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  #51  
Antiguo 17-06-2017, 10:17
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Predeterminado Re: Si para tu zona no necesitas llevar balsa, ¿Que pasa si te pillan con una sin rev

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Originalmente publicado por Piratacojo Ver mensaje
Lo difícil es ponerle el sellito de la revisión.


Exacto lo dificil es poner el sellito y que te revisen la balsa a la vez, por que ya sabemos que ponen sellos sin ni siquiera abrirlas, podeis hacer la prueba sellandola de algun modo que al abrirla se rompa, se han dado casos de devolverlas tal cual.

Y otra cuestion, yo solo dejaria la balsa a revisar donde lo vea con mis ojos lo que hacen, y compruebe que el material que cambian es de la misma calidad que lleva de origen por lo menos.

No parece un misterio que no dejen ver a nadie lo que hacen con las balsas estas empresas que consiguen la concesion? Yo veo como arreglan mi coche, la lavadora, el ordenador... y la balsa? Se la llevan para una especie de agujero negro donde un chavalin desaparece con ella mientras oyes ven en 10 dias... madre mia

Simplemente creo que hay un chanchullo ahy cojonudo.
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  #52  
Antiguo 17-06-2017, 12:12
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Predeterminado Re: Si para tu zona no necesitas llevar balsa, ¿Que pasa si te pillan con una sin rev

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Originalmente publicado por xurso2002 Ver mensaje
si se disparara el inflador al abrirlas.... no podrán inspeccionarlas... supongo...
Sí, lo que veo raro es lo que comentaba el cofrade que dice que la tiró a la piscina para probarla y luego la volvió a cerrar

cambió el cilindro de gas? lo rellenó?
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  #53  
Antiguo 17-06-2017, 18:28
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Predeterminado Re: Si para tu zona no necesitas llevar balsa, ¿Que pasa si te pillan con una sin rev

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Originalmente publicado por Piratacojo Ver mensaje
¿700 por cambio de bandera?
Pregunta en otro sitio antes de hacer nada.

Eso mismo me ha comentado un compañero de pantalan esta mañana , gracias.
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  #54  
Antiguo 20-06-2017, 22:36
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Predeterminado Re: Si para tu zona no necesitas llevar balsa, ¿Que pasa si te pillan con una sin rev

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Originalmente publicado por Piratacojo Ver mensaje
¿700 por cambio de bandera?
Pregunta en otro sitio antes de hacer nada.

Hay sitios muuuuuucho mas baratos. Míralo bien antes . O hazlo tú. No es muy complicado.
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  #55  
Antiguo 22-06-2017, 10:27
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Predeterminado Re: Si para tu zona no necesitas llevar balsa, ¿Que pasa si te pillan con una sin rev

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Originalmente publicado por Piratacojo Ver mensaje
El inflador no se dispara por solo abrirla, se dispara al arrojarla al agua porque la línea que la sujeta al barco acciona el inflador al recibir el tirón.
También puedes inflarla dando tu ese tirón del cabo.

Pero si no la disparas e inflas, no la puedes inspeccionar bien, porque le hacen el vacío, sacan el aire, para que ocupen lo mínimo.
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  #56  
Antiguo 26-06-2017, 12:22
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Predeterminado Re: Si para tu zona no necesitas llevar balsa, ¿Que pasa si te pillan con una sin rev

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Originalmente publicado por whitecast Ver mensaje
La protección del domicilio, es un derecho fundamental que está hiper protegido por la justicia ordinaria, tribunal constitucional, etc.

Respecto si un buque/embarcación constituye domicilio la jurisprudencia del TS ha venido demostrando que sí pero únicamente los camarotes, ya que las zonas comunes, salón ,bañera , cubiertas en ninguna forma puede considerarse domicilio.

En concreto tengo una sentencia del TS interesante e ilustrativa de lo que digo:

