La Taberna del Puerto Sergio Ponce
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  #1  
Antiguo 14-03-2012, 11:37
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Predeterminado Pabellón estranjero

Unas cañas para el personal.
Alguien es tan amable de aclarar si se puede patronear un barco de pabellón britanico con un titulo españól? y se puede ser el arlador españól y mantener el registro britanico?
TKS
Buenos vientos a todos.
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  #2  
Antiguo 14-03-2012, 12:02
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Predeterminado Re: Pabellón estranjero

El título español es exclusivo para barcos con pabellón español. Cada país tiene sus requisitos. La tónica general en paises como Reino Unido, Bélgica, Holanda...es que sus legislaciones exigen título para aguas interiores (rios navegables) y nada para aguas abiertas (navegación oceanica), para la radio, es optativa, pero si quieres llevarla su legislación entiende que la radiotelefonia tiene sus títulos que son independientes de los náuticos, algo así como los radioaficionados. Hay títulos internacionales para radio. Para mantener el pabellón Británico y ser armador español tienes que declararlo a hacienda y pagar el impuesto si no está exento.
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  #3  
Antiguo 14-03-2012, 13:30
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Predeterminado Re: Pabellón estranjero

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Originalmente publicado por kuovadix Ver mensaje
El título español es exclusivo para barcos con pabellón español. Cada país tiene sus requisitos. La tónica general en paises como Reino Unido, Bélgica, Holanda...es que sus legislaciones exigen título para aguas interiores (rios navegables) y nada para aguas abiertas (navegación oceanica), para la radio, es optativa, pero si quieres llevarla su legislación entiende que la radiotelefonia tiene sus títulos que son independientes de los náuticos, algo así como los radioaficionados. Hay títulos internacionales para radio. Para mantener el pabellón Británico y ser armador español tienes que declararlo a hacienda y pagar el impuesto si no está exento.
Lo de pagar el impuesto: que embarcaciones se consideran exentas de dicho pago?
Saludos
__________________
Me esperan los dias
que pretendo llenar
y que me hagan vibrar.
Y aprendiendo mi vida
solo quiero sentir
que no es vida perdida
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  #4  
Antiguo 14-03-2012, 14:49
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Predeterminado Respuesta: Re: Pabellón estranjero

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Lo de pagar el impuesto: que embarcaciones se consideran exentas de dicho pago?
Saludos
Embarcaciones menores , kayac , tablas de windsurf .
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  #5  
Antiguo 14-03-2012, 14:57
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Predeterminado Re: Pabellón estranjero

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Originalmente publicado por tradixabia Ver mensaje
Lo de pagar el impuesto: que embarcaciones se consideran exentas de dicho pago?
Saludos
Eslora <8m, aunque tienes que ir a Hacienda a NO pagar para que te den el papel de excensión de pago.
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  #6  
Antiguo 14-03-2012, 18:36
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Predeterminado Re: Pabellón estranjero

Yo estoy esperando como loco a las gestiones de los fieras de la taberna para pasar mi velero de 28 pies a bandera belga.De hecho hay ya un par de cofrades que están con gestiones adelantadas bastante con una gestoría y luego estamos el pelotón esperando para darle la bienvenida a la bandera belga a nuestra cubierta;amigos,somos ciudadanos europeos,y el espacio Schengen y la ley ómnibus nos protegen de la draconiana legislacion de la DGMM,a quien Dios guarde muchos años,pero lejos,bien lejos de la cubierta de mi barco.
"La mer,c,est un blue qui tout remplit".Es una frase mía con traducción tambien personal,que tenemos que irnos haciendo a la lengua de la Revolución.Sin más,me despido a la francesa(mais non,a la belge).
PD.despedirse a la francesa es pirarse sin decir ni pio,ni despedirse ni nada.
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  #7  
Antiguo 14-03-2012, 18:51
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Predeterminado Re: Pabellón estranjero

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Unas cañas para el personal.
Alguien es tan amable de aclarar si se puede patronear un barco de pabellón britanico con un titulo españól? y se puede ser el arlador españól y mantener el registro britanico?
TKS
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Hola Paisano.
En principio si estás como patrón de una embarcación de otro pais
estas sujeto a sus normas, depende de que pais sea, es posible que
no necesites ni titulación.

