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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Buenas noches,
¿Alguien me podría aclarar si el PER sirve fuera de nuestras fronteras? ¿ponen pegas, por ejemplo, en Grecia, Portugal, USA por ejemplo? En caso afirmativo, ¿ocurre con todas las titulaciones, o con el de PY o el CY ya no hay limites fronterizos? Gracias! |
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#2
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Las titulaciones españolas sólo son validas en nuestro país, no hay ningún convenio internacional que las refrende fuera de nuestras fronteras y dependemos de la arbitrariedad de las autoridades del país que visitemos.
Normalmente si vamos a otro país sería conveniente estudiar sus requisitos de legales, tanto en materia de titulaciones coo de equipamiento o publicaciones obligatorias. Todos los paises de Europa, salvo España, Portugal y Grecia (la élite europea ) han firmado un convenio internacional para unificar los certificados de competencia para gobernar embarcaciones de recreo... así de triste es la cosa.http://www.eba.eu.com/regulatory/icc http://www.unece.org/fileadmin/DAM/t...S-SC3-147e.pdf http://en.wikipedia.org/wiki/Interna..._of_Competence http://www.rya.org.uk/infoadvice/boa...Pages/icc.aspx Editado por whitecast en 31-12-2013 a las 00:37. |
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#3
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Cita:
En fin, si me voy fuera no me dejaran alquilar ningún tipo de embarcación, ¿no? ¿Hay alguna forma de equiparar la titulación o hay que sacarse la del país que vayas? O dicho de otra forma, ¿hay forma de sacarse una titulación que sea válida en más países? Gracias! |
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#4
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Lo mejor es que antes de alquilar preguntes a la empresa si hay algún problema con tu titulación, seguro que hay empresas de otros países que no pondrán ninguna traba , depende del país que visites
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#5
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Cita:
Aún estoy decidiendo si me saco el PER o el PY, pero me gustaría tener una visión tan general como sea posible de todo el mundillo, para tenerlo claro. Entiendo, que aunque las titulaciones no sean válidas teóricamente, en la práctica las "normas", boyas, balizajes, etc deben ser iguales o muy similares, ¿no? Saludos y ya es mi última pregunta! |
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#6
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Cita:
Una ronda ![]() ![]() |
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#7
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![]() Dependerá de la bandera del barco ya que de conformidad con el Convenio del Mar (art 94 b-Deberes del Estado del Pabellon-) la competencia para las titulaciones queda reservada en exclusiva al país de abanderamiento ,independientemente de tu nacionalidad,por tanto si la bandera de tu barco es por ejemplo española, necesitarás titulación española, si es belga ninguna titulación,si es italiana la titulación italiana, si es Norteamercana,ninguna titulación y así sucesivamente....... Por otro lado,si la bandera que arbolas,exige titulación,tendrás que preguntar si ese título esta homologado en ese país. Por ejemplo,alquilas un barco con bandera italiana,necesitarás o bien el título italiano o bien si tienes el Español,comprobar si esta homologado.(todo ello si el país ha firmado el Convenio del Mar - la mayoría de los civilizados). ![]() |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a pil pil | ||
kawescar (03-01-2014) | ||
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#8
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Cita:
Por otro lado, estoy viendo que parece ser que se van a ampliar las atribuciones del PER, PY, etc en el próximo año. Entiendo que si me lo saco ahora y después amplían las atribuciones, yo no tendré que hacer nada ¿no? Lo digo porque se está hablando de que quizás son necesarias más horas prácticas... |
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#9
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Para sacar el Patrón de Yate, primero tienes que sacar el PER.
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#10
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Gracias marck!
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#11
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![]() Si tienes la titulación antes de la nueva ley las atribuciones no disminuyen,en todo caso se ampliaran. Buena proa ![]() ![]() |
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#12
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Cita:
en los enlaces que aparecen mas arriba hablan de disposiciones para vias "fluviales" y cada pais lo tiene a su conveniencia. por ejemplo en reino unido dice que un capitan britanico solo puede capitanear un barco de recreo matriculado britanico y un capitan britanico en un barco no britanico tiene que tener titulo y C C I del pais que lleve bandera o del pais que visite. y Reino Unido es un pais Desarrollado "o no" |
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#13
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![]() Las vías fluviales tienen sus propias titulaciones y por ejemplo en Bélgica no es necesaria la titulación para navegación marítima y sin embargo si lo es para la navegación fluvial. En centroeuropea tienen una serie de convenios entre países,no sólo para las titulaciones y la navegación sino incluso para la construcción de buques fluviales.Hay una Directiva Comunitaria de 1976 que recoge esto para su aplicación a los países miembros de la CEE ( por cierto no transpuesta por España a la legislación interna y por tanto de aplicación directa,-pero esto es otra historia) ![]() ![]() |
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#14
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El certificado de competencia internacional o ICC es válido para navegación fluvial y también para navegación costera
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#15
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Para Portugal vale.
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"Born to sail, but forced to work..." |
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#16
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"Born to sail, but forced to work..." |
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#17
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En este foro hay una herramienta muy util "buscar"
He encontrado estos, por si te puede interesar otras respuestas. Hilo 1 Hilo 2 Hilo 3 Hilo 4 Hilo 5 Saludos Rafa
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![]() RAFNI KAI www.RAFNI.es "Sean felices, porque la vida es urgente. La vida es una y ahora, así que hay que vivirla a tope y con intensidad" |
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#18
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En Grecia, Turquía y Croacia te vale con PER a priori. Pero te recomiendo que preguntes pues según la eslora u otras cuestiones , la empresa por su cuenta te puede exigir PY, pues nuestros títulos pese a ser complejos de obtener no están homologados. Marca España.
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#19
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Gracias a todos!
Poco a poco voy sacando toda la info. Saludos! |
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