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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Hola! Tengo un problema con una embarcacion que lo mas seguro que me quede, este finde voy a ir a verla y la semana que viene si todo va bien a traerla desde marbella. El unico problema es que esta despachada para 60 millas creo y tiene la balsa salvavidas caducada, la radiobaliza esta hasta el año que viene aunque yo quiero pasarla a 12 millas cuando llegue a valencia. Que puedo hacer? cuanta multa me podrian meter si me pillan con la balsa caducada? Hay opcion de alquilar una para la travesia? Help! Help!
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#2
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Hola Armicsan:
Sí que te pueden multar, pero las probabilidades disminuyen mucho considerando que "acabas de comprar el barco". Te recomendaría que antes de iniciar travesía, "metas" en el registro de tu capitanía una solicitud para el cambio de zona y todos los demás tramites, y lleves esta copia a bordo. La GC el único interés que tiene es la seguridad ( yo creo en ello, ya se que no es compartido por todos ). Lo digo porque si llevas la balsa caducada, pero el contrato de compraventa tan reciente, todo lo demás en regla, y la solicitud de pasar el barco a zona 4 (12 millas), entenderán que esa balsa está llamada a desaparecer. Claro está que tendrás que navegar a menos de 12 millas de la costa. Mi opinión es que aunque te parasen, no te denunciarían sólo por ese tema de la balsa, llevando la documentación que te digo: contrato y solicitud de zona 4. Pero esto nunca es un seguro anti-denuncia, claro. ![]()
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~EL HILO DEL BOTIQUÍN ~ |
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#3
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Si esque en verdad no puedo pasar de 12 millas porque tengo el PER asique en verdad no tengo problema con eso. Otra cuestion es: mejor llevar la balsa caducada o no llevarla en el barco? Un saludo
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#4
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Cita:
debes quitar la balsa, a no ser que la tengas al día. Con esto quiero decir, que si vas a presentar la solicitud de cambio de zona, para poder justificarte, tal vez sería bueno desembarcar la citada balsa. Salud y ![]()
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![]() El cruce del Atlántico y posterior estancia en el Caribe de El Temido lll (2014/2016) http://foro.latabernadelpuerto.com/s...d.php?t=145184 |
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Armicsan (06-03-2013) | ||
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#5
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Vale, en verdad la balsa es lo unico caducado que lleva, la quitare del barco y me hare el loco que como tengo el PER y que no puedo ir a mas de 12 millas y estoy trayendo el barco que me lo acabo d comprar igual me dejan sin rebentarme a denuncias. Muchas gracias por tu ayuda jeje
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#6
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Vamos que si llevo un fuet caducado en el barco sin estar obligado a llevarlo me pueden denunciar igual?
Con esto quiero decir que si tengo el barco en doce millas y me apetece llevar una balsa por que me siento mas seguro,o porque me da la gana pero no tiene la revision me pueden multar? Menuda gilipollez,es incomprensible ![]() |
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#7
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Cita:
y ![]() Salud y ![]()
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Armicsan (07-03-2013) | ||
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#8
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Yo tengo el barco despachaddo para 12 millas y llevo una balsa y radiobaliza por seguridad, no por obligación. Si me multan por tener la balsa para 6 en lugar de los 10 para los que esta despachado el barco me hago
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#9
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Otra de las razones por las que hilos como este Trámites cambio a bandera belga/holandesa tienen tanto éxito.
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#10
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Cita:
Pregunté en UNA Capitanía y me dijeron que la Guardia Civil solo revisa lo que aparece en la documentación del barco (aparte drogas, armas o personas ilegales). También llevamos a bordo el GPS del móvil y no está homologado !! ![]() ![]() |
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txaviss (09-03-2013) | ||
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#11
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Si esque uno ya no sabe que tiene que llevar y no llevar... hombre no te vendria mejor una auxiliar que una de rescate? si solo puedes ir a 12 millas en verdad estas ahi al lado y a la hora de ir a una calita pues viene de lujo
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#12
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También llevamos a bordo el GPS del móvil y no está homologado !!
![]() [/quote]Tú da ideas, que ya me veo teniendo que cambiar la manzana por un móvil homologado por la merrina de los marchantes. Que sería de los chinos pero a precio de rolex. Dicho por la GC lo que lleves en regla y sino no lo lleves. Otra cosa es lo que haga después la autoridad compitenten con la denuncia. Un saludo. |
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#13
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Cita:
![]() Por el GPS del móvil, aunque lo vean, no te van a decir nada. ![]() Salud y ![]()
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![]() El cruce del Atlántico y posterior estancia en el Caribe de El Temido lll (2014/2016) http://foro.latabernadelpuerto.com/s...d.php?t=145184 |
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#14
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Si te vas a comprar un barco, tu crees que no vale la pena poner 500 Euros más o menos y realizas una revisión completa de la balsa...?
