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  #101  
Antiguo 18-10-2011, 22:36
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Predeterminado Re: Capitàn Yate en Canadá

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Originalmente publicado por Iñaki/Sinvergüen Ver mensaje
De acuerdo en casi todo..., pero... ¡Para ir de Port Bou a Mahón sólo tienes que poner rumbo directo -por estima- y ya está... no necesitas nada más! (a menos que tengas mucho abatimiento y deriva...:-)

(Yo lo hice cuando sólo tenía el PER..., aunque no era yo el patrón de la embarcación... :-))

Es cierto que hay rumbo directo, pero a vela y con viento de levante -de proa- a ver quien calcula los rumbos SiN GPS y solo usando estima.

Me hacen gracia los problemas de cartas en los examenes, cuando te dan abatimiento y deriva, datos que en el mar no puedes calcular de forma facil sin instrumentos que haven inutiles las cartas y los calculos. Es facil saber la corriente si llevas corredera y GPs, peto si llevo GPS ya se donde estoy.
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  #102  
Antiguo 18-10-2011, 22:42
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Predeterminado Re: Capitàn Yate en Canadá

Aunque sea legal, es patético, durante 4 años pueden seguir navegando legalmente, PERO al cabo de 4 años el mismo título en la misma persona con los mismos conocimientos ya no sirve?. Que alguien me lo explique.


Cita:
Originalmente publicado por ROyOR Ver mensaje
Yo no digo que sea falso, digo que es un timo por parte de los que lo venden es España. Y te pongo como ejemplo esta WEB.
Dice: "HOMOLOGADO EN ESPAÑA (VER B.O.E),PORTUGAL Y FRANCIA Y MUCHOS PAISES DEL MUNDO PARA LA NAVEGACION SIN LIMITACIONES" y para ello dice que miremos la página 45084 del BOE de 3 de noviembre de 2077 y en esa página, y en las anteriores, están las titulaciones expedidas por otros estados.
Lo que no dice es que en ese mismo BOE de 3 de noviembre de 2007 en la página 45051:
Artículo 6.
CAPÍTULO II
De las titulaciones de recreo
Títulos habilitantes.
Los títulos que, a continuación, se establecen son los únicos que habilitan para el gobierno de embarcaciones de recreo de bandera española, salvo lo previsto en el artículo 3 y la disposición final tercera, y son:
Capitán de yate.
Patrón de yate.
Patrón de embarcaciones de recreo.
Patrón para navegación básica.


Creo que lo deja muy claro.

De todas formas la Disposición transitoria tercera dice:
Procedimiento para los poseedores de titulaciones extranjeras en posesión de permisos de despacho de embarcaciones españolas.
Las autorizaciones expedidas por las capitanías marítimas, antes de la publicación de la presente orden, a los ciudadanos españoles y del Espacio Económico Europeo para gobernar embarcaciones españolas con titulación extranjera, continuarán en vigor por un período improrrogable de cuatro años a partir de la entrada en vigor de esta orden.Transcurrido ese plazo, se producirá la caducidad automática de la autorización.
Durante ese período de tiempo, los poseedores de éste tipo de titulación podrán obtener la titulación española que les correspondan si superan el oportuno examen práctico, debiendo cumplir las condiciones previstas en el artículo 19.
En el caso que las atribuciones de la titulación extranjera no coincidan con las titulaciones españolas previstas en esta orden, los poseedores de esas titulaciones extranjeras optarán al título español correspondiente de nivel inmediatamente inferior.


Además en la Disposición final terceranos cuenta:
Titulaciones extranjeras.
La Dirección General de la Marina Mercante, a través de las capitanías marítimas, autorizará a los ciudadanos del Espacio Económico Europeo, el gobierno de embarcaciones de recreo de pabellón español, siempre que dispongan de un título de recreo, y hasta las atribuciones que éste le confiera, expedido por el país de su nacionalidad o el de su residencia, en el caso de que éste último fuera distinto. En este último caso, el interesado deberá presentar la correspondiente acreditación de residencia.


