como pagar un velero.

No.
El contrato de compraventa que va a ver la administración tiene que reflejar el mismo precio por el que vas a declarar ese 4% de transmisiones: 3000.

Dicho de otro modo, hacienda te obligará a pagar el 4% de lo que ponga el contrato que le enseñes.

Saludos! y enhorabuena

Editado por El Bujías en 19-10-2010 a las 09:19.
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Clapton (19-10-2010)
  #3  
Antiguo 18-10-2010, 23:58
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Predeterminado Re: Como pagar un velero.

Hola Bujías, clarisimo. Muchas gracias.

Buena proa.
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  #4  
Antiguo 19-10-2010, 00:02
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Predeterminado Re: Como pagar un velero.

Cuidadin con lo que escribís......

Los "Delincuentes" si son de poca monta.....caen.

Si dejan sin pagar nominas, provocan despidos, quiebran empresas que han recibido sus empujoncitos económicos con ayudas estatales....
Siguen de traje, corbata en su gran despacho pagado y por encima ,los entrevistan para oirles decir que hay que trabajar más y cobrar menos para salir de la crisis.....

A ver a que grupo perteneces........

Cuanto hay que sufrir.

País......




.
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Amelius (19-10-2010), Clapton (19-10-2010), Mescalino (19-10-2010), pato (19-10-2010)
  #5  
Antiguo 19-10-2010, 09:02
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Predeterminado Re: Como pagar un velero.



Te estás quedando con el culo al aire, ándate con cuidao que no está el horno para bollos.

Ahora sólo falta que preguntes como se falsifican unos papeles.

Es queeeeeeeeee

Anda y tómate unas Mirindas que tas coronao

Editado por MAGOO en 19-10-2010 a las 09:07.
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Clapton (19-10-2010)
  #6  
Antiguo 19-10-2010, 10:27
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Predeterminado Re: Como pagar un velero.

Gracias por vuestros consejos. Como habreis visto es un tema de desconocimiento mio mas que otra cosa. Por supuesto que no quiero (como a todo el mundo) pagar de más pero si me toca, me toca.

Por cierto, soy uno mas de los curritos que pagamos cada mes nuestros impuestos, hoy por hoy estoy al dia con Hacienda así que os puedo decir que duermo muy tranquilo sobre estos temas.



Gracias de nuevo,
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  #7  
Antiguo 19-10-2010, 11:00
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Predeterminado Re: Como pagar un velero.

Como te dicen tendrás que pagar el 4% de lo que indique el contrato de compra venta, si te lo vendiera alguien de infinita confianza podríais hacer el contrato de compraventa por 3000 Eur. y darle los otros 24000 Eur. digamos en negro, pero si no es el caso, como tuviera un defecto o vicio oculto solo le podrías reclamar los 3000 Eur. con lo cual a pagar el 4% de los 27000 religiosamente
Saludos
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Clapton (19-10-2010)
  #8  
Antiguo 19-10-2010, 17:03
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Predeterminado Re: Como pagar un velero.

Cita:
Originalmente publicado por Clapton Ver mensaje
Hola cofrades, pedir directamente al tabernero que yo estoy liao con la calculadora que ya está echando humo

Os cuento: por fin dejo el charter, ya he encontrado mi Perla Negra , el caso es que no tengo claro como va la compra-venta y antes de ir a la gestoría quiero tener claro lo básico, que es lo que sigue:

Si el valor residual del velero+motor que he apalabrado, por tablas del BOE (base imponible para el cálculo del ITP) está en 3.000 € y el precio acordardo está en 27.000, ¿puedo hacer el contrato compra-venta por 27.000 y liquidar a hacienda por los 3.000 o las cifras tienen que ser las mismas? lo digo porque no es lo mismo pagar el 4% del valor residual que del importe de la compra y por otra parte no quiero hace un contrato compra-venta por 3.000 € si se ha hecho por 27.000.

Supongo que a mas de uno le habrá pasado...

Muchas
uno más para confundir.

puedes hacer contrato de compra venta por 27 mil (a efectos de vicios ocultos)

y declarar lo que consideres oportuno, advirtiéndote hacienda que con un mínimo de 3000

son cosas distintas.



una rondita pa desengrasar
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Clapton (19-10-2010)
  #9  
Antiguo 19-10-2010, 17:55
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Predeterminado Re: Como pagar un velero.

Co.o!!! Que en algunos sitios de España pagas el 1% y en otros 5% por EL MISMO IMPUESTO ???

Cada día estoy mas cerca de hacer las maletas
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  #10  
Antiguo 19-10-2010, 18:02
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Predeterminado Re: Como pagar un velero.

