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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#26
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Creo que una de las mejores opciones que tienes como te tice algún cofrade es que te den un aval "garantizado" por el banco, por en dinero entregado con todas las caracteristicas del barco, fechas etc. y asi no tendrás ningún problema.
Un saludo.
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Unas birras y buenos vientos
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#27
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En la arboladura tiene las competencias el distribuidor, ya que es el quien la monta suponiendo que el yate venga de fuera SALUT ![]() ![]() |
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#28
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Saludos. |
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#29
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Imagino que cada astillero tiene su método.
En mi caso yo lo compré a un astillero español (ya desaparecido) en los siguientes términos: 30% al formalizar el pedido 30% al unir casco y cubierta 40% al retirar el barco, tras comprobar todo lo especificado en el contrato (con todos los detalles especificados) y probarlo. Tengo claro que si vuelvo a comprarme otro barco, no pagaré la totalidad hasta comprobarlo, aunque tenga que irme al país de construcción (estamos hablando de mucho dinero). Y si la electrónica u otros extras los montan aquí, desde luego ni se me ocurriría pagar la totalidad hasta que esté montado, en perfecto funcionamiento y tal y como se encargó (no sea que luego casualmente hayan tenido que poner un piloto inferior porque del previsto ya no quedaban ).![]() |
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#30
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Hola.
![]() ![]() ![]() ![]() Totalmente de acuerdo con atonic. A mi el distribuidor me robo 36.000€ y cuando reclame al astillero me mandaron al edificio al lado del cine. Es muy peligroso tratar con gentecilla que te garantiza,verbalmente,lo divino y lo humano.Las únicas garantías son los avales bancarios y, muy importante, A PRIMER REQUERIMIENTO. Suerte. ![]() Prati. ![]() |
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#31
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Unos carajillos calentitos que hace rasca,
Este tema es muy serio y a mi juicio solo tiene una solución. El aval bancario a primer requerimiento de todas las cantidades que se entreguen por parte del comprador. ¿Porqué? La respuesta es muy sencilla: Cuando el dinero sale del patrimonio del comprador (porque cumple con su obligación de pagar), ese dinero pasa al patrimonio del que lo recibe. Y el que lo recibe es la persona que fisicamente recoge ese dinero. No es una cuestión de desconfianza o de mala uva, es que en el momento en que una persona recibe un dinero, automáticamente, ese dinero pasa a estar en su patrimonio y por lo tanto, expuesto a la vulnerabilidad del mismo, osease a sus acreedores. Si en el momento en que se recibe el dinero no se entrega la embarcación, no se esta cumpliendo con la característica más importante de la compraventa que es lo que en terminos jurídicos se llama: caracter sinalagmático. O lo que es lo mismo en roman paladino: UNA PARTE PAGA-LA OTRA PARTE ENTREGA. Y si uno paga y el otro no entrega, la obligación de entregar pasa a formar parte de la lista de obligaciones del vendedor, pero como una más, no tiene ninguna preferencia respecto de otras obligaciones de pago o de entrega. O sea que el dinero que yo doy al vendedor o a su empleado, puede servir a este para pagar cualquier deuda, que le cause más premura. Y en ningún caso se consideraria a eso una estafa. Es más, probablemente el comprador asi atrapado, se meteria en un jardin si pretendiese acusar de la comision de un delito al que se ha quedado con la pasta. Por lo tanto, queridos cofrades, es una insensatez hacer un pago sin que se nos entregue la cosa que hemos comprado. Y si por nuestra sensatez, el vendedor no quiere poner a nuestra disposición la embarcación, la única solución es que garantice que cumplirá con esa obligación mediante un aval bancario, que a lo sumo encarece entorno a un 1 0 2 % la operación (dependiendo del tiempo en que se tarde en entregar el barco y por ende en dejar sin efecto el aval). Ha de ser además a "primer requerimiento", porque eso invierte la carga de la prueba, es decir, obliga a devolver el dinero de la compra, si se demuestra que se requiere al vendedor para entregar el barco o a en su defecto, la devolución de las cantidades recibidas a cuenta. ¿Quien puede poner pegas a actuar asi?, solamente aquellos vendedores que necesiten el dinero del comprador para "atender" otros pagos. ¿Lo vamos pillando? ![]() ![]() ![]() |
