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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Europa da dos meses a España para modificar el impuesto de matriculación a las embarcaciones chárter de otros países de la UE)
Fuente ADIN; http://www.adin.cat/?co=contenido&id=1752&lang=es Desde ADIN, queremos felicitar a la eurodiputada popular Rosa Estarás y al presidente de la Cámara de Comercio, Industria y Navegación de Palma de Mallorca, por su buen trabajo y perseverancia para la supresión del impuesto de matriculación de las embarcaciones, tanto de lista 6ª (charter), como de 7ª (uso particular). Información del diario digital Mallorca Confidencial: La Comisión Europea ha dado la razón a la eurodiputada del Partido Popular Rosa Estaràs y ha pedido oficialmente a España modificar el impuesto de matriculación a las embarcaciones chárter náutico de otros países de la Unión Europea, ya que esa medida vulnera el principio de libertad de prestación de servicios. En el caso de que no se dé cumplimiento al Derecho de la Unión Europea en el plazo de dos meses, la Comisión podría decidir llevar a España ante el Tribunal de Justicia de la UE. Según las normas de la Unión Europea, un Estado miembro solo puede cobrar un impuesto de matriculación sobre un vehículo arrendado o alquilado procedente de otro Estado miembro si se utiliza o se va a utilizar en el primero de forma permanente y solamente podrá exigir la matriculación del vehículo y cobrar el impuesto de matriculación proporcionalmente a la duración del uso del vehículo en su territorio. Estarás espera que el Gobierno español rectifique cuanto antes y deje de exigir el pago de impuestos a embarcaciones de alquiler de otros países de la Unión Europea que operan en aguas españolas porque le hace perder competitividad frente a otros destinos, tanto en su vertiente turística como en la industrial. “Esta tasa impide que se desarrolle la actividad del chárter náutico en España en igualdad de condiciones que en el resto de la Unión Europea y genera un grave perjuicio al sector náutico, ya que no sólo desincentiva un tipo de turismo que genera un alto nivel de ingresos y puede facilitar la desestacionalización, sino que además daña a todas las empresas que se dedican a la construcción y el mantenimiento de embarcaciones, especialmente en Baleares”, subraya Estaràs. Hasta el momento, en España se ha estado aplicando el Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte (IEDMT), cuyo tipo imponible asciende al 12 por ciento del precio o valor del barco, según se trate de un barco nuevo o de segunda mano, y se devenga desde el primer momento en que se ejerce la actividad de chárter en aguas españolas aunque se realice de forma puntual y por un breve periodo de tiempo. La europarlamentaria espera que la respuesta de España a los requerimientos de la Comisión Europea sea rápida y contundente, ya que ha incumplido claramente sus obligaciones como país miembro en el seno de la Unión. La norma europea Un Estado miembro solo puede cobrar un impuesto de matriculación sobre un vehículo arrendado o alquilado procedente de otro Estado miembro si se utiliza o se va a utilizar en el primero de forma permanente. No obstante, el Tribunal de Justicia ha dictaminado que dicho impuesto es contrario al Derecho de la Unión Europea si no es proporcional a la duración de la matriculación del medio de transporte en el Estado donde se utilice. Por consiguiente, el Tribunal ha sentenciado que la obligación de una persona física de pagar el importe íntegro del impuesto de matriculación por un vehículo arrendado o alquilado en un Estado miembro es contrario al Derecho de la UE si no se tiene en cuenta la duración de su uso en aquel territorio. Además, el Tribunal ha dictaminado que contradice el Derecho de la Unión Europea que se prive a la persona del derecho a una exención o restitución en el caso de que el vehículo no se vaya a utilizar de forma permanente. El Tribunal de Justicia también ha dictado una serie de sentencias por las que se establece que el impuesto de matriculación debe ser proporcional a la duración del uso en un territorio determinado en el caso de los vehículos de empresa ![]() ![]() |
| 3 Cofrades agradecieron a Xavier Vila este mensaje: | ||
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#2
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Muy buena noticia.
