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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Parece que si se puede
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nortadas no gracias![]()
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| 16 Cofrades agradecieron a mirtaf este mensaje: | ||
akm1001 (23-01-2012), Boston (31-01-2012), Dibujito (30-01-2012), Goto (15-02-2012), kawescar (26-01-2012), KIBO (24-01-2012), LSV (13-02-2012), Magallanes (04-02-2012), melillano (02-02-2012), mindango (24-01-2012), moebius (30-01-2012), Pepota (24-01-2012), rafamunot (29-01-2012), teteluis (24-01-2012), usutek (12-02-2013), williwaw (02-02-2012) | ||
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#2
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Queda meridianamente claro. Es el mismo escrito que esta tarde me ha llegar el cofrade Renco y me has ahorrado el trabajo de subirlo.
Esto de merece un brindis doble ![]() ![]()
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Buena mar y vientos moderados. "El ocio es un estado natural y bendito, el trabajo una necesidad antinatural" (Dicho tailandés) |
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#3
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![]() Ostras....No entiendo mucho de documentos oficiales pero esto parece contundente, hasta nueva orden. Muchas gracias por compartirlo. ![]() ![]()
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La libertad es ser dueño de tu tiempo. http://www.imystic.es http://imysticblog.blogspot.com.es Socio Anavre 1148 Mmsi: 205824110 Call Sign: OR8241 Ex-Mysticibiza
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#4
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Pues no es ni más ni menos que lo que muchos nos hemos HARTADO de explicar, por activa y por pasiva, y nadie nos hacia caso.
Si se puede (yes we can )
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Mi blog en: Sailing Florence May. |
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#5
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Excelente documento. Puede ser un paliativo para las navegaciones oceánicas de muchos cofrades.
Salud y ![]()
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![]() El cruce del Atlántico y posterior estancia en el Caribe de El Temido lll (2014/2016) http://foro.latabernadelpuerto.com/s...d.php?t=145184 |
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#6
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Bien!! Esto parece allanar el camino al libre intercambio de barcos en la Europa CE. Estoy queriendo adquirir un velero de 35 a 37 pies y a la vista de uno con bandera alemana, sin embargo ahora se abren nuevas expectativas con barcos de otros paises. Muy interesante!!
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#7
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Hola a todos:
Me parece que es mucho lo que algunos quereis ver en este escrito. Lo primero que sorprende es que a una consulta de un Capitán Marítimo formulada el 26 de mayo de 2011, se conteste el 4 de Noviembre de 2011. En segundo lugar, sin conocer lo términos de la consulta y las circunstancias del solicitante, poco se puede sacar en claro para aplicarlo a otras situaciones. En tercer lugar, la fecha de la contestación queda dentro de la “era zapatero” donde la “ocurrencia” era fuente del derecho. Y en cuarto lugar, no se responde a la cuestión principal y que puede interesar a muchos: “Si un residente en España puede ser propietario y usar su barco en España, sin matricularlo y cumplir la normativa establecida para los barcos Españoles. En ese documento solo se dice que un residente puede “USAR” una embarcación con bandera extranjera, algo que nunca se ha puesto en duda. Saludos. |
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#8
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Todo seria más fácil, si en vez de andarte por las ramas políticas, nos pudieras explicar, si es que lo sabes, eso que al parecer, no es lo que parece!! En la mente de todos está, que aqui en nuestra patria, somos más papistas que el papa en cuestiones de náutica. Con más trabas, obligaciones y rigidez burocrática que en muchos de los paises que forman parte de la UE. NO digamos nada de paises como Canadá por citar alguno. Por este motivo, todos estamos pendientes de cualquier reforma que elimine de una vez por todas las barreras que encorsetan este tema. Quizás es cierto que queremos ver más de lo que realmente es. Así que adelante, estoy seguro que te estaremos muy agradecidos. De buen rollo!!!!!!!