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#32
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Si el barco viene por carretera no veras la arboladura montada,con lo que tampoco podrias comprobarlo todo, lo que pagas del barco viene especificado en la documentacion, todo lo demas es especulacion de lo que puede o no ocurrir, no habra ningun astillero que termine un barco que no este pagado SALUT ![]() ![]() |
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#33
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Aqui en Gran Canaria un amigo compró un 34" el año pasado a un astillero
francés. A la llegada del barco ya lo habia pagado todo menos lo que le montaban aqui. Desde luego, como está el patio es muy buena opción la del aval bancario. Saludos. ![]() |
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#34
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Si ademas por temor se quiere asegurar ese capital, hay varias formas para hacerlo, una de ellas es la que se propone en varias respuestas, solo es cuestion de dinero SALUT ![]() ![]() |
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#35
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Cita:
Unas birras cofrade |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a capitan5 | ||
port bo (22-11-2010) | ||
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#36
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Muy buenas,
Estimado Nefta, la verdad es que no he comprado nunca un Ferrari pero te aseguro que en la mayoría de marcas, incluídas la gama alta (no me atrevo a decir que en todas) el procedimiento no es como dices. El coche lo reservas, que para los vehículos caros y con mucha demanda puede ser una cantidad importante, pero no lo pagas hasta que el coche ha llegado al concesionario. Entonces lo pagas y te lo matriculan. Lo que nunca harán es matricularlo hasta haberlo cobrado, claro, pero te aseguro que llega al concesionario y si quieres lo revisas (en parado obviamente). Si no te lo quedas, pierdes esa señal que se supone suficiente para correr con los costes de buscar el nuevo comprador. Solo he comprado un barco una vez, pero fue nuevo. Afortunadamente teniendo cuenta lo que estoy leyendo en este hilo, ya estaba en dique seco listo para arbolar; ahora veo que es una medio temeridad pedirlo a astillero. Yo me negué a pagarlo todo hasta que las dos o tres cosillas que siempre tiene todo barco nuevo estaban solucionadas. Y vamos... independientemente de lo que sea la norma en la náutica... no pago el 100% de un barco hasta haberlo revisado ¡¡¡ni loco!!! No me fio ni de los astilleros ni, por supuesto, de los distribuidores locales. La exigencia del pago completo me suena a una mala práctica que probablemente venga de la época tan alocada por la que hemos pasado recientemente. Quizá con un poco de esfuerzo por nuestra parte, la parte compradora, se puede volver a un modelo más razonable. No digo que señalando con 2500€ un barco te lo vayan a fabricar, pero no creo que sea difícil conseguir dejar una parte del pago para la entrega y revisión del barco, incluso antes de que se vaya al agua. A ver si los afortunados que habéis comprado recientemente en astillero lo podéis confirmar... pero vamos, me gustaría plantear a un Dufour o un Beneteau España que si te plants en pagar el 75% del barco y dejas el 25% para la entrega van a perder la venta por exigirte el 100%... me da que no; pero igual estoy equivocado.
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Saludos y 73 de EA4FZZ a bordo de PH6315 ![]() Ignacio de Córdoba ANAVRE, Asociación de Navegantes de Recreo http://www.anavre.org |
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#37
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El astillero no forma parte del contrato entre cliente y distribuidor,las exigencias del astillero al distribuidor se la trae al pairo al cliente.El "thema" es que al distribuidor le resulta más económico financiarse con el dinero del cliente...
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#38
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Saludos |
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#39
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#40
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#41
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Cada uno es libre de pactar las condiciones de pago en una compra.