![]() Espero que esto ayude a las empresas de charter. Saludos Rafa
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![]() RAFNI KAI www.RAFNI.es "Sean felices, porque la vida es urgente. La vida es una y ahora, así que hay que vivirla a tope y con intensidad" Editado por ROyOR en 16-11-2011 a las 17:03. |
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#3
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Vaya vaya vaya... esto es un notición, aunque realmente tiene su lógica: palabra excento de sentido en este pais. Me alegro para los que tienen otro pabellón. Eso quiere decir que ya no pagaran puesto que me expliquen como se controla el tiempo que estas en un pais. O lo dices tu por las buenas o nada. Antes era pagaban o no pagaban.
Lo que me preocupa es que aunque este impuesto es injusto por lo menos lo era para todos los charteristas de España sea cual sea su origen. Ahora tendremos la suerte de pagarlo integramente solo los españoles. Me alegro por los que tiene otro pabellón. (si lo he entendido bien) En mi caso iba a empezar el abanderamiento de mi embarcación. Que masoca!!! Menos mal que aun las cervezas son baratas ![]() ![]() por algo sera![]() para que no discutamos![]() ![]() . Venga volvamos al bar!!! |
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#4
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No veas la complicación legal y de cálculo !!
Si se contempla, el pitote será tal que , igualmente, la GC te pondrá un multazo, y que espabilen en capitanía (¿o hacienda?) con el recurso... ¿cómo afectaría eso a barcos abanderados en otros paises propiedad de españoles? ![]()
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#5
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Coincido en que es una buena noticia para el sector, aunque habrá que esperar a ver como aplican la norma porque parece complicado conocer la duración de las estancias de los barcos de la UE. Tampoco dicen nada de los armadores extranjeros de pabellones de otros países miembros, en los foros extranjeros eso es algo que preocupa a muchos barcos que nos visitan, la sensación de miedo y falta de criterio y regulación en nuestras aguas es algo que preocupa mucho a nuestros vecinos Europeos que quieren pasar largas temporadas en España.
Hace unos días lo de las balsas, ahora esto, poco a poco parece que se va aplicando el sentido común y la equiparación en nuestras normas, parece que la cosa esta tomando un buen rumbo, eso es bueno. ![]() ![]() |
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#6
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Cita:
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Mario. |
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#7
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Pues una buena noticia que a mi me pasó desapercibida....
![]() Salut i Ron ![]()
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Creo que hay solo dos cosas infinitas: el universo y la estupidez humana. Del universo no estoy muy seguro. (Albert Einstein) La voile : C'est le moyen le plus lent, le plus cher, le plus inconfortable, pour aller d'un endroit où on est bien vers un autre où l'on n'a rien à faire. (Eric Tabarly) Navegar no es un lujo, es un derecho ![]() |
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#8
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Gracias, Golden Dream. Buena noticia. Ahora que la matriculacion obligatoria ya ha caido definitivamente, queda por conseguir que caiga esta abusiva imposicion fiscal (unica en la UE y yo diria que unica en todo el mundo), porque en definitiva, es una traba a la libre circulacion de bienes dentro de la UE.
Lo que es absurdo no se puede conseguir racionalizar porque sigue produciendo resultados absurdos. Por ejemplo, que significa una tributacion "a la duración del uso en un territorio determinado"? Proporcional a que? A la duracion de la vida del medio de transporte? Con cuantos años de duracion del uso se entiende que ya se ha cumplido el 100%? Me gustaria ver esas sentencias del Tribunal de Justicia y me gustaria tambien ver el requerimiento de la Comision al Estado español para adaptar su normativa. Salut! Tupac Amaru |
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#9
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Es muy buena noticia ya que se empieza a poner cordura, un poco, en este pais de paisanos de secano..... Tengo una duda,.. ¿Creéis que crecerá mucho la competencia? , es decir ahora empresas del sur de Francia o Italia pueden venir a costas españolas a ejercer su trabajo..... ¿Cómo lo veis?
Una rondita para pensar mejor!!!! ![]() |
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