Para tenerlo en España sin cambiar de bandera, como bien dijo un Cofrade mas arriba, pagas el impuesto y ya está.

Si te pones a pensar, es bastante recomendable dejar la bandera
británica.
Es una pena, pero parece que la DGMM. está empeñada en quedarse
sin barcos con pabellón español..

Por cierto, el proximo viernes 16 tienes en el R.C.N. de Gran Canaria, un acto muy interesante organizado por ANAVRE
sobre Emergencias Sanitarias a Bordo.

Si puedes vete, es gratuito y se sorteará un chaleco salvavida automático.

Saludos.
__________________
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  #8  
Antiguo 15-03-2012, 01:08
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Smile Re: Pabellón estranjero

Hola Cofrades:
Soy nuevo en el foro,enhorabuena a todos, pero llevo tiempo con un barco con bandera portuguesa en españa...a raiz de caducar la ITB portuguesa ,que por cierto me la hacen en españa con empresa autorizada sin desplazar el barco,se me ha ocurrido lo del cambio de bandera a bélgica.¿me podeís decir que exigen?¿con una direc.de domicilio llega?¿es necesario alguna inspección inicial o impuesto allí?¿sabeís de gestorías y costos?
Gracias
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  #9  
Antiguo 15-03-2012, 09:09
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Predeterminado Respuesta: Pabellón estranjero

Estoy con los tramites , visto lo simple que es y lo que piden por allí , igual monto una gestora !
- prueba de propiedad del barco ( factura , contrato )
Si el propietario es una persona física
- certificado de nacionalidad y residencia
* declaración de conformidad CE si el parco es de después du 16 de junio 1998 O dar la prueba de que el barco fue puesto en el mercado entes. Esta fecha .
* certificado CE para un barco a motor 4 tiempo puesto en el mercado después de 1 de enero de 2006 o de motor a 2 tiempo de después de 1de enero 2007

- certificado de baja de bandera si el barco esta navegando con otro pabellón

- atestación DL2B de las aduanas Belgas si el barco es de fuera de la CEE


Una transferencia de 50 € en consepto de gastos

Todos estos documentos tienen que ser traducidos ( en su caso ) al
frances
Alemán
Holandés

Y ya esta , ni ITB ni ña de ña
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  #10  
Antiguo 15-03-2012, 10:19
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Predeterminado Re: Respuesta: Pabellón estranjero

Cita:
Originalmente publicado por vertijean Ver mensaje
Estoy con los tramites , visto lo simple que es....
Si el propietario es una persona física...
- certificado de nacionalidad y residencia
* declaración de conformidad CE si el parco es de después du 16 de junio 1998
- certificado de baja de bandera si el barco esta navegando con otro pabellón
¿Y si es persona jurídica?.


Salud y
__________________


El cruce del Atlántico y posterior estancia en el Caribe de El Temido lll (2014/2016)
http://foro.latabernadelpuerto.com/s...d.php?t=145184
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  #11  
Antiguo 15-03-2012, 10:58
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Predeterminado Respuesta: Pabellón estranjero

Certificados de nacionalidad y residencia de lo miembros de los órganos de dirección , o responsable de dirección , así como una copia de los estatutos completos , todo eso traducido por un traductor jurado .
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Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a vertijean
iMystic (15-03-2012)
  #12  
Antiguo 15-06-2013, 05:54
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Predeterminado Re: Pabellón estranjero

Cita:
Originalmente publicado por doramas Ver mensaje
Unas cañas para el personal.
Alguien es tan amable de aclarar si se puede patronear un barco de pabellón britanico con un titulo españól? y se puede ser el arlador españól y mantener el registro britanico?
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Pobre Doramas!
Intervengo porque Doramas ha hecho una pregunta muy sencilla y aqui se han dicho muchas cosas, la mayoria totalmente acertadas, pero que me parece que le complican la vida.

A ver, tal como te han dicho, un barco de pabellon britanico se rige por su legislacion. Y, por tanto, tienes que tener el titulo que requiera la ley britanica. Y la ley britanica no requiere ningun titulo para navegar. Lo unico que si require es que tengas un titulo de capacitacion de radio.