Un hortelano vende su cosecha sin siquiera plantarla y juega a futuros en la bolsa de NY.Luego, paga seguros cargando su costo a la venta y te lo vende en acciones, tu decides comprar. Yo compré un coche utilitario. El concesionario me dijo, tienes que depositar una fianza, yo dije NO, argumantando mi solvencia y los años en que había depositado mi confianza en la marca. Argumentan que es una exigencia de la marca. En la parte de atrás, en letra pequeña del contrato de compra standard de la marca figuraba un parrafo en que dichas condiciones se pueden pactar. El vendedor mentía. Si una marca pretende vender un producto, pidiendo financiación al comprador, enmascarada en el concepto solvencia del comprador me parece una falta de credibilidad de la marca. Mi banco habla por mi y mi solvencia, por ello me cobra, si usted no cree en mi banco, que garantiza su cobro y por eso existen qué es lo que pretende, que yo le financie? ¿Porqué usted me pide que adelante dinero acerca de algo que no existe? Los notarios existen, aún que opino, abusan en sus honorarios. ![]() Editado por wiper en 22-11-2010 a las 22:52. |
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#42
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Cita:
Eso de que para fabricar hay que cobrar antes, me parece un poco fuerte. ¿ Es que no se quieren correr riesgos ?, pues hagan oposiciones a Notario, no monten empresas, que asi, con el dinero de los demas en el aire, tambien las monto yo. Que pena de empresas dios....¿Y quieres que nos fiemos de ellas.? Mira NEFTA cuanto más lo quieres arreglar más lo estropeas. ¡¡Entregad avales collons que no cuesta tanto¡¡. Si estamos de acuerdo en que el dinero va al barco, ¿que problema hay en garantizar la entrega con un aval? ![]() Pdta, estoy seguro de que en tu caso crees de buena fe en tu sistema de venta, pero ojala no te encuentres nunca dando la cara por una empresa en concurso de acreedores . Es muy duro. |
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#43
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Saludos. |
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#44
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Joder si es que somos tontos, el que lea este post se hace master en economía o empieza a creer en que nos la han colado, por no decir otra cosa más fuerte, DOS VECES.
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#45
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Lo que hagan los demas con sus negocios me trae al pairo, soy responsable de mis actos, por eso siempre navego solo y asi no tener que padecer por los demas, solo se como se desenvuelve el sector, ni lo defiendo ni lo critico, simplemente intento explicar sus entresijos, quien quiera sucumbir a sus designios que lo haga y quien no que compre donde acaten sus deseos, es asi de facil, de eso a decir que el distribuidor se queda con la pasta hay un tramo, pero cada uno puede poner sus cautelas por el dinero que entrega, es suyo y esta en su derecho SALUT ![]() ![]() |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a NEFTA | ||
capitan5 (22-11-2010) | ||
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#46
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Cofrade Nefta estás equivocado:los requerimientos contractuales del astillero forzosamente van dirigidos al distribuidor (que es su cliente).El armador,por lo general y salvo excepciones (JPK,Pogo,Nautor y me imagino que alguno más),no contrata con el astillero.Hay dos vínculos contractuales,por un lado astillero-distribuidor y por otro distribuidor-cliente.Ahora bien,que la obligación dineraria que pesa sobre el distribuidor de pagar el barco al astillero,sea sufragada por el armador (que lastimosamente suele ser lo habitual),asumiendo una obligación de pago que ,en puridad,corresponde al distribuidor,(porqué la obligación del armador es pagar al distribuidor,que para eso es parte del contrato)en absoluto significa que el armador este obligado a financiar al distribuidor,efectuando el pago por un barco que aún no se le ha entregado,dando por supuesto que el lugar de entrega,no necesariamente tiene que ser en el domicilio del astillero.
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#47
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Cita:
SALUT ![]() ![]() |
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#48
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Cofrade,no tenía la más mínima intención de molestarte ni de aburrirte...lo siento de veras....
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#49
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Cita:
![]() SALUT ![]() ![]() |
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#50
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Bueno, bueno, bueno, después de las intevenciones de los caballeros, si me permiten y es solo a título personal...
No pago la totalidad de un barco, solo por mi sentido común... Que se me antoja el más comun de los sentidos ![]() Pero cada ser posee el suyo y hay que respetarlo ![]() Vamos, una rondas para alivianar..!
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