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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Para comenzar dado lo timido que soy. Para animar estas fiestas Para que me ayudeis en esta consulta...el tema es el siguiente soy el propietario de una embarcacion 6,20m eslora con PNB , a veces suele acompañarme un amigo PER. en el caso de pasar de las 5 millas tendriamos algun problema con la autoridad? muchas gracias por vuestras contestaciones y que corra la bebida. |
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#2
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Si hay un PER a bordo , en teoría puedes ir a mas de 5 millas , siempre que la barca este en categoría 4 , de ponerla en esta categoría tu ya no la podrás llevar solo .... , si la dejas en cat 5 , no puedes ir mas lejos , pero la puedes llevar tu solo ... , lo se todo son pegas , es así , aquí en términos marítimos existe la presunción de culpabilidad , si tienes barco se te acusa de tener pelas , es un delito , hay que quitaste las ....
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#3
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muchas gracias VERTIJEAN y
![]() esta despachada en la zona 5 , mi intencion es no cambiar la zona asi que me quedare donde pesco habitualmente ... |
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#4
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De este tema, como otros, muchas veces se ha hablado.
Entiendo que si lo pones en zona 4 sí lo puedes patronear tú, pero entonces tendrás que estar dentro de las atribuciones de tu título (5 millas). Si lo patroneara un PER o más, podrá acceder hasta las 12 millas para las que esté autorizado (zona 4). Para la zona donde se puede navegar intervienen dos factores: la zona para la que esté autorizada el barco y las atribuciones del título del patrón. Y vale la más restrictiva. Si sigues en zona 5, aunque tu amigo sea PER o lo que quieras, estar a más de 5 millas de un abrigo es sancionable. También va a intervenir si la embarcación está homologada y es más o menos reciente (primera venta posterior a 2003). Por lo que preguntas, sospecho que no es el caso. Pregunta en Capitanía Marítima, por ejemplo de Bilbao. ![]() ![]()
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Sausalito III (Puma 26) Pumeros: http://clubpuma.ning.com/ ANAVRE: "Ya nunca navegarás en solitario" Asociación de navegantes de recreo |
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#5
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Siento decir que no es así , si pones la embarcación en zona 4 NO la puede llevar un PNB ni a media milla , por lo de la presunción de culpabilidad , si te pillan te multan por no tener la titulación acorde con el despacho de la embarcación , si te pillan a 4 millas , argumentaran que o venias o volvías de mas lejos ....
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#6
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Cita:
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#7
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Ya se que es de chiste ... , tu , porque piensas que todos los que quieren ir lejos quieren cambiar de bandera ...pues por eso mientras a un holandés no se lo pide nada para dar la vuelta al mundo , a un español se lo pide un titulo de capitán para ir a cicilia .
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#8
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Cita:
* De la titulación del patrón (PNB, PER, PY o CY) * Y de la Zona de Navegación para la cual esté despachada la embarcación (1, 2, 3, 4, 5, 6 ó 7) Si te acompaña un amigo con el PER puedes pasar de las 5 millas (y llegar hasta las 12 millas) si tu embarcación está despachada para la zona 1, 2, 3 ó 4. Si está despachada para la zona 5, pues no estás autorizado a pasar de las 5 millas (otra cosa es que lo hagas....) Es decir, un Capitán de Yate, por muy Capitán de Yate que sea, en una embarcación despachada para la Zona de Navegación 5, no "puede" pasar de las 5 millas de la costa. Y, viceversa, un PNB, con una embarcación despachada para la Zona de Navegación 1 (distancia ilimitada de la costa), no puede pasar de las 5 millas. Más claro el agua. ![]() ![]() |
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#9
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Cita:
El título te limita la distancia a la costa, siempre que lo permita la Zona de Navegación en la que esté despachada la embarcación. En resumen: * Un PNB puede navegar hasta 5 millas de la costa siempre que la embarcación esté despachada para la Zona de Navegación 1, 2, 3, 4 ó 5 y no tenga más de 7,5 m. de eslora. * Un PER puede navegar hasta 12 millas de la costa siempre que la embarcación esté despachada para la Zona de Navegación 1, 2, 3 ó 4 y no tenga más de 12 m. de eslora. * Un PY puede navegar hasta 60 millas de la costa siempre que la embarcación esté despachada para la Zona de Navegación 1 ó 2 y no tenga más de 20 m. de eslora. * Un CY puede navegar a distancia ilimitada de la costa siempre que la embarcación esté despachada para la Zona de Navegación 1. Saludos ![]() ![]() Editado por e_u_o_ar en 28-12-2011 a las 19:00. Razón: . |
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#10
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Prueba ... Si vas a capitanía y despachas la embarcación en zona 4 veras como pone " titulación mínima PER " , y si despachas a zona tres pondrá " titulación mínima PY "
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#11
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Cita:
Pero eso no va en contra de lo dicho: puedes navegar con PNB a menos de 5 millas estando la embarcación despachada en la Zona 4.... o en la 3.... o en la 2...... o en la 1. Si aún no lo te aclaras, vete a Capitanía y te lo explican, porque yo ya he tratado de explicarlo lo mejor que he podido. ![]() ![]() |
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#12
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Iba a ponerlo esta mañana, pero he preferido esperar, y no convertir este hilo en una "conversación a dos".
