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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Buenas tardes tengan ustedes,
no se como empezar, el caso es que tengo una question que no han sabido aclararme en mi entorno, digamos que he sido propietario de un barco con bandera USA por un largo tiempo, el barco lo compre en florida y ahora lo he vendido en St Marteen , el nuevo propietario me transfirio el monto total a una cuenta aqui en espana, y aqui viene la duda, debo declarar algo a Hacienda? Hay algun tramite que tenga que hacer aqui ? nunca estuvo abanderado en la EU y era un barco del 78... Alguien me podria dirigir o aclarar esta question? Y sobre todo un saludo a todos... ![]() |
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#2
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Hola, falta conocer si eres residente en USA Spain o la France, pero en principio los bienes muebles están sujetos a pago de ITP, por el comprador, en el lugar donde estén (en este caso matriculado).
Otra cuestión es la ganancia patrimonial que puede generarse, en tu caso debería ser un beneficio entre lo que te costó y lo que has cobrado por su venta, pero insisto dependerá de tu residencia. Con los datos que has dado esto es lo más que puedo opinar
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Rodeado de virus por todas partes (Isla Desespero) |
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#3
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Muchas gracias, he sido residente en el estranjero, ahora soy de nuevo residente aqui, vamos que resido en espana, y la verdad es que no he ganado con la venta ,vamos mas bien lo he amortizado disfutando el barco, gracias de todos modos.
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