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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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![]() ![]() ![]() Clase particulares PER, PATRON DE YATE, CAPITAN DE YATE, repasos, tutorías. Impartidas en Barcelona por Capitán de Yate con experiencia. Información : Enviar e mail privado a : carjulg@orange.es |
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#2
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Los Capitanes de Yate no estan autorizados a dar clases de Patrón de Yate ni de Capitán de Yate. Solo Licenciados de la Marina Civil o sea Marinos Mercantes.
Saludos, Daniel. |
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#3
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No podría dar clases en una acadenia náutica, pero supongo ofrece sus servicios de particular a particular.
Saludos, Javichi ![]() |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a javichi | ||
FARRUSS (15-12-2008) | ||
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#4
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Cervezas para todos. Yo hablo desde el punto de vista de tal como dice la ley, no entro a discutir de que el cofrade sepa dar clases. Según la orden de 3 noviembre de 2007, solo ciertas titulaciones profesionales, patron altura, cabotaje, pesca, diplomados nauticos, podrán impartir las enseñanzas teórica, por lo que tendrá que pedir autorización a la comunidad autonoma correspondiente. Y si a lo largo del tiempo realiza la actividad con ánimo de lucro se deberá dar de alta de autonómo y el impuesto de actividades economicas. Esta ley nació con la intención de evitar el intrusismo. Y dar calidad a las enseñanzas teoricas-practicas, por profesionales nauticos. Por lo que dar consejos de como se resuelve un problema como damos nosotros en el foro, esta bien, pero otra cosa de cobrar por nuestros servicios, que no nos corresponde,( es donde realmente se origina la ilegalidad). Buena proa a todos/as.
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#5
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pero que que mas os da?
acaso os hace la competencia ? si a alguien le interesa , bien por ellos y si no pues no ha pasado nada Cuantos OT hay a los que nadie contesta ? |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a ibizcapt | ||
FARRUSS (15-12-2008) | ||
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#6
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Cita:
Opino igual que Ibizcapt, supongo que será un Capitán de Yate capaz de transmitir a sus alumnos las diversas materias que exigen las titulaciones. Le puede vernir muy bien a gente que no puede permitirse pagar una academia por falta de tiempo o dinero. Saludos, Javichi ![]() |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a javichi | ||
FARRUSS (15-12-2008) | ||
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#7
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cervezas para todos/as![]() Esto es un extracto ; ORDEN FOM/3200/2007, de 26 de octubre, por la que se regulan las condiciones para el gobierno de embarcaciones de recreo Artículo 24. Enseñanzas para la preparación del examen teórico. Las escuelas que deseen impartir enseñanzas náuticodeportivas para la preparación del examen teórico, en el ámbito de Comunidades Autónomas que no hayan asumido las competencias en estas materias, deberán cumplir las siguientes condiciones. 1. En el caso de los estudios conducentes a la obtención del título de patrón para navegación básica o patrón de embarcaciones de recreo, los profesores deberán estar en posesión de una titulación profesional marítima española, de nivel igual o superior a patrón de cabotaje, técnico en pesca y transporte marítimo, u oficiales de la armada española. También serán validas las titulaciones de diplomado o licenciado de centros universitarios de marina civil, así como titulaciones superiores o medias con competencia profesional en los temas. 2. En el caso de los estudios conducentes a la obtención del título de capitán y patrón de yate, los profesores deberán estar en posesión de una titulación profesional marítima española, de nivel igual o superior a patrón mayor de cabotaje, técnico superior en navegación, pesca y transporte marítimo, patrón de altura, patrón de pesca de altura u oficiales de la armada española. También serán validas las titulaciones de diplomado o licenciado de centros universitarios de marina civil, así como titulaciones superiores o medias con competencia profesional en los temas. 3. El jefe de estudios deberá poseer un título profesional marítimo de nivel igual o superior al de piloto de segunda de la marina mercante o de una titulación de diplomado en náutica y transporte marítimo o licenciado en náutica y transporte marítimo, así como los homologados por el Real Decreto 1954/1994,de 30 de septiembre, sobre homologación de títulos a los del catálogo de títulos universitarios oficiales. 4. También podrán impartir enseñanzas los titulares de titulaciones equivalentes a las anteriormente mencionadas siempre que sean nacionales de algún Estado miembro de la Unión Europea y las titulaciones hayan sido expedidas por éste. Buena proa a todos ![]() ![]() |
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#8
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Bueno, ya veo que es inútil explicar algo.
