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#26
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Buenas Kenny, no es muy distinto a los papeles de un coche:
Permiso de conducir - licencia PER ITV - ITB Impuesto de matriculación para coches/barcos nuevos Impuesto de transmisiones, lo mismo para los dos Seguro obligatorio En lugar de hacer el papeleo en tráfico, lo haces en capitanía El examen del per, parecido al del coche, una parte práctica y otra teórica. La mayor diferencia con los coches, es que puedes tener un barco con bandera de otro país en España. Saludos |
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#27
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Hombre, el ejemplo del coche vale para la ITV y poco más. No hay coches que sólo puedan ir a por el pan, otros para llegar al límite de la provincia y otros para llegar a la otra punta del país. No hay carnés de coche que valgan sólo para ir al pueblo de al lado y otros para salir de la comunidad autónoma. No te exigen un certificado de instalación emitido por una empresa autorizada para llevar un smartphone con una ventosa en el tablier para ver el GPS. No tienes que renovar el permiso de circulación cada X años, a pesar de que en su parte superior ponga "no caduca".
Y no sigo. ![]() |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a biker62 | ||
Touron (20-10-2017) | ||
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#28
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Mucho mas claro ahora
![]() ![]() ![]() Lo que mas me lia es lo del pabellon. aun no entiendo que ventajas y desventajas tiene y por lo tanto como hacer la busqueda de "mi velero". 1) Diferencias entre Pabellon España Vs Extranjero (creo que lo mas comun es belga u holandes) (ITB, zonas, Impuestos...) 2) Si merece la pena Extranjero: 2.1) Diferencias significativas Pabellon Belga Vs Holandes 3) Entonces que?: - Compro un velero en España con pabellon Español y cambio el pabellon? - Compro un velero en el extranjero y lo meto en España? - Compro un velero en España que ya tenga el pabellon extranjero? (imagino que aqui no habra tantas oportunidades) El uso que pretendo darle: al principio navegacion costera, y segun vaya adquiriendo experiencia un poco mas lejos, supongo que baleares, y otras costas españolas... y mas adelante pues Grecia, Italia..... Por cierto si el velero tiene bandera belga (por ejemplo) tengo que poner la bandera de España en algun caso? (en territorio Español) (o solo cuando juegue la seleccion española en el mundial? ) |
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#29
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Cita:
Ventajas de bandera belga con la española. http://www.banderabelga.be/ventajas/ http://www.banderabelga.be/preguntas-frecuentes/ Una de las diferencias entre la belga y holandesa, es que Holanda te exige tener una dirección en Holanda al igual que la inglesa (pero con eso de brexit, la inglesa ya no cuenta), no sé como harán los cofrades españoles que tienen bandera holandesa. Seguramente te será mejor comparte un velero en España y después cambiarlo a bandera belga, pero bueno como estamos en CE, puedes comprarlo donde quieras y no deberías de tener ningún problema. |
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#30
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Cita:
![]() Si lo compro fuera de España tengo que pagar algun impuesto en España? |
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#31
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Pues va a ser que sí, tonto va a ser el estado. Vas a pagar los mismo impuestos si es pabellón nacional, como extranjero.
Si lo compras fuera (país de CE) y el que te lo vende es una empresa, te habrá hecho una factura y habrás pagado iva, si el que te lo vende es un particular, no te habrá hecho ninguna factura por lo que aquí tendrás que pagar el ITP. http://www.nauticalegal.com/es/infor...s-sp-961507602 Como es un barco extranjero, también tendrás que pagar el Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte, vamos el impuesto de matriculación. Aquí, algo sobre como el estado te va a poner la mano en el bolsillo. https://www.fomento.gob.es/MFOM/LANG...O/Tributacion/ Aquí la gente no se pone otro pabellón, para pagar menos impuestos, aquí la gente se va a otro pabellón porque no quieren la absurda y kafkiana legislación española y quieren navegar tranquilos. |
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#32
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Ostras Marcos.....me dejas pasmao!
