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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#26
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Este julio en Campello estuvo fondeado un catamarán de los grandes fuera de la zona de baño durante una semana, muy cerca de la marina. También estuvo al lado otro velero varios días. Supongo que si estuviera prohibido no habrían durado tanto.
Enviado desde mi E6653 mediante Tapatalk |
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#27
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Cita:
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#28
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Entonces...
![]() Si vas navegando y ves una playa en la que no hay nadie en varios kilómetros, sin boyas para bañistas, sin canal, sin marcas de ningún tipo, y por supuesto no es parque nacional ni nada parecido, sin fondo de poseidoneas...arena pura y dura. Puedes fondear e ir a la playa con la auxiliar en perpendicular. Fondear a cuanto, si se puede, a 200 mts, o donde quieras. La auxiliar sí la podrás dejar en la playa, o no. ![]()
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Los políticos y los pañales se han de cambiar a menudo... y por los mismos motivos. (George Bernard Shaw) |
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#29
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Cita:
En definitiva estamos diciendo lo mismo, pero con un matiz por mi parte. A la pregunta que dio inicio al hilo: como regla general no está prohibido fondear, pero es necesario dejar una distancia de respeto a las boyas de delimitación de la zona de baño en prevención de un eventual garreo y, desde luego, no puedes amarrarte a ellas. Lo que yo añado es que, pese a la norma general, hay que enterarse bien de la normativa de la zona en la que quieres fondear porque cada vez hay más reglamentación de las Autoridades Portuarias y Capitanías Marítimas destinada a regular el fondeo. Ese afán regulatorio en determinadas zonas, no obedece sólo a motivos medioambientales. Por ejemplo, es relativamente frecuente la limitación / regulación de la duración del fondeo en determinadas épocas del año por el incremento de la afluencia de embarcaciones, para tratar de evitar así situaciones como las que leemos en otros hilos. Buenos vientos Enviado desde mi iPhone utilizando Tapatalk |
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#30
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Si se fondea en a 200 m de la playa y esta no esta delimitada con zonas de baño, y ocurre algún percance, lo peor que puede pasar es que el barco acabe en la playa....
Pero si se fondea fuera de zonas delimitadas por boyas, y ocurre algo, la seguridad de los bañistas estará en peligro... Esta creo que es la diferencia a tener en cuenta. ¿Puede hacerse? Pues si, si no hay orden expresa, pero de las consecuencias en caso de daños a personas, no te libra nadie. Yo no dejaría el barco sin patrón en esas circunstancias. ![]() ![]() ![]() |
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#31
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En mi condición de jurista os puedo decir que el mar es un bien de dominio público y cualquier actuación que delimite ese uso (incluso plantar una boya) debe tener aparejada la pertinente concesión administrativa. Otra cosa es poner una boya y camuflarlo como un fondeo con orinque, pero vamos se del cierto que si te ve la GC puede abrirte expediente sancionador.
Espero haber ayudado, saludos desde CNV. |
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#32
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ah! se me olvidaba: nunca amarraros a una boya de delimitación del baño, multa asegurada. |
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