Cita:
Originalmente publicado por riskfactor Ver mensaje
Co.o!!! Que en algunos sitios de España pagas el 1% y en otros 5% por EL MISMO IMPUESTO ???

Cada día estoy mas cerca de hacer las maletas
Pues si que hay diferencias, es un impuesto autonómico
__________________
<font face=Comic Sans MS><font size=4><font color=blue><i>En una discusión, el calor que se produce es inversamente proporcional a la luz que se arroja sobre el tema</i></font></font></font>
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  #11  
Antiguo 19-10-2010, 19:07
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Predeterminado Re: Como pagar un velero.

Para aclarar un punto que parece confuso, y si no voy equivocado, estamos hablando de dos impuestos distintos:

ITP, Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales, que suele estar entre el 4% y el 5% en función de la CCAA donde se liquide.

A.J.D., Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados, que es normalmente del 1% del valor de la operación y se aplica cuando el ITP no es aplicable, lo que no ocurre con las ventas de embarcaciones de segunda mano. Este impuesto se devenga cuando otorgamos escrituras públicas de compraventa o transacciones económicas no sujetas a ITP, sino a IVA, normalmente compraventas de bienes nuevos (muebles o inmuebles).

Es decir, tendrás que pagar el ITP.

Y la base imponible debe de ser el valor real de la transacción, otra cosa es lo que luego cada uno decida hacer.

Y el 4% de 27000 son 1.080 Euros, si no me he equivocado, por supuesto cambia un poco respecto a los 120 que supone si declaras 3000. Desde un punto de vista práctico, yo creo que vale la pena en este caso declarar al totalidad para el caso de que pudieran surgir vicios ocultos en la embarcación.

Y el vendedor, ya se aclarará con su IRPF, ese no debiera de ser problema tuyo.

Suerte en la compra y salud!!!
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Clapton (19-10-2010)
  #12  
Antiguo 19-10-2010, 19:22
Avatar de e_u_o_ar
e_u_o_ar
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Predeterminado Re: Como pagar un velero.

Cita:
Originalmente publicado por Jadarvi Ver mensaje
Para aclarar un punto que parece confuso, y si no voy equivocado, estamos hablando de dos impuestos distintos:

ITP, Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales, que suele estar entre el 4% y el 5% en función de la CCAA donde se liquide.

A.J.D., Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados, que es normalmente del 1% del valor de la operación y se aplica cuando el ITP no es aplicable, lo que no ocurre con las ventas de embarcaciones de segunda mano. Este impuesto se devenga cuando otorgamos escrituras públicas de compraventa o transacciones económicas no sujetas a ITP, sino a IVA, normalmente compraventas de bienes nuevos (muebles o inmuebles).

Es decir, tendrás que pagar el ITP.

Y la base imponible debe de ser el valor real de la transacción, otra cosa es lo que luego cada uno decida hacer.

Y el 4% de 27000 son 1.080 Euros, si no me he equivocado, por supuesto cambia un poco respecto a los 120 que supone si declaras 3000. Desde un punto de vista práctico, yo creo que vale la pena en este caso declarar al totalidad para el caso de que pudieran surgir vicios ocultos en la embarcación.

Y el vendedor, ya se aclarará con su IRPF, ese no debiera de ser problema tuyo.

Suerte en la compra y salud!!!
Exacto. Así es.
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  #13  
Antiguo 19-10-2010, 19:49
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Predeterminado Re: Como pagar un velero.

Cita:
Originalmente publicado por Jadarvi Ver mensaje
.......
Y la base imponible debe de ser el valor real de la transacción, otra cosa es lo que luego cada uno decida hacer.....
Solo un matiz: La base imponible será el mayor de los valores ; en este caso el precio de venta pero si este fuera menor que el de tasación, prevalecería el ùltimo.

Haccienda nunca pierde......

Saludos.
__________________
Buena mar y vientos moderados.

"El ocio es un estado natural y bendito, el trabajo una necesidad antinatural" (Dicho tailandés)
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  #14  
Antiguo 19-10-2010, 20:50
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Predeterminado Re: Como pagar un velero.

Cita:
Originalmente publicado por Jadarvi Ver mensaje
Para aclarar un punto que parece confuso, y si no voy equivocado, estamos hablando de dos impuestos distintos:

ITP, Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales, que suele estar entre el 4% y el 5% en función de la CCAA donde se liquide.

A.J.D., Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados, que es normalmente del 1% del valor de la operación y se aplica cuando el ITP no es aplicable, lo que no ocurre con las ventas de embarcaciones de segunda mano. Este impuesto se devenga cuando otorgamos escrituras públicas de compraventa o transacciones económicas no sujetas a ITP, sino a IVA, normalmente compraventas de bienes nuevos (muebles o inmuebles).

