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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Salud y fortuna a todos los cofrades, unas rondas a mi cuenta.
Os comento el tema que me tiene un tanto ocupado mentalmente. Tengo una embarcación de 40 pies (Cata 356) en lista 7ª desde el año 2002, nos gustaria pasarla a lista 6ª para charter de semas o salidas de excursiones, me he empapelado todo lo que hay por el foro y muchos cofrades me han solucionado problemas con sus respuestas anteriormente escritas. Pero aquí viene la duda, ¿Tengo que solicitar al puerto una autorización o pagar un "canon" por desarrollar ese tipo de actividad comercial? Gracias y ![]() |
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#2
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Si se trata de una línea regular de excursiones, en Catalunya seguro que sí.
Si se trata de charter ocasional, no lo sé ![]() ![]()
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Iñaki |
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#3
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En el puerto que tengo el barco, gestionado por el Ayuntamiento, si estás en lista 6ª pagas justo el doble que en 7ª.
Un saludo |
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#4
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Saludos:
En teoria no tienes que pagar ningún canon al puerto deportivo por desarrollar una actividad, otra cosa es que en el puerto te cobren mas en el amarre por tenerlo en lista 6ª, cosa que no se hasta que punto es legal. Desde luego en la Comunidad Valenciana no se paga ningún canon a los puertos, únicamente hay que solicitar una autorización para el alquiler de embarcaciones a la Conselleria de Infraestructuras y Transporte donde te piden toda la documentación legal necesaria (Datos empresa, seguros, etc, etc..) Un SAludo ![]() ![]()
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