Tribunal Supremo (Sala de lo Penal, Sección 1ª). Sentencia núm.
229/2008 de 15 mayo
El concepto de domicilio habitual no esta por encima de la labor inspectora de la GC en el caso de las embarcaciones y buques en cuanto al cumplimiento de la legislación vigente, y ésta labor se circunscribe a comprobar que los barcos reúnen los requisitos exigidos de seguridad y son aptos para la navegación que realizan por aguas Españolas, mi recomendación es, si teneis pabellon español no llevar equipos de seguridad obsoletos o caducados en el barco, porque la multa vendra primero y luego os tocara demostrar recurriendo que si estabais en otra zona, que si esto y si lo otro, y eso cuesta tiempo y dinero, puede poner aqui Withe lo que quiera sobre el domicilio, un barco es antes que un domicilio un medio de transporte con unos requisitos de seguridad y una legislación completa para regular como tiene que estar y como tiene que tener sus equipos y la GC puede abordar en aras de su labor inspectora cualquier barco de recreo, buque o artefacto, moto etc que deseen comprobar y puede comprobar insitu si cumple y si reúne los requisitos inspeccionando todo lo que lleve, pidiendo documentación y comprobando todo aquello que precisen comprobar, que tenga que cumplir con lo que la documentacion y la ley prescribe, y tratar de darle vueltas a esto es un absurdo, las demandas de algun patron contra la labor inspectora de la guardia civil, se quedan siempre en nada y esto es porque el que un juez reconociera antes la prevalencia del domicilio como barrera a la labor inspectora de la GC crearia una inseguridad jurídica muy peligrosa y esto no va a ocurrir, si alguno cree socavados sus derechos domiciliarios cuando le aborde y multe una patrulla de la GC por no cumplir con las normativas de seguridad, titulación etc aplicables que acuda a los tribunales, pero por experiencia profesional puedo augurarle una árdua y costosa lucha procesal que probablemente no prospere...querais white o los demas darle las vueltas que sean es tal y como os lo estoy diciendo...
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Editado por Fuerza 7 en 26-06-2017 a las 12:39.
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  #57  
Antiguo 26-06-2017, 13:17
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Predeterminado Re: Si para tu zona no necesitas llevar balsa, ¿Que pasa si te pillan con una sin rev

Los barcos que pilla vigilancia aduanera llenos de chocolate tienen que ser inspeccionados en puerto ante el secretario judicial y cumplir todos los requisitos procesales para que la prueba sea válida en juicio oral, en concreto el artículo 18.2 de la CE y 547 y ss de LECrim supongo por analogía que una inspección rutinaria para comprobar una presunta infracción administrativa tiene que cumplir los mismos requisitos, e igual que la policía no puede entrar en un lugar cerrado sin permiso del propietario , o autorización judicial o que sea un delito flagrante, un camarote por sentada jurisprudencia de la sala 2a del TS constituye domicilio constitucionalmente protegido. ( 1009/2006) (624/2002)(919/2004) etc...
Y por supuesto ningún juzgado ni tribunal va a ir en contra del TS, ni ningún funcionario va arriesgarse a incurrir en delito contra la inviolabilidad del domicilio penado por el art. 534 del CP con multa de 6 a 12 meses e inhabilitación especial empleo público de 2 a 6 años.
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Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a whitecast
XALOC (26-06-2017)
  #58  
Antiguo 26-06-2017, 14:02
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Predeterminado Re: Si para tu zona no necesitas llevar balsa, ¿Que pasa si te pillan con una sin rev

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Originalmente publicado por berrincha Ver mensaje
Pero si no la disparas e inflas, no la puedes inspeccionar bien, porque le hacen el vacío, sacan el aire, para que ocupen lo mínimo.

En el interior de mi balsa salvavidas iba un inflador de pie como los de las neumaticas,se puede inflar con el y a la hora de desinflarla,una vez se ha desinchado (abriendo la valvula) se puede extraer el resto del aire con el mismo inflador cambiando el tubo de toma con lo cual extrae el aire en vez de introducirlo,de esta manera la puedes dejar practicamente al vacio de nuevo.
Saludos.
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  #59  
Antiguo 26-06-2017, 15:03
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Predeterminado Re: Si para tu zona no necesitas llevar balsa, ¿Que pasa si te pillan con una sin rev

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Los barcos que pilla vigilancia aduanera llenos de chocolate tienen que ser inspeccionados en puerto ante el secretario judicial y cumplir todos los requisitos procesales para que la prueba sea válida en juicio oral, en concreto el artículo 18.2 de la CE y 547 y ss de LECrim supongo por analogía que una inspección rutinaria para comprobar una presunta infracción administrativa tiene que cumplir los mismos requisitos, e igual que la policía no puede entrar en un lugar cerrado sin permiso del propietario , o autorización judicial o que sea un delito flagrante, un camarote por sentada jurisprudencia de la sala 2a del TS constituye domicilio constitucionalmente protegido. ( 1009/2006) (624/2002)(919/2004) etc...
Y por supuesto ningún juzgado ni tribunal va a ir en contra del TS, ni ningún funcionario va arriesgarse a incurrir en delito contra la inviolabilidad del domicilio penado por el art. 534 del CP con multa de 6 a 12 meses e inhabilitación especial empleo público de 2 a 6 años.
Puedes poner lo que quieras, te vuelvo a repetir la inspeccion previa se realiza por la guardia civil, el decomiso de la droga se realiza en puerto pero la inspeccion y el abordaje del buque se realiza en alta mar, no confundas a la gente porque no tienes ni idea, la guardia civil puede en aras de su labor inspectora subir a cualquier barco...como te gusta el copia y pega toma una en la frente a ver si espabilas que parece que vives en los mundos de yupi...:

http://www.diarioinformacion.com/ali...a/1794866.html

"El Servicio Marítimo de la Benemérita ha realizado este año más de 1.100 revisiones a barcos de recreo, de líneas regulares y motos náuticas.
La provincia de Alicante supera a Valencia y a Castellón en denuncias a embarcaciones por infracciones en materia de seguridad, según los datos facilitados ayer por la Delegación del Gobierno. A lo largo de este año, la Guardia Civil del Mar ha realizado un total de 1.143 inspecciones en lo que va de año en la Comunidad Valenciana, de las cuales 317 terminaron con alguna sanción por no cumplir la normativa. Por provincias, se han puesto 142 por el Servicio Marítimo de Alicante, 106 por el de Valencia y 69 en Castellón. Las inspecciones no sólo se limitan a embarcaciones de recreo, sino también a líneas regulares, motos náuticas y a pesqueros. Este servicio de la Guardia Civil se encarga también del control de espectáculos náuticos, así como de la interceptación de la inmigración irregular.

El delegado del Gobierno en la Comunidad Valenciana, Juan Carlos Moragues, se desplazó ayer a Alicante para dar a conocer esta labor en el mar de la Guardia Civil, así como asistir a una de estas inspecciones para conocer de primera mano el funcionamiento de este servicio. «Es una labor fundamental, ya que, al igual que están velando por nuestras carreteras, la Guardia Civil está velando por la seguridad en nuestras aguas«, explicó ayer Moragues en el Puerto de Alicante. En la visita se realizó una revisión a una embarcación elegida de manera aleatoria y que se saldó sin sanción alguna. Durante este verano, la Guardia Civil ha realizado 156 inspecciones específicas a embarcaciones de recreo, 63 en Valencia, 55 en Castellón y 38 en Alicante."...

Parece que han habido muchas violaciones de domicilio y le han cogido gustillo en toda España las inspecciones de barcos entre recreo y buques, anualmente andan por las 10.000, son un monton de violaciones domiciliarias....jejeje

y ahora sigue creyendote tus caralladas, te repito que soy abogado y cuando hablo lo hago desde la realidad de la aplicacion de la ley...
__________________
Se alzarán nuevos vientos, hincharán tus velas, y yo, dejaré el ánimo resuelto para abrazar a tu lado Horizontes...

Editado por Fuerza 7 en 26-06-2017 a las 15:51.
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RIVIERA (02-07-2017)
  #60  
Antiguo 26-06-2017, 15:11
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Predeterminado Re: Si para tu zona no necesitas llevar balsa, ¿Que pasa si te pillan con una sin rev

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Originalmente publicado por Fuerza 7 Ver mensaje
Puedes poner lo que quieras, te vuelvo a repetir la inspeccion previa se realiza por la guardia civil, el decomiso de la droga se realiza en puerto pero la inspeccion y el abordaje del buque se realiza en alta mar, no confundas a la gente porque no tienes ni idea, la guardia civil puede en aras de su labor inspectora subir a cualquier barco...como te gusta el copia y pega toma una en la frente a ver si espabilas que parece que vives en los mundos de yupi...:

http://www.diarioinformacion.com/ali...a/1794866.html

"El Servicio Marítimo de la Benemérita ha realizado este año más de 1.100 revisiones a barcos de recreo, de líneas regulares y motos náuticas.
La provincia de Alicante supera a Valencia y a Castellón en denuncias a embarcaciones por infracciones en materia de seguridad, según los datos facilitados ayer por la Delegación del Gobierno. A lo largo de este año, la Guardia Civil del Mar ha realizado un total de 1.143 inspecciones en lo que va de año en la Comunidad Valenciana, de las cuales 317 terminaron con alguna sanción por no cumplir la normativa. Por provincias, se han puesto 142 por el Servicio Marítimo de Alicante, 106 por el de Valencia y 69 en Castellón. Las inspecciones no sólo se limitan a embarcaciones de recreo, sino también a líneas regulares, motos náuticas y a pesqueros. Este servicio de la Guardia Civil se encarga también del control de espectáculos náuticos, así como de la interceptación de la inmigración irregular.