Es decir, tendrás que pagar el ITP.

Y la base imponible debe de ser el valor real de la transacción, otra cosa es lo que luego cada uno decida hacer.

Y el 4% de 27000 son 1.080 Euros, si no me he equivocado, por supuesto cambia un poco respecto a los 120 que supone si declaras 3000. Desde un punto de vista práctico, yo creo que vale la pena en este caso declarar al totalidad para el caso de que pudieran surgir vicios ocultos en la embarcación.

Y el vendedor, ya se aclarará con su IRPF, ese no debiera de ser problema tuyo.

Suerte en la compra y salud!!!
Lo siento pero estais en un error, que además os coloca en una posición falsa.
El contato de compraventa debe reflejar la transacción real, o sea, el precio.
Pero se tributa mediante autoliquidación por el valor fiscal del bien. Y yo lo he hecho asi y no he tenido ningun problema. Y además me lo dijo que lo hiciese asi la funcionaria del departamento de hacienda donde presente la autoliquidación. Y además la chica era un bombón. Y luego os quejais de los funcionarios y andais queriendo cambiar banderas. .....
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  #15  
Antiguo 19-10-2010, 23:02
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Predeterminado Re: Como pagar un velero.

Cita:
Originalmente publicado por Jadarvi Ver mensaje
Para aclarar un punto que parece confuso, y si no voy equivocado, estamos hablando de dos impuestos distintos:

ITP, Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales, que suele estar entre el 4% y el 5% en función de la CCAA donde se liquide.

A.J.D., Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados, que es normalmente del 1% del valor de la operación y se aplica cuando el ITP no es aplicable, lo que no ocurre con las ventas de embarcaciones de segunda mano. Este impuesto se devenga cuando otorgamos escrituras públicas de compraventa o transacciones económicas no sujetas a ITP, sino a IVA, normalmente compraventas de bienes nuevos (muebles o inmuebles).

Es decir, tendrás que pagar el ITP.

Y la base imponible debe de ser el valor real de la transacción, otra cosa es lo que luego cada uno decida hacer.

Y el 4% de 27000 son 1.080 Euros, si no me he equivocado, por supuesto cambia un poco respecto a los 120 que supone si declaras 3000. Desde un punto de vista práctico, yo creo que vale la pena en este caso declarar al totalidad para el caso de que pudieran surgir vicios ocultos en la embarcación.

Y el vendedor, ya se aclarará con su IRPF, ese no debiera de ser problema tuyo.

Suerte en la compra y salud!!!
Hola a tod@s
Hace unos meses compre un barco usado y pague el 1% DE ITP ni mas ni menos...
Un saludo.
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  #16  
Antiguo 19-10-2010, 20:25
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Predeterminado Re: Como pagar un velero.

Cita:
Originalmente publicado por riskfactor Ver mensaje
Co.o!!! Que en algunos sitios de España pagas el 1% y en otros 5% por EL MISMO IMPUESTO ???

Cada día estoy mas cerca de hacer las maletas

Pues, si no quieres abandonar España, te recomiendo que vayas pensando en el País Vasco o en Navarra , que según cuál sea tu actividad laboral/económica y, especialmente, si dentro de unos añitos tienes que pagar por sucesiones... vas a notar una diferencia abismal con Cataluña!!!!

(Los famosos fueros y su concierto económico...)

Si puedes prescindir de este Estado, pues a escoger entre Islas Cayman, Guernsey, Gibraltar, Uruguay, Panamá...
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  #17  
Antiguo 21-10-2010, 08:39
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Predeterminado Re: Como pagar un velero.

Buenos días a todos y
Lo malo en temas fiscales es que la experiencia no sirve para nada. Puedes estar 10 años haciendo lo mismo creyendo que lo haces bien y va un día y te haces una inspección y te crujen y te das cuenta que lo has estado haciendo mal todo este tiempo.

Y lo peor es que la mayoría de funcionarios, normalmente bien intencionados y con buena voluntad, no tienen ni idea y te asesoran cosas que no deberían.

Gracias al desastre de sistema político que tenemos, y no sólo en España, en el que para tomar una decisión debe contentarse a muchos con la poca precisión que así tendrá la norma, así como la de legislar a golpe de opinión pública, existe un maremagnum legislativo que crea una absoluta inseguridad jurídica.

La orden del Ministerio únicamente establece valores de comprobación. Es decir, son valores que si no respetas como mínimo, ya en el procedimiento de gestión puedes tener problemas.

