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  #1  
Antiguo 13-07-2011, 00:00
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Predeterminado normativa para barco con bandera alemana

hola desearia informacion para comprar barco con bandera alemana.

saludos
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  #2  
Antiguo 13-07-2011, 05:06
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Predeterminado Re: normativa para barco con bandera alemana

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hola desearia informacion para comprar barco con bandera alemana.

saludos
Desde el 1 de enero de 2011 puedes importar un barco y mantener la bandera europea. Pasate por el hilo "navegar con otro pabellon" o algo asi y alli tienes toda la informacion para decidir. Lo que si te recomiendo es que empieces por el final, porque es muy largo y hay muchas discusiones que luego han quedado obsoletas.
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  #3  
Antiguo 13-07-2011, 08:00
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Predeterminado Re: normativa para barco con bandera alemana

Hola Alex cuarto:

Pregunta en Capitanía o en una Gestoría especializada en náutica, esto es un foro, la gente opina pero eso no significa que sepan de lo que hablan.

Saludos.
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  #4  
Antiguo 13-07-2011, 10:33
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Predeterminado Re: normativa para barco con bandera alemana

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Originalmente publicado por LP706 Ver mensaje
Hola Alex cuarto:

Pregunta en Capitanía o en una Gestoría especializada en náutica, esto es un foro, la gente opina pero eso no significa que sepan de lo que hablan.

Saludos.
Salvo honrosas excepciones, la mayoria de las veces un funcionario de ventanilla te dice lo que piensa sin tener fundamento legal (por ignorancia, por intereses, o por pereza). Y a veces te dicen autenticas barbaridades. Si te rebajas a la absurda situacion de tomar tus decisiones en funcion de lo que diga el funcionario de turno estas perdido. Primero, por principios, porque puedes estar renunciando a tus derechos y a tu condicion de ciudadano. Y segundo, en sentido practico, porque si preguntas en capitania te diran una cosa, si vuelves al dia siguiente probablemente otro funcionario te diga otra. Incluso el mismo funcionario es posible que luego lo haya comentado con otro y haya cambiado de opinion, y con la misma seguridad que ayer te dira lo contrario. Y, por supuesto, si vas a otra capitania te diran otra cosa diferente. En definitiva, como te sometas a lo que te dice el funcionario de turno te puedes ver en graves problemas.

Y con las gestorias lo mismo.

Al final lo que cuenta es lo que dice la Ley. Mira lo que dice la Ley (en el hilo que te decia tienes una buena referencia), una vez tengas una idea sobre la ley consultalo si quieres (asi podras comprobar si la persona que te aconseja sabe de lo que habla y tiene en cuenta todos los elementos que tu ya has aprendido) y toma tu decision. Y si vas a preguntar a capitania no te quedes con lo que te digan: que te explique el funcionario en que se basa, en que articulo de la Ley se basa para decir eso. La mayoria de las veces te diran que "esto es asi porque es asi" pero no sabran decirte porque. Una opinion asi sirve tan poco como una opinion en un foro o en un bar.
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  #5  
Antiguo 18-07-2011, 01:05
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Predeterminado Re: normativa para barco con bandera alemana

Hay algunos que parecen empeñados en que el Estado español sea el unico de Europa en que este prohibido a un residente navegar con un barco de otro pabellon.

La nueva redaccion de la DA1 de la LIE ha cambiado eso. No para todos los casos, pero si para todo el que compre un barco extranjero y lo importe.

La misma DA1 se aplica por igual a coches y a barcos. Y a proposito de este cambio, el Director General de Trafico ha emitido una instruccion a todas las unidades de la Direccion General comunicandoles que "En nuestro pais, la Ley 38/1992, de 28 de diciembre, de Impuestos Especiales, obligaba a matricular los vehículos de alquiler que se fuesen a utilizar en España siempre y en todo caso (,,,) En concreto, el nuevo apartado 2 de la disposicion adicional prmera de la Ley 38/92 permite la utilizacion de vehiculos en el territorio español por personas o entidades que sean residentes en España o que sean titulares de establecimientos situados en España sin que sea obligatoria su matriculacion en nuestro pais si, en el plazo legal (...) se ha pagado el Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte, o bien se ha solicitado el reconocimiento previo de la no-sujecion o exencion del mismo (...) " .

La instruccion se refiere especificamente a vehiculos de alquiler, pero en cuanto a lo que nos afecta, da igual, porque la normativa que obligaba a matricular siempre y en todo caso es la misma: la DA1 de la LIE.

Es la DGT, no la DGMM. Pero lo que demuestra esta instruccion es que la mancha de aceite se va extendiendo. Dentro de poco ya apenas quedaran ignorantes que vayan por ahi diciendo que un residente no puede llevar un barco con bandera extranjera.

Por cierto, la instruccion esta me ha llegado por un responsable de Anavre. Desde la distancia, lo poquisimo que se de esta entidad (apenas referencias que se leen aqui en el foro, y algun directivo con el que he contactado por email por estas cuestiones de abanderamiento) es muy positivo y, sinceramente, creo que lo esta haciendo francamente bien con el objetivo de liberar a los navegantes de las estupideces de la DGMM.

Salut!

Tupac Amaru

La instruccion de la DGT esta en este otro post que he puesto en otro hilo. No lo repito aqui para no sobrecargar la base de datos del foro.
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  #6  
Antiguo 29-07-2011, 09:47
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Predeterminado Re: normativa para barco con bandera alemana

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Desde el 1 de enero de 2011 puedes importar un barco y mantener la bandera europea. Pasate por el hilo "navegar con otro pabellon" o algo asi y alli tienes toda la informacion para decidir. Lo que si te recomiendo es que empieces por el final, porque es muy largo y hay muchas discusiones que luego han quedado obsoletas.
una cosa es lo que te permita la administración española y otra el país de abanderamiento. Es decir, no puedes llevar la bandera alemana así como así. Debes cumplir con la normativa del país de abanderamiento. En primer lugar, debes tener la nacionalidad alemana (siempre y cuando no residas allí) y si no resides en el "ámbito de aplicación de la ley fundamental alemana", es decir Alemania, necesitas un señor que resida allí y que se haga responsable (mediante firma de un documento) de que en la embarcación correspondiente se cumpla la ley alemana.

También necesitas un documento expedido por el país de residencia que indique que no es ilegal navegar con la bandera alemana en dicho país.

Asimismo, necesitas obligatoriamente el equivalente al PER (los equivalentes al PY y CY son títulos voluntarios), el SRC (short range certificate) si llevas radio y un título para el uso de bengalas si llevas bengalas. La Legislación alemana no establece ningún equipamiento obligatorio para el barco.

scipio
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¿Por qué seguir tendencias si puedes seguir el viento?

El proyecto es el borrador del futuro. A veces, el futuro necesita cientos de borradores.
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Tupac A. (29-07-2011)
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