![]() ![]() ![]() Hace unos meses fui a capitanía. Allí me percaté de que tampoco estaban muy puestos en lo referente a la nueva normativa que permite llevar veleros de 20 pies con motores inferiores a 15 caballos "sin ningún papel". ![]() Cuando insinué la posibilidad de pasarlo a otra bandera y poder navegar a más de 2 millas mirándome fijamente a los ojos me dijeron que aquí lo que Rije se aplica a too quisque!!! Y mira que fui para asegurarme y salir de dudas.. nada más lejos de mi intención que poder confundir al personal. - Con lo que comentas aún dudo de sin ningún titulo y embarcación por ejemplo Bandera holandesa, iria legal navegando a mas de 5 o 12 millas con un 8 metros!??? A ver, prevalece la normativa española o lo que diga los papeles del barco 2 millas..ó 5-8-12.... Joeeeer, no me aclaro, ya lo siento, debiera de haber tomado más café esta mañana. Buena Proa. Editado por Itxasfree en 19-10-2017 a las 19:03. |
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#33
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#34
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[quote=Marcos Montesier;2053903]
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| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a Luigra | ||
RICARDOT (22-10-2017) | ||
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#35
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Eso indica que si eres gc no lo sabes, y si no lo eres el que te lo a dicho tampoco, con lo cual esa ignorancia le hara denunciar y al denunciado a poner un contencioso administrativo caro y largo.
Es una pena que la gc tenga esas instrucciones y crea que puede poner sanciones por encima de la ley europea, pero ya sabemos que lo hacen hasta que algun juzgado les da la patada en la boca, clausulas suelo, preferentes y tantas otras.... |
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#36
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Yo y dado que a veces dejo mi velerito a alguien sin título, llevo junto a la documentación por escrito y también en el teléfono el BOE que creo que es 2014 en el que dice que embarcaciones a vela de menos de 6 metros inferior a 15 caballos no lo precisan. ( Ya he comentado que no lo entendían así y andaban bastante peces en capitanía. Lo mío me costó que atendieran lo que en el susodicho BOE reza)
Si encuentro a mano la legislación BOE o donde diga lo que tú indicas... podría ser bastante útil sí quién te para no viene la mala leche, sí sí es agradable, y tiene inteligencia y no un mal día. yo aún no he encontrado en ningún papel que lo indique con claridad o del que se deduzca. En cualquier caso gracias! ![]() Interesante asunto, e importante tenerlo claro. |
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#37
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Cita:
Creo que lamentablemente no habra nada en el boe, no se donde puede estar escrito, lo cierto es que un barco belga u holandes que se puede gobernar sin titulo, en españa NO TE LO PUEDEN PEDIR. España no puede poner sus reglas en suelo de otro pais. |
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#38
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https://www.boe.es/diario_boe/txt.ph...OE-A-1974-1083
Artículo 10 2. Los buques, las aeronaves y los medios de transporte por ferrocarril, así como todos los derechos que se constituyan sobra ellos, quedarán sometidos a la ley del lugar de su abanderamiento, matrícula o registro. Los automóviles y otras medios de transporte por carretera quedarán sometidos a la ley del lugar donde se hallen. Pero el RD 875/2014 https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2014-10344 Pero nuestros legisladores para salvar el chiringuito, y saltándose todas la normas. Te ponen la disposición adicional quinta, que dicho sea de paso está redactada con los pelos del cupiiiiiiii. Vamos algo muy típico de nuestros legisladores. Disposición adicional quinta. Exigencia de titulación para el gobierno de embarcaciones de recreo abanderadas en otros Estados. 1. Toda persona que gobierne una embarcación de recreo, abanderada en otros Estados, que navegue por aguas en las que España ejerza soberanía, derechos soberanos o jurisdicción deberá estar en posesión de una titulación que le habilite para realizar dicha navegación. Totalmente ilegal, pero a ver quien es el guapo que se mete en tribunales y pagar una pasta. Por lo que se meten a legislar competencias que no son suyas. Así que si eres español, o residente en España y navegas con bandera holandesa, belga, inglesa, ….. te pueden pedir el titulo y reza como no lo tengas. |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a dr.spooky | ||
Marcos Montesier (20-10-2017) | ||
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#39
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Gracias por la busqueda.
Es basicamente lo que he reportado en mi otro post. Ahora solo hace falta que empapelen a algun juez o abogado o procurador o millonario para que costandoles poco o nada tuerzan esa injusticia, pero mientra eso pasa esperaremos. Lo mas cojonudo es que con esa coletilla pueden no reconocer un titulo inglés, frances, no digamos ya un extracomunitario.... si eres español estas jodido, no hay solución, necesitas un titulo español, cuando pensaba que ya no podia sorprenderme mas... ![]() ![]() ![]() Supongo que los capitanes de la mercante si los reconocen aunque sean suecos.... o se tienen que sacar el español para venir aqui? Editado por Marcos Montesier en 20-10-2017 a las 15:40. |
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#40
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Pero eso es en serio?
