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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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ya esta listo un borrador de modificacion dela dichosa orden 3200, para quitar el pnb ............................., antes de la legislatura nos la colaran otra vez ...............Editado. Incumple las normas
Editado por Natachamar en 07-09-2011 a las 15:49. |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a tordoarm | ||
teteluis (07-09-2011) | ||
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#2
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¿y en que consiste la modificacion exactamente?
una birrita mientras lo explicas |
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#3
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basicamente quitan el pnb, aumentan la eslora en py y suben en el titulin y lo peor para barcos de menos de 5metros no exigen titulo, que se preparen en sasemar el año que viene, y la vela para todos 16 horas de practicas y a navegar por todo el mundo ala
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#4
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¿Dónde has encontrado el borrador, no lo veo por ningún lado?
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#5
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Seguimos sin respuesta
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#6
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no existe ningun enlace tuve el documento en mis manos nada mas cosas de marina mercante
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#7
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No me creo nada.
Con mensajes tan raros mejor no brindar. |
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#8
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si no te lo crees ya me lo diras en un futuro a no ser que se tiren atras cosa queno creo, por eso si tienes el pnb tendras una autorizacion federativa
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#9
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Si estás intentando decir (tal vez soy yo el que no entiende) que quitan el PNB, pero las atribuciones de la autorización federativa IGUALAN a las actuales del PNB y todos aquellos que en la actualidad tienen PNB, podrán hacer lo mismo que hacen, aunque pase a llamarse de otroa forma.......me podrá parecer raro, pero puede ser.
Pero si cuando dices ....nos la colaran otra vex.....quitan el PNB.....te refieres a que los PNB actuales pierdan parte de sus atribuciones por desaparición del titulo......de eso nada, puesto que sería ilegal; así de sencillo. Reconocerás que no resulta muy fiable hacer el anuncio, que alguién requiera más datos para poder confirmar y / o estudiar la información, y que la contestación sea que estuvo en tus manos pero ya no está...... ![]() Saludos |
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#10
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Tordoarm, lo siento mucho pero yo no me creo nada. Yo me he sacado el PNB hace 2 meses. Que me quieres contar, ¿que voy a perder las atribuciones que el título me dan? A mi me suena a cuento.
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#11
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no creo que quiten atribuciones al pnb.
entiendo que las daran al titulin, aunque yo tampoco he visto nada. ![]() lo que si me han comentado en una nautica es que no habra limite de eslora, pero si de zona de navegacion ![]() puede ser patetico ver un 20 metros sin poder alejarte mas de 2 nm de la costa ![]() ![]() pero en fin se dicen tantas cosas que al final , donde dije diego digo dije o algo asi ![]() y mientras esperamos que pasa pues nos bebemos unas ![]() ![]() ![]()
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la velocidad de la luzviaja mas rapido que el sonido . eso explica porque algunas personas, parecen brillantes hasta que hablan. ![]() |
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#12
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menos mal que no soy el unic que sabe de esta norma en proceso, algunos ilusos aqui ya creian que hablaba sin motivo. dicho esto acalaro que el pnb desaparece y pasa a ser una autorizacion federativa, ya no sera un titulo y que le aumentan la eslor ade motor a 8 metros y a 5 millas como hasta ahora. que el titulin desaparece y quien tenga un titulin sin hacer ni una practica cuando se lo renueve tendra el nuevo titulin con las atribuciones de un pnb que si las ha hecho, por ejemplo, y que las practicas de vela seran todas de 16 horas es decir una aberracion para un cpitand e yate con 16 horas pueda ir a avela al cabo de hornos jejejeje que los hay de estos crack, mi me da igual no me gusta que se gaste mi dinero publico en sasemar rescatando capullos que se creen marinos de agua dulce. por otra parte sube la exencion de titulo hasta barcos de 5 metros y sin limite de potencia y a 3 millas de la costa estos moteros nos mataran algun dia en los fondeaderos.tendrian que prohibirlos jejejjeje
quereis mas datos.. |
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#13
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Sinceramente no, gracias.
Ni aportas nada, ni demuestras nada. Bueno si, bastante mal gusto escribiendo. ![]() ![]()
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KUMI ![]() Después de una ola siempre viene otra |
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antares1_0 (15-09-2011) | ||
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#14
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Yo dudo mucho de lo que cuentas pues en un pais donde cada hay más restricciones en todos los ámbitos me parece díficil por no decir imposible que cometan semejante aberración.