Vertijean, según lo que planteas, un PER, por ejemplo, no puede comprar una embarcación de 40 pies, pues teniendo, probablemente, una categoría de diseño A, que te la despachan "automáticamente" para zona 1, tendría que ser Capitán de Yate para ir a fondear a la playa... Aunque luego resulte que la zona por la que puede navegar, realmente, será la que corresponda al equipamiento que lleve... Por otra parte, en nuestro sistema jurídico, no existe la presunción de culpabilidad, sino la de inocencia, aunque a veces, viendo la prensa y noticias, cueste creerlo. Otra presunción que existe y viene al caso, es la de veracidad de lo que pueda declarar un agente de la autoridad (por ejemplo Guardia Civil), salvo prueba en contrario. Si un agente dice que estabas a 10 mn, se presume cierto, salvo prueba en contrario. De todas formas, Eskarra, es tan fácil como plantearlo en Capitanía Marítima. Los que sancionan, en su caso, son ellos, así que lo que digan, será más orientativo que nuestras opiniones... Un saludo.
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Sausalito III (Puma 26) Pumeros: http://clubpuma.ning.com/ ANAVRE: "Ya nunca navegarás en solitario" Asociación de navegantes de recreo |
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#13
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Tiene razón Edurogar, con la única aclaración que ahora la zona de navegación ya no te aplican la que pides, sino la que corresponde a la categoría de diseño CE de la embarcación.
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![]() !!! YO TAMBIEN TENGO ROTO EL SENSOR DEL TRIM DE VOLVO !!!
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#14
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Vamos a ver si yo tengo una embarcación despachada para la zona 4 y me puedo alejar 12 millas y tengo el título PER,PAY o CAPITAN no tengo problemas, en cambio si le dejo el barco a un PNB...
¿lo puede pilotar dentro de las 5 millas correspondientes a la zona 5? (eslora 7,5 metros por ejemplo) A mí me gustaria que asi fuese, pero no estoy seguro, más que nada es que cada título tiene unos conocimientos, y cada zona de despacho un equipo de seguridad, es decir un PNB conoce o deberia de conocer el botiquin para la zona 5 y no el de la zona 4, asi ocurre lo mismo con el equipo de señalización como bengalas, cohetes etc, ya se que las diferencias son pocas, pero está ahí Brindo por vosotros Felices Fiestas |
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#15
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Creo que estas equivocado, pues en ninguna capitanía, le piden la titulación al armador para despachar el barco. Sino que le aplican la titulación MÍNIMA, para poder patronearlo, en función, de su eslora y potencia. Otra cosa es que según el diseño, de la embarcación y dotada del preceptivo material de seguridad, se despache para una determinada zona, y ya depende de quien la patronee, sea consecuente y sepa hasta donde EL, y no la embarcación, puede navegar legalmente. Es mas, parece ser que ahora ni eso, sino que TU, o quien sea el patrón en ese momento, decide que equipo de seguridad llevar, dependiendo de por donde vaya a navegar... insisto, parece ser, pues no he visto nada que legalmente autorice a esto. De momento, mi barco navega con lo que me autoriza, conforme especifica mi actual documentación ![]()
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Soy cantor, soy embustero, me gusta el juego y el vino, tengo alma de marinero. Qué le voy a hacer, si yo nací en el mediterráneo. "A veces es mejor callar y parecer tonto, que hablar y despejar todas las dudas". Groucho M. Editado por sumeke en 27-12-2011 a las 10:14. |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a sumeke | ||
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#16
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Hace tiempo que no navego con pabellón español , seria que las cosas sean cambiando en la buena dirección
, por lo que recuerdo las cosas eran tal y como te las describí , a demás me habia ya olvidado del famoso problema de la balsa que cuendo se va de revisión ( todos los años ) no se puede navegar ![]() Te agradecería me pongas al día de estos cambios y de su implicaciones , no sea que vaya por allí dando indicaciones erróneas ![]() ![]() Cita:
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#17
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Cita:
También, te digo, que estoy navegando habitualmente en un 38 pies, en el que su armador, cofrade de esta taberna, se ha recorrido gran parte del la costa mediterránea, con su PER, y el barco despachado en zona 3, sin ningún problema. Solo para cruzar a baleares y alguna travesía a Melilla, he ido como patrón. Es posible que haya cambiado la cosa.. a mejor. Pero desde luego, mientras a bordo lleve esta documentación, que es la debo y ademas la única que puedo enseñar, ante una inspección. Y hasta que no vea publicado oficialmente este cambio, o que en la próxima ITB, me ponga otra cosa. Me acogeré a lo que de momento puedo constatar. ![]()
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Soy cantor, soy embustero, me gusta el juego y el vino, tengo alma de marinero. Qué le voy a hacer, si yo nací en el mediterráneo. "A veces es mejor callar y parecer tonto, que hablar y despejar todas las dudas". Groucho M. |
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#18
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Entonces , ha cambiado la cosa ,bien ! , investigando por allí también vi que las balsas se revisba cada 3años , si , va en el sentido correcto .
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#19
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Si la embarcación está despachada para la zona 5, aunque vaya en ella un capitán de yate no puedes pasar de 5 millas del abrigo de la costa, pues supongo que no llevarás el aro salvavidas, la radio con DSC, las bengalas y demás parafernalia exigida para la zona 4.
!Feliz Año Nuevo! ![]() ![]() |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a salitega | ||
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#20
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Cita:
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#21
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Cita:
Y no es broma. ![]() ![]() ![]()
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#22
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Cita:
Totalmente de acuerdo sumeke![]() ![]() ![]() |
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