![]() |
|
|
|
| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
![]() |
![]() |
![]() |
![]() |
|
#26
|
||||
|
||||
|
El problema radica en que un tribunal civil no entra ni contempla cuestiones tecnicas, para esto esta la via contencioso administrativa, ahi es donde se juzgan procedimientos y legislaciones tecnicas, en este tribunal, un certificado de ITB o cualquier otro emitido por OCA sin la firma del cliente es automaticamente invalidado, dando pie a un juicio civil por fraude por parte de la empresa inspectora. Los abogados tampoco estan muy puestos en estos temas.
|
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a | ||
Stickman (22-01-2014) | ||
|
#27
|
||||
|
||||
|
Cita:
Una vez que firmes el contrato no podras reclamar nada al comprador. |
|
#28
|
||||
|
||||
|
Cita:
![]() Creo que tienes mucha razón, además, como he puesto en el hilo de las Sanciones: Alguna vez habrá que sancionar a la Administración, los Clubs/Puertos o Empresas colaboradoras de ITB. No ? Uno se cansa de envainarselo todo y me estoy pensando mucho ir a por la empresa de ITB y su ejemplar Empleado, lo que ocurre es que es una Megamacroempresa y no se muy bien como empezar... Gracias ![]() |
|
#29
|
||||
|
||||
|
Realmente lo de las ITBs es un fraude, y no deberiamos basarnos en ellos para entender que un barco está o no bien. Al comprar un barco debemos blindar los vicios ocultos con la respectiva cláusula en el contrato y, si no estamos seguros, invertir en asesoramiento profesional. No te angusties, lo que te ha pasado nos ha ocurrido en mayor o menor medida a muchos y es fruto simplemente de la inexperiencia en esto de los barcos. Ahora, como ya te dije, disfruta de tu barco. Si puedes joderlos un poco, o mucho, pues mejor, pero sin obsesionarte.
Saludos y ![]()
__________________
Y las birras que las pague el de arriba
(Si posteas entre Dibujito y yo tendrás que pagar el doble) ![]() ![]() |
|
#30
|
||||
|
||||
|
Cita:
Y sabéis porque me vendieron el barco con la ITB caducada ?? pues porque en este país todo es igual: por ejemplo el DNi Si se te caduca dentro de 4 meses y se te rompe hoy , te expiden otro hoy pero con la misma fecha de Caducidad (vaya perdida de Tiempo y trámites tontos) Pues eso paso con el Certificado de Navegabilidad, estaba expedido en 2010, pero caducaba en 2011, y como yo soy Novato y no haba visto uno, me enseñaron la fecha de expedición y me dijeron que hasta 2015 sin problemas En cuanto a a cláusula del contrato, pues ponía que se entregas en perfecto estado de funcionamiento, y le demandamos por vicios ocultos e incumplimiento de contrato, pero no ns sirvió de nada pues la juez dice qe si el de la ITB puso el sello es porque el barco esta para navegar. El problema de la empresa que me ha Falseado el Informe es que es un Mostruo Internacional y su equipo jurídico será peor que el CGPJ..y yo ya veis .. Soy un microbio..( pero que le gusa el bebercio) :Salud ![]() ![]() Editado por Stickman en 21-01-2014 a las 23:00. |
|
#31
|
||||
|
||||
|
Así se descubrió todo, pero según el de la ITB , con unos prismáticos sobra.
Adjuntos 49016 Me parece insultante para todos aquellos buenos Profesionales de la Náutica ![]() Editado por Stickman en 21-06-2019 a las 10:25. |
|
#32
|
||||
|
||||
|
Bueno compañero, no hay mejor medicina que una buena travesía este verano, con tu familia y, si es posible, con la compañia de otros barcos para hacer buenas cenas de pantalán. En esta vida todo tiene arreglo, salvo una cosa, y de lo que se trata es de disfrutar. Para que no te ocurran más cosas como esta que nos has contado, esta casa es el sitio idoneo, donde entre todos nos ayudamos en lo que podemos.
