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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Como indica el título del post, necesito un certificado de que el IVA del barco se pagó en el momento de su matriculación. En la documentación de la que dispongo, en la hja de asiento inicial indica que se ha presentado la documentación preceptiva, incluido el Impuesto sobre Determinados Medios de Transporte, pero del IVA no dice nada y no dispongo de ningún otro documento justificativo.
A ver si alguien se ha visto en la misma tesitura. ![]() ![]() ![]() ![]() Editado por alcapar en 26-03-2015 a las 19:30. |
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#2
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No te puedo contestar, lo siento.
Pero me gustaría saber para qué necesitas ese certificado, si se puede y quieres contarlo ![]() Y de paso, te lo subo... ![]()
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Sausalito III (Puma 26) Pumeros: http://clubpuma.ning.com/ ANAVRE: "Ya nunca navegarás en solitario" Asociación de navegantes de recreo |
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#3
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Yo he preguntado en el registro naval, en hacienda y capitanía. Pero siempre me dicen que eso lo tiene quien lo pagó, el primer propietario. En mi caso es un amigo pero no lo encuentra en sus archivos. A ver si alguien sabe como conseguirlo.
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#4
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Entiendo que para obtener la matricula española tuvo que liquidar dicho impuesto. La documentación española debería ser suficiente garantía. Es mi humilde opinión...
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#5
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Gracias por vuestras respuestas,
El motivo de requerir el certificado es que tengo el barco en venta y me lo pide el comprador que es extranjero. Voy a probar con el vendedor del barco cuando nuevo, pero creo que l empresa ya no existe, si no trataré con el importador. ![]() ![]() |
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#6
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En lo que yo sé del IVA en España (y en principio debe ser igual en toda la CE):
Voy a comprar una lavadora, un coche, un barco. Supuestos que son nuevos. El vendedor "VENDEDOR SL" me da una factura que JUSTIFICA: Que he pagado y que he pagado el IVA. Eso lo sabemos todos. El único que puede "certificar" que se ha pagado el IVA es el vendedor, y lo hace mediante la factura (documento escrito que por cierto ni lleva firmas). Hacienda no me puede certificar que yo he pagado el IVA, porque (al menos directamente) no le consta. "VENDEDOR SL" hace la cuenta de la vieja con la Hacienda, mediante la declaración del IVA: He vendido tanto, tanto (21%) te pago por el IVA. Y no presenta facturas. Hacienda a veces le puede pedir facturas, a efectos de justificar los IVAs soportados y deducidos, pero esas facturas no tienen un tratamiento informático, por lo que una vez sirven para los efectos se archivan. No vayas a Hacienda para buscarla, porque estará archivada sin más y no es localizable (de un modo directo e informático). Si no recuerdo mal, cuando se va a liquidar el impuesto "de matriculación" (del barco, por ejemplo), se debe presentar la factura de venta. Para justificar esta. Supongo que se archivará una copia (no sé si se hace), junto al expediente del impuesto de matriculación. En ningún caso la original, que se devolverá. Cuando se solicita la no sujeción (o exención si se quiere) por ser menor de 8 metros, creo recordar que no se debe presentar, o sea que en ese caso, menos. Y por último en el Registro de la DGMM figurará el abanderamiento y que se ha pagado el impuesto de matriculación, o que no está sujeto. Y ellos, que yo sepa, NO VEN la factura. Por tanto, la única forma de "certificar" que se ha pagado el IVA es estar en posesión de la factura o de un duplicado que pueda emitir el vendedor. Y transcurrido un determinado plazo, se pueden destruir por el vendedor (y no se emitirá duplicado) o por el comprador (ya ha pasado la garantía...). Y eso no es una notaría, que se pasan los papeles... Si "VENDEDOR SL" desaparece, desaparecen las facturas emitidas con él. Quiero decir que pedirlas a otra empresa... Como mucho, si Hacienda guarda la factura (fotocopia) por motivo del Impuesto "de matriculación"... Ahora, para que te la den (si no eres el comprador original)... Te costará. Y será sólo una fotocopia... Estoy seguro de que no esperabas esa respuesta, pero hasta lo que yo sé... No hay más leña que la que arde... ![]() Lo que no sé es cómo una autoridad Europea puede pedir un certificado de que está pagado el IVA "original", el de la primera compra, siendo un barco de segunda o posterior mano... (Todo dicho en términos de tertulia de taberna) (pese a todo)(Y por el tocho)
