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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Por si alguien me puede echar un cable!!
Mi problema es el siguiente: Hace 5 años recibi un dinero del banco y me decidi a comprar un barco para vivir en él y así ahorrar dinero para preparar unas opsiciones (que gracias a Dios o no aprobé, en fin). Como el dinero no era demasiado me decidí a comprarlo en EEUU que salian mas baratos. Despues de unas cuantas aventuras por Florida ya que no habia navegado a vela nunca, hice un amigo alli y los dos nos vinimos para aca. Llegé a España despues de 2 meses y medio de viaje pero como no tenia ni un duro , me informe y matricule el barco en Inglaterra usando la direccion de un amigo alli. Hace unos 2 años llego hacienda (no se como se enteraron) y me pusieron una multa por no haber pagado el impuesto de importacion mas el impuesto (como justo habia aprobado la oposicion ya con algo de dinero pues lo pague). Pero el barco me lo dejaron precintado (yo sigo viviendo en el) pero no puedo navegar. Hacienda me dijo que tenia que matricularlo aqui y que la matricula en Inglaterra no me servia. Hasta hoy he estado esperando a tener un poco mas de dinero y a ver que pasaba con el tema de matricularlo fuera. Hoy me he enterado que hacienda me ha puesto una multa por no haber pagado el impuesto de matriculacion diciendo que debia haber iniciado las gestiones para matricularlo.Llevo 1 año sin mover el barco eso. El tema es que matricularlo aqui al ser el barco de fuera es un jaleo, un proyecto, marcado ce, etc... y no tengo el dinero. El barco es del 1979 y me gasto el dinero que tengo en restaurarlo. En fin a ver si alguien que sepa de estos temas me puede echar un cable. Si es posible que lo siga teniendo matriculado en Inglaterra o no se que hacer. Hoy la verdad es que estoy un poco desesperado ya que no me explico lo dificil que lo ponen para tener un barco (en mi caso es mi vivienda). Bueno que unas rondas!!! |
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#2
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Nanaaaaaaaa.........nananana nanaaaaaaa.............
querida amiga, recibo tu carta mientras hago calceta y me solidarizo inmediatamente contigo. Tu situación no nos es ajena, quién no ha pasado por ella alguna vez ? Ten paciencia y un poco de comprensión, Hacienda y los hombres son así, hay que comprenderlos y quererlos........vienen cansados del trabajo, de pelear por nuestro sustento y que se encuentran ? un barco sin matricular, unos impuestos sin pagar, una oposición sin opositar ? no, no no....el consejo que te doy es que procures no alterarlos, ponles las zapatillas, sirveles una copa de su whiskey preferido y espera, espera......hasta que te pongan otra multa, solo entonces podrás estar segura que tu comportamiento no fué el adecuado. Tuya siempre...... Nanaaaaaaaa........nananana nanaaaaaaaa......... Wiili, que crees que te puede contestar alguien aquí ? Pues que antes de hacer nada te informes bién, porque a toro pasado ya no hay nada que hacer más que pagar y regularizar la situación, pero no vas a poder retroceder ninguna actuación que se haya iniciado. Por lo menos tómate unas virtuales. |
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#3
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No se si me he explicado bien, una de mis preguntas es la siguiente:
Puede hacienda obligarte a matricular un barco que esta en un puerto de la Comunidad de Murcia pero que está reparandose y no navega? y la otra: Es legal abanderar un barco de EEUU en Inlglaterra pagando aqui el impuesto de matriculación y siendo residente en España? Unas rondas y aver si alguien me puede contestar a estas preguntas. |
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#4
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puntos raros, si el barco está abanderado en UK, no deberias tenerque pagar el impuesto de importación. Supongo que para lo registrares ahí tuviste que pagar el IVA.
Con respecto al impuesto de matriculación, creo que si lo tienes que pagar, pero el barco está a tu nombre?
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"Born to sail, but forced to work..." |
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#5
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Buenas!
