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VHF: Canal 77 |
#1
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compulsar DNI
un saludo compañeros, y unas garinbitas pal personal
esta es mi duda donde puedo compulsar el DNI para hacer un cambio de titularidad de una embarcacion, en Capitania me lo dijeron asi, original y copia compulsada haber si ma dais un poco de luz eeste temporal |
#2
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Re: compulsar DNI
Hola erchirri.
Pues la GC o en el ayuntamiento. Saludos |
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erchirri (19-11-2011) |
#3
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Re: compulsar DNI
Es la caña, realmente esto es la caña amigo, no me digas que no te lo puede cotejar en capitania el funcionario de turno jderrrrr
Yo la semana pasada fui a la DGMM en Madrid para enviar un taco de documentación a la capitania de Garrucha, para lo mismo, pero con cambio de nombre, y me lo cotejaron allí sobre la marcha. Sino en algunos ayuntamientos también te lo hacen, pero según les de.
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“There is never a 'right' time to sail across the Atlantic alone. There is only 'now' or 'never'.” .... el infierno puede ser divertido.... .... si estás con la diablesa correcta .... NO ESTES TRISTE. TEN GANAS¡¡¡ |
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erchirri (19-11-2011) |
#4
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Re: compulsar DNI
Entiendo que compulsada sera si no esta presente alguno de los implicados en la compra-venta, si vais los dos físicamente, no debe ser necesario.
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Soy cantor, soy embustero, me gusta el juego y el vino, tengo alma de marinero. Qué le voy a hacer, si yo nací en el mediterráneo. "A veces es mejor callar y parecer tonto, que hablar y despejar todas las dudas". Groucho M. |
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erchirri (19-11-2011) |
#5
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Re: compulsar DNI
Cuando te piden en capitania (O cualquier funcionario) una copia compulsada del DNI, tienes que llevar la fotocopia del mismo en un DIN A4 ambas caras del DNI que se vean juntas en el DIN A4, y se entrega esa fotocopia junto al original, el funcionario verificará que la fotocopia es identica que el original que se muestra y nornalmente dispone de un sello de Goma que suele indicar que la fotocopia es autentica, y se ha cotejado con el original, firmando ese funcionario.
Tambien suele hacerse en deteminadas ocasiones un acta notarial, en el cual el Notario certifica (firma y sello y nº de protocolo) que esa fotocopia esta cotejada por él mismo y es copia fiel del original que se le muestra. (Vale unos eurillos, desplazamientos y esperas) pero tambien suele servir. De todas formas lo suyo es que el funcionario de turno, ante la fotocopia y el original coteje, y firme directamente.
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Confiar en el viento es como creer en la buena fe del diablo (R. Wagner - el Holandes Errante) EA 3 CBT
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erchirri (19-11-2011) |
#6
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Re: compulsar DNI
Yo me hice sellar la fotocopia del DNI en la oficina de La Caixa donde tengo cuenta. Sello y firma, sin más. En Capitanía pusieron una cara rara, pero coló sin más explicaciones.
suerte
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erchirri (19-11-2011) |
#7
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Re: compulsar DNI
una garinbitas pal personal,
he estado un poco liado y no he podido ni acercarme al hordenata gracias por la informacion , se trata de un cambio mi embarcacion por la sulla y me piden la compursa de DNI, no sabias , que en GC o el AYUNTAMIENTO LO HICIERAN, en capitania de cadiz al menos no, |
#8
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Re: compulsar DNI
Lo que hace un notario es compulsar, una fotocopia compulsada es tan valida como el original a todos los efectos.
Los funcionarios legalizan y solo vale para el organismo en si. |
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erchirri (21-11-2011) |
#9
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Re: compulsar DNI
pues me parece que me voy apasar por comisaria y asi lo llevo ya conpulsado
gracias |
#10
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Re: compulsar DNI
Que yo sepa los Registros Marítimos son competencia del Ministerio de Fomento y, por tanto, forman parte de la Administración General del Estado (AGE); administración ante la cual, desde hace casi cinco años, no hay que presentar fotocopias del DNI, ni simples ni compulsadas, en el ámbito de cualquier expediente administrativo a cargo de unidad, entidad o departamento en el ámbito de su estructura orgánica.
Así lo establece el Real Decreto 522/2006, de 28 de abril: En los procedimientos cuya tramitación y resolución corresponda a la Administración General del Estado o a los organismos públicos vinculados o dependientes de aquélla, no se exigirá a efectos de comprobación de los datos de identificación personal, a quien tenga la condición de interesado, la aportación de fotocopias del Documento Nacional de Identidad. (…) La comprobación o constancia de los datos de identidad de quienes tengan la condición de interesado en dichos procedimientos administrativos a que se refiere el apartado anterior se realizará de oficio por el órgano instructor, de acuerdo con los datos de identificación que obren en sus archivos, bases de datos u otros fondos documentales. Sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado anterior, en los procedimientos para cuya tramitación sea imprescindible acreditar de modo fehaciente datos personales incorporados a los documentos de identidad de quienes tengan la condición de interesado, el órgano instructor podrá comprobar tales datos mediante un Sistema de Verificación de Datos de Identidad. En todo caso será preciso el consentimiento del interesado para que sus datos de identidad personal puedan ser consultados por este sistema por el órgano instructor, debiendo constar dicho consentimiento en la solicitud de iniciación del procedimiento o en cualquier otra comunicación posterior. A tal efecto, la prestación del consentimiento del interesado podrá hacerse constar expresamente en el recibo de presentación de la solicitud (…). El Sistema de Verificación de Datos de Identidad es operativo desde el 1 de Enero de 2007, como indica expresamente la Orden PRE/3949/2006, de 26 de diciembre, por la que se establecen los procedimientos de acceso al Sistema de Verificación de Datos de Identidad. |
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erchirri (10-12-2011) |
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