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| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a rafamunot | ||
astrobola (30-01-2012) | ||
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#9
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A mi me da la impresión, que la consulta trata de un cambio de bandera española a otra de un país de la UE. Que es lo que mayormente suelen reclamar nuestros transmundistas, para poder navegar en regla y no ir con bandera nacional fuera de juego (cosa que te pasaría al primer año, aunque estuvieses en zona 1, pues la balsa se quedaría sin la pertinente revisión; aunque ahora parece que se va a poner en tres años).
Salud y ![]()
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![]() El cruce del Atlántico y posterior estancia en el Caribe de El Temido lll (2014/2016) http://foro.latabernadelpuerto.com/s...d.php?t=145184 |
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#10
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Cita:
Yo no me ando por las ramas, digo claramente que en mi opinión, todo este enredo es un asunto político. ¿Te parece normal que un Capitán Marítimo tenga que consultar personalmente y por escrito a la DGMM si puede hacer o no un simple trámite y que la DGMM tarde meses en contestarle? Lo normal, si existe una duda en un trámite es que se solucione con una simple llamada por teléfono del funcionario que realiza el trámite. Te cuento como lo veo yo: Al Capitán Marítimo le quieren obligar, por intereses políticos, a hacer una cosa que él considera que es ilegal y para salvaguardarse, hace una consulta por escrito y le pasa el marrón a otro. En la DGMM nadie quiere resolver, por no pillarse los dedos, hasta que alguien, unos meses después, se atreve o es obligado a responderle. Si acudes a alguna base de datos de legislación, verás que las disposiciones que regulan la matriculación de embarcaciones siguen inalteradas, lo mismo que la información de web de la DGMM sobre estas embarcaciones y eso 1 año después de haberse publicado la famosa DA1. ¿Raro no? Pero bueno, cada uno es libre de hacer lo que le dé la gana con su barco y su dinero y yo de escribir lo que pienso. Saludos. |
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#11
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Cita:
Por otra parte, ante un cambio legislativo trascendental, lo normal es que nadie quiera pronunciarse (y menos aun ser el primero) hasta que los servicios juridicos se pronuncien y la DGMM envie una circular a los capitanes. En este caso, que el capitan maritimo de Bilbao haya contestado en solo 5 meses me parece un tiempo record. (De hecho, a mi lo que me sorprendio es que contestaran por escrito. Yo estaba convencido de que ni se pronunciarian). Por tanto, esa teoria conspiratoria puede ser un buen argumento para Hollywood, pero como pretendida explicacion de la normativa actual resulta... dejemoslo en "simpatica". |
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#12
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Cita:
Bastante novedoso y complejo es el tema para la gente que se encuentra por primera vez con la nueva normativa tras la reforma de la DA1 de la Ley de Impuestos Espaciales, como para encima liarles haciendo comentarios totalmente fuera de lugar. Con tus tres primeros comentarios no estoy de acuerdo (incluida la chorrada politica, que, por otro lado, incumple las normas del foro). Pero el cuarto comentario que haces es un disparate absoluto. A ver, la unica norma que establece la obligacion de matricular es la DA1 de la LIE. Y esta norma lo que dice es que habra que matricular los barcos "destinados a ser usados por residentes" en aguas territoriales del Estado español. Solo se fija en el uso por residentes, y da igual quien sea el propietario. En la redaccion originaria, antes del Decreto-Ley 7/1993 si era relevante, porque la obligacion de matricular dependia de la propiedad, pero desde el 27 de mayo de 1993 se modifico la DA1 y lo unico relevante paso a ser el uso por un residente. Y esa nueva redaccion se ha mantenido identica en la ultima reforma (con la consabida modificacion de hace un año en de que se han añadido unos supuestos de exencion de la obligacion). En consecuencia, ese comentario esta fuera de lugar y no hace mas que confundir a los que de buena fe entren en este hilo para intentar buscar informacion. No se si lo haces intencionadamente para liar a la gente (porque no te gusta que ahora se pueda navegar con bandera europea) o si es que intentas opinar sin tener ni idea del tema. Si es este ultimo caso, te recomiendo que, por lo menos, te leas antes la DA1. |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a Tupac A. | ||
Galeon de Manila (31-01-2012) | ||
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