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#1
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... o, al menos, es lo que afirma esta noticia en La Vanguardia...
Las embarcaciones de recreo para alquiler no pagarán impuesto de matriculación España es el único país del Mediterráneo en el que se gravaba a las embarcaciones destinadas al alquiler con un impuesto de esta clase Madrid (Redacción).- Como ha anunciado la ministra de Fomento, Ana Pastor, en el recientemente celebrado Salón Náutico Internacional de Barcelona, el Gobierno, ha incorporado mediante una Ley, la modificación del Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte (IEDMT). La Ley 16/2013 que aparece publicada en el “Boletín Oficial del Estado”, número 260, de 30 de octubre de 2013, modifica la Ley de Impuestos Especiales y recoge la exención del “impuesto de matriculación” (IEDMT) tanto en la primera matriculación o, en su caso, en la circulación o utilización de las embarcaciones de recreo o de deportes náuticos destinadas efectiva y exclusivamente al ejercicio de las actividades de alquiler con independencia de la longitud de su eslora. El “impuesto de matriculación”, regulado en la Ley de Impuestos Especiales, gravaba hasta ahora con un 12 por 100 sobre su valor, la primera matriculación de embarcaciones de recreo destinadas al uso privado a partir de 8 metros de eslora y las de 15 metros de uso comercial. España es el único país, entre los de nuestro entorno, en el que se gravaba a las embarcaciones destinadas al alquiler con un impuesto de esta clase, además del IVA, lo que supone una pérdida de competitividad del sector español de chárter náutico. Este hecho provocaba que las embarcaciones dedicadas a esta actividad limitasen su estancia en las costas y puertos españoles durante la temporada de verano así como evitasen invernar en los mismos, fomentando la deslocalización de empresas que emplean dichas embarcaciones. Se espera que mediante esta modulación de la aplicación del impuesto se mejore la competitividad y la oferta de precios del sector, con el consiguiente efecto de mejora complementaria sobre la oferta turística nacional, especialmente en las costas mediterráneas. Además, propiciará que estas embarcaciones pasen el invierno en puertos españoles de manera que se cree una actividad económica derivada de su mantenimiento, reparaciones, avituallamientos, etc. En la actualidad se estima que el “turismo náutico” genera cerca de 170.000 empleos y aporta un 0,88% del Valor Añadido Bruto de la economía española. Los buques de recreo de más de 24 metros de eslora pueden llegar a tener un gasto que se sitúa entre 800.000 euros, los más pequeños, y 4 millones, los de mayores dimensiones. Por otra parte, la misma Ley recoge la exención del IEDMT a las embarcaciones y los buques de recreo o de deportes náuticos cuya titularidad corresponda a escuelas deportivas náuticas reconocidas oficialmente por la Dirección General de la Marina Mercante y destinadas efectiva y exclusivamente al ejercicio de la actividad de enseñanza para el gobierno de las mismas. Leer más: http://www.lavanguardia.com/economia...#ixzz2kLUoVQdy Síguenos en: https://twitter.com/@LaVanguardia | http://facebook.com/LaVanguardia |
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Galeon de Manila (11-11-2013) | ||
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#2
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Bien, pero quiero dejar aquí una reflexión que me produce un especial cabreo...
La inmensa mayoría de los megayates son charters..., mas falsos que judas... Los ricos de verdad tienen sus megayates a nombre de "empresas", y claro, entre pitos y flautas se ahorran una fortuna en impuestos mediante ingenierias fiscales a los que los pobres no podemos acceder... Una cosa es la 6ª lista normal, barcos de alquiler a los que recurrimos cuando no podemos tener uno propio, o los que alquilan con o sin patron muchos turistas cuando no pueden por tiempo o por precio trasladar su barco a una zona turistica por unos pocos dias y les compensa alquilar un barco para navegar un poquito e ir de fondeo a las calas lo mismo que alquilan el coche en el aeropuerto..., eso es una cosa y otra son los megayates que realmente son de algún multimillonario mediante varias sociedades interpuestas, y a esos habría que hacerles pagar cuando menos lo mismo en proporción que paga el propietario de un crucerito familiar o un tractor para practicar su afición pesquera... ![]() Vais a ver, me temo, que en compensación a esta rebaja a los ricos, van a poner el impuesto a los barcos de 7ª lista menores de 8 metros... Me lo estoy viendo venir!... Además de que para el año nos vamos a encontrar unas tablas de valores a efectos de transmisiones patrimoniales totalmente abusivas respecto a los precios reales de mercado!..., (esto último lo veo venir a cuenta del starfisher que subasta hacienda del que hablo en otros hilos, y que lo valora en 133.000 euros, aunque como sabe que nadie los pagaría, de hecho probablemente el valor de mercado hoy de ese barco sea poco mas de la mitad de esa cifra, admite ofertas sin mínimo ninguno, pero seguro que en caso de que haya despues que liquidar transmisiones patrimoniales o IVA, no lo tengo claro por estar el barco en 6ª lista, te lo liquida por los 133.000 euros y no por el precio real que se pague por el)... Otra vez! ![]() |
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J.R. (12-11-2013) | ||
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#3
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Que yo sepa no es ninguna novedad.
El 12 % hace años que no se pagaba siempre que el barco fuera para alquiler puro y duro. Barco de charter, lista 6ª. Pero en teoría sí lo pagabas siendo un lista 6ª de una academia por ejemplo. Un poco absurdo. Con lo cual algunos tenían que poner el barco a nombre de una empresa (Charter Pepito....) para alquilarla a otra de los mismos propietarios (Academia nautica Pepito) Saludos |
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J.R. (12-11-2013) | ||
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#4
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Rectifico.
Dos novedades. 1.- Exención del IEDMT para esloras mayores de 15 mts. Exención del “impuesto de matriculación” (IEDMT) tanto en la primera matriculación o, en su caso, en la circulación o utilización de las embarcaciones de recreo o de deportes náuticos destinadas efectiva y exclusivamente al ejercicio de las actividades de alquiler con independencia de la longitud de su eslora. 2.- Por otra parte, la misma Ley recoge la exención del IEDMT a las embarcaciones y los buques de recreo o de deportes náuticos cuya titularidad corresponda a escuelas deportivas náuticas reconocidas oficialmente por la Dirección General de la Marina Mercante y destinadas efectiva y exclusivamente al ejercicio de la actividad de enseñanza para el gobierno de las mismas. Bueno, es lo que las autoescuelas consiguieron hace años. Un coche de prácticas no paga ese impuesto. Saludos |
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J.R. (12-11-2013) | ||
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#5
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Lo segundo es bueno... aunque, leyendo el artículo, da la impresión de que lo que buscan es que los megayates hagan escala en puertos españoles. Como decís, nada que objetar a eso... siempre que no intenten compensarlo cobrándonos más a los armadores de barcos pequeñines.
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#6
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los de la 7 lista tambien se pueden dedicar a alquiler? o tienen que estar en la 6 en alguna escuela nautica..
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