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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#351
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Actualmente estoy buscando barco nuevo, una vez vendido mi Comet@.
Est me ha obligado a tener que estudiar propuestas extrangeras, cosa que la cuestión sobre el tema de la matriculación ha salido a la palestra. Tengo la suerte de tener un amiguete que es Guardia Civil del mar y le pregunté sobre el tema de tener que matricular un barco con matrícula extrangera. Él me dijo que si el barco proviene de un pís de la CEE, no es obligado el tener que cambiar de pavellón, pero sí es obligado pagar los impuestos de matriculación (12% del valor residual del barco), por lo que ya que el coste es el mismo, lo suyo es matricularlo de nuevo. Únicamente, por poner un ejemplo, un ciudadano español puede tener un barco matriculado en otro país de la CEE, pero si le para la Civil, tiene que llevar encima un documento que acredite que tiene residencia en el país de donde está matriculado el barco. Espero haber aportado algo al debate si ya no se ha dicho en el foro. ¡Ronda para todos! |
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#352
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Una pregunta ¿ Cuanto me ahorro en dinero, en seguridad y todo lo que sea por tener en España un barco extranjero y navegar en el?
¿ Me sale mas barato el atraque? ¿ Ahorro en combustibles y bebestibles? ¿ Cuanto en Hacienda de impuestos? ¿Es mas barato el seguro? Lo pregunto porque no lo se
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BARRILES DE RON JAMAICANO PARA TODOS
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#353
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como se acredita que eres residente en otro pais de la union? , existe el convenio de schenegen ... o tienes que ir con el recibo de la luz (de una direccion coincidente con la bandera ) con la documentacion del barco ...
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#354
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Cita:
Cierto que se puede pagar el impuesto y dejar el pabellon del pais europeo de origen (sin matricular ni abanderar en España). Pero matricular tiene su coste: inspeccion de seguridad, de equipos homologados, instaladores homologados, revisiones homologadas, etc. Ademas, si mantienes la bandera de origen puedes revisar la balsa cada 2, 3 o 4 años (tal como sugieren los fabricantes) y no cada año. Lo mismo con la radiobaliza, etc. Ademas, la revision te la puede hacer cualquier tecnico de confianza (homologado o no), por tanto te sele mucho mas barata. Ademas, si te despistas y se te pasa por unos dias la fecha de revision de la balsa, de renovacion del despacho, del extintor, etc.. etc. etc. no te pueden poner una multa de 2, 3 o 4.000 Euros (como algunos casos que conozco). Ademas, con la bandera extranjera no tienes limitaciones de zonas (segun la bandera, segun cual, tendras unas zonas mucho mas razonables) y por tanto tendras menos problemas con el seguros ..., ademas ...., ademas.... En resumen, que aunque tengas que pagar el impuesto, es mejor opcion mantener la banera de origen (si el pais de la bandera te lo permite, como por ejemplo, UK, Belgica u Holanda). Cita:
Saludos. |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a Tupac A. | ||
el brujo (09-05-2011) | ||
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#355
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Cita:
Eso es un problema para (por ejemplo) ciudadanos españoles no residentes que naveguen con barcos con bandera extranjera sin pagar el impuesto. Pero esto no es de lo que va este hilo. Pero, por mera curiosidad, te anticipo que una cosa es convencer al agente de turno si te para la gc o aduanas (si le convences -con lo que lleves a mano- te libras de una denuncia) Y otra cosa es -si hay denuncia, expediente, etc.- convencer a la administracion presentando alegaciones, con su documentacion correspondiente, presentando recursos, o, si sale mal, intentar convencer a los tribunales en via judicial. El que caiga en ese supuesto, cuanta mas documentacion (tanto en el barco, como luego en los recursos, etc.) mejor. |
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#356
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Cita:
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#357
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Buenos dias y a esta hora un cafe,las cervezas mas adelante...