Saludos y ![]()
__________________
Y las birras que las pague el de arriba
(Si posteas entre Dibujito y yo tendrás que pagar el doble) ![]() ![]() |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a yoyete | ||
Stickman (22-01-2014) | ||
|
#33
|
||||
|
||||
|
Buenos dias STICKMAN.
Permiteme que te responda por el hilo para que al mismo tiempo sirva a quien le pueda interesar. Al contrario de la opinion de mucha gente que opina que la nautica de recreo es "especial" y nada se le parece a esta actividad economica, ya te digo que esto es mas de lo mismo, tanto que es perfectamente comparable a cualquier otra actividad, incluso es mas liviana que cualquier actividad economica relacionada con la energia y el medio ambiente. Esta actividad esta regulada por el RD 1434/1999 del 10 de Septiembre, pon esto en el buscador y te saldra automaticamente, es un documento publico. En este RD se regula todo, desde la puesta en marcha de una embarcacion nueva pasando por su mantenimiento (inspeccionnes) hasta como y que tienen que cumplir todas las partes implicadas, propietario, OCA´s etc... A PARTIR DE AQUI, TODO DEBES CONSENSUARLO CON TU ABOGADO. En tu caso, que ya tienes sentencia de juzgado civil, tienes que presentar denuncia por via contencioso administrativa, para que el juez, reglamento en mano, aplique y sentencia en base a este, (el RD regula los actos sancionables y las cuantias o cacciones contra el sancionado). Siendo la sentencia favorable a ti, a esta empresa y su inspector solo le aera una sancion economica, pero tranqui, porque siendo a si, esa sentencia tambien invalidara esa inspeccion y eso es lo que te servira para irte al juzgado de lo civil a pedir las oportunas reparaciones y los daños y perjuicios producidos por dicha actuacion. Para que esto te salga bien, y ya que tienes realizadas las oportunas reparaciones, supongo que tentras facturas de ellas, haces lo siguiente: Le pides a la empresa/as que te lo repararon un informe relacionado a la factura de las reparaciones efectuadas, basicamente, que se encontraron y como repararon, no es necesario mentir ni exagerar, si tienes fotos al detalle ya seria la ost..a. Consigue el informe de capitania del puerto donde testimonia que el barco no fue sacado del agua. Aporta copia de las fotos que tu proporcionaste al inspector. Como no conozco el caso en profundidad, todo aquello que ponga en entredicho la actuacion del inspector, en este punto y sin llegar a mentir, no omitas nada por insignificante que te parezca. Como creo que tu no solicitaste la intervencion del inspector, exponlo en el caso, podria salir a la luz un vinculo pohibido y tipificado en este RD. Si tienes todo esto, lo tienes ganado, si solo tienes parte, sera jugartela un poco, eso lo decidiras tu. Como te apunte antes, esto debes verlo con tu abogado, ya que es el quien conoce la ley procesal y tiene perfecto conocimiento de la situacion en la que esta en este momento para la realizacion de recursos. En cuanto a los capullos que se mofan de ti en el puerto, les plantas un pino en su amarre y de dejas un cartelito cachondo del tipo "lo que sientes tu ahora, es lo que se siente cuando te emmierdan el camino y encima tienes que limpiarla tu", ya se que es impropio de una persona madura con un minimo de cultura, pero alivia que no veas, en ultimo caso, yo me cambiaria de puerto aunque sea solo para no hacerme mala sangre, y como te han aconsejado por aqui, navega, disfrutalo, pues esa es la verdadera rentabilidad de tu inversion. Un saludo, y por aqui ando |
|
#34
|
||||
|
||||
|
Perdona, me olvidaba, que no te acongoje la prepotencia de la OCA, solo es eso, prepotencia, y su departamento judirico, por bueno y eficiente que sea, esta sujeto a este mismo RD.
|
|
#35
|
||||
|
||||
|
Gracias Amigo JMARTINEZC. Pago una Ronda a Todos, que hoy es mi cumple.