En hacienda me dijeron que lo de matricularlo en Inglaterra no estaba bien hecho, que no lo tenían en cuenta así que tuve que pagar el impuesto de importación. El problema es que mientras he ido ahorrando y arreglando el barco en mi punto de amarre, sin moverlo, me han puesto una sanción por no haber pagado el impuesto de matriculación, lo que me ha cogido de improviso, y no se si eso es legal o no. El primer dia que pueda voy a ir a hacienda y me gustaría saber si tengo razón o no. El barco esta a mi nombre. Ya de paso, a ver si alguien sabe si puedo dejarlo con la bandera inglesa que sería la leche. Unas rondas! |
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#6
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A ver, contestando a tu pregunta, basta que te leas la Disposición Adicional Primera de la Ley 38/1992 de Impuestos Especiales, según la cual puedes pagar el impuesto de matriculación pero mantener la bandera y la matrícula inglesa:
"... D ISPOSICIÓN ADICIONAL PRIMERA. 1. Deberán ser objeto de matriculación definitiva en España los medios de transporte, nuevos o usados, a que se refiere la presente Ley, cuando se destinen a ser utilizados en el territorio español por personas o entidades que sean residentes en España o que sean titulares de establecimientos situados en España. 2. Sin perjuicio de lo establecido en la normativa específica reguladora de la matriculación de medios de transporte, no será exigible el cumplimiento de la obligación prevista en el apartado anterior cuando, en relación con la exigencia del Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte establecida en la letra d) del número 1 del artículo 65 de esta Ley y dentro de los plazos establecidos en dicho precepto: se haya autoliquidado e ingresado el impuesto, o bien se haya solicitado de la Administración Tributaria el reconocimiento previo de la aplicación de un supuesto de no sujeción o de exención del impuesto, en los casos en que así esté previsto, o bien se haya presentado una declaración ante la Administración Tributaria relativa a una exención del impuesto. 3. Sin perjuicio de lo establecido en la normativa específica reguladora de la matriculación de medios de transporte, tampoco será exigible el cumplimiento de la obligación prevista en el apartado 1 anterior cuando el impuesto correspondiente a esa sujeción haya sido objeto de liquidación por parte de la Administración Tributaria e ingresado el importe correspondiente. 4. Cuando se constate el incumplimiento de la obligación a que se refieren los apartados anteriores, los órganos de la Administración tributaria o los órganos competentes en materia de tráfico, seguridad vial, navegación o navegación aérea darán al obligado tributario un plazo de cinco días para cumplirla o para presentar aval solidario de entidad de crédito o sociedad de garantía recíproca o certificado de seguro de caución que garantice el pago del Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte. Transcurrido ese plazo sin que se produzca la matriculación definitiva o sin que se presente dicho aval o certificado, dichos órganos procederán a la inmovilización del medio de transporte hasta que se acredite la regularización de su situación administrativa y tributaria. No obstante, la inmovilización será levantada en el caso de que el obligado tributario presente aval solidario o certificado de seguro en los términos indicados. ..." Confío en haberte aclarado alguna de tus dudas. ![]() ![]() salud y suerte!!! |
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#7
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Cita:
Sin entrar en el tema de la matrícula, porque hay posturas "irreconciliables" en este foro, te diré que la sanción que te ha llegado es normal, por un lado te cobran el impuesto que no pagaste dentro del plazo y luego te llega la sanción. En la orden de precinto te pondrán los motivos, dirá si es por no haber pagado el impuesto de matriculación o si hay algo más. Dices que el barco viene de EEUU ¿Hiciste la importación a la UE cuando entró en UK? Si escaneas la orden de precinto y la cuelgas podremos ver algo más. Que haya suerte. |
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#8
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No hay posturas "irreconciliables".
Lo que hay es cerrazón "irreconciliable" de ciertos cofrades, con decenas de casos que se han demostrado y publicado. |
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#9
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Yo en tu lugar, actuaría así:
en primer lugar haría las paces con el fisco, pagaría el impuesto de matriculación correspondiente e intentaría conseguir una rebaja en la multa. hecho esto tienes el 50% del problema solucionado, si no vas a navegar el 100% Posteriormente, ya con más tranquilidad y sin el aliento del fisco en la nuca, iniciaría el trámite de la matriculación española en capitanía marítima, te hablo con la experiencia de haber tramitado personalmente la matriculación de un barco con bandera extranjera, lo cual es complicado pero en absoluto imposible, Hablas de que necesitas un proyecto y marcado CE, creo que el marcado CE no es factible por la antigüedad de la embarcación, así que busca a alguién que te haga el proyecto, seguro que en estos tiempos no te sale tan caro como antes, espero que lo soluciones cuanto antes ![]() |
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#10
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Cita:
Y tenía que hablar un caballa |
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#11
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y no es un Mayday
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“There is never a 'right' time to sail across the Atlantic alone. There is only 'now' or 'never'.” .... el infierno puede ser divertido.... .... si estás con la diablesa correcta .... NO ESTES TRISTE. TEN GANAS¡¡¡ ![]() |
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#12
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No sabes como se enteraron los de hacienda??? pues muy fácil, donde estas amarrado alguien te ha fichado. Desde luego no es un Mayday, es que antes de realizar una semejante aventura de la que haz echo deberías de haberte informado mas, PARA ESO ESTA LA MARAVILLOSA CASA: TABERNA DEL PUERTO. Por lo que leo los compañeros cofrades tienen razón, paga la multa y hazte el longui de que no sabias nada por falta de experiencia. Espero que lo resuelvas ya que tu nave es tu casa.
