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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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![]() ![]() Saludos a todos.- En este mundo que nos toca vivir donde uno no se puede fiar a veces de cosas que te afirman personas ,sobre todo vendedores, de forma taxativa, he recibido ultimamente informaciones contradictorias sobre el tema de la clausula "perdida total" de los seguros para barcos: a mi el vendedor del seguro me dijo que el barco estaba asegurado para los casos de pérdida total por un valor global que ,llegado el caso, sería estimado por un perito, pero que en ningun caso podia aparecer como cantidad exacta en la póliza, que era lo que yo esperaba.Como es obvio yo lo que deseaba era una cobertura en la forma de una cantidad de dinero determinada y expresa en la poliza, que yo cobraria en caso de la perdida total del barco, porque la otra opcion de que sea el perito en su momento el que determine cuál es la cantidad a indemnizar pues vaya,es muy ambiguo, y nunca a mi favor probablemente .Pero el corredor de seguros,que a mi me habian recomendado y en quien hasta ahora confío, me aseguro que esto era imposible, que los seguros que prometen estas cantidades fijas no dicen verdad,que es imposible dar esta cantidad fija entre otras cosas porque con el paso del tiempo el valor del barco cambia y por tanto la cantidad a indemnizar no puede ser la misma. Sin embargo el otro dia se me afirmaba que ,para que no haya mamoneos despues, en la poliza debe constar una cantidad concreta .... ![]() ![]() ¿Vosotros cómo lo teneis?? Muchas gracias de antemano. Bastante jodido es a veces navegar como para encima tener problemas adicionales de este tipo ![]() ![]() |
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#2
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Mi póliza (mutuapesca) tiene un valor del casco, motor, jarcia y accesorios. El valor se lo puse yo en función de lo que pensaba que podía valer el barco....
Saludos |
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Mirlotu (17-03-2013) | ||
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#3
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Yo lo tengo con una valor asegurado en caso de perdida total, en AXXA
Kenzo |
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Mirlotu (17-03-2013) | ||
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#4
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A mi también me consta el valor asegurado en caso de perdida total; y pago la póliza en función de este.
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Mirlotu (17-03-2013) | ||
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#5
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Me temo que este valor sea un valor tope ...
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Mirlotu (17-03-2013) | ||
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#6
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Tu valoras el barco , aseguras y pagas por esa cantidad
- Siniestros : se hacen en valor a nuevo, pues las piezas son siempe nuevas - Siniestro Total : Tendrian que pagar el Valor Nuevo - Despreciacion (que estara en funcion de los años del barco)
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Manel - EA3CBQ Socio fundador Anavre n° 15 de Baja por en crisis económica ?? |
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Mirlotu (17-03-2013) | ||
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#7
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Cafelito para todos.
Cuando contratas el seguro debes poner lo que cuesta tu barco a valor de mercado en ese momento si es nuevo a valor de nuevo si es usado a valor de usado estimandolo lo mejor posible. En el momento del siniestro el perito valorara lo que valia el barco en ese momento y es lo que te pagaran. Si tenias contratado el seguro por menos dinero que el valor real se entendera que el riesgo era mayor de el contratado y se te aplicara la regla proporcional recibiendo lo misma proporcion en la indemnizacion. (Si tu barco vale 10 pero contratas como si valiera 6 se te pagaran solo esos 6 menos la parte proporcional a perdida total o para cualquier otro daño.) Por otro lado si contratas como si valiera diez pero solo vale 6 solo te pagaran 6. Si el valor de tu barco va variando con los años , suba o baje , debes acondicionar el contrato al nuevo valor para que tu cobertura sea siempre la debida , ni mas ni menos. En los barcos nuevos suele estar incluido en una clausula durante cuanto tiempo se valorara el barco a valor de nuevo y suele ser solo durante el primer año. Espero habertelo aclarado. |
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#8
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Total, que es un valor para pagar más en la póliza anual, pero que al fin y al cabo en caso de pérdida total te pagarán lo que les de la gana.
De todas maneras creo que lo más acertado es que en la cláusula ponga una cifra en concreto; yo lo tengo así, con AXA. Iván ![]() |
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Mirlotu (18-03-2013) | ||
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#9
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Por lo que estoy leyendo en internet debe de haber dos modalidades posibles de contrato en lo tocante a perdida total:
-por un lado,indemnizacion a pagar en caso de perdida total: "valor venal". Que sería mas o menos el dinero que se obtendría por el barco en un momento determinado si se pusiera a la venta, que es ,creo, lo que determinaría el perito. -por otro ,lo que creo que se llama póliza pactada, en la que sí figura una cantidad determinada. Gracias por las aportaciones,cofrades ![]() ![]() |
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#10
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Caso real (Mapfre). Yo tenia asegurado y justificado con recibos. El incidente ocurrio 2 meses despues de sacar el seguro.
Casco y motor 13.000 Accesorios 1.000 Perdida total, recibi menos que 6.000, y tenia que quedarme con los restos. Yo pensaba que me pagarian los valores del contrato, y ellos se harian cargo de los restos (que en mi pais es lo que suelen hacer). Estaba equivocado.... |
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Mirlotu (18-03-2013) | ||
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#11
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Hasta hace unos dias mi poliza estaba contratada con Catalana Occidente y si que es cierto que en una de sus clausulas hace referncia que en el caso de siniestro y perdida total, la compañia se reserva la potestad de en el caso de que queden restos de la embarcación descontarlos de la cantidad estimada de la indemnizacion la cual ya de por si será el valor que ellos determinen en funcion de la antiguedad de la embarcación, o sea que del valor por el que cotizamos y le damos a nuestra embarcación que supuestamente es lo que costaria volver a comprar la misma embarcación con la misma antiguedad y nivel de equipamiento ellos se lo pasan por el forro y tasan la embarcacion segun el perito, que se lleva sus bonificaciones anuales en funcion de ahorrar costes a la compañia y si esto no fuera poco ademas te descuentan el valor de los restos, un trozo de casco, una vela, etc..
Salud ![]()
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#12
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Desde hace tres dias mi poliza está con el Sr. Sergio Ponce, Axa, que se anuncia en este antro, y en ella queda claro que el valor de la indemnización por perdida total seria el coste de volver a comprar la misma embarcación a dia de hoy a igualdad de estado, antiguedad y equipamiento. Y como limite el valor por el cual cotizamos. Como debe de ser. Y en caso de averias o roturas por accidente se indemniza con reposición a nuevo, sin depreciación por uso o antiguedad. Y que se lo pregunten al cofrade que perdió el palo la importancia de este punto.
Salud. ![]() ![]()
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