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Sausalito III (Puma 26) Pumeros: http://clubpuma.ning.com/ ANAVRE: "Ya nunca navegarás en solitario" Asociación de navegantes de recreo |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a otoio | ||
alcapar (25-03-2015) | ||
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#7
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Por cierto, ya la habréis visto, pero en su día hubo este hilo en esta santa taberna:
http://foro.latabernadelpuerto.com/s...ad.php?t=96907 Y tampoco quedó aclarado el cómo... O no se publicó... ![]()
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Sausalito III (Puma 26) Pumeros: http://clubpuma.ning.com/ ANAVRE: "Ya nunca navegarás en solitario" Asociación de navegantes de recreo |
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#8
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Hola:
En mi caso también me interesó tenerlo para proponer baja española y alta holandesa. Me bastó con la hoja de asiento, donde dice que "se ha efectuado el pago del IVA correspondiente" (en mi caso sí lo pone). Con eso bastó. No se si procede hacer una "consulta vinculante" a la agencia tributaria, preguntando si el barco tiene o no tiene el IVA pagado. En teoría no deben saberlo, pero te pueden emitir un certificado que diga que "no consta en sus registros el pago pendiente".... ![]() ![]() ![]() ![]()
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~EL HILO DEL BOTIQUÍN ~ |
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#9
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Primero , Pepe ; suerte y a ver si vendes ese pedazo de barco.... Envidia me da ese sustituto que va a caer...
![]() Segundo; en la Capitanía Marítima donde se matriculó el barco por primera vez , deben tener factura (original o compulsada) con su Iva desglosado. En la hoja de asiento del Registro Marítimo debe constar que se aporta título de compra en la que consta el pago del IVA y demás ... Editado por scampolo en 25-03-2015 a las 13:21. |
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#10
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El IVA sólo consta pagado en la primera factura del barco, cuando se compró a una empresa. Y queda certificado su pago en la hoja de asiento, si no está pagado no lo matriculan. No podrás conseguir otra cosa.
El que te compra el barco no tiene ninguna responsabilidad en si el IVA fue pagado antes o no. Le basta con presentar la nueva factura o contrato de compra/venta y pagar los impuestos correspondientes a esa transacción. |
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#11
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Como sabes en un contrato de compra venta se pueden poner cuantas especificidades quieras. En este caso podrias poner que el vendedor se hace cargo de la liquidación del IVA y asunto zanjado.
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#12
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Es una compra/venta entre particulares, no hay liquidación de IVA. El IVA se pagó cuando se le compró el barco a una empresa, y si realmente se liquidó o no, no le afecta para nada al que lo compra ahora, es un tema del que lo tenía que liquidar con hacienda.
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#13
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Mi caso era parecido, barco con bandera española, primer propietario con bandera francesa y yo que le pongo la belga. En ninguna parte aparecia nada diciendo que el IVA esta pagado. Pero en la hoja de asiento si que aparece, en el primer registro, que el barco ha sido legalmente importado según DUA ...
Fui a Aduanas, me dijeron que ellos no podían darme ningún certificado de IVA pagado ni nada (el barco ya estaba con bandera belga). Entiendo que simplemente con un fotocopia de la hoja de asiento donde aparece la anotación de que ha sido legalmente importado y el número de DUA es suficiente, pues en ese momento es donde se tuvo que justificar ante aduanas que el IVA estaba pagado. Ademas el barco por la edad que tiene, tampoco pagó el IEDMT, pagaría en su momento el impuesto de lujo, cosa que tampoco aparece en ninguna parte, asi que me sigo remitiendo a esa frase. Que me corrija alguien si no es asi o hay que hacer algo mas. Saludos Auskalo
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Navego luego existo. |
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#14
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Gracias por vuestras respuestas.
Ya lo he solucionado. Hablé con Capitanía de Denia y tuve suerte de dar con un funcionario diligente, le expliqué el caso y se prestó a mirar en el expediente, encontró la factura de compra con el IVA y me ha enviado esta mañana una copia escaneada ![]() ![]() Teniendo en cuenta que el barco está de baja por cambio a belga, me podría haber enviado a tomar mucho viento, sin embargo me ha tratado de diez. Un brindis por el señor de Capitanía ![]() ![]() ![]() |
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#15
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