De todas formas no voy a dudar de que realmente hayas visto un borrador que como tal no estará publicado en ningún sitio y puede que ni si quiera pueda ser el borrador en el que estén trabajando, puede que sea la propuesta de algún descerebrado si realmente están trabajando en alguno. Si finalmente tuvieras razón (que ya digo, lo dudo) no sería lógico, aumentaría la inseguridad en la mar y sería injusto para aquellos que han sacado un título como el PNB. Al final de último post preguntas si queremos más datos, pues yo si los querría pero dudo mucho que puedas ofrecerlos si no lo has hecho ya. Por supuesto que no tengo nada contra ti, simplemente opino lo que has comentado. ![]() |
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#15
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Y sin saber si es cierto o no,,, supuestamente en que les afectaría a los PER,,,¿en nada?,,,, mandaría cojones que me este sacando el PER cuando solo necesitaba el PNB,,, teniendo el titulín,,,, para que ahora que subo el viernes otra vez,,, con el titutlin si pudiese llevar mi embarcación de 5m y 70cv,,,,, vamos es que sería muy fuerte,,,,
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#16
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Con tal que no deroguen el título de vice-almirante de flota... Ya veremos, que todo se termina sabiendo.
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"¿La mar?. No hay mejor madre para un pescador, ni esposa para un marino, ni hay mejor sepultura para enterrar un navegante." "En tierra, el infinito queda arriba, mirando las estrellas. En la mar, el infinito puede que sea la próxima ola..." G. Walter Laplace. |
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#17
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Yo no he visto el proyecto o borrador del que habláis, pero sé que la Asociación de Empresas Nauticas (ADIN) presentó una propuesta a la DGMM para eliminar el límite de eslora en los títulos (con el propósito de animar el mercado de venta de embarcaciones) y simplificarlos dejándolo únicamente en 3 tramos, según zonas de navegación.
Creo recordar que era algo como esto: 1.- Navegación en aguas protegidas (hasta 5 millas) 2.- Navegación costera (hasta 25 ó 60 millas, no recuerdo bien) 3.- Navegación de altura (sin límites) (...como sucede en Francia, por ejemplo) Eso no sólo implica que desaparece el PNB, sinó que también desaparece el PER tal y como está hoy definido. Si desapareciese el PNB, lo más probable es que les dieran las atribuciones de un PER. Yo recuerdo que cuando me saqué e PER (en 1992), mis atribuciones eran más limitadas que las del PER actual... y de forma automática me dieron las nuevas atribuciones (incluyendo motor+vela) y sin tener que hacer prácticas, al renovarlo. Puede que haya cambios en breve, pero dudo que nadie pierda atribuciones. En todo caso, es posible que ganen atribuciones. Brindo por eso. ![]() P.D.: La consecuencia es que pasaríamos de 2 licencias federativas + 3 títulos de moto + PNB + PER + PY + CY a tan sólo 3 títulos en función de la zona de navegación. No digo que esté bien ni mal (*), pero tan absurdo es ver un 24 mts autorizado a navegar únicamente a tan sólo 3 millas de la costa (por el título de su patrón) como que alguien que sólo quiere hacer navegación costera tenga que sacarse un título de CY (con cálculos de navegación astronómica) para llevar una embarcación de 21 mts. de eslora en navegación de cabotaje. Para mí, es mejor simplificar. (*) Yo ya soy capi por lo que no me afecta directamente.
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Iñaki |
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rinker (14-09-2011) | ||
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#18
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Cita:
Lástima de haberte prestado atención. Voy rápido a sacarme el titulín que el Cabo de Hornos siempre me ha llamado la atención , ó quizás no sea necesario, porque si a mi zodiac 4,50 puedo meterle tres verados de 300cv, sin titulación, cuando termine con el Cabo de Hornos, le van a llamar el cabo microondas . |
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antares1_0 (15-09-2011) | ||
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#19
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Por fin se le dará el reconocimiento que se merece al Capitán Canadiense......
Al final todo llega. ![]() |
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#20
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Cita:
esto ya si tiene una lógica.![]() La tendencia ha sido ir dando atribuciones, hace ya años saque el Patron de Yate para poder llevar un 9 metros y con una complicación no digo mayor sino diferente![]() |
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#21
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Cita:
, algo creible.![]() |
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#22
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Cita:
Eso es...!! Me parece recordar que el PER sólo podía llevar hasta 8 mts. de eslora y años después lo pasaron a los 12 mts. actuales ¿No era así? ![]()
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Iñaki |
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#23
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asi era efectivamente.
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#24
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Cita:
![]() Cita:
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#25
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Hola, cuando vi este hilo, pensaba que ya se ponía en marcha la reforma de las titulaciones náutico-deportivas o de recreo, como prefiráis.
