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  #26  
Antiguo 20-12-2016, 04:43
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Capitán pirata
 
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Originalmente publicado por SAMORP Ver mensaje
Muchas gracias; aber podrías decirme donde puedo ver esa Ley, o lo que sea que autoriza a los PPER a poder impartir clases de teoría hasta PER? . 5e lo digo porque el real decreto 875 del 2014; creo que no lo recoge.
Hola Samorp,

http://www.boe.es/diario_boe/txt.php...E-A-2014-10344


Artículo 31. Requisitos de titulación del personal de las escuelas náuticas de recreo.

Los instructores de las escuelas que impartan prácticas o cursos de formación en el ámbito de comunidades autónomas que no hayan asumido competencias en náutica de recreo deberán estar en posesión de alguna de las siguientes titulaciones:

1. Para poder impartir las prácticas reglamentarias de seguridad y navegación:

a) Capitán y patrón de yate: Capitán de la Marina Mercante, Piloto de Primera clase de la Marina Mercante, Piloto de Segunda clase de la Marina Mercante, Patrón Mayor de Cabotaje, Capitán de Pesca, Patrón de Altura, Patrón de Pesca de Altura u Oficiales del Cuerpo General de la Armada Española.

b) Patrón de embarcaciones de recreo (PER), patrón para navegación básica (PNB) y licencia de navegación (incluidas las horas de formación teórica de la licencia): Capitán de la Marina Mercante, Piloto de Primera clase de la Marina Mercante, Piloto de Segunda clase de la Marina Mercante, Patrón Mayor de Cabotaje, Capitán de Pesca, Patrón de Altura, Patrón de Pesca de Altura, Patrón de Cabotaje, Patrón de Litoral, Patrón de Primera Clase de Pesca Litoral, Oficiales del Cuerpo General de la Armada Española, Patrón Profesional de Embarcaciones de Recreo, Oficiales del Servicio Marítimo de la Guardia Civil habilitados como Patrón de Buque Oceánico del Cuerpo o Técnico Deportivo Superior en vela con aparejo fijo. Los Técnicos Deportivos en vela con aparejo fijo podrán impartir las prácticas correspondientes al patrón para navegación básica (PNB) y licencia de navegación.
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Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a alber
jpluaces (20-12-2016)
  #27  
Antiguo 25-01-2017, 18:50
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Una pregunta , para llevar un lista sexta y clientes , patrón de altura , Pper .

Pero valdría este curso de monitor de vela ? Por lo que leo en el enlace , pueden llevar un velero de 12 metros a 12 millas de la costa ¿ entonces ? o les exigirán , formación básica , pasaje , etc ?

http://www.valenciaeventosnauticos.c...r-de-vela.html

Abajo en el punto 3 sale .

Saludos.
__________________


Editado por tam en 26-01-2017 a las 13:27.
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  #28  
Antiguo 03-02-2017, 18:51
Avatar de Capitan Resaca
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Hola
Que yo sepa ya NO existen requisitos por parte de la DGMM para tener una escuela y dar clases de teoría, más allá de lo que te va a pedir el ayuntamiento y hacienda, y si la DGMM no pide nada a la escuela pasa exactamente lo mismo con los profesores.

Tu te pones con un cartel ofertando clases teóricas de náutica de recreo de la titulación que quieras y no tienes que tener ningún tipo de título etc o por lo menos la DGMM no se va a meter en eso. La DGMM SOLO homologa la parte práctica de las titulaciones, las distintas prácticas de navegación y las de radiocomunicación. Si te fijas en la web de la DGMM donde venía escuelas solo aparece la parte de escuelas para prácticas nada de escuelas de teoría como había antes.

Y estoy totalmente de acuerdo con los que opinais que el examen de PPER no aporta nada para navegar y yo añadiría que no aporta nada de nada a nadie.
Pero es solo una opinión.
Buena mar.
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