En el Anexo XII, Títulos expedidos por otros Estados, ponen una lista de países con sus titulaciones, pero en ningún momento ponen que esos títulos podrán utilizarlos un español para navegar en España.

Por todo esto es por lo que digo que es un timo. Ahora si te dan un título "original" canadiense o falso.... valen lo mismo para un español que quiera navegar en un barco con bandera española por aguas españolas.

Ahora como no soy experto en estos temas, si alguien me explica que lo que dice la ley no es así como lo he expuesto yo, pues no hay problema en retirar mis palabras y pedir perdón a la persona o personas que venden este carnet.

Saludos
Rafa
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  #103  
Antiguo 19-10-2011, 09:11
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Predeterminado Re: Capitàn Yate en Canadá

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Originalmente publicado por coronadobx Ver mensaje
Creo que estamos mezclando cosas, estais seguro que los titulos son falsos? Me explico la operativa (figurada) entiendo que es muy facil yo resido en USA te cobro a ti X dinero hago yo el examen por ti en internet (que como dije anteriormente es imposible suspender) pongo tus datos y ya esta (no se necesita nada especial) una vez recibo el titulo legalizado te lo mando.

Eso si yo pago $49 dolares y cobro las brabaridades que estais poniendo.

Saludos. Coronadobx
Bueno dicho asi el problema es quien legisla en España, para que legislar con poner los títulos en una tombola ya sería suficiente, y abririamos una grieta en el sistema, para que esforzarse, para que estudiar, para que las normas.
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  #104  
Antiguo 19-10-2011, 09:35
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Predeterminado Re: Capitàn Yate en Canadá

Cita:
Originalmente publicado por jiauka Ver mensaje
Aunque sea legal, es patético, durante 4 años pueden seguir navegando legalmente, PERO al cabo de 4 años el mismo título en la misma persona con los mismos conocimientos ya no sirve?. Que alguien me lo explique.
Hombre visto así.... pero piensa que te dan la oportunidad de hacer un examen práctico para demostrar que tienes esa titulación y que sabes navegar.
Y si apruebas te darán la titulación similar pero española, vamos eso es lo que pienso por lo que he leído.
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  #105  
Antiguo 19-10-2011, 12:36
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Predeterminado Re: Capitàn Yate en Canadá

unas , la verdad es que luego nos quejamos pero hay que ver el éxito que tiene este hilo.

Me surgen varias cuestiones, primero un título emitido por un gobierno soberano es tan válido como el que emite otro gobierno. Es decir un título de Canada es identico a uno equivalente de España.

Por que títulos que dan similares competencias son tan distintos de obtener, y nos vamos al extremo, uno 50 preguntas por internet y el otro no explico lo que es sacar el CY pero creo que ya lo conoceis.

Otro si un pais expide un título digamos de PNB porque otro lo digamoslo así homologa a un CY.

Otro tema es el uso del título de un pais por el residente en otro. La primera cuestión es si para obtener el título es obligatorio ser residente en el país, en el caso de Canada, no lo es, desconozco si en España es obligatorio ser residente en España para acceder a las titulaciones naúticas, de hecho hasta podía ser interesante, si esto estuviera montado de otra forma, el que los turistas, que tenemos muchos, puedieran obtener el título en sus vacaciones, no vendría mal en estos momentos de penuria.
Es decir si has obtenido el título en el país que sea de forma legal según su legislación tendrás esa titulación.
Despues esta el país donde tu quieres usar el título habría que ver en base a que un residente de dicho país no puede usar en título validamente conseguido en un país donde hay un reconocimiento mutuo y en cambio los de dicho país si pueden, en fin algo de discriminación podía suponerse.

En cualqueir caso la situación en españa es que si tu eres residente en españa debes de tener la titulación española, para gobernar en aguas españolas embarcaciones de lista 7ª.