![]() El RD de las ITB, salió varias veces a relucir en el Juicio, (yo me lo se de memoria ya), pero el Juez lo utilizó para concluir que el unico competente para decir si un barco esta en condiciones o no de navegar es el Ingeniero de la ITB, y que como éste firmo el CN, pues que todo lo que digan mis mecanicos no vale y mas si son ellos los que hacen las reparaciones despues de hacer el informe de las averias. El contencioso-Administrativo contra quien Iria ? contra la empresa colaboradora ? la Inspeccion maritima de Alicante ? no estaria fuera de Plazo? La falsa Revision fue el 19 de Junio de 2012 y yo me he enterado ahora del informe precocinado, porque lo exigió mi abogado a la empresa como prueba de la acusacion en la demanda . Ellos lo entregaron en Diciembre 2013 al juzgado. Tengo las Fotos que hice al barco antes de comprarlo y que ellos ponen en el expediente como de revision en seco Tengo las Fotos del Técnico (Tiene su propia empresa Nautica y que tiene un diploma de servicio postventa de Beneteau y carta de Recomendacion del RCR Alicante, pero claro, no es "Universitario"), sus presupuestos, su informe respecto a la gravedad y necesidad de cambio de crucetas, jarcia y reparacion de electrolisis del mastil ). y por supuesto las facturas de todo. Tengo la Factura de Marine Yatch Diesel que cambio la bocina seca porque perdia agua Tengo la Factura e Informe del grifo de fondo del WC Tengo los albaranes y facturas de las 2 suspensiones en Grua para reparar Bocina y WC respectivamente Tengo Copia del informe falsificado de la empresa de ITB, donde dice que se han encontarado deficiencias leves, justamente en los puntos de Demanda, sin mi firma, con una cruz en donde dice copia para capitania maritima y con la fecha falsa de inspeccion en seco y por supuesto con mis fotos. Es mas en la contestacion a la demanda un perito del demandado reconoce por escrito que la Jarcia es la Original del Barco con mas de 20 años de Antiguedad y yo tengo (y lo aporte como prueba a la demanda) un Certificado de Un Ingeniero Naval Colegiado, del Puerto de Valencia, que indica que las Jarcias de cables de Acero tan antiguas son un peligro y que hay que cambiarlas. Respecto al intento de demostrar que el barco no se saco de agua para la ITB, mi abogado pidio todos los movimientos de varadero de la embarcacion al CN desde un dia antes de la compra el 24 de Mayo-2012 hasta la fecha de la falsa revision el 19 de Junio de 2012. Entregaron un solo albaran de Varada que fue la previa a la compra para ver el casco por encima el 18 de Mayo-2012. y nada mas. El Presidente de Mi club nautico fue quien en el Juicio, el otro dia, declaro verbalmente que el barco no se saco del agua y la revision fue un solo dia. Pero no creo que lo quisiera certificar como Presidente del Club, pues él es el que hizo de comercial para venderme el barco, representando al dueño y el fue el que trajo de la mano a su amiguito de la ITB, cuando me encaré con él al enterame de que no podian poner el barco a mi nombre a los pocos dias de comprarlo porque el Certificado de Navegabilidad estaba caducado. Todo eso se expuso en la Demanda por Vicios ocultos e incumplimiento de contrato y el Juez se ha envuelto el bocata con ello Como lo ves ? Salud ![]() ![]() Editado por Stickman en 22-01-2014 a las 11:57. |
|
#36
|
||||
|
||||
|
Como te decia antes, un tribunal civil no juzga en base a reglamentos o procedimientos tecnicos, eso lo resuelve y tiene competencia un contencioso administrativo.