Y es cierto que el titulo español no aporta nada.

Vale, todo eso que te han dicho es correcto. Pero eso es la teoria. Vamos a ser practicos. Si te para la guardia civil te pedira un titulo. Y por mucho pabellon britanico que lleves, no les va a caber en la cabeza que no lleves ninguno. Y, en cambio, si llevas el titulo español adecuado al tipo de barco les parecera bien.

Y eso incluye la exigencia del titulo de operador de radio. Dado que en la normativa española no hace falta ese titulo y ya se considera comprendido en el titulo nautico, a la guardia civil le parecera suficiente.

En cambio, si es para navegar por aguas de otros paises, ahi no tiene ningun valor el PER, PY o CY (con razon, porque son titulos que se pueden sacar sin tener ni idea de navegar). Y, por tanto, si que sera necesario que tengas un titulo de esos de radio. Yo solo conozco el de la RYA, que es el que tengo.
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  #13  
Antiguo 15-06-2013, 11:26
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Predeterminado Re: Pabellón estranjero

Cita:
Originalmente publicado por Tupac A. Ver mensaje
Pobre Doramas!
Intervengo porque Doramas ha hecho una pregunta muy sencilla y aqui se han dicho muchas cosas, la mayoria totalmente acertadas, pero que me parece que le complican la vida.

A ver, tal como te han dicho, un barco de pabellon britanico se rige por su legislacion. Y, por tanto, tienes que tener el titulo que requiera la ley britanica. Y la ley britanica no requiere ningun titulo para navegar. Lo unico que si require es que tengas un titulo de capacitacion de radio.

Y es cierto que el titulo español no aporta nada.

Vale, todo eso que te han dicho es correcto. Pero eso es la teoria. Vamos a ser practicos. Si te para la guardia civil te pedira un titulo. Y por mucho pabellon britanico que lleves, no les va a caber en la cabeza que no lleves ninguno. Y, en cambio, si llevas el titulo español adecuado al tipo de barco les parecera bien.

Y eso incluye la exigencia del titulo de operador de radio. Dado que en la normativa española no hace falta ese titulo y ya se considera comprendido en el titulo nautico, a la guardia civil le parecera suficiente.

En cambio, si es para navegar por aguas de otros paises, ahi no tiene ningun valor el PER, PY o CY (con razon, porque son titulos que se pueden sacar sin tener ni idea de navegar). Y, por tanto, si que sera necesario que tengas un titulo de esos de radio. Yo solo conozco el de la RYA, que es el que tengo.

bueno en otro hilo comente esto lo de llevar pabellon belga sin titulo español,hasta donde yo creía un residente en españa con puerto base españa estaba obligado a cumplir con la legislación de española,pero varios cofrades me aseguraron que no, que esto no es asi. respecto a titulaciones prevalecen las del pabellón del barco en caso del belga ninguna salvo radio.

me gustaría saber si algún cofrade se a enfrentado a esto en la practica,pabellon belga,frances,holandes... sin tener ninguna titulacion española y que te para GC o aduanas?
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  #14  
Antiguo 15-06-2013, 14:25
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me gustaría saber si algún cofrade se a enfrentado a esto en la practica,pabellon belga,frances,holandes... sin tener ninguna titulacion española y que te para GC o aduanas?[/quote]

Hay un hilo que habla específicamente de estas cuestiones, aunque no recuerdo el título...

Empezaba con algo así como... os han parado...?
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  #15  
Antiguo 15-06-2013, 22:59
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Predeterminado Re: Pabellón estranjero

Cita:
Originalmente publicado por mariuz77 Ver mensaje
bueno en otro hilo comente esto lo de llevar pabellon belga sin titulo español,hasta donde yo creía un residente en españa con puerto base españa estaba obligado a cumplir con la legislación de española,pero varios cofrades me aseguraron que no, que esto no es asi. respecto a titulaciones prevalecen las del pabellón del barco en caso del belga ninguna salvo radio.

me gustaría saber si algún cofrade se a enfrentado a esto en la practica,pabellon belga,frances,holandes... sin tener ninguna titulacion española y que te para GC o aduanas?
No se si es en ese hilo que dices, porque lo repito casi siempre que sale el tema. Eso esta regulado, en cuanto a la normativa interna del Estado español, en el articulo 10.3 del Codigo civil y, en cuanto al Derecho Internacional, por la Convencion de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (algunas veces me tomo la molestia de abrirla y buscar los articulos concretos; hoy no tengo tiempo).