El delegado del Gobierno en la Comunidad Valenciana, Juan Carlos Moragues, se desplazó ayer a Alicante para dar a conocer esta labor en el mar de la Guardia Civil, así como asistir a una de estas inspecciones para conocer de primera mano el funcionamiento de este servicio. «Es una labor fundamental, ya que, al igual que están velando por nuestras carreteras, la Guardia Civil está velando por la seguridad en nuestras aguas«, explicó ayer Moragues en el Puerto de Alicante. En la visita se realizó una revisión a una embarcación elegida de manera aleatoria y que se saldó sin sanción alguna. Durante este verano, la Guardia Civil ha realizado 156 inspecciones específicas a embarcaciones de recreo, 63 en Valencia, 55 en Castellón y 38 en Alicante."...

y ahora sigue creyendote tus caralladas, te repito que soy abogado y cuando hablo lo hago desde la realidad de la aplicacion de la ley...
yo te pongo artículos de las leyes vigentes y tu me pones artículos y bravuconadas de que no tengo ni idea, bieeen ....se acabó por mi parte
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  #61  
Antiguo 26-06-2017, 15:30
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Predeterminado Re: Si para tu zona no necesitas llevar balsa, ¿Que pasa si te pillan con una sin rev

Por aclarar un poco más

Un policía puede subir a bordo, aún sin permiso en barcos españoles-------> Si

Un policía puede subir a bordo en barcos extranjeros---> si hasta las 12 millas por infracciones administrativas 24 millas por infracciones fiscales , si está más allá tiene que pedir permiso al estado del pabellón si hay sospecha de drogas

Un policía puede entrar a un camarote a realizar una inspección técnica y comprobar si hay personas escondidas ,fugas de agua, etc---->SI

Un policía puede registrar un camarote, abrir armarios, cajones, etc---->No (salvo permiso del titular, autorización judicial o flagrante delito)

Editado por whitecast en 26-06-2017 a las 15:51.
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  #62  
Antiguo 26-06-2017, 15:47
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Predeterminado Re: Si para tu zona no necesitas llevar balsa, ¿Que pasa si te pillan con una sin rev

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Originalmente publicado por Fuerza 7 Ver mensaje
Puedes poner lo que quieras, te vuelvo a repetir la inspeccion previa se realiza por la guardia civil, el decomiso de la droga se realiza en puerto pero la inspeccion y el abordaje del buque se realiza en alta mar, no confundas a la gente porque no tienes ni idea,
Otra más... señor abogado
El decomiso lo realiza el juez o tribunal que dicta sentencia en el juicio oral, lo que hace la guardia civil es aprehender la droga y el juez de instrucción es el que hace la intervención.... estás sembrado

art 127 octies del CP



Editado por whitecast en 26-06-2017 a las 15:51.
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  #63  
Antiguo 26-06-2017, 16:15
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Predeterminado Re: Si para tu zona no necesitas llevar balsa, ¿Que pasa si te pillan con una sin rev

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Puedes poner lo que quieras, te vuelvo a repetir la inspeccion previa se realiza por la guardia civil, el decomiso de la droga se realiza en puerto pero la inspeccion y el abordaje del buque se realiza en alta mar, no confundas a la gente porque no tienes ni idea,


Cita:
Originalmente publicado por whitecast Ver mensaje
Otra más... señor abogado
El decomiso lo realiza el juez o tribunal que dicta sentencia en el juicio oral, lo que hace la guardia civil es aprehender la droga y el juez de instrucción es el que hace la intervención.... estás sembrado

art 127 octies del CP


me refiero a que el barco tiene que estar en puerto para el decomiso el que esta sembrao eres tu amiguete rey del corta y pegal...que por buscar leyes y hacer corta y pega en fin...nadie me paga por intentar ayudar a que la gente tenga las cosas mas claras, utilizo terminos coloquiales tu intentas convencer con tu copia y pega y aunque a veces estas en lo cierto muchas mas patinas bastante...
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Editado por Fuerza 7 en 26-06-2017 a las 16:31.
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  #64  
Antiguo 26-06-2017, 16:24
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Predeterminado Re: Si para tu zona no necesitas llevar balsa, ¿Que pasa si te pillan con una sin rev

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Vamos a aclarar conceptos porque hay algo de confusion, varios cofrades en las primeras intervenciones han dado en el clavo, y os explico un poco como va la cosa aunque varios ya lo han dicho correctamente.