Con el RD en la mano y la aportacion de documentacion que tienes, a mi entender tienes el contencioso ganado. En estos casos se juzgan las actuaciones dentro del marco del RD, en este caso la OCA y su inspector. No estaria de mas, solicitar a la DGMM copia de entrada de ese expediente, si se te ponen farrucos, le comentas el caso al completo y tus intenciones, seguro que no se mojaran por nadie y si lo hacen, sera por ti. Una vez que la sentencia dicta que dicha inspeccion no se ajusta a RD, que en el fondo es lo que el juez debe deliberar, esta queda invalidada. Con esa sentencia, tu ya tienes lo que necesitas para argumentar un fraude en un juzgado de lo civil, mete en el saco a todos los implicados, ese juez solo tendra que deliberar quien ha originado dicho fraude. Ten en cuenta que aunque frente a una supermacroempresa, un cliente mas es insignificante, pero no te equivoques, los jueces son conscientes de ello y bastante sensibles en estos temas, el juez que a tratado tu demanda, tan solo no tiene competencia para determinar lo que ahi ha pasado. Yo con menos aportaciones, le acabo de ganar uno al Ayuntamiento de murcia, mas que ganar, han reculado ellos y se han hecho cargo de las costas de la demanda |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a | ||
Stickman (22-01-2014) | ||
|
#37
|
||||
|
||||
|
Editado: Incumple las normas del foro
Editado por Atarip en 01-02-2014 a las 08:13. |
|
#38
|
||||
|
||||
|
Yo te entiendo lo que te ha ocurrido, pero la cruda realidad cuando hay que pasar una itb, es buscar inspectores que ni te miren el barco, por si tuviese alguna pega que desconoces, y te veas con el barco parado durante algunos meses, hasta que puedas subsanarlo.
No conozco a nadie que le diga a un inspector.....por favor revíseme bien el barco y si hay algún problema, se queda usted con la documentación, y yo sin navegar, hasta que pueda resolverlo. Particularmente prefiero, en el supuesto de tener algún problema que me pase la itb, y me de la opción de ponerlo al día con tranquilidad, pudiendo navegar, ya que en ese supuesto el problema sería de poca importancia, porque lo importante se ve enseguida sin inspección. En el tema de jarcias, un inspector no puede saber si está bien o no, solo puede si se le informa, saber cuanto tiempo lleva puesta, pero aunque esté a punto de romperse, no te puede decir nada si no se aprecia fallo. |
|
#39
|
||||
|
||||
|
Si no he entendido mal compras un barco con mas de 30 años, no te preocupas por saber el estado de lo que estas comprando y mas tarde denuncias porque 30 años es demasiado viejo para ti. Espero no venderte nunca nada.
|
|
#40
|
||||
|
||||
|
Cita:
![]() Realmente no fue así, yo antes de comprarlo, pedí opinión a algún amiguete, que tiene barco, aunque ninguno es profesional del tema, y sobretodo me fié de quien me lo vendía ( El presidente del CN, nada menos ..)y resto de personas del CN, aparentemente imparciales, pero que a posteriori he visto que estaban en el Ajo...hace 18 meses no conocía ni siquiera la existencia de esta Gran Taberna...eso lo reconozco y quizás mi error fue no informarme más a fondo... De Acuerdo.. Ahora se mucho mas que antes y miraría más..pero sólo eso.. Igual ,cuando uno va al médico y le dice que se ha de operar, pues pide consejo, incluso una segunda opinión, y luego confía o no y se opera o no, pero no se pone a estudiar medicina , ni busca muchos otros médicos que le mareen...se fía o no ! ...no queda otro remedio al final que confiar... Pues uno no puede saber todo de todo, más bien algo de algo... salud a todos ![]() Editado por Stickman en 02-02-2014 a las 23:34. |
|
#41
|
||||
|
||||
|
Primero de todo:
i a la salud de todos los cofrades. No quiero abundar mucho en el tema porque el supuesto de hecho queda muy claro, y yo en este caso me decanto por la opinión de que mejor dejar correr el tema y navegar para olvidar: A todos nos han pillado alguna vez en alguna compra con vicios ocultos e historias raras: Sea como fuere como se paso la ITB, lo cierto es que emprender una reclamación por vicios ocultos impone que la carga de la prueba corresponde al que demanda: Hay que probar los vicios y que estos hayan sido descubiertos con posterioridad y ocultados por el comprador: ¿Demandar sin antes haber impugnado como mínimo el documento expedido por la propia ITB? Es una pretensión casi insostenible ir a un juicio civil sabiendo que existe un documento administrativo realizado por un tercero que certifica, digo claro y alto, que CERTIFICA EL ESTADO DEL NAVIO. No se trata ahora ya de cuestiones administrativas ni puñetas raras: Se trata de una cuestión probatoria que cualquier juez hubiera desestimado conforme a las reglas de la prueba en derecho español. Olvidate del tema, no puedes resucitarlo además, es cosa juzgada. Navega y disfruta con este barco que seguramente va a darte muchas satisfacciones.![]() . Saludos |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a SAGE | ||
Stickman (07-02-2014) | ||
|
#42
|
||||
|
||||
|
Cita:
De hecho, lo mínimo que se suele hacer es navegarlo y poner el barco en seco para verlo, vamos digo yo... La itb en España es un mero trámite en el que te miran si llevas linterna y espejo de señales. Seamos honestos. Pd, no "pelearse" ![]() |
|
#43
|
||||
|
||||
|
Cita:
A mi eso no me parece despreocuparme, pero si te refieres a subirme al mastil, meterlo en el tunel de viento y/o Cruzar el atlantico, la verdad es que hacerlo, hacerlo.. no lo hize.. A tu Salud ![]() ![]() Editado por Stickman en 10-02-2014 a las 14:10. |
|
#44
|
||||
|
||||
|
HombrePalo... lamento que hayas pagado la novatada... si, parece que entre la inexperiencia, la buena fe y "la connivencia"... te la han metido doblada.
