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VHF: Canal 77 |
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Convalidación títulos Francia
Hola,
He leído algo en el foro sobre esto pero cuando sucedía al contrario, me explico. La mayoría de la gente obtiene los títulos en Portugal o Francia por que es más sencillo y luego obtienen la titulación correspondiente aquí a través de una convalidación. Por ejemplo en Francia el permis mer hauturioer es equivalente al Capitán de yate que es mucho más sencillo por lo que he oído que en España. Mi pregunta es que yo quiero convalidar un título español para que me pueda servir allí debido a que en septiembre me iré a La Rochelle. En el reverso del carnet que tengo (correspondiente a la Xunta de Galicia) pone que sólo es válido en todo el territorio español, pero más abajo en POWERS pone valid worldwide. Con este carnet me vale para poder navegar alli o necesito hacer algún trámite? Un saludo |
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Re: Convalidación títulos Francia
Si tu intención es navegar a vela en barcos de bandera francesa, no te líes, no necesitas título.
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Re: Convalidación títulos Francia
Cita:
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#4
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Re: Convalidación títulos Francia
En la gran mayoría de paises civilizados no se exige titulación para embarcaciones de recreo
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#5
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Re: Convalidación títulos Francia
Cita:
http://www.developpement-durable.gou...le-permis.html
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Re: Convalidación títulos Francia
Cita:
Donde se puede obtener la licencia de motoras? Tengo que hacer un examen o me vale el título español? Un saludo. |
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Re: Convalidación títulos Francia
Creo que con esto me llega no? Alguien ha hecho este papeleo?
http://vosdroits.service-public.fr/p...s/R21202.xhtml |
#8
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Re: Convalidación títulos Francia
Equivalencia de títulos extranjeros
País Título Extranjero Título Equivalente Francia Permis mer Hauturioer Capitán de Yate Permis mer Cotier Patroón de Embarcaciones de Recreo Permis A Patroón para Navegación Básica Permis B Patroón para Navegación Básica Permis C Patroón de Embarcaciones de Recreo Carte Mer Autorización Federativa |
#9
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Re: Convalidación títulos Francia
Cita:
Si navegas en un barco de pabellón español en lista 7ª quien legisla la convalidación de los titulaciones extranjeras de recreo aceptadas es la ley española. Y lo que dice es que si tu eres de nacionalidad española y residente en españa tienes de tener una titulación española. Otra cosa es que seas natural de otro país de la UE o residente en otro país de la UE. Esta ley se ha echo justamente para evitar lo que dices, o sea sacar, titulaciones extranjeras menos exigentes que las españolas. Para barcos de lista 6ª (charter) la ley tambien menciona cuales los titulos extranjeros aceptados sin nececidad de ninguna autorización especial por parte de las capitanias. "ORDEN FOM/3200/2007, de 26 de octubre, por la que se regulan las condiciones para el gobierno de embarcaciones de recreo. (...) Disposicion adicional quinta. Alquiler de embarcaciones de recreo españolas. Las embarcaciones espanolas de lista sexta, cuando vayan a ser alquiladas sin tripulacion, se podran alquilar a cualquier persona fisica en posesion de un titulo de los que figuran en la lista del anexo XII, con las limitaciones que para los mismos se indican en dicho anexo. (...) Disposicion final tercera. Titulaciones extranjeras. La Direccion General de la Marina Mercante, a traves de las capitaniasmaritimas, autorizara a los ciudadanos del Espacio Economico Europeo, el gobierno de embarcaciones de recreo de pabellon espanol, siempre que dispongan de un titulo de recreo, y hasta las atribuciones que este le confiera, expedido por el pais de su nacionalidad o el de su residencia, en el caso de que este ultimo fuera distinto. En este ultimo caso, el interesado debera presentar la correspondiente acreditacion de residencia. (...) ANEXO XII Títulos expedidos por otros Estados Serán admitidos por la Dirección General de la Marina Mercante las titulaciones para el gobierno de embarcaciones de recreo emitidas por aquellos Estados miembros de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo, además de los que figuran en el siguiente cuadro. La persona que esté en posesión de un título para el gobierno de embarcaciones de recreo emitido por un Estado miembro de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o por uno de los incluidos en el siguiente cuadro, deberá demostrar su residencia en el Estado expedidor del título en el momento de la expedición, si su nacionalidad difiere con la de dicho Estado expedidor. + "
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"Born to sail, but forced to work..." Editado por RMR2ENG en 23-07-2013 a las 09:06. |
Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a RMR2ENG | ||
Glandeira (23-09-2013) |
#10
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Re: Convalidación títulos Francia
Cita:
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