Entonces de que me sirve una bandera Belga u Holandesa? -solo para no pasar ITB? Porque si cambio en pabellon a Belga u Holanda me van a seguir pidiendo titulos nauticos? Si navego por España por ejemplo en zona 3? Podria ir con un PER a Italia o Grecia desde España? (Con bandera extranjera o Española?) |
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#41
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Si es en serio.
Sirve para no pasar itb, ni revisar balizas, balsas, bengala, cohetes, ni zonas y si sales de españa no necesitas ni titulo. Sin el per puedes ir donde te de la gana, solo sirve para españa. Que por cierto a nosotros nos paro una aduanera fondeados y salio mi mujer hablandoles en frances, yo ni sali... mi mujer les dijo que solo hablaba frances y se fueron, mi mujer no tiene ningun titulo, nie y se acabo. |
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#42
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Hola Marcos,
Pero para ir al extranjero, salgo de España. Navegando desde España. Aunque lleve bandera Belga si resulta que al ser ciudadano Español necsito titulo nautico y solo tengo el PER, me estaran esperando a 12 millas. Y yo no se frances.... ![]() |
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#43
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A 12 millas ancha es castilla...
Son aguas internacionales, no aguas territoriales. |
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#44
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Luego esta el tema de los seguros tambien. Yo recuerdo hace años que muchos cofrades compraban el titulo de capitan de yate de canada. Era barato y podias manejar lo que quisieras sin ningun tipo de restriccion. Por eso sacaron esta disposicion por que en españa es el pais de lo prohibido. Todo tiene una norma con la que prohibirlo. Y no prohiben lo de los pavellones de conveniencia por que europa no se lo permite si no.....
Lo de españa es demasiado con la nautica. |
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#45
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Kenny, para la idea que llevas creo que no tienes que preocuparte por banderas por ahora; si quieres comprarte un barco la bandera es lo menos importa mientras sea comunitaria; lo importante es acertar con la elección. Estás preparando el Per; con la extensión a Baleares ya tienes título para llegar a Menorca si quieres; si cuando te veas listo y equipado para pasar a Baleares tienes bandera española el cambio es fácil y de lo más barato que vas a tener que afrontar teniendo un barco.
Tus prioridades ahora creo que son aprender y elegir bien, o por lo menos no elegir mal. Cuanta más formación, información y consejo tengas, mejor.
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Pereat tristitia, Pereant osores. |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a Palaya | ||
Kenny_VLC (22-10-2017) | ||
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#46
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Ya que estamos con el tema, me asalta una duda: ¿se puede con el PER y un barco abanderado en España (zona 5) pasar a Francia o Portugal? En teoría no te puedes alejar más de 12 millas de la costa (5 por el barco), pero no dice si es de la costa española. Y de todas formas, una vez que estás en aguas francesas, ya no te afecta la legislación española salvo para las cuestiones internas de la embarcación.
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incerti quo fata ferant, ubi sistere detur ...sin saber a dónde nos llevarán los hados, dónde nos será dado establecernos. |
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#47
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Mi reconocimiento y valoración Dr.spooky!!
Es un tema lo suficientemente importante como para no andar con suposiciones. y creo que ahora está más que claro gracias al muy docto colega cofrade de tragos vientos y mares. ![]() Sí a veces tengo razón y la ley de parte de uno ya se complica según con quién des y el día que tenga... pues prefiero ni pensar en otras situaciones. Buen Viento y mejor Mar ![]() |
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#48
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Cita:
Es que me embalo.... ![]() Lo primero de hecho es ahorrar. Que no tengo ni un doblón aun para el velero. Pero llegará y quiero estar preparado. Gracias Palaya, es lo que hago, leo, miro, veo, escucho... y pregunto. Claro ![]() Unas fresquitas! |
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#49
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Cita:
Si sales de las 12 millas y te encuentras una patrullera compra loteria..... tan lejos no van, por aue no hay a quien multar alli, van a calitas, cabos por donde pasara mucha gente y les sale rentable el viaje. Me explico, se pondran algun dia de verano entre mallorca e ibiza para cojer al pobre español que se le ocurra cruzar sin el visto bueno del papa y del rey, pero mientras eso pasa, os pasaran por todos lados veleros y lanchas de charter con bandera de donde sea y personas de donde sea sin titulo o con el.... y esos saludaran conocedores de que solo se les puede pedir documentación personal. Como te quedas? |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a Marcos Montesier | ||
Bertie (25-10-2017) | ||
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#50
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Cita:
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incerti quo fata ferant, ubi sistere detur ...sin saber a dónde nos llevarán los hados, dónde nos será dado establecernos. |
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