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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#51
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Hola navegantes,
Volviendo sobre a pregunta 22, el tribunal que examina en CEUTA es el mismo que examina en Andalucía, el de la universidad de Cádiz. Recordando que el R.D. 1435/2010, de 5 de noviembre, el que cambia la normativa, entra en vigor el 01 de enero de 2011. Pues bien, en 3 Exámenes del PER, presentados por el tribunal de la Universidad de Cádiz, celebrados en Ceuta, en siguientes convocatorias: 30 abril 2011 / 29 de octubre de 2011 / 31 de marzo de 2012 se hace la misma pregunta que la que ahora nos ocupa, y en los 3 casos la respuesta ha sido la misma........... VHF FIJO CON LSD. Es decir ya no estamos ante un error puntual sino ante una REITERADA INTERPRETACIÓN DE LA NORMA POR PARTE DEL TRIBUNAL CALIFICADOR, y que para mí es más que suficiente para demostrar que el alumno al encontrarse con la manida pregunta 22 sin ninguna opción de respuesta válida ( y aunque la hubiera, pero no es el caso) no le quede más opción racional que optar por la respuesta d), como ya indiqué anteriormente, también errónea. Yo creo que es fundamental incluir estos antecedentes en el recurso correspondiente. Saludos y buenos vientos Editado por POLA DE ALLANDE en 18-11-2012 a las 21:28. |
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#52
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Hola navegantes,
GUYUFLO, en mi opinión debieras de incluir los reiterados antecedentes del tribunal a la hora de resolver en el mismo sentido, hasta en 4 ocasiones, la cuestión planteada. Saludos y buenos vientos. |
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#53
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El tema de los antecedentes que comentas, lo hemos tenido presente y sobre la mesa todo el rato mientras desarrollabamos el recurso. Pero es darle vueltas a algo que no se corresponde con la ley y por tanto no valida una respuesta incorrecta. Sólo demuestra eso... Una reiterada mala interpretación de la ley por parte de los tibunales.
Como no añade nada que no esté dicho, decidimos omitirlo para hacerlo más directo y claro... De por sí lo de las publicaciones oficiales tampoco sería necesaro, pero por si acaso denegaban el recurso agarrándose a eso lo hemos incluido para evitar que nos hagan hacer otro recurso después de las notas definitivas. Cada uno que haga lo que quiera, ehh!! puede añadir lo que sea, pero ya te digo, lo veo innecesario porque no hay respuesta correcta y sería pedir que la respuesta del tribunal es ilegal pero que la tuya es la buena cuando tambien es ilegal..... no se si me explico. |
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#54
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Hola navegantes,
De acuerdo, son diferentes formas de enfocar un mismo problema; el hecho cierto es que ninguna de las 4 opciones de respuesta es válida, pero el efecto que produce ante un tribunal la evidencia de una reiteración de repuestas en un mismo sentido es evidente, y no desmerece en absoluto el recurso. Es por ello que nosotros lo vamos a incluir. Yo confío en que no sea necesario llegar a los tribunales, pero hay que estar preparado para todo, y, en ese caso los antecedentes también cuentan, y mucho. En cuanto a lo que comentas de un nuevo recurso después de las definitivas, es evidente que habrá que hacer un nuevo recurso, en el que podrás alegar nuevamente lo que consideres conveniente, sin estar sujeto a ningún tipo de ataduras previas. La administración está siempre obligada, a cumplir la Ley con independencia de las alegaciones aportadas por la parte en vía administrativa. En vía contenciosa lo primero será desmontar las argumentaciones en que se base la administración para seguir manteniendo su postura, y en este caso es fundamental que el tribunal "VEA" claramente TODOS los antecedentes. Un cambio de criterio de la administración requiere al menos una aclaración. No obstante considero provechoso los diferentes enfoques del recurso, ya que con tal de que uno solo de los recurrentes obtenga un resultado favorable, lo obtienen todos. Suerte. Saludos y buenos vientos. Editado por POLA DE ALLANDE en 18-11-2012 a las 22:32. |
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#55
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Ya te digo, es indignante que este tema haya pasado inadvertido por todos durante tanto tiempo...
Me parece bien si lo quereis incluir, a fin de cuentas vamos a por lo mismo y contra los mismos. Lo que no me queda claro de tu postura es si buscas la anulación o que den la opción D como la correcta (cosa que no lo veo factible). Suerte tambien!! |
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#56
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En absoluto.- Es evidente que no hay ninguna respuesta acertada, lo que buscamos es la nulidad de la pregunta.
Lo que ocurre es que nosotros trataremos de demostrar que la única opción "razonada" que le cabe al alumno, basada en múltiples antecedentes, es la opción d), pero en ningún caso la b) ni ninguna otra. Suerte para todos. |
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#57
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Pues entonces como tu dices, con que un recurso lo consiga lo consiguen todos.