Ya había leído algunas propuestas en alguna web, pero ahora mismo la única que he encontrado es la de la Asociación de Empresas Náuticas de Baleares (AENB) que copio a continuación: Aclaraciones sobre la propuesta de ANEN para la reforma de la normativa sobre titulaciones náuticas Última modificación 14.02.2011 ANEN/10.2.2011. Desde que se comunicó la propuesta que ANEN ha presentado a la Dirección General de la Marina Mercante, en relación con la reforma de la actual normativa que regula las titulaciones náuticas en España, se ha generado un debate en diferentes foros en los que apreciamos una errónea interpretación de dicha propuesta. A fin de aclarar estas malinterpretaciones, el departamento jurídico de ANEN quiere explicar los objetivos reales por los que se ha solicitado a la DGMM una nueva normativa, que sea: a) Actualizada y adaptada a las nuevas necesidades del sector de la náutica de recreo. b) Resolutiva y concluyente, para solventar los principales problemas que el sector tiene actualmente en esta materia. c) Homogénea, con respecto a la legislación vigente sobre los títulos náuticos en nuestros países vecinos. En este sentido si hacemos un análisis de las actuales titulaciones náuticas en España, es indiscutible que la misma requiere: - Una actualización y concreción de los programas de estudio así como de los niveles de examen. - Eliminar trámites burocráticos que retrasan la obtención de la titulación. - Ampliar los límites para el gobierno de una embarcación sin necesidad de titulación, así como limitar las atribuciones de los títulos sólo por zonas de navegación y no por eslora, sin obviar la seguridad en la mar. - Una regulación acorde con nuestros países vecinos (Italia, Francia, Alemania). - Validación de las prácticas y la certificación de las prácticas en travesías. - Mejor estructuración de los títulos actuales. - Cambios en los programas docentes, dando mayor relevancia a la práctica que a la teoría. - Agilidad para los exámenes convocados por la DGMM. - Regulación de los tribunales examinadores a fin de que sus miembros tengan conocimientos en la náutica de recreo. - Que no haya que esperar a estar en posesión del título anterior para examinarse del siguiente. - Una regulación que pueda facilitar la navegación a extranjeros a bordo de embarcaciones españolas, así como la posibilidad de que los no residentes españoles puedan obtener las titulaciones españolas, etc. Estas son las necesidades que desde la Asociación hemos detectado, a través de los comentarios de nuestros asociados, y por ello se las hemos transmitido legítimamente a la Administración. No obstante, es importante destacar que sólo se trata de una primera propuesta, que estará sujeta a muchos cambios antes de que salga a la luz un primer borrador, que será objeto de debate por todos los agentes sociales que lo deseen y posteriormente aprobada. Por ese motivo, seguimos recibiendo todo tipo de aportaciones por parte de los asociados, así como de otras asociaciones del sector a fin de conseguir el mejor texto posible, estando ANEN abierta a sugerencias y valoraciones para conseguir tal propósito. A continuación se detallan algunos aspectos de la propuesta inicial de ANEN, sujeta actualmente a estudio: Se propone que las titulaciones estén limitadas sólo por las zonas de navegación y no por la eslora o la potencia de la embarcación. No obstante, una vez obtenida la titulación del PER, sólo se podría navegar con embarcaciones de mayor eslora (hasta 24 metros) si se superan dos años de antigüedad del título; así como si se complementa con el desarrollo de una formación práctica impartida por las escuelas náuticas. Además, y en coherencia con los cánones de construcción, se propone que las titulaciones náuticas sean correspondientes a las categorías de diseño que fijan los constructores cuando proceden a clasificar las embarcaciones que construyen. En este sentido, se hace referencia a las categorías de diseño que recoge el Real Decreto 2127/2004: A «Oceánicas»: Capitán de navegación oceánico o Capitán de Yate B «En alta mar»: Patrón de navegación de Alta Mar (hasta 60 millas) o Patrón de Yate C «En aguas costeras: Patrón de navegación costera (hasta 12 millas) o Patrón de Embarcaciones de Recreo (P.E.R). D «En aguas protegidas: Exención para embarcaciones de hasta 4 metros con potencia homologada por el fabricante y navegación hasta zona 7. Tanto el título A, como B y el C habilitarán para la navegación de embarcaciones de hasta 24 metros, con la restricción ya señalada para el P.E.R (dos años o días de navegación exigidos). De igual forma, se propone dar más importancia a las prácticas y no al examen teórico, siendo este aspecto un elemento esencial de la formación del usuario que acceda a la obtención de una titulación náutica. Todo ello acompañado de una actualización de los temarios a estudiar, una desburocratización del sistema actual, y la solución a la situación de los extranjeros que quieran navegar con embarcaciones españolas. La propuesta, incluye también la revisión y simplificación de las titulaciones de motos de agua. Estas son por tanto las ideas fundamentales con las que actualmente ANEN está trabajando en la futura normativa que pretende regular las titulaciones náuticas, estando abiertos a cualquier aportación por parte del sector con el fin de conseguir, al igual que ya se ha hecho por ejemplo en materia de abanderamiento y matriculación, una regulación que satisfaga de una vez por todas los intereses generales del sector. Asociación de Empresas Náuticas de Baleares Fuente: http://www.aenb.es/index2.php?option..._pdf=1&id=1232 Un saludo y una ronda ![]() ![]() . teteluis |
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Taver (14-09-2011) | ||
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