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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Buenas, cofrades, unas
![]() Estamos la Almiranta y yo dándole vueltas a lo del cambio de bandera (yo estoy prácticamente decidido, pero ella es más reticente) y nos surge una cuestión, que paso a exponer. De la lectura de todos los hilos de la Taberna y de la lastimosa experiencia con la Administración que todos hemos sufrido alguna vez, se deduce que el cambio a bandera belga u holandesa es beneficioso, por lo que el título del post puede inducir a la conclusión (errónea) de que estoy completamente etilizado ![]() ![]() ¿A quién se le ocurriría volver a abanderar en España después de haberlo hecho en Bélgica u Holanda?No obstante, antes de dar el paso querría saber qué salida hay si a las autoridades comunitarias o belgas les da por legislar "a la española" y empiezan a hacerle a uno la vida imposible con ITBB's (Inspección Técnica de Barcos Belgas ) y similares, a 800 millas de distancia..., o exigiendo que el barco pase más de X tiempo en puertos de la bandera, o que el patrón/armador tenga que tener la titulación nacional de la bandera, etc., y que todo esto le obligue a uno a volver a la bandera de origen.¿Hay algún cofrade que se haya visto en esta situación o que sepa si los entresijos de la legislación comunitaria sobre abanderamiento pueden permitirlo? Cualquier comentario será bienvenido y recompensado con unas y unas bravas virtuales.Saludos,
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Navigare necesse est. Vivere non est necesse. (Pompeyo) Si damos bordos de menos de 180º, llegaremos a algún sitio... (anónimo) |
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#2
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Querido cofrade,
Esa mísma curstion he realizado en otro foro y me han contestado diciendo que no habria problema en volver a la española. No obstante me gustaria confrontar los resultados de la cuestion, la proxima semana tengo wue pasar itb y se me wuitan las ganas de seguir... |
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#3
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Los cambios de bandera NO se pueden "deshacer", son siempre cambios. En el peor de los casos te tocará pagar el impuesto de matriculación en España si mide más de 8 metros de eslora, pero como ya lo ha pagado igual te libras.
Personalmente, y visto las maravillas de las DGMM con el tema tema radio DSC en zona 4, p.e., considero algo absurdo especular con el futuro de la legislación. |
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#4
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el impuesto sobre determinado medios de transportes ( impuestos de matriculación de barcos ) solo se pagan una vez , si tu barco fue español , lo tienes liquidado y no tendrás que volver a pagar , la baja de bandera belga es gratis , lo único es que a volver a la Española estarían todos los buitres esperando : ITB , baliza , balsa salvavidas ect...
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#5
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Buenas tardes, Apagapenol y resto de cofrades
Cuando un barco se da de baja en el registro marítimo español no se elimina de este, sencillamente se anota la baja. En el caso de querer volver a abanderarlo, tendrá que realizar la ITB reglamentaria y pagar la tasa, puesto que los impuestos en España ya se pagaron en su momento. Sobre lo que planteas a nivel de otros países, son puras especulaciones... hoy por hoy, no hay "señales" que indiquen que se vaya a instaurar la ITBB o ITBH ![]() ![]() y ![]()
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~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~ Guiral Asesoría Náutica (NIF: 38.085.879-H) Av Mistral 10, ent7 08015 Barcelona 629 54 57 94 info@guiralnautica.com |
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#6
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Gracias a todos por las respuestas
![]() Mi principal preocupación no es la ITB ni la LEB y sus prohibiciones arbitrarias (a éstas y sus veleidades estamos casi "acostumbrados"), sino que el barco no tiene marcado CE, pues tiene 22 años, y al volver a bandera española me pudieran pedir el consabido proyecto de ingeniería naval para concederle el marcado CE, al igual que se hace con los barcos de construcción amateur ¿Alguien me podría indicar si me exigirían el marcado CE al volver a bandera española? Gracias de antemano. Saludos y ![]()
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#7
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El barco ya ha estado matriculado en España, por lo que, teóricamente, no te exigirían nada de todo eso puesto que a la DGMM le constan sobradamente las características de tu barco.
![]() ![]() salud!!! |
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#8
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![]() podrian inventarse un RDL de 1ª imatriculacion 50% descuento 2ª 50% recargo ![]() ![]()
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#9
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Cita:
Si me permites una comparación simplista, es un poco como la luz: cuando apagas la luz, siguen ahí los cables, así que para volver a encenderla, no hace falta una nueva instalación. Igual en el registro, se anota la baja, y se puede anotar otra vez la alta. Los documentos que se entregaron en su día para matricular el barco siguen en el expediente. Por lo que no será necesario un certificado CE si en su día matricularon el barco sin ello. Lo que sí, tendrás que pasar otra vez una ITB y demostrar que el equipamiento del barco está conforme con la normativa vigente en España en aquel momento. Por otra parte, con la gran cantidad de barcos que se está dando de baja, es más probable que los requisitos en cuanto al equipamiento y en particular al requisito del servicio de balsas y racionalizas etc. se vaya relajando un poco. Un saludo, el belga
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www.banderabelga.info http://www.youtube.com/channel/UCtQB...fT3-vzQ/videos Navegar sin problemas con la bandera belga |
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Apagapenol (29-08-2014) | ||
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#10
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Buenos días, cofrades:
En efecto, acabo de hablar con la DGMM y me han confirmado punto por punto lo que dice el cofrade Gert. En el caso de volver a abanderar en España no sería necesaria una puesta en conformidad para obtener el marcado CE, sino únicamente una ITB. Saludos y ![]()
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El belga (30-08-2014) | ||
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