Si alguien está interesado en recurrir y no tiene claro cómo darle forma o como enfocarlo pueden usar el mío en los casos que indico en el post Nº40 de este mismo hilo (donde tambien está el archivo a descargar) sin necesidad obligada de añadir ni cambiar nada. Tambien sirve de ejemplo para otras peticiones en cuanto a estrucctura se refiere. Nota: como es posible que se hagan algunas modificaciones pongo un número delante del nombre del archivo que indica la "version"; así pues si te descargaste el 2-RecursoPerNov......pdf y está el 3-Recurso.....pdf es que se ha modificado algo (este último tiene el hueco de la fecha relleno con $$$$... chorradillas que voy cambiando). Recomiendo que quien lo vaya a usar como recurso tal cual, revise si hay uno nuevo antes de imprimirlo. Saludos!!! |
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#58
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"Version" 3 del archivo actualizada. Me he dado cuenta que no todo el mundo tiene porqué haberse examinado y estar en la misma ciudad que yo.
. Creo que será definitiva. |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a Guyuflo | ||
Petacaderon (19-11-2012) | ||
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#59
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Ya están las calificaciones previsionales, alguien sabe a donde enviar el recurso en Sevilla?
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#60
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Hola navegantes,
Por lo visto no han hecho caso a las "alegaciones previas" en relación con la pregunta 22. Según lo previsto, ahora toca recurrir el listado provisional a los declarados NO APTO. Esperemos que en esta ocasión tengan en cuenta las alegaciones, pero si no lo hacen habrá que ir a los tribunales. Saludos |
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#61
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Hola navegantes, Recursos: Copio literalmente de la convocatoria: Contra estas relaciones los aspirantes podrán presentar alegaciones ante el Tribunal Calificador Único en el plazo de 7 días naturales a partir de la exposición en los lugares anteriormente mencionados. ¡OJO! PLAZO: DEL 22 AL 28 DE NOVIEMBRE Vistas y resueltas las alegaciones, el Tribunal Calificador Único remitirá al Instituto Andaluz del Deporte, en el plazo máximo de 10 días naturales desde la finalización del período de alegaciones, la relación de aprobados y suspensos de los exámenes teóricos para cada una de las titulaciones. Suerte a todos |
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#62
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Pues vaya
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#63
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Muy buenas cofrades!. la verdad que me ha sentado como un jarro de agua fria. acabo de ver las notas, no apto. he suspendido porque tengo 3 en radio y una de ellas es la 22 dichosa que repasando el listado provisional de respuestas del examen me di cuenta que no estaba correcta según mi libro del PER de Alfonso Jordana 3ª edicion revisada.
yo al igual que muchos hice un escrito, pero parece que nada, lo enviaré de nuevo en el plazo de alegaciones. Sinceramente si esa pregunta no se anula o concretamente no me la anulan (segun me han afirmado en la academia deben de hacerlo). agotaré todas las vias que estén disponibles para que tengamos un examen justo. Saludos y perdonar que no me haya presentado, pero me urge seguir este hilo. |
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#64
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Como te habrás dado cuenta si has leido el hilo, se creó por la pregunta 22 sobretodo. Y hay mucha gente con el mismo problema.
Toda la información que te podemos aportar es lo que ya está dicho. Espero que nadie nos sorprenda con algo nuevo. Saludos, Suerte y !! |
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#65
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Buenos días navegantes,
En mi caso que hablo por un grupo de 4 personas que se examinaron en Málaga, solo 1 ha sido declarado NO APTO, y también por la dichosa pregunta 22. Ya tenenemos preparado el escrito de alegaciones para remitir hoy al presidente del tribunal, y confiamos en que sirva de algo. Si alguien lo quiere no tengo ningún inconveniente en enviárselo a su correo privado. En cuanto a lo del recuirso contencioso administrativo, caso de no prosperar la vía administrativa, hay que tener en cuenta que precisamente hoy debería de entrar en vigor la nueva ley de tasa judiciales (aplazada por "unas semanas"), lo que puede significar que haya que pagar unas tasas de 350 euros por presentarlo, caso de que entre efectivamente en vigor antes de su presentación. Rafarocha, En cuanto a lo que dices del JORDANA, no entiendo bien si es que en el libro está actualizada la respuesta o no. Saludos y buenos vientos Editado por POLA DE ALLANDE en 16-12-2012 a las 23:49. |
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#66
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Cita:
He de reconocer que no había reparado mucho en este hilo, aquellos que ya pasamos y en algún caso hace mucho tiempo, por la trama de exámenes, test, escuelas y demás, a veces no nos preocupamos mucho por estas cosas, pero hoy me pare a leer este hilo y me gustaría opinar. No voy a opinar de tal o cual pregunta o de si hay que anularla o de si hay que llevar una radio u otra. El problema en esta historia de los exámenes es de fondo. Los exámenes de titulaciones náuticas en Andalucía, han pasado de Consejería en consejería y acabado en el Instituto Andaluz de Deportes como pelotita de pin-pong. "Instituto Andaluz de Deportes" no se me ocurre ahora mismo una antítesis mayor de su significado con lo que uno se imagina al escucharlo. No se si es incompetencia, no se si es desidia, no se si es algo que no quiero pronunciar.Cada vez que he tenido que tratar algo con ellos he acabado irremediablemente cabreado. y como el chiste me pregunto "seré yo, señor, seré yo..." Pues parece que no, esto se repite tan a menudo que los ejemplos sobran... En esta taberna, hay muchos que me conocen.. Soy andaluz, presumo de andaluz por todo el mundo y por lejos que esté no me olvido de mi tierra. Pero me da vergüenza, que precisamente en mi tierra, haya instituciones que se llaman de servicio público, que os recuerdo que pagáis todos partiéndoos los .... cada día en vuestros trabajos y que se permitan el lujo de actuar como actúan. Gente que les importa un pepino las personas que usan sus servicios, gente que está más preocupada de mirarse el ombligo que de realizar un servicio al ciudadano. No voy a hacer un alegato de la conveniencia o no de la función pública, no es mi intención ni mucho menos, pero esta gente no se merecen ni mucho menos llamarse empleados públicos. Yo os animo ha usar todas las herramientas que tenéis a vuestra disposición, hojas de quejas de la junta de Andalucía, Defensor del pueblo andaluz, Tribunal de lo contencioso Administrativo. No tener miedo a reclamar lo que creáis oportuno, ya va siendo hora de desenmascarar a esta pandilla. Bueno y después de esta acritud os invito a unas ronditas. ![]() ![]()
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---------------------------------------------------- "El romper de una ola no puede explicar todo el mar." Vladimir Nabokov
There is a big difference between living and being alive. |
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#67
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Presentado el recurso esta mañana. La que nos ha antendido nos ha preguntado directamente si era por la pregunta 22... y que ya tenian unas cuantas (a las 11:00)
Hemos ido a: Instituto Andaluz del Deporte Avda. Sta Rosa de Lima, núm. 5 29007 Málaga Saludos!! |
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#68
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Cita:
Venga, cuantos más, mejor ![]()
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#69
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Yo iré mañana a presentarlo aquí en Córdoba. Tengo un escrito que me han pasado queria que me pasarais el que habeis entregado a ver que tal o si me falta algo. Pola de allande te he mandado un MP con mi correo.
muchas gracias saludos y suerte a todos! |
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#70
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Buenas tardes navegantes,
Rafarocha, te he enviado el escrito de alegaciones. Suerte para todos. Por cierto , ¿alguien sabe cómo contactar por teléfono con los miembros del Tribunal único? Saludos y buenos vientos |
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#71
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Muchas gracias POLA DE ALLANDE no tengo ni idea de como contactar por tlf con ellos. te acabo de contestar por e-mail.
Saludos |
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#72
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Una ronda para todos.
Sea admitida o no las alegaciones a las preguntas mencionadas, quiero comunicaros que de cualquier forma no pueden calificaros como no aptos por tener mas de 2 errores en radiocomunicaciones. Según la normativa publicada para la convocatoria en Andalucía BOJA (BOJA núm. 15, de 24 de enero de 2012) por la que se rige la misma indica que ha de seguir la Orden de FOM/3200/2007 en la que se especifica cuales son las materias en las que han de superarse un número determinado de respuestas y en ellas no está incluido el apartado de radiocomunicaciones. Todos los que esteis en el caso descrito podeis contactar conmigo y os enviaremos una copia de como debeis redactar las alegaciones, Salud y buena mar a todos. |
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#73
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Cita:
![]() ¿Habrán sacado alguna normativa después de esa que la cambia?
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#74
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Es cierto que yo estuve tirando del hilo de la normativa antes del examen y no encontré la publicación del cambio de materias "eliminatorias". Radio sustituyó a Propulsión este año, y así figura en las instrucciones de los exámenes, pero ¿dónde está regulado esto? ¿O queda a criterio del tribunal único?
Enviado desde mi LT18i usando Tapatalk |
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#75
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Hola navegantes,
De conformidad con lo dispuesto en la propia Orden FOM/3200/2007, de 26 de octubre, la misma FUE ACTUALIZADA parcialmente por Resolución de 15 de diciembre de 2011 (BOE nº 23, de 27 de enero de 2012) de la Dirección General de la Marina Mercante; en esta actualización es donde se cambia la propulsión por RADIOCOMUNICACIONES, como materia eliminatoria. De todas formas, el recurso ha de prosperar forzosamente por los motivos de nulidad expuestos hasta ahora en el post. Saludos y buenos vientos. |
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