La Taberna del Puerto Greatblue360
"Se navega por los astros, por la mar, por la tierra, por las gentes, por los sentimientos...Se navega." Altair
VHF: Canal 77   
Regresar   La Taberna del Puerto > Foro > Foros Náuticos > Cuestiones legales y Asociaciones

Avisos

Responder
 
Herramientas Estilo
  #1  
Antiguo 16-05-2012, 13:01
Avatar de bote-gin
bote-gin bote-gin esta desconectado
Capitán pirata
 
Registrado: 09-03-2011
Localización: Mediterraneo
Mensajes: 719
Agradecimientos que ha otorgado: 210
Recibió 224 Agradecimientos en 123 Mensajes
Sexo:
Predeterminado Matriculación, registro y abanderamiento

Estimados cofrades,
no paro de leer y analizar los temas que se están tratando en esta taberna en relación al uso de embarcaciones en territorio nacional. Voy de mesa en mesa escuchando con atención las conversaciones, además de haber leidos foros antiguos, y creo que ahora estoy mucho más liado que hace unas semanas, cuando empecé mi investigación. (partiendo de la base que mis conocimientos eran los estudiados en legislación para PER y PY) Lo gracioso es que si investigas en google, siempre te aparece la taberna del puerto como resultado!
Para empezar, todo esto viene porque estoy cerca de comprar mi barquito soñado. Antes de comprar, necesito saber cómo tramitar su fiscalización, porque siendo residente andorrano, la cosa cambia bastante. (ojo, y no solo por el tema impuestos!) Y obviamente, el pagar impuestos españoles o andorranos influye considerablemente en mi presupuesto.
Mas allá de los títulos existentes en Andorra, no he encontrado la menor mención a una legislación "naútica" en el susodicho país. No se si algun cofrade sabe algo al respecto.
Así que ahora me encuentro en un mar de dudas:
1ª duda: Siendo residente andorrano, debería convalidar PY por su título Patron de Altura. (esto no es duda, sino afirmación, pero me lleva a la ultima cuestión de la segunda duda... si la respuesta es afirmativa a necesitar abanderar, no tendría sentido!!!!!)
2ª duda: Objeto de las discusiones entre las distintas "mesas" de la taberna, distingo tres trámites, cada uno con su consecuencia jurídica, que yo pensaban que todos eran dependientes, pero no se si alguno es independiente: Matriculación, registro y abanderamiento.
Entonces, para que una embarcación andorrana navegue legalmente por españa, ¿paga solo la "matriculación"?¿este impuesto es equivalente al que podemos denominar como de importación? en ese caso, seguiría teniendo bandera andorrana, no estaría en los registros y a pesar de lo cual, podría transitar libremente por aguas comunitarias.
¿O bien, la embarcación debe efectuar todo? ¿Impuesto, registro y abanderamiento? porque aqui entonces, tengo un no residente comunitario, con bandera española.
Tengo mas dudas, pero ya creo que exceden de mis supuestos iniciales e incluso son mas complejas que estas.
Agradeceré con el peso de la persona en cerveza a quien me pueda aportar algo de luz!!!
una ronda!!!
Jacobo
Citar y responder
  #2  
Antiguo 16-05-2012, 14:55
Avatar de Tupac A.
Tupac A. Tupac A. esta desconectado
Expulsado
 
Registrado: 21-07-2008
Mensajes: 1,332
Agradecimientos que ha otorgado: 455
Recibió 761 Agradecimientos en 334 Mensajes
Sexo:
Predeterminado Re: Matriculación, registro y abanderamiento

Clarissim!

1. Matricula, registro y abanderamiento no son exactamente lo mismo. Pero, salvo alguna excepcion irrelevante a tus efectos, van siempre juntos. La exepcion viene introducida pro el reciente RD de abanderamiento y matriculacion, que preveia un registro sin matriculacion, pero que casi nadie usa porque no tiene ventajas reales. Asi que, para lo que a ti te ocupa, no te molestes en distinguirlos.

2. Como residente andorrano tienes derecho a navegar con el barco que quieras con la bandera del pais que quieras. Si es de la UE tendras menos problemas practicos.

3. No tienes que pagar el impuesto de matriculacion ni ningun otro (salvo que quieras que el barco lo use un residente español sin ir tu en el).

4. Tendras que tener el titulo que exija la legislacion de bandera/registro/matricula.

5. De convalidaciones no se nada. Lo siento.


Salut!

Tupac Amaru
Citar y responder
Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a Tupac A.
bote-gin (16-05-2012)
  #3  
Antiguo 16-05-2012, 16:19
Avatar de bote-gin
bote-gin bote-gin esta desconectado
Capitán pirata
 
Registrado: 09-03-2011
Localización: Mediterraneo
Mensajes: 719
Agradecimientos que ha otorgado: 210
Recibió 224 Agradecimientos en 123 Mensajes
Sexo:
Predeterminado Re: Matriculación, registro y abanderamiento

Hola Tupac!! gracias por tu respuesta! aunque el icono es de este tamaño, la cerveza es gigante! ;-)
Permiteme que vuelva al tema, pero cuando dices:
"2. Como residente andorrano tienes derecho a navegar con el barco que quieras con la bandera del pais que quieras. Si es de la UE tendras menos problemas practicos.