Es más sencillo que andar con papeles arriba y abajo.Cada uno sabe su economia, pero considero que si has tomado la decisión de esa compra, es un elemento de seguridad que tanto sirve para zona 4 que para zona 2. Si por titulación no puedes hacer las 60 millas, siempre puedes encontrar a alguien que te acompañe. Pasar de zona 2 a zona 4 no cuesta nada, pero si algun día quieres volver a zona 2 ...... te vas a enterar...... ![]()
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Confiar en el viento es como creer en la buena fe del diablo (R. Wagner - el Holandes Errante) EA 3 CBT
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#15
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Tuve un error y el barco esta para 25 millas creo que es zona 3... Tan complicado es volver a zona 3 si lo despacho para zona 4? entonces teniendo el P.E.R me quedo en zona 3 verdad? llevo idea de sacarme PY
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#16
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Cita:
Con lo que dice nuestro amigo El Temido no estoy exactamente de acuerdo. A ver... Si no es obligatorio el uso de balsa y no tiene que renovarla en zona 4... ¿por qué ha de dejarla en tierra? Como ha dicho alguien, la G.C. inspecciona los elementos que figuran en el certificado de navegabilidad. Una balsa no obligatoria no tiene que ser un inconveniente para una revisión si no es obligatoria. Por el contrario, considero que aunque no esté revisada, en un momento de apuro hasta podría ser positivo tenerla. A 12 millas puede hundirse un barco y no te vas a ir nadando a casa. Y como conclusión, comparto la opinión de que cualquier ingenio que añada seguridad a una embarcación es positivo. Saludos a todos. ![]() |
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#17
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Si no me equivoco, al emitirse el nuevo real decreto de abanderamiento 1425/2010, se cambió la normativa en el sentido de que únicamente es obligatorio llevar a bordo y al día el material de seguridad que requiera la zona en la que se esté navegando.
De hecho, el nuevo modelo de Certificado de Navegabilidad, 1414, no lleva inventario de equipo y dice textualmente que es responsabilidad del patrón llevar a bordo el material requerido para la zona en la que se esté navegando. Sin embargo, el problema surge cuando todavía no se ha cambiado dicho certificado por el nuevo modelo y se navega don el modelo 1313, que sí lleva inventario. En tal caso, la GC te puede denunciar y, teóricamente, la Capitanía Marítima debería de resolver el expediente sin sanción si te hallabas navegando en la zona 4, que es la que te permite el PER y no requiere balsa. Lo más práctico que puedes hacer es, o bien revisar la balsa o, más barato, solicitar un nuevo certificado de navegabilidad por extravío del anterior. De este modo, te emitirían el nuevo certificado 1414 sin inventario de equipo y no deberías de tener mayores problemas. Te deseo que disfrutes mucho de tu nuevo barco y espero que esta respuesta te haya servido para aclarar en algo tus dudas. ![]() ![]() salud!!! |
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#18
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Cita:
En mi Puma 34, sin marcado CE, recién pasadoa zona 2, siguieron entregando el antiguo. Kenzo |
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#19
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Cita:
Saludos |
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#20
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El quid de la cuestión es si no tiene CE, y a su vez no tiene una zona de diseño, la capitanía decide en cual estás.
Saluda |
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#21
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Cita:
Francamente no entiendo el concepto de seguridad.....lo que entiendo perfectamente es el motivo de las multas. ![]() ![]() ![]() ![]()
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Te exijen sinceridad pero se ofenden si les dices la verdad.....entonces?.....te ofendo por sinceridad o te miento por educacion?.
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#22
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![]() ![]() Pero nadie aun a contestado a la pregunta como se empezó el hilo y también me interesa......¿Qué sanción tiene si llevas la balsa caducada?, ¿alguien le han sancionado por esto??. Gracias |
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#23
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Cita:
Ahora no recuerdo si es infracción grave o muy grave en materia de seguridad marítima, la diferencia está en la cuantía máxima, que en cualquier caso es muy elevada, pero lo que juega a nuestro favor es que no hay cuantía mínima, con lo que los capitanes marítimos pueden modular bastante el tipo de sanciones propuestas en materia de náutica recreativa. Sin embargo, me sigue pareciendo un despropósito que la cuantía de la multa dependa del criterio del Capitán Marítimo que, si un día está cruzado o por el motivo que sea, puede meterte la misma sanción que a un petrolero. Sigo pensando que necesitamos una normativa específica para la náutica recreativa. ![]() ![]() salud!!! |
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