Bueno pues para rizar un poco más la cuestión, como todos sabeis desde hace unos meses los residentes en España podemos tener embarcaciones con bandera extrangera (previo pago de los impuestos logicamente, pero librandote de toda la prolija legislación que la nautica de recreo tiene aquí ) en los puertos españoles, es decir ahora tenemos una embarcación con bandera extrangera, el residente en españa con la titulación extrangera podrá sin duda alguna gobernar dicha embarcación que a todos los efectos se rige por la legislación de su país de bandera y la GC solo te pide que tenga su seguro en orden.

¿o no?

Bueno tengo el PCOC que lo saque despues de aprobar el CY que no os cuento lo que me costo, y si se me pone a tiro me sacare el siguiente título que me caiga cerca, pero la verdad es cada vez navego menos, y eso es lo peor de todo, el tener los títulos no significa que puedas navegar.


Buena mar.

Editado por Capitan Resaca en 19-10-2011 a las 12:41.
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Dibujito (21-10-2011)
  #106  
Antiguo 19-10-2011, 12:56
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Predeterminado Re: Capitàn Yate en Canadá

Cita:
Originalmente publicado por Capitan Resaca Ver mensaje
Bueno tengo el PCOC que lo saque despues de aprobar el CY que no os cuento lo que me costo, y si se me pone a tiro me sacare el siguiente título que me caiga cerca, pero la verdad es cada vez navego menos, y eso es lo peor de todo, el tener los títulos no significa que puedas navegar.
¿Pero que me dices?
Asi que eres RECapitán de Yate español-canadiense

No me digas mas. vas a hacer colección de titulaciones de CY

Un abrazo Manuel
Rafa
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  #107  
Antiguo 19-10-2011, 13:47
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Predeterminado Re: Capitàn Yate en Canadá

Ya ves mucho capitan pero de navegar nada de nada, no como tu que ya eres un lobo de Galicia.
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  #108  
Antiguo 20-10-2011, 10:27
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Predeterminado Re: Capitàn Yate en Canadá

Cita:
Originalmente publicado por AlfonsoB Ver mensaje
En la pagina 45048 del BOE que cita el anuncio lo deja clarisimo:


Disposición final tercera.
Titulaciones extranjeras.

La Dirección General de la Marina Mercante, a través
de las capitanías marítimas, autorizará a los ciudadanos
del Espacio Económico Europeo, el gobierno de embarcaciones
de recreo de pabellón español, siempre que dispongan
de un título de recreo, y hasta las atribuciones
que éste le confiera, expedido por el país de su nacionalidad
o el de su residencia, en el caso de que éste último
fuera distinto. En este último caso, el interesado deberá

presentar la correspondiente acreditación de residencia.

La titulacion extranjera SOLO vale para el que acredita ser extanjero y ademas vivir en el estranjero.


En tal caso una navegante español con PER, paga por este CY canadiense y puede dar, TEÓRICAMENTE, la vuelta al mundo ya que si te piden tu titulación en el extranjero te puede servir, en Grécia por ej. eres extranjero y residente en el extranjero, con lo que se deduce que puede servir fuera de la Jurisdciión Española.

Editado por RASSEL en 20-10-2011 a las 10:41.
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  #109  
Antiguo 21-10-2011, 15:34
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Predeterminado Re: Capitàn Yate en Canadá

Cita:
Originalmente publicado por ROyOR Ver mensaje
Yo no digo que sea falso, digo que es un timo por parte de los que lo venden es España. Y te pongo como ejemplo esta WEB.
Dice: "HOMOLOGADO EN ESPAÑA (VER B.O.E),PORTUGAL Y FRANCIA Y MUCHOS PAISES DEL MUNDO PARA LA NAVEGACION SIN LIMITACIONES" y para ello dice que miremos la página 45084 del BOE de 3 de noviembre de 2007 y en esa página, y en las anteriores, están las titulaciones expedidas por otros estados.
Lo que no dice es que en ese mismo BOE de 3 de noviembre de 2007 en la página 45051:
<B>
Artículo 6.
</B>
CAPÍTULO II
De las titulaciones de recreo
Títulos habilitantes.
Los títulos que, a continuación, se establecen son los únicos que habilitan para el gobierno de embarcaciones de recreo de bandera española, salvo lo previsto en el artículo 3 y la disposición final tercera, y son:
Capitán de yate.
Patrón de yate.
Patrón de embarcaciones de recreo.
Patrón para navegación básica.
Creo que lo deja muy claro.

