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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Buenos días a todos!!! Vaya una ronda de mi parte a todos los del foro...
![]() ![]() ![]() :brindi s:Tengo a la vista la posible compra de un velero de propietario español y bandera holandesa, necesitaría que alguien me echara una mano para saber al estar el barco en pabellón holandés, se pagaría el impuesto de trasmisiones igual que si comprase un barco español? Me he estado informando y he visto que el cambio de propietario, el cambio de motor o el cambio de nombre hay que hacerlo a través de gestoria, es correcto? o podría hacer este trámite yo directamente? Muchas gracias por vuestra ayuda. Un saludo, ![]() ![]() ![]() ![]() ![]() |
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#2
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Si que lo puedes hacer tu, hay un hilo que se llama bandera belga y holandesa donde verS toda la info.
Referente al impuesto, lo pagas al pais de bandera, pues si ha de continuar abanderado alli, nada has de informar aqui y si cambias de bandera al orgulloso pabellon nacional, preparate sicologicamente |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a Marcos Montesier | ||
kiqu (15-10-2017) | ||
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#3
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tenemos un cofrade de la taberna que por 199 eurillos te lo arregla , rapido eficaz de fiar , doy fe de ello ya que me paso a bandera de holanda ,
saluttttt kiqu ![]()
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kiqu
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#4
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Cita:
Hecho imponible del ITP (cuando tenemos que pagar): Art. 7 Ley: Las transmisiones onerosas por actos «inter vivos» de toda clase de bienes y derechos que integren el patrimonio de las personas físicas o jurídicas. Donde se paga: Art. 6.1: El impuesto se exigirá: Por las transmisiones patrimoniales onerosas de bienes y derechos, cualquiera que sea su naturaleza, que estuvieran situados, pudieran ejercitarse o hubieran de cumplirse en territorio español o en territorio extranjero, cuando, en este último supuesto, el obligado al pago del impuesto tenga su residencia en España. Es decir, que si compras algo y lo haces en España, o bien eres residente fiscal en España... tienes que cumplir tus obligaciones fiscales en España. Otro detalle: el impuesto de matriculación, si el barco ya pagó el mismo, lo cual es muy probable al tener un dueño español, asegurate de que te entreguen el justificante. Otra opción es que sea un barco que se matriculó en España antes de la entrada en vigor del impuesto de matriculación, por lo que estaría exento, pero asegurate de poder demostrarlo Si nunca ha pagado el impuesto de matriculación en España, tendrás que pagar el impuesto de matriculación también. Hay mucha información en la Taberna, suerte. ![]() |
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#5
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Lo se.
Para nada has de sacar ningun papel en españa, mandas el contrato de compra venta y do umentacion del barco y fin de la historia eso Para belga, para holandesa me parece que es mas facil aun. Pero vamos curas tiene la iglesia, puede ir a hacienda y Preguntar seguro que se les ocurre algo. Si el barco tiene mas de 12 años creo recordar esta exento. Ademas de otra razon mas para mantener el pabellon de cualquier sitio menos españa Otra cosa que me viene, si compras un coche en holanda y te lo traspasan alli y vas a por el y lo traes a españa? Tambien vas a pagar aqui el que? |
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#6
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Nuestra querida Agencia Tributaria, ya sea estatal o autonómica, desconocerá en cualquier caso que has comprado un barco holandés. No obstante estarán encantados de cobrarte el ITP.
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| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a North Side | ||
DavidMar (07-01-2025) | ||
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#7
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Tienes que pagar el ITP, sí o sí... el que Hacienda pueda o no saber que te has comprado un barco con bandera holandesa es indiferente, nos guste o no, estamos obligados a pagar laos mismos impuestos cuando compramos un barco de bandera española que si tiene bandera holandesa.
Como te han indicado, conviene que verifiques si el Impuesto de matriculación está pagado. ![]() ![]() salud!!! |
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#8
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Si eres residente legal en España, hay que pasar por la ventanilla de Montoro, tenga la bandera que tenga
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. Slava Ukrayini!.
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#9
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Cita:
y unas birris...El ITP depende de cada comunidad autonoma, verdad? Te suena si en Valencia es sobre un 8%? (Aunque creo que hay varias variables; año de construcción, año de matriculacion, motor, etc... algo he leido) Y por otro lado, si el barco ya pago matriculacion pues perfecto, pero cuando entro la ley? O sea si el barco tiene mas de 12-15 años imagino que no se pagaba la matriculacion, ergo estaria exento? ![]() |
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