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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Una ronda para todos ante todo.
Tengo una duda, y lo peor, he escuchado opiniones en ambos sentidos. En un velero cuyo motor sea un fuera borda ¿es siempre obligatorio hacerlo figurar en la documentación o solo lo es a partir de determinada potencia? Saludos |
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#2
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En Capitanía me dijeron que llevara la factura de compra, nada más.
No hay que hacer el asiento en la documentación, y nadie habló de potencias límite ( que además en un velero siempre serán bajas). ![]() ![]() |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a al_barco | ||
Astonmartin (07-12-2012) | ||
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#3
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No hace falta acoplar. Mi semirrigida ha sido matriculada en junio y no han querido saber nada del motor.
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"Born to sail, but forced to work..." |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a RMR2ENG | ||
Astonmartin (07-12-2012) | ||
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#4
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Pues un problema menos.
Gracias. Creo que hasta no llegar a 20 mensajes no tengo la opción de agradecer digitalmente. |
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#5
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Hola astonmartin:
Lo que sí es conveniente, es "sacar" de la documentación el motor que ya no existe. Saludos |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a LP706 | ||
Astonmartin (07-12-2012) | ||
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#6
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Cita:
supongo que habrá que hacerlo constar en el contrato de compra venta pero es un follón sobre todo si se vuelve a vender luego pues en el asiento habrá un motor desconocido. ![]() |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a al_barco | ||
Astonmartin (07-12-2012) | ||
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#7
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Cita:
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