De todas formas la Disposición transitoria tercera dice:
<B>
Procedimiento para los poseedores de titulaciones extranjeras en posesión de permisos de despacho de embarcaciones españolas.
</B>
Las autorizaciones expedidas por las capitanías marítimas, antes de la publicación de la presente orden, a los ciudadanos españoles y del Espacio Económico Europeo para gobernar embarcaciones españolas con titulación extranjera, continuarán en vigor por un período improrrogable de cuatro años a partir de la entrada en vigor de esta orden.Transcurrido ese plazo, se producirá la caducidad automática de la autorización.
Durante ese período de tiempo, los poseedores de éste tipo de titulación podrán obtener la titulación española que les correspondan si superan el oportuno examen práctico, debiendo cumplir las condiciones previstas en el artículo 19.
En el caso que las atribuciones de la titulación extranjera no coincidan con las titulaciones españolas previstas en esta orden, los poseedores de esas titulaciones extranjeras optarán al título español correspondiente de nivel inmediatamente inferior.
Además en la Disposición final terceranos cuenta:
<B>
Titulaciones extranjeras.
</B>
La Dirección General de la Marina Mercante, a través de las capitanías marítimas, autorizará a los ciudadanos del Espacio Económico Europeo, el gobierno de embarcaciones de recreo de pabellón español, siempre que dispongan de un título de recreo, y hasta las atribuciones que éste le confiera, expedido por el país de su nacionalidad o el de su residencia, en el caso de que éste último fuera distinto. En este último caso, el interesado deberá presentar la correspondiente acreditación de residencia.
En el Anexo XII, Títulos expedidos por otros Estados, ponen una lista de países con sus titulaciones, pero en ningún momento ponen que esos títulos podrán utilizarlos un español para navegar en España.

Por todo esto es por lo que digo que es un timo. Ahora si te dan un título "original" canadiense o falso.... valen lo mismo para un español que quiera navegar en un barco con bandera española por aguas españolas.

Ahora como no soy experto en estos temas, si alguien me explica que lo que dice la ley no es así como lo he expuesto yo, pues no hay problema en retirar mis palabras y pedir perdón a la persona o personas que venden este carnet.

Saludos
Rafa
SE TE OLVIDA AÑADIR ALGO MUY IMPORTANTE Y ES QUE EN EL ANEXO XII DONDE PONEN ESOS TITULOS ,ENTRE OTROS EL CANADIENSE VIENE REFERENCIADO A QUE PUEDES PATRONEAR LOS BARCOS EN LISTA 6 !!!! POR LO CUAL, SI PUEDES NAVEGAR EN AGUAS ESPAÑOLAS UN RESIDENTE ESPAÑOL, LEETELO BIEN, Y NO OMITAS LOS DETALLES, EN LISTA SEXTA, LA PARADOJA ESTA EN QUE EN LISTA 7 OSEA TU BARQUITO DE ....8MTS NO PUEDES PATRONEARLO CON EL PCOC, Y SI PUEDES ALQUILARTE UN MEGAYATE PARA TU USO Y DISFRUTE, Y NADIE, Y DIGO NADIE NI LA GUARDIA CIVIL TE PODRA DECIR NI PIO, PORQUE VAS TOTALMENTE LEGAL!!!
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Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a navegante 2007
Dibujito (21-10-2011)
  #110  
Antiguo 21-10-2011, 17:17
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Predeterminado Re: Capitàn Yate en Canadá

(Y a mi que no me gusta la gente que grita, más cuando en ese gesto apoyan su argumentación)




Cada cual que navegue con el título que le apetezca.