Pero el valor que debe ponerse y por el que se debe tributar, es el valor que hayas pagado por el bien. Es decir, debes tributar por el dinerito que te sale del bolsillo. Si no lo haces así, en el procedimiento de inspección, si se produce, te pegarán un palo, porque es fácil de comprobar por otro lado.

Y sin entrar en moralidades, creo que España va mal, entre otras cosas, por la forma de actuar de la gente. Si toca pagar impuestos por 40000, no podemos pagar por 3000 porque sabemos que el procedimiento de inspección es poco probable.
Las reglas son las reglas. Si no nos gustan, se cambian votando al que ofrezca la alternativa si tanto nos gusta el sistema y tan bien estamos con él.

Basta ya de ¿te hago factura?. A ver si acabamos con la España cutre y poco seria. A contribuir con la sociedad. A pagar los impuestos que tocan.


Si no con poco fundamento podremos criticar a los demás.

Y ahora
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  #18  
Antiguo 21-10-2010, 10:23
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Predeterminado Re: Como pagar un velero.

Hola antoniobcn1967:

Eso quedaría muy bonito en un país "normal", en este donde el dinero de los impuestos se tira o se usa para mantener llenos millones de pesebres, más bien soy partidario de la objeción fiscal.

Saludos.
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  #19  
Antiguo 21-10-2010, 10:34
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Predeterminado Re: Como pagar un velero.

Antonio
Y sin entrar en moralidades, creo que España va mal, entre otras cosas, por la forma de actuar de la gente. Si toca pagar impuestos por 40000, no podemos pagar por 3000 porque sabemos que el procedimiento de inspección es poco probable.
Las reglas son las reglas. Si no nos gustan, se cambian votando al que ofrezca la alternativa si tanto nos gusta el sistema y tan bien estamos con él.

Basta ya de ¿te hago factura?. A ver si acabamos con la España cutre y poco seria. A contribuir con la sociedad. A pagar los impuestos que tocan.


Si no con poco fundamento podremos criticar a los demás.

esto ha quedado muy bonito, pero falta el Vals de fondo, el Hada Madrina y sobre todo, eñ Principe Encantador que no se lleve la "pasta".
Saludos y buen día
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Petra II (23-10-2010)
  #20  
Antiguo 23-10-2010, 00:48
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Predeterminado Re: Como pagar un velero.

Galicia 1%
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  #21  
Antiguo 23-10-2010, 20:29
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Predeterminado Re: Como pagar un velero.

Cita:
Originalmente publicado por antoniobcn1967 Ver mensaje
Buenos días a todos y
Lo malo en temas fiscales es que la experiencia no sirve para nada. Puedes estar 10 años haciendo lo mismo creyendo que lo haces bien y va un día y te haces una inspección y te crujen y te das cuenta que lo has estado haciendo mal todo este tiempo.

Y lo peor es que la mayoría de funcionarios, normalmente bien intencionados y con buena voluntad, no tienen ni idea y te asesoran cosas que no deberían.

Gracias al desastre de sistema político que tenemos, y no sólo en España, en el que para tomar una decisión debe contentarse a muchos con la poca precisión que así tendrá la norma, así como la de legislar a golpe de opinión pública, existe un maremagnum legislativo que crea una absoluta inseguridad jurídica.

La orden del Ministerio únicamente establece valores de comprobación. Es decir, son valores que si no respetas como mínimo, ya en el procedimiento de gestión puedes tener problemas.

Pero el valor que debe ponerse y por el que se debe tributar, es el valor que hayas pagado por el bien. Es decir, debes tributar por el dinerito que te sale del bolsillo. Si no lo haces así, en el procedimiento de inspección, si se produce, te pegarán un palo, porque es fácil de comprobar por otro lado.

Y sin entrar en moralidades, creo que España va mal, entre otras cosas, por la forma de actuar de la gente. Si toca pagar impuestos por 40000, no podemos pagar por 3000 porque sabemos que el procedimiento de inspección es poco probable.
Las reglas son las reglas. Si no nos gustan, se cambian votando al que ofrezca la alternativa si tanto nos gusta el sistema y tan bien estamos con él.

Basta ya de ¿te hago factura?. A ver si acabamos con la España cutre y poco seria. A contribuir con la sociedad. A pagar los impuestos que tocan.


Si no con poco fundamento podremos criticar a los demás.

Y ahora
Lo siento Antoniobcn, pero te equivocas. El impuesto de Transmisiones Patrimoniales y actos jurídicos documentados, grava el valor de transmisión del bien, que viene con presunción "iure et de iure" publicado por la Agencia Tributaria. Y me parece muy mal que digas que "la mayoria de funcionarios no tienen ni idea". No brindo
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