Primero, dentro de las 12 millas de jurisdicción, la GCM puede parar y abordar cualquier barco a su antojo para realizar las inspecciones que considere convenientes, incluido pedirte permiso para echar una meadita en tu wc mientras otro mira desde fuera si la descarga se realiza al mar o si va a deposito de KK para en el caso multar o no dependiendo de las millas a que te encuentres para que la descarga sea permitida etc...esto para empezar (excepto barcos de bandera extranjera sujetos a paso inocente, que se abordaran para los supuestos que prevea la ley).



Por cierto la GCM no esta obligada a registrar nada, pero si te puede pedir que tu le muestres todo lo que considere conveniente, actualmente la presuncion de veracidad de la fuerza actuante hace que si quieren puedan revisarte todo el barco simplemente si tienen una duda razonable de que puedan haber elementos ilegales o que puedas estar transportando drogas etc...no necesitan tu permiso, es mas si luego reclamas ellos alegaran de que tenian sospechas de que existieran elementos ilegales y que procedieron al registro por posible delito flagrante, se confirme o no, la tipicidad de esa expresion ha variado mucho con la ley de la patada en la puerta...

Me cito hace varios días que deje puesto lo que tu has venido a aclarar hoy pero menos lioso...jejeje
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  #65  
Antiguo 26-06-2017, 16:33
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Predeterminado Re: Si para tu zona no necesitas llevar balsa, ¿Que pasa si te pillan con una sin rev

......
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Predeterminado Re: Si para tu zona no necesitas llevar balsa, ¿Que pasa si te pillan con una sin rev

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Por aclarar un poco más

Un policía puede subir a bordo, aún sin permiso en barcos españoles-------> Si

Un policía puede subir a bordo en barcos extranjeros---> si hasta las 12 millas por infracciones administrativas 24 millas por infracciones fiscales , si está más allá tiene que pedir permiso al estado del pabellón si hay sospecha de drogas

Un policía puede entrar a un camarote a realizar una inspección técnica y comprobar si hay personas escondidas ,fugas de agua, etc---->SI

Un policía puede registrar un camarote, abrir armarios, cajones, etc---->No (salvo permiso del titular, autorización judicial o flagrante delito)
me congratulo de que acabes entrando en razon de tu chorrada del domicilio...si estuvieras en la practica legal te darias cuenta de que la ley no depende de como este escrita sino de como se interprete por los jueces, y son ellos los que tienen siempre la ultima palabra...
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  #67  
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Predeterminado Re: Si para tu zona no necesitas llevar balsa, ¿Que pasa si te pillan con una sin rev

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Originalmente publicado por Fuerza 7 Ver mensaje
me congratulo de que acabes entrando en razon de tu chorrada del domicilio...si estuvieras en la practica legal te darias cuenta de que la ley no depende de como este escrita sino de como se interprete por los jueces, y son ellos los que tienen siempre la ultima palabra...

Por eso te he puesto varias sentencias de la sala 2a del Tribunal Supremo en las que se reconoce la condición de domicilio entre otros de camarotes habitaciones de hotel autocaravanas, etc yo no veo donde está la polémica!!lo que diga el TS va a misa
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  #68  
Antiguo 26-06-2017, 18:43
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Predeterminado Re: Si para tu zona no necesitas llevar balsa, ¿Que pasa si te pillan con una sin rev

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Estoy pensando en comprar una balsa de segunda mano, aunque no necesito llevarla (12 millas).

Creo , que si la GC te pilla con una balsa que no tiene la revisión actualizada te puede multar igual. ¿Es eso cierto?

Si es cierto parece un contrasentido pues no existe obligación de llevarla para esa zona. Si lo que se busca (eso debería ser) es seguridad, llevar una sin revisión actualizada (que no quiere decir que no funcione correctamente) no sería menos seguro que no llevarla .

A ver si alguién puede aclarar esto con seguridad.
Salu2 y
Ojo al dato, curioseando, encuentro esto:
Las balsas asignadas a una embarcación ya matriculada con anterioridad a la entrada en vigor de esta Orden y que así conste en su Certificado de Navegabilidad, podrán permanecer a bordo de dicha embarcación, aunque no cumplan con alguno de los requisitos anteriores, siempre y cuando estén en buen estado y hayan pasado las revisiones preceptivas. El paquete de emergencia será el correspondiente a su Zona de navegación, según se establece en el apartado siguiente. En cualquier caso, dichas balsas no se podrán instalar a bordo de otra embarcación.
Orden FOM/1144/2003, de 28 de abril Articulo 6, Balsas salvavidas
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