Ya somos mayorcitos.
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  #111  
Antiguo 21-10-2011, 19:04
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Predeterminado Re: Capitàn Yate en Canadá

Perdon! Perdon! no lo volverer a hacer Estaba reflexionando sobre haber vuelto a participar en el dichoso hilo y pensaba "veo que Choquero y Dibujito han sido mas inteligenrtes que yo y ya se han oldidado del mismo" Y de repente veo que de nuevo los tres seguimos enganchados a este tema

Socorro que alguien me recate de esta pesadilla es como un bucle en el que me he quedado enganchado

Saludos y esta vez la ultima intervencion o me internais en un psiquiatrico. Coronadobx
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  #112  
Antiguo 21-10-2011, 19:16
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  #113  
Antiguo 21-10-2011, 19:19
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Predeterminado Re: Capitàn Yate en Canadá

Hola, con respeto a un cofrade que creo que tiene una escuela nautica, no quiero participiar mas en este hilo.
Un saludo.
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  #114  
Antiguo 22-10-2011, 01:02
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Predeterminado Re: Capitàn Yate en Canadá

Cita:
Originalmente publicado por Choquero Ver mensaje
¿El día del castor?



¡¡¡El día del PCOC!!!
que no...... que es el dia de

LA MARMOTA

que como las duracell..... y siguen y siguen y siguen
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  #115  
Antiguo 22-10-2011, 11:45
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Talking Re: Capitàn Yate en Canadá

Cita:
Originalmente publicado por Choquero Ver mensaje
(Y a mi que no me gusta la gente que grita, más cuando en ese gesto apoyan su argumentación)
Estoy contigo. Siempre sabes decir bien las cosas.


Rafa
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  #116  
Antiguo 22-10-2011, 12:33
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Cita:
Originalmente publicado por Tatatoa Ver mensaje
que no...... que es el dia de

LA MARMOTA

que como las duracell..... y siguen y siguen y siguen
y siguen y siguen y siguen y siguen y siguen y siguen y siguen y siguen y siguen y siguen y siguen y siguen y siguen y siguen y siguen y siguen y siguen y siguen y siguen y siguen y siguen y siguen y siguen y siguen y siguen y siguen y siguen y siguen y siguen





No falla, siempre acaba alguien picando, así pues...



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  #117  
Antiguo 22-10-2011, 17:03
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Predeterminado Re: Capitàn Yate en Canadá

buenas tardes a todos...


llevo poco tiempo por estos mares y creo que me voy a enfrascar en alguna discusión ya.

En cuanto al título candiense o PCOC, os puedo decir y os puedo asegurar al 200% que este título es válido y está aprobado en españa, simpre que se manejen embarcaciones de lista 6ª

como alguien apuntaba más arriba yo dirijo una escuela que está acreditada por el gobierno de canada a impartir clases y examinar a alumnos de este título. La expedición se hace directamente desde candá.

En nuestra página web teneis explicado el porque es legal. www.ademasnautica.com

Si alguien quiere algun documento de marina mercante puedo hacerle llegar un mail de un subdirector donde el miso dice que este título y el resto de títulos del anexo XII que aparecen en el famosos boe son válidos para una persona española para el gobierno de una embarcación española de lista 6ª.

Estaré encantado de haceros llegar esta información y lo que considereis oportuno a todos, solo teneis que pedirmelo.

buen viento!!

saludos!!

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Dibujito (22-10-2011)
  #118  
Antiguo 22-10-2011, 19:08
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Originalmente publicado por PepeMacia Ver mensaje
buenas tardes a todos...


llevo poco tiempo por estos mares y creo que me voy a enfrascar en alguna discusión ya.

En cuanto al título candiense o PCOC, os puedo decir y os puedo asegurar al 200% que este título es válido y está aprobado en españa, simpre que se manejen embarcaciones de lista 6ª

como alguien apuntaba más arriba yo dirijo una escuela que está acreditada por el gobierno de canada a impartir clases y examinar a alumnos de este título. La expedición se hace directamente desde candá.