al lio....no estaria de mas intentar subir un archivo en pdt,donde se encuentre el texto de esta modificacion,para poder tenerlo a mano,junto con el justificante del pago del impuesto de matriculacion,para poder llevarlo a bordo,y en el caso de inspeccion por parte de la benemerita,tener algo fisico y tangible con lo que rebatir una supuesta denuncia,y en el caso de producirse esta,poder realizar una rapida alegacion ante el organismo competente, Yo no se donde buscarlo,pero si alguien tiene el enlace o el archivo se la DAI en si,creo que se lo agradeceriamos todos con cervezas virtuales y fisicas si nos lo proporcionase,omira incluso mas.. y no me enrrollo ,podriamos entre todos hacer una plantilla de pliego de recurso,conlas alegaciones pertinentes,para recurrir la denuncia si se diera el caso,como ya se hace con algun otro tipo de normativas incoherentes y recurribles tipo la ley de montes,radares no homologados,etc... salud y bon vent!! |
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#358
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He estado analizando el abanderamiento en Holanda, y dentro de los requisitos piden que un inspector revise el barco en los cinco dias hábiles siguientes a la solicitud del ICP (Certificado internacional de barcos de recreo).
http://www.kadaster.nl/index_frames....l%3Fscript%3D1 Hay que clickear en el ultimo apartado: Teboekstelling afgebouwde Pleziervaartuigen (zeewateren) met een lengte < 24 meter o bien esta URL: http://www.kadaster.nl/particulier/p...leiner24m.html En mi opinión para barcos en CAT4, no sale muy rentable....para barcos en categorias superiores quizás si. ¿Que pensaís?
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Saludos y un G'vine + tónica 1724, pa tooos ![]()
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#359
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Cita:
Por otro lado las reglametaciones europeas se van aproximando, busca lo que piden en Francia para lo que ellos llaman division 240 desde el año 2008, vera que es muy similar aqui
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BARRILES DE RON JAMAICANO PARA TODOS
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#360
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La verdad es que no he mirado todavia tus enlaces, pero no es lo que me dice la gestoria nautica francesa que he consultado. En mi caso (autoconstruccion) pareceria que baste con las facturas de los materiales, un certificado de operador radio y poco mas... Las tasas son 25 euros, y el equipo de seguridad obligatorio, sin zonas, es mas bien poca cosa. De revisiones nadie dijo nada... |
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#361
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Ya lo explico muy bien en este hilo un cofrade que me disculepero no recuerdo el nick. En Holanda te puedes registrar en dos registros, el que hace Valerie salepor unos 400€ y no hace falta inspeccion; el Kadas si, pero esta reservdo solo a residentes o empresas; así que en ese aspecto tranquilos....
![]() ![]() LORDRAKE ![]()
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El GRAN AZUL |
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tarifafun (10-05-2011) | ||
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#362
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la BLU homologada GMSS con llsd mas barata sale por 6000€ cuando una HF esta estupenda sin homologar esta sobre 500€. Insisto si vas a estar en zona 4 no es planteable... Espero haberte dado al menos alguna idea. ![]() ![]() LORDRAKE ![]()
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El GRAN AZUL |
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Tupac A. (10-05-2011) | ||
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#363
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Habría (el condicional sigue siendo de rigor, creo, en este tema) que consultar también las compañías de seguros para tener una idea del presupuesto global de un cambio de bandera.
Hoy no creo que una compañía española asegure en el territorio español un barco con bandera extranjera (por lo menos eso pasa con los coches). Si hay que asegurar el barco en el país de su bandera, habría que ver qué requisitos exigen las compañías de seguro (una cosa son las exigencias de la administración, otra, muy distinta, los requisitos de los seguros, en temas de formación y seguridad en particular) y a cuánto sube la póliza y el cumplimiento de estos requisitos, para zona 1, por ejemplo. Sin este dato, creo que no sera posible hacernos una idea realista de las consecuencias del cambio a nivel económico. ![]()
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Editado por IsladeMalta en 10-05-2011 a las 15:33. Razón: tachado el último comentario porque me equivocaba. |
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#364
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Cita:
En esto de los seguros mi impresión es similar a los demas temas nauticos, las aseguradoras españolas eran mas caras; bien es verdad que ahora se estan poniendo las pilas y son mas competitivas yo acabo de cambiar un seguro UK por una empresa española Las aseguradoras EU tambien estaban asegurando barcos EU en territorio español con los mismos precios que en sus paises de origen. Curiosamente lo que estas aseguradoras valoran no son los titulos, sino la experiencia en navegación de los navegantes, llegado el caso que para una travesia atlantica te pidan al menos tres tripulantes al menos uno con experiencia anterior en esos eventos. Lo que si proporcionan estas empresas EU son mayores coberturas de navegación y contemplan en general supuestos mas razonables para el navegante. De todas maneras el problema de navegar durante largos periodos en zona 1 por el mundo es la dificultad de poder cumplir la actual legislación espñola y es cuando las aseguradoras ( sea cual sea) pueden salir muy caras; por ello cada vez mas trasmundistas españoles están cambiando su bandera. Se lo comentaba a unos amigos franceses por Skype que están navegando por Grecia y nos reiamos ante su "ingenua" pregunta: ¿Entonces cuando vea un barco con matricula holandesa ahora puede ser un barco español? ![]() ![]() LORDRAKE ![]()
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El GRAN AZUL |
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#365
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Hola Lord Drake,
Desde luego, para largos viajes, no hay color. De todos modos, mejor ser muy escrupulosos en estos temas y leer la letra pequeña de todos los papeles (y sobre todo los de la póliza de seguro) antes de bajar la bandera. A veces por querer ahorrarte un problema, te metes en otro mayor. ![]() ![]()
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LORDRAKE (10-05-2011) | ||
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#366
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Parece claro que ahora se puede ser residente español y tener un barco con bandera extranjera que haya pagado sus impuestos en España.