Saludos, ![]()
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"El mar dara a cada hombre una nueva esperanza, como el dormir le da sueños"... Cristobal Colon Editado por ARAGralBelgrano en 25-03-2012 a las 17:20. |
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#13
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Creo que lo que hiciste fué lo que se dice "empezar la casa por el tejado", es decir comprarte un barco en USA, como el que se compra un libro y después dejarte aconsejar por gente que no tiene mucha idea, en lugar de haberte informado, por ejemplo en esta taberna. Y ya que no se puede desandar lo que has hecho, si eres residente en España, no te queda mas remedio que cumplir con la normativa española, nos guste o no, o como solución hacerte residente británico y llevar el barco a puertos de otros paises cada cierto tiempo.
Preguntas que como se ha enterado Hacienda. Pues muy fácil, por lo que yo veo, de vez en cuando agentes de la G. Civil se pasean por los pantalanes de los puertos deportivos y apuntan los barcos de lista 6ª o de otras banderas. Un saludo |
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#14
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Me temo que voy a echar un balde de agua fría : lo de conservar la bandera inglesa es posible , y hasta la americana si te gusta , siempre que pages el impuesto de matriculación y la tasa de importación , es un echo demostrado .
Ahora viene el agua fría , el DA 1 , ley por la cual se aprueba lo enterior es de aplicacion a partir del 1 de enero de 2011 , y de allí mi duda , si viniste con el barco hace dos años no tengo claro de que allá retroactividad del DA1 ... ![]() ![]() |
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#15
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Bien.
Pillas un momento durante el cual están cambiando agunas cosas. Parece ser que podráa mantenerse la bandera extranjera, siempre que sea comunitaria. ...Pero del impuesto de matriculación no te libras: No solo te correspondía haberlo pagado, sino que, aunque ahora lo suprimieran (que no me consta...) seguirías teniendo que pagarlo por haber tenido (y usado, aunque fuera como vivienda...) el barco durante todo ese tiempo. Es decir: - matriculación y multa (¿negociable?) te toca pagar. ![]() - matricular en España, IVa español, informe arquitecto naval para conseguir el marcado CE, etc, etc... consúltalo en capitanía, pero, tal vez, te puedas librar al tener bandera británica y ser ya un barco comunitario. ![]()
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----------------------------------------------- ...¿y por qué no?... ![]() ----------------------------------------------- |
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#16
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Esto no es un mayday y has podido crear alarmismo.
Paga el impuesto de matriculación y negocia lo que puedas la multa. A ver si por lo menos te rebajan algo. Llórales. Luego, tranquilamente, entérate en Capitanía si admiten pabellón inglés. Si te dicen que nó, trabájatelo porque en teoría es que sí. A mí me lo admitieron. Suerte! ![]()
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#17
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Cita:
Un saludo
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"My boat is my island" |
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#18
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Cita:
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"My boat is my island" |
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#19
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Así tendría que ser, pero parece que no todas las capitanías aceptan la nueva regulación.
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| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a konpai | ||
astrolabio68 (25-03-2012) | ||
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#20
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Alguien sabe si la de Barcelona es de las que la aceptan?
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"My boat is my island" |
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#21
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Como lo he dicho , ojo con las fechas , no se si hay retroactividad en lo que concierne el DA 1
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#22
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![]() Cita:
Si es así , directo al Juzgado
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Manel - EA3CBQ Socio fundador Anavre n° 15 de Baja por en crisis económica ?? |
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