Creo que la ayuda de un buen abogado te vendría de perillas, si tu intención es seguir "en el litigio" (aunque ya conoces la maldición "así pleitos tuvieres... y los ganares"). Intenta arreglarlo todo, si no lo has hecho ya, e intenta disfrutar tu barco... lo otro... tiempo y letrados... y sobre todo, sobre todo... aprender de la experiencia.
__________________
Buen viento y mar de popa para vuesas mercedes. El mar dara a cada hombre una nueva esperanza, como el dormir le da sueños. (Cristóbal Colón) I've seen things you people wouldn't believe. Attack ships on fire off the shoulder of Orion. I watched c-beams glitter in the dark near Tannhäuser Gate. All those moments will be lost in time, like tears in rain... Time to die. (Roy Batty) sigue mi blog Ganando Barlovento
|
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a Gambucero | ||
Stickman (10-02-2014) | ||
|
#45
|
||||
|
||||
|
Cita:
Un barco con mas de 30 años va a tener defectos y esos defectos estan en funcion de su edad y si no lo asumes es mejor que compres nuevo. No puedes decir que no conocias su condicion si tu mismo reconoces que incluso la genova estaba rota. Aqui en Uk donde vivo al comprar un barco tienes dos opciones, contrato con o sin survey. Sin survey una vez firmado el contrato el barco es problema del comprador y no puede reclamar nada al vendedor, y con survey si el survey es ok el barco tambien es problema del comprador. Lo mismo sucede en Belgica y Holanda. |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a manolouk | ||
Stickman (10-02-2014) | ||
|
#46
|
||||
|
||||
|
Cita:
|
|
#47
|
||||
|
||||
|
Cita:
![]() El Barco Ya esta reparado y navegando , lo otro tambien esta en marcha. La Experiencia ya te puedes imaginar que va creciendo.. Muchos Saludos ![]() ![]() |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a Stickman | ||
Gambucero (10-02-2014) | ||
|
#48
|
||||
|
||||
|
Ameeennnn!
![]() |
|
#49
|
||||
|
||||
|
En el tema de la compraventa de barcos usados entre particulares estoy mas de acuerdo con el sistema del norte de Europa en el que una vez que se cierra la venta con el cambio de titularidad no hay nada que reclamar , sistema que por otro lado creo que sera de aplicacion a los que estais abanderando por aqui. Como me decia un surveyor, ellos informan del estado del barco en el momento del survey, estado que puede cambiar inmediatamente y las reclamaciones por la condicion del barco las tiene que hacer el compador antes de que se cierre la venta.
|
|
#50
|
||||
|
||||
|
Eso es asi, aqui tambien guia si tu haces un contrato de compraventa donde enumeras los defectos del articulo, y yo firmo como que estoy deacuerdo, y esto coincide con la realidad, no hay mas que rascar, pero aqui no se habla de eso.
|
![]() |
Ver todos los foros en uno |
|
|