Hasta aquí O.K, pero...¿y respecto al título? Porque por ejemplo, dice Bélgica que su bandera es la que acredita por donde se puede navegar, que es el mundo entero, pero...Que pasaría en España?? Podremos llevar un barco con bandera belga, por ejemplo, ser españoles residentes, y navegar en zona 1 sin ser capitán de yate español? El barco estará legal, pero ¿y nosotros?
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Mi blog en: Sailing Florence May. |
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#367
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Claro que estariamos legales,se ha de tener en cuenta que las aguas jurisdiccionales españolas se extienden hasta 12 millas de la costa,y solo para supuestos de delitos penales,trafico de drogar etec,se puede llegar a las 60 millas.La jurisdiccion economica de explotacion se extiende hasta las 200 millas para pesquerias,con lo cual si estas en zona 1,mas de 60 millas,estas legalmente en aguas internacionales en un buque de la bandera que enarbola,de facto estas en un trozo de belgica,holanda o donde que sea,con lo cual aqui la legislacion española "ni pincha ni corta"como tampocao lo hace en lo que los paises quieran pedir a los patrones de los barcos para gobernar estos,como tampoco puede hacerlo en sus paises de origen.Es por eso que siempre me he preguntado,como un estado como españa,legisla sobre los titulos que se han de poseer para navegar por aguas en las que no tiene ningun derecho juridico,es un simil a como si en este santo pais expidiesemos un carnet para poder pilotar un avion en rusia.......alucinante.... |
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#368
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Hola a todos y una rondita para agradeceros el hilo
Corregirme si me equivoco, pero para autoconstruccion parece claro que lo mejor sería construir sin pedir permiso a Capitania, abanderar por ejemplo en Holanda y luego, con esa bandera pagar la matriculacion en España. ¿Correcto, o se me ha ido la pinza?. Lo dicho, gracias por el hilo |
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#369
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Un buque o una aeronave amarrado o estacionada en la conchinchina, con pabellón español o con el pabellón que sea se rige por el sitema jurídico del país al que pertenece. Esta cuestón está regulada por el derecho internacional público y parte de ella tiene unos 2.400 años de existencia. El título de navegación se ejerce en un buque, no se ejerce en el agua sin buque. En este país, de facto, expedimos títulos para pilotar aviones en todos los países del mundo. Cuando subas en un vuelo de aeronave española que se dirige a Rusia, el piloto debe tener habilitación suficiente para volar hasta allí, caso contrario mejor no subirse al avión. ![]() Ahora bien, si el buque o la aeronave son de otro pabellón quien regula la titulación es el estado del pabellón, salvo en las aeronaves que está la titulación, más bien internacionalizada. ![]() ![]()
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Vivimos todos, en este mundo, a bordo de un navío zarpado de un puerto que desconocemos hacia un puerto que ignoramos. (Fernando Pessoa -1931) |
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#370
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Pues yo lo que no entiendo es que la Unión Europea permita conductas como la de paises que se comentan por aquí. Entiendo que nuestra legislación es muy restrictiva en tema de seguridad pero no veo mal que se necesite titulación. Por ejemplo el uso de motos acuaticas pasó a necesitar de titulación tras graves accidentes.