En nuestra página web teneis explicado el porque es legal. www.ademasnautica.com

Si alguien quiere algun documento de marina mercante puedo hacerle llegar un mail de un subdirector donde el miso dice que este título y el resto de títulos del anexo XII que aparecen en el famosos boe son válidos para una persona española para el gobierno de una embarcación española de lista 6ª.

Estaré encantado de haceros llegar esta información y lo que considereis oportuno a todos, solo teneis que pedirmelo.

buen viento!!

saludos!!


Pues por favor, publícalo aquí como archivo adjunto, PDF, imagen o como quiera que sea, que cuando lo tenga, me voy con él a la Capitanía de Sevilla, que está enfrente de mi trabajo y se lo consulto al Capitán Marítimo o a alguno de los inspectores si él no me puede dar respuesta, visto el lio que hay.



Pd. No espero que mi amigo Dibujito me agradezca este mensaje, pero si lee ésto y le da por responder, solo decirle que las birras las paga el de abajo.

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Dibujito (22-10-2011)
  #119  
Antiguo 22-10-2011, 20:22
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buenas tardes a todos...


llevo poco tiempo por estos mares y creo que me voy a enfrascar en alguna discusión ya.

En cuanto al título candiense o PCOC, os puedo decir y os puedo asegurar al 200% que este título es válido y está aprobado en españa, simpre que se manejen embarcaciones de lista 6ª

como alguien apuntaba más arriba yo dirijo una escuela que está acreditada por el gobierno de canada a impartir clases y examinar a alumnos de este título. La expedición se hace directamente desde candá.

En nuestra página web teneis explicado el porque es legal. www.ademasnautica.com

Si alguien quiere algun documento de marina mercante puedo hacerle llegar un mail de un subdirector donde el miso dice que este título y el resto de títulos del anexo XII que aparecen en el famosos boe son válidos para una persona española para el gobierno de una embarcación española de lista 6ª.

Estaré encantado de haceros llegar esta información y lo que considereis oportuno a todos, solo teneis que pedirmelo.

buen viento!!

saludos!!


Tengo la sensación que estas tirando las redes. Por si cae un pececito incauto.
Pienso que estás jugando con las ganas y la ambición de algún “tonto” que pretende ser capitán, por el camino más corto, el piensa que es más listo que los demás.
En dos palabras, el juego del timador.
saludos
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Tengo la sensación que estas tirando las redes. Por si cae un pececito incauto.
Pienso que estás jugando con las ganas y la ambición de algún “tonto” que pretende ser capitán, por el camino más corto, el piensa que es más listo que los demás.
En dos palabras, el juego del timador.
saludos

Solo falta saber cuanto cobra por el titulito.

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pues en la página wew dice que 600 creo que son dos findes
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Tengo la sensación que estas tirando las redes. Por si cae un pececito incauto.
Pienso que estás jugando con las ganas y la ambición de algún “tonto” que pretende ser capitán, por el camino más corto, el piensa que es más listo que los demás.
En dos palabras, el juego del timador.
saludos
Buenas tardes,
Lo único que intento es decir la verdad.
He estudiado este tema muy a fondo y las cosas son como son.

Evidenetemente, a nadie se le pasa, esta es una manera de ser "capitán de yate" más rápida que mediante las titulaciones españolas, pero no solo es más rápida, es más barata también.

Tú, puedes considerar al que se saca este título un tonto, es tu manera de pensar, pero no deja de ser ofensiva y a mi gusto erronea.

A mi manera de ver las cosas este título es el mejor camino para una persona que quiere alquilar embarcaciones, de todas maneras si alguien prefiere seguir el camino de las titulaciones españolas también puede hacerse, no entiendo la fijación de algunos con este título interpretando normativas e inventandose timos que no existen, escribo con mi nombre verdadero, os he dado los datos de mi escuela, crees que me jugaria mi reputación y mi pan intentando timar a alguien? estás muy equivocado.