3. No tienes que pagar el impuesto de matriculacion ni ningun otro (salvo que quieras que el barco lo use un residente español sin ir tu en el)."

Te refieres a que lo abandero en andorra puedo navegar libremente por aguas comunitarias? Al no ser de la Comunidad, yo pensaba que le aplicaba la legislación a barcos no comunitarios. (ese que se mencionan en tantas mesas de por aqui! ;-) )
Pero por otro lado, hay acuerdos bilaterales Andorra con Francia y España, en la que establecen mas libertad de circulación, pero en dichos acuerdos, en ningun momento detalla aspectos relacionados con el uso y disfrute de las aguas!!!
Citar y responder
  #4  
Antiguo 18-05-2012, 11:42
Avatar de charlines
charlines charlines esta desconectado
Pirata pata palo
 
Registrado: 26-02-2008
Localización: Mediterraneo
Edad: 66
Mensajes: 308
Agradecimientos que ha otorgado: 51
Recibió 41 Agradecimientos en 27 Mensajes
Sexo:
Predeterminado Re: Matriculación, registro y abanderamiento

Hola Bote Gin:
Si tienes bandera de Andorra, la GC te precintará el barco seis meses al año. Lo se porque es el caso de una vecina mía que tiene ese pabellón. Yo me iría a algún pabellón tipo Holanda, Beligica o GB que puedes navegar tranquilamente por donde quieras y sin tanto recoveco administrativo como la legislación española al uso
__________________

Si uno se atreve a perderse, encuentra lo inesperado. Si uno osa a coger el camino más largo, le esperan experiencias que jamás sospecharán los que sólo van por la carretera
(Henning Mankell)
Citar y responder
Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a charlines
bote-gin (18-05-2012)
  #5  
Antiguo 18-05-2012, 12:41
Avatar de melillano
melillano melillano esta desconectado
Pirata pata palo
 
Registrado: 03-07-2008
Edad: 66
Mensajes: 304
Agradecimientos que ha otorgado: 104
Recibió 116 Agradecimientos en 74 Mensajes
Sexo:
Predeterminado Re: Matriculación, registro y abanderamiento

Cita:
Originalmente publicado por charlines Ver mensaje
Hola Bote Gin:
Si tienes bandera de Andorra, la GC te precintará el barco seis meses al año. Lo se porque es el caso de una vecina mía que tiene ese pabellón. Yo me iría a algún pabellón tipo Holanda, Beligica o GB que puedes navegar tranquilamente por donde quieras y sin tanto recoveco administrativo como la legislación española al uso

Hola

El problema no está en la bandera sino en si tiene pagado el impuesto de matriculación. Aunque se cambie a Holanda , Belgica , Francia etc tendrá los mismos problemas.

saludos
__________________
Citar y responder
Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a melillano
bote-gin (18-05-2012)
  #6  
Antiguo 18-05-2012, 15:44
Avatar de bote-gin
bote-gin bote-gin esta desconectado
Capitán pirata
 
Registrado: 09-03-2011
Localización: Mediterraneo
Mensajes: 719
Agradecimientos que ha otorgado: 210
Recibió 224 Agradecimientos en 123 Mensajes
Sexo:
Predeterminado Re: Matriculación, registro y abanderamiento

Hola melillano, lo que me llevaría a mi primera cuestión
Necesitaría pagar el impuesto de matriculación, y de acuerdo a respuestas anteriores, es necesario matricular,registrar y abanderar.
Si resumo lo que se ha manifestado:
Cualquier barco de pabellón extranjero, debe pagar matricula para circular libremente por aguas españolas mas de seis meses al año. Además, el hecho de pagar la matricula, implica abanderar.
No pagar matricula, y que la gc te precinte 6 meses la embarcación.
Es correcto?
Joer, el que reguló esto se fumo un puro y se quedó tan pancho
Citar y responder
  #7  
Antiguo 20-05-2012, 17:24
Avatar de bote-gin
bote-gin bote-gin esta desconectado
Capitán pirata
 
Registrado: 09-03-2011
Localización: Mediterraneo
Mensajes: 719
Agradecimientos que ha otorgado: 210
Recibió 224 Agradecimientos en 123 Mensajes
Sexo:
Predeterminado

Pero entonces, no tendrían pabellón andorrano, no?

Enviado desde mi GT-P7510 usando Tapatalk
Citar y responder
Responder Ver todos los foros en uno

Greatblue360


Reglas del foro
No puedes crear discusiones
No puedes responder a mensajes
No puedes editar tus adjuntos
No puedes editar tus mensajes

BB code está activado
Emoticonos está activado
El código [IMG] está activado
El código HTML está desactivado
Ir a


Todas las horas son GMT +1. La hora es 00:58.


Powered by vBulletin® Version 3.7.0
Copyright ©2000 - 2026, Jelsoft Enterprises Ltd.
© La Taberna del Puerto