¿Os parecería bien que en Holanda o Bélgica no fuera necesario carnet de conducir para circular en un automovil? ¿Circularian esas personas legalmente por nuestro pais? ¿y si su pais no les pidiese seguro o que su automovil no estuviera homologado? Si habeis contestado que si a lo mejor os lo pensabais dos veces si os vierais implicados en un accidente causado por un conductor sin carnet. Si uno quiere conducir un camión pues se saca el carnet C porque con el B no basta. Pues igual en los barcos, y si te hacen estudiar temas inútiles, es lo que hay. Ya puestos por que no poner en nuestro barco bandera Yemení así de paso nos podemos dedicar a la piratería. Si nuestro caso es circunnavegar pues busquemos la solución más lógica pero para tener zona 4 ya son ganas de complicarse. ![]()
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EA4GOV |
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#371
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En general tendemos a pensar que las cosas deben ser como las tenemos necesariamente y algunas personas tienden a desvalorar lo que hacen en otros lugares.
Cuando vemos que paises como Holanda, UK etc no exigen titulación a sus subditos sino que dejan en manos de estos y de sus organismos civiles la regulacion de estos temas nos asustamos.... Os he puesto como ejemplo dos de los paises que mas y mejores navegantes tienen por todo el planeta y no funcionan como aqui... Te has preguntado porqué es eso SORPRESA? ![]() ![]() LORDRAKE ![]()
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El GRAN AZUL |
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#372
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Tener el carnet de conducir no significa que sepas conducir, de hecho cuando te lo sacas, lo normal es que no tengas ni idea y el riesgo que generas a todo lo que tienes a tu alrederor es mayor circulando en una población que circulando en el mar. Creo que lo que busca la gente no es navegar sin conocimientos ni fuera de la ley, mas bien busca el poder navegar si tanta restricción que en ocasiones esta fuera de lugar. |
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#373
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Cita:
http://youtu.be/cV0S16WntSg ¿Tú crees realmente que estos tipos no saben navegar? ¿Tú crees que ponen algo/alguien en riesgo? Si en el Reino Unido tuvieran nuestra legislación, estos dos NAVEGANTES habrían estado fuera de la ley. Ah, y añádele que probablemente su dinghy es de autoconstrucción, otro de los viacrucis que nos tiene preparados nuestra paternalista administración. Que haga cada país como quiera, y la gente ya se apañará para aprovechar la legislación europea como mejor le vaya. Alguna ventaja tenía que tener el invento ese.... ![]() |
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#374
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Cita:
También existe la tendencia inversa, igualmente equivocada, que consiste en creer que en montes lejanos todo es orégano y tampoco es así. Por otra parte, no hay que olvidar las diferencias culturales que existen entre los diferentes países de Europa y sus correspondientes administraciones. En los países del Norte no obligan tanto ya que confían más en la responsabilidad del individuo para hacerse cargo de su propia formación y seguridad. Aquí es diferente, ya que no se le reconoce al individuo esta facultad y hay, por lo tanto, que dejar que sea el Estado quien le marque a cada cual su margen de maniobra. Lo más triste del caso es que este paternalismo administrativo no existe sólo en la náutica sino que infecta mucho más campos. Por lo tanto, si resulta que es cierto que se puede abanderar bajo otra legislación, lo bueno sería que estos patrones, aunque nadie les obligue, demuestren su responsabilidad al cuidar su formación y seguridad. Si, al contrario, estos marinos buscan el amparo de una bandera extranjera para escaquearse de su responsabilidad, lo único que conseguirán es darles la razón a los que piensan que no se nos puede dejar solos. Sepamos pues hacer buen uso de esta libertad. ![]() ![]()
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#375
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Interesante hilo
![]() ![]() ![]() También hay armadores que tienen su título reglamentario y estan hartitos de la absurda legislación española. Aquí se abre un camino que va a llevar en poco tiempo el panorama de la náutica de nuestro país por otros derroteros y si esto realmente es posible, factible, y rentable, lo del pavellón español pasará a ser anecdótico a no ser que las leyes cambien de una vez y se adapten a lo que hacen los restantes países europeos. Quedo a la escucha y rondas para todos ![]() ![]() ![]() ![]()
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