Por otro lado, todos sabemos lo fastidiado que está el sector náutico en España, bueno.. en toda europa.pues creo que este título es un camino má para activa la nautica de recreo, las empresas de alquilar están contentas con el, muchos aficionados a la nautica también, no se porque hay que buscarle 3 pies al gato.

Al compañero que me pide que cuelgue el mail, desconozco si la ley de proteccion de datos y demás lo permite pero a lo que si te invito es a que envies un correo desde su web http://www.fomento.gob.es/MFOM/LANG_...naMercante.htm haciendoles la consulta.

vamos unas sonrisas y unas birras.. invito yo!!
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  #123  
Antiguo 23-10-2011, 16:23
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Pues haces una fotocopia, tachas los datos que la ley pueda, o tu creas que puede, proteer la LPD y o cuelgas para que todos veaos ese escrito, y luego, yo me voy a Capitanía y pido opinió, opinión que será transcrita aquí en el mismo día.

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  #124  
Antiguo 23-10-2011, 16:35
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Pues haces una fotocopia, tachas los datos que la ley pueda, o tu creas que puede, proteer la LPD y o cuelgas para que todos veaos ese escrito, y luego, yo me voy a Capitanía y pido opinió, opinión que será transcrita aquí en el mismo día.

ok!

aqui va el mail omitiendo direcciones de correo, y demás datos para que puedas hacer la consulta.
Este texto que pego debajo es un mail, integro que envia un subdirector de marina mercante a una amiga mia que hozo la consulta por e.mail.

aqui va:

__________________________________________________ ____________

Fecha: 24 de mayo de 2011 10:36:49 GMT+02:00
Para: XXXXXXXXXXXX

Asunto: CONSULTA DIRECCIÓN GENERAL DE MARINA MERCANTE

Buenos días.

En contestación a su correo electrónico le comentamos lo siguiente.

Un nacional español en posesión del título canadiense mencionado no está autorizado al gobierno de embarcaciones de recreo abanderadas en España, salvo en casos de alquiler de aquellas embarcaciones matriculadas en la lista sexta.

Para más información puede consultar la normativa que regula el gobierno de embarcaciones de recreo abanderadas en España Orden FOM3200/2007. En las disposiciones adicional quinta, transitoria tercera y final tercera encontrará todo lo relacionado con titulaciones extranjeras

Saludos,XXXXX.


Buenas noches, Les escribo en referencia a una duda sobre un título llamado "Pleasure Craft Operator Card". Quería saber cuáles son las atribuciones propias de este título Canadiense en España. Y si se puede patronear embarcaciones con abanderamiento Español en aguas de competencia española. Les agradecería enormemente su respuesta. Muchas gracias. Atentamente, María XXXXXX


R. Á. V.
Ministerio de Fomento.
Dirección General de Marina Mercante.
Sub. Dir. XXXXXXXXXXXXXXXXXX
Área de Formación Marítima / Titulaciones de Recreo.
Tlf. 91 597 9183
__________________________________________________ ________


Espero te sirva.

saludos!



edito para eliminar el cargo que me lo habia dejado.
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Pepe Maciá
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  #125  
Antiguo 23-10-2011, 19:50
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Perdona pero yo no he dicho que sacarse el título es de tontos.
Lo que si digo es. Hay tontos que piensan, que le dan una patada a una boya y sale un título.
Y los demás, pobres incultos nos conformamos con papa gobierno.
El espejo de estas personas. Siempre hay otras que intenta obtener beneficio. Un timador no engaña a nadie, tan solo deja creer a una persona que es más lista, que el gobierno o una tercera.

Comprendo muy bien por la racha que estás pasando, la crisis nos afecta a todos y tú necesitas que te entre alumnos como sea.
Lo siento, pero yo no seré uno. Todos los títulos los he sacado por libre, con los temas me he buscado la vida. Solo he comprado el material de papelería. Más barato, no creo que sea tu escuela.

En el supuesto email que mandas no dices que eres un español residente. Por lo tanto es lógico que fomento te remita a esta página.

Mi reflexión es: ¿fomento te remitiría a dicha página si no omitieras tu filiación?
saludos
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