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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Buenas a todos, tengo una duda, ¿es obligatorio poner el nombre a una embarcación menor de 12 metros? ¿Con la matricula es suficiente? Gracias a todos y rondita para el respetable.
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#2
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Es obligatorio que tenga nombre, y que este esté rotulado en la embarcación.
Lo que si me hace dudar y a ver si alguien nos aclara es si es suficiente con rotular el nombre en la popa o es obligatorio que esté rotulado en las aletas o amuras, independientemente de lo que se haya hecho en popa claro. Ya somos 2 pendientes del hilo! ![]() |
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#3
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Pues según la Capitanía de Vilanova, y si no he entendido mal esta semana, menos de doce metros no es obligatorio (aunque para mí, aconsejable).
Y hasta donde yo sabía, rotulado en popa, o bien en ambas amuras. Claro que "como los tiempos cambian que es una barbaridad..." a saber qué es obligatorio mañana ![]() Embat |
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#4
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joer Embat hoy coincidimos en los hilos pero en nada mas
![]() justamente estos dias y yo próximo a sacar el barco y aprovechar para rotularle el naBruma II (que ya tengo concedido!) me he informado y me han dicho que llevar el nombre rotulado es obligatorio, en principio solo en popa ha de colar y lo de las aletas o amuras me lo debían confirmar... me habrán mal informado sea como sea en popa el nombre lo pongo seguro!por cierto... veo que lo de un solo nombre es cosa de Vilanova, apostaría a que en Barcelona siguen con las 3 posibilidades! o qui lo sá.. ![]() |
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#5
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Pues eso...qui lo sá! EN el apasionante mundo de la normativa náutica española tooooodo es posible, vecino.
A mí ya me extrañó que me dijeran que ya no era obligatorio el nombre (otra cosa es rotularlo, imagino: si el "buque" tiene nombre....deberá llevarlo, digo yo) A ver si seguimos coincidiendo...pero en el agua, que ya va siendo hora de cruzarnos flotando, y no en el pantalán (que tampoco está tan mal, ein?) ![]() Embat |
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#6
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Cita:
Desde principios de este año, existe un nuevo procedimiento de matriculación, llamado INSCRIPCIÓN. Este procedimiento es mucho más simple que el tradicional, pero sólo pueden acogerse barcos nuevos que se registren o matriculen por primera vez, que tengan marcado CE, que sean menores de doce metros y que no naveguen a más de 12 millas de la costa. Con este procedimiento, se le asigna al barco una matrícula, pero no un nombre. Me parece que en la conversación que comentas ha habido un mal entendido. Naturalmente, si el barco ya estuviera matriculado anteriormente, o se matricula ahora por procedimiento tradicional, ya tiene o se asigna un nombre. Y en este caso, es obligatorio que lo lleve rotulado en un sitio visible, que puede ser la popa o las amuras. saludos. |
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pefcon (03-07-2011) | ||
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#7
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Lo primero es agradeceros el interés, lo que deduzco de este hilo es: barco nuevo menor de 12 metros obligatorio matricula y el nombre del barco se lo pone el armador si quiere, no siendo obligatorio, si el barco es de menor de 12 metros y con edad, quiere esto decir que esta matriculado y tiene su nombre, si hay que volver a rotular el nombre que tenia en caso de haberlo quitado para pintarlo.
Cerveza para todos ![]() ![]() |
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#8
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Podeis explicarme lo de poner el nombre en las amuras.Lo digo porque en las amuras es obligatorio poner la matrícula del barco.Me ha parecido raro que todos casi todos habeis concidido en poner el nobre en la amura como una de tres opciones.
Cuando tenía mi puma, el mecánico del puertp me dijo que si la G,C. me veia sin ponerle el nombre me empapelaban.Por si acaso se lo puse en popa en dos minutos, imaginaros la guarrería de nombre que me salió.Per al menos ya iba supuestamente legal. |
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#9
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El asunto del nombre está muy claro en el art. 7 del R.D. 1435/2010. El art. 7.3 dice que "El nombre podrá pintarse o fijarse en las amuras, en las aletas o en la popa." Dice más cosas, así que remito ahí a quien esté interesado (por no alargar la respuesta, de forma tediosa).
http://www.boe.es/boe/dias/2010/11/0...2010-17038.pdf Copas para todos. ![]() ![]() |
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pefcon (04-07-2011) | ||
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#10
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Gracias por el boe, en el he encontrado lo siguiente en referencia a embarcación menor de 12 metros:
4. Asimismo, estas embarcaciones deberán llevar pintado o fijado de forma permanente en ambas amuras el indicativo de inscripción, que se colocará a la máxima altura posible de la línea de flotación. Su tamaño será el suficiente en relación con las dimensiones de la embarcación para que pueda ser fácilmente identificado en la mar y su color será blanco sobre cascos oscuros y negro sobre cascos claros. El nombre para estas embarcaciones tiene carácter potestativo y en el supuesto de llevarlo podrá pintarse o fijarse siempre que ello no dificulte ni cause confusión con la exhibición del indicativo de inscripción. RAE: potestativo, Es aquel cuyo ejercicio queda al arbitrio y facultades de su titular Esto quiere decir, que si quiero le pongo el nombre. Pero como todo lo que sale en el boe no esta claro, ¿es solo para las embarcaciones con certificado CE o para todas en general menores de 12 metros?. ¡Sabéis lo que os digo!, que le pondré el nombre y me dejo de complicaciones, la verdad es que en Málaga me paro la GC y no me dijeron nada por no tener el nombre puesto, ni siquiera se me ocurrió preguntarles por si las moscas. Saludos y cerveza a vuestra salud ![]() |
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#11
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Cita:
A ver señores no me la líen....... ......![]() amura. Parte de los costados del buque donde este empieza a estrecharse para formar la proa. aleta. Parte del costado de un buque donde este empieza a estrecharse para formar la popa. Un saludo ![]() |
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ahacgranada (09-02-2020) | ||
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