Tal como soy, si hubiera vuelto ya a Catalunya tendria un barco con bandera britanica y cuando me parara la guardia civil y me pidiera el titulo diria que no tengo, a ver a donde llega la cosa. Pero de momento sigo fuera, o sea que solo puedo "ir de boquilla".
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  #16  
Antiguo 17-06-2013, 14:47
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Predeterminado Re: Pabellón estranjero

Cita:
Originalmente publicado por Tupac A. Ver mensaje
No se si es en ese hilo que dices, porque lo repito casi siempre que sale el tema. Eso esta regulado, en cuanto a la normativa interna del Estado español, en el articulo 10.3 del Codigo civil y, en cuanto al Derecho Internacional, por la Convencion de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (algunas veces me tomo la molestia de abrirla y buscar los articulos concretos; hoy no tengo tiempo).

Tal como soy, si hubiera vuelto ya a Catalunya tendria un barco con bandera britanica y cuando me parara la guardia civil y me pidiera el titulo diria que no tengo, a ver a donde llega la cosa. Pero de momento sigo fuera, o sea que solo puedo "ir de boquilla".
En mi caso, lo que me estoy planteando es no renovar la tarjeta de capitán.
El título ya lo tengo y según el funcionario de la "Junta" consultado (y la lógica aplastante) sigue vigente aunque no renueves la tarjeta. En todo caso, cojo el título, lo llevo a enmarcar y lo cuelgo en mi camarote. Si algún funcionario celoso de cumplir su labor hasta en territorio extranjero quisiera ver mis atribuciones, se lo enseño, no hay problema, pero ir a hacerme las fotos, a obtener un certificado médico que poco certifica, a pagar la tasa de 45 € otra vez (porque el "resguardo original del abono de la tasa por expedición del título" no tengo la menor idea de cuántas veces lo habrán reciclado en cartón ya) y además la tasa de renovación ( otros 6 € y algo), por un trozo de plástico con mi foto, me parece demasiado esfuerzo y dispendio.
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Editado por 0tilio en 18-06-2013 a las 08:25. Razón: escribir y publicar sin releer lo escrito
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  #17  
Antiguo 17-06-2013, 15:41
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Cita:
Originalmente publicado por 0tilio Ver mensaje
En mi caso, lo que me estoy planteando es no renovar la tarjeta de capitán.
El título ya lo tengo y según el funcionario de la "Junta" consultado (y la lógica aplastante) sigue vigente aunque no renueves la tarjeta. En todo caso, cojo el título, lo llevo a enmarcar y lo cuelgo en mi camarote. Si de que algún funcionario celoso de cumplir su labor hasta en territorio extranjero quiera ver mis atribuciones, se lo enseño, no hay problema, pero ir a hacerme las fotos, a obtener un certificado médico que poco certifica, a pagar la tasa de 45 € otra vez (porque el "resguardo original del abono de la tasa por expedición del título" no tengo la menor idea de cuántas veces lo habrán reciclado en cartón ya) y además la tasa de renovación ( otros 6 € y algo), por un trozo de plástico con mi foto, me parece demasiado esfuerzo y dispendio.
Es una opcion. Pero ve con cuidado. Que hubo una epoca en que si no lo renovabas en un plazo lo perdia y te tenias que volver a examinar.

Alguien me dijo que eso lo quitaron porque Zaplana, despues de años en coche oficial no se habia dado cuenta y habia pedido el permiso, y forzo a que cambiaran la normativa para no tener que volver a examinarse. No se si sera cierto o no y la verdad es que no domino esa normativa y hablo de oidas, o sea que puedo estar equivocado. Pero, sea cierto o falso, como moraleja tenla en cuenta, no sea que un dia necesites el titulo y llegues tarde.
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