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#9
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Tres consideraciones:
1ª.- Los profesionales que se dedican a formar a la gente de mar, tienen familia a la que mantener, y pagan MUUUUCHOS impuestos para poder hacerlo, aparte del alquiler de un local, dá empleo a gente que trabaja en la Escuela, a gente que dá las Prácticas de seguridad y navegación, compran barcos (a veces obligados por la legislación) y pagan gastos de amarre, etc, etc..... 2ª.- Para poder hacer lo anterior, han debido sacarse unas titulaciones profesionales (que no se suelen aprobar tan fácil como las deportivas) y han debido realizar MUUUCHOS días de embarque (reales y horita a horita) en barcos profesionales. 3º.- Cualquier persona que haya sido capaz de obtener la titulación de Capitán de Yate, está suficientemente preparado para "allanar" el camino a otra persona que desea aprobar los exámenes teóricos. Pero no por ello es garantía de calidad, ya que en los cursos que se imparten en las Escuelas Homologadas, aparte de la enseñanza que viene en el temario, se suelen contar experiencias personales de muchisima utilidad, y ofrecen la garantía "personal" y colectiva de la experiencia de muchos años formando gente, por lo que SIN NINGUNA DUDA van a ofrecer más calidad. MORALEJA: Entre comprar el material necesario, los libros, tenerte que recoger los impresos para matricularte, y pagar al "avezado" deportivo (que la mayoría de las veces puede haberse sacado el titulo sin pisar un barco), la formación te saldrá más cara, sin ninguna garantía de seriedad, y además, estarás contribuyendo al fomento de ilegalidades y de destrucción de empleo. Asínn que TU MISMO, tito. Ya que puedes elegir, hazlo "CON CRITERIO" como las compras de navidad: Puede que un juguete chino sea más barato, pero no se ha fabricado aquí. Saludetes. ![]()
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Me gustaría vivir como vivo...pero pudiendo. |
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#10
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JEJEJE, he encontrado esto, que muchos de vosotros ya sabéis de donde proviene, pero que viene al pelo:
Y si, por ventura, el que fue admitido como Piloto no sabe la ruta que en el momento del contrato afirmó y aseguró conocer y, una vez en su puesto y hechas al Patrón tales promesas, no puede cumplir nada de lo que prometió, debe perder en el acto su cabeza, sin recurso ni remisión. Libro del Consolat del Mar, siglo XV. >>> ![]() ![]()
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Me gustaría vivir como vivo...pero pudiendo. |
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#11
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Cita:
![]() ![]() Saludos |
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#12
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Bueno..no entiendo muy bien el motivo de discusión de este tema..quizás sea por los rones que llevo..
..Yo si tuviera cerca a alquien capaz de darme clases de navegación me daría igual si es capitán de la marina mercante o como si es piloto de aviones..el caso es que sirva de ayuda..Además, es libre, imagino que si a alquien no le gusta la forma de dar clases con dejarlo tiene... Voy a compartir el ron..a ver qué pasa.. ![]() |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a Martita | ||
FARRUSS (17-12-2008) | ||
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#13
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Bueno las dos partes tienen razon,pero os olvidais que el que paga manda,el chico se ofrecio para transmitir sus conocimientos y en ningun momento engana a nadie,bien claro dice que es capitan de yate y quien paga por sus servicios es porque quiere,nadie esta obligado a ir
salud |
